2. Estructura
¿Qué se regula? (parte normativa): disposiciones aplicables para el
comercio de servicios y el establecimiento de inversiones:
Comercio de servicios (modos de suministro de servicios): suministro
transfronterizo (modo 1), consumo en el extranjero (modo 2), presencia
comercial (modo 3), presencia de personas físicas (modo 4).
Trato nacional: cada Parte otorgará a los establecimientos, servicios y
proveedores de servicios de la otra Parte, un trato no menos favorable que el
que otorgue a sus propios establecimientos, servicios y proveedores de
servicios similares.
Acceso a mercados: se establecen las limitaciones al acceso a mercados
que una Parte no mantendrá o adoptará (contingentes numéricos,
monopolios, pruebas de necesidades económicas, límites al capital
extranjero, tipos específicos de establecimiento).
¿Qué sectores se incluyen? (cobertura sectorial): aquellos sectores en
los cuales se permite el comercio de servicios y el establecimiento de
inversiones en el país. Adicionalmente, se incorporan las limitaciones
p , p
que establece la legislación nacional.
D.2
4. Importancia del sector servicios
Costa Rica: Participación del sector servicios en el PIB
80% 24%
PIB servicios/PIB
Expo
Exportaciones de servicios/PIB servicios
20%
ortaciones de se
72%
16%
PIB servicios/PIB
64%
ervicios/ PIB serv
12%
56%
8%
vicios
48%
4%
40% 0%
1995 1996 1997 1998 1999 2000 2001 2002 2003 2004 2005 2006 2007
Fuente: COMEX, con base en datos de BCCR
D.4
6. Objetivos Generales
Se impulsará la negociación de un acuerdo para el
p g p
establecimiento de una zona de libre comercio que
brinde nuevas oportunidades en el comercio de
servicios,
servicios bajo un marco jurídico que sea balanceado
balanceado,
comprensivo y compatible con las reglas de la
Organización Mundial del Comercio (OMC).
El acuerdo se sustentará en la reciprocidad de
derechos y obligaciones reconociendo las asimetrías
obligaciones,
entre las economías de los países de Centroamérica
y la Unión Europea.
D.6
8. Principales elementos
Definir de manera clara el ámbito de aplicación del capítulo, incluyendo
los servicios objeto de comercio y los modos de prestación para el
suministro de servicios, así como el marco regulatorio, definiciones y
excepciones aplicables.
Garantizar el acceso a los mercados y el otorgamiento de trato nacional
a los servicios y proveedores de servicios, de conformidad con las
disposiciones del Acuerdo General sobre el Comercio de Servicios
(AGCS) de la OMC.
Establecer la cobertura sectorial del capítulo a través de un enfoque de
lista positiva, que incorpore los sectores y las limitaciones que la
legislación nacional establece con respecto a trato nacional y acceso a
mercados.
Asegurar la no privatización de empresas estatales, así como garantizar
la continuidad de la prestación de los servicios públicos por parte del
Estado y su potestad regulatoria.
D.8
11. Inversión Extranjera Directa
por país de origen
Inversión extranjera directa por país de origen
100% 1% 3% 1% 5% 9% 9% 13%
11% 9% 5% 4% 7%
19% 5%
80% 12% 11% 5%
18% 6%
8% 37% 23%
articipación
60% 8%
9%
40%
% de pa
68% 56% 50% 62% 70% 70% 47%
20%
0%
-20%
2.000 2.001 2.002 2.003 2.004 2.005 2.006
Estados Unidos Europa Canadá Centroamérica y Panamá México Asia Resto del Mundo
D.11
13. Objetivos Generales
Se impulsará la negociación de un acuerdo que brinde
nuevas oportunidades para el establecimiento de las
inversiones en el país, bajo un marco jurídico que sea
p , j j q
balanceado, comprensivo y compatible con las reglas
de la Organización Mundial del Comercio (OMC).
El acuerdo se sustentará en la reciprocidad de derechos
y obligaciones, reconociendo las asimetrías entre las
economías de los países de Centroamérica y la Unión
Europea.
D.13
15. Principales elementos
Definir de manera clara el ámbito de aplicación del capítulo, incluyendo las
y
actividades económicas y los modos de establecimiento de las inversiones,
así como las definiciones y excepciones aplicables.
Garantizar el otorgamiento de trato nacional a los inversionistas de
conformidad con las disposiciones del Acuerdo General sobre el Comercio
de Servicios (AGCS) de la OMC.
Establecer la cobertura sectorial del capítulo a través de un enfoque de
lista positiva, que incorpore las actividades económicas y las limitaciones
que la legislación nacional establece con respecto a trato nacional.
Asegurar la no privatización de empresas estatales.
Mantener los derechos y obligaciones vigentes en los acuerdos bilaterales
o multilaterales de inversión cuando existan.
D.15