3. OBJETIVO
Establecer los
pronunciamientos normativos
que debe observar el auditor
externo cuando le es
solicitado emitir una opinión
profesional en relación con
componentes, cuentas o
partidas específicas de los
estados financieros.
y con el cumplimiento de
obligaciones contractuales y
de disposiciones legales y
reglamentarias relacionadas
con dichos estados financieros
cuando éstos han sido
examinados por dicho auditor
externo y éste ha emitido una
opinión profesional sobre los
mismos.
4. ESTE BOLETÍN TRATA SOBRE LA
OPINIÓN QUE EL AUDITOR EMITE
EN RELACIÓN
1) componentes, cuentas o partidas específicas de estados
financieros.
2) el cumplimiento de obligaciones contractuales y de disposiciones
legales y reglamentarias
5. PROCEDIMIENTOS NORMATIVOS
1.- Opinión sobre información específica
contenida en o relacionada con estados
financieros tomados en conjunto
. 2.-Cuando el auditor externo es requerido
para expresar una opinión sobre uno o más
componentes, cuentas o partidas específicas
que forman parte de los estados financieros
tomados en su conjunto, o sobre el
cumplimiento.
3.-Cuando se le solicita al auditor que emita
una opinión sobre uno o más componentes,
cuentas, o partidas específicas que forman
parte de los estados financieros.
4.-El auditor debe tener en cuenta que
muchas de las cuentas, partidas o
componentes de los estados financieros se
encuentran interrelacionados, como es el
caso del rubro de ventas con el de cuentas
por cobrar, o del rubro de inventarios con
el de cuentas por pagar.
5.-En ningún caso el auditor debe
presentar su opinión sobre componentes,
cuentas o partidas específicas de los
estados financieros, acompañando a la
misma los estados financieros básicos de
la entidad.
6.-Si como resultado del examen
realizado por el auditor externo a los
estados financieros tomados en conjunto,
éste expresa una opinión negativa o se
abstiene de opinar, no debe emitir una
opinión parcial sobre las cuentas o
partidas o componentes individuales de
dichos estados financieros
6. LA OPINIÓN DEL AUDITOR SOBRE COMPONENTES, CUENTAS
O PARTIDAS ESPECÍFICAS DE LOS ESTADOS FINANCIEROS
DEBE INCLUIR LOS SIGUIENTES ELEMENTOS
a) titulo
b) Destinatario.
c) Referente a la fecha de la
opinión sobre los estados
financieros y el tipo de opinión
expresada.
d) Identificación y propósito de la
información específica
examinada.
e) Indicación de la
responsabilidad de la
administración de la entidad y la
del auditor.
f) responsabilidad de la
administración de la compañía y
la responsabilidad del auditor.
g) Bases de preparación de la
información examinada (normas
de información financiera
mexicanas o cualquier otra base).
H) Dirección del auditor
7. DESCRIPCIÓN GENERAL DEL
ALCANCE DE LA REVISIÓN
MEDIANTE LAS AFIRMACIONES
1) Que el trabajo fue realizado de
acuerdo con las normas de auditoría
generalmente aceptadas en México
emitidas por el Instituto Mexicano
de Contadores Públicos.
2) Que la auditoría fue planeada y
llevada a cabo para obtener una
seguridad razonable acerca de que
el componente, cuenta o partida
específica está libre de errores
importantes
3) Que los procedimientos aplicados
para obtener la evidencia de
auditoría relacionada con el
componente, cuenta o partida
específica, dependen del juicio
profesional del auditor y que el
examen se efectuó mediante
pruebas selectivas.
4) Que la auditoría incluyó la
evaluación de las normas de
información financiera mexicanas (o
las que procedan) utilizadas y de las
estimaciones significativas
efectuadas por la administración de
la entidad en la determinación del
componente.
5) Que la evidencia de auditoría
obtenida fue suficiente y apropiada y
proporcionó bases razonables para
8. En aquellos casos en que el auditor es requerido para emitir una opinión
sobre cierta información específica que proviene de estados financieros que
no examinó, el auditor deberá comprobar que previamente se hayan
cumplido los siguientes requisitos:
a) Los hechos deben estar conectados estrechamente con un sistema de
captación, procesamiento de datos e información sobre los cuales el auditor
se encuentra capacitado profesionalmente para evaluar su eficiencia y
confiabilidad.
b) Que existe un control interno que garantice, razonablemente, que el
proceso de cuantificación contable, es decir, la operación del sistema es
estable, objetiva y verificable.
Es común para muchas empresas, que se encuentren sujetas a cumplir ciertas
disposiciones u obligaciones producto de sus operaciones, que se encuentran
establecidas en convenios y contratos, la entidad se obliga a cumplir las
restricciones de hacer y no hacer y otros compromisos.
el auditor estará en posibilidad de expresar su opinión sobre el cumplimiento
de la entidad con dichas obligaciones y restricciones establecidas en los
contratos, cuando habiendo examinado los estados financieros de la entidad
haya también revisado el cumplimiento de la misma. con las cláusulas de los
contratos que se relacionen con asuntos contables y financieros y queden
10. FORMACIÓN DE UNA OPINIÓN Y
DICTAMEN SOBRE LOS ESTADOS
FINANCIERO
11. FORMACIÓN DE UNA OPINIÓN Y
DICTAMEN SOBRE LOS ESTADOS
FINANCIERO
también se consideran estados financieros, aquellos que han sido
preparados de acuerdo con bases diferentes a las establecidas en las
Normas de Información Financiera nacerse en el cuerpo del dic-
tamen relativo a los estados financieros. excepto cuando el examen
financiero haya resultado en la emisión de una salvedad. abstención o
negación de opinión. por lo que se emitirá un documento por
separado.
12. En el cuerpo de este boletín se nos especifica que también se
consideran estados financieros. aquellos que han sido
preparados de acuerdo con bases diferentes a las establecidas
en las Normas de Información Financiera NIF.
En ocasiones, la administración de la compañía presenta, junto
con los estados financieros básicos y sus notas. información
adicional que contiene detalle de las partidas que integran
estos estados.
13. LA INFORMACIÓN ADICIONAL QUE
ACOMPAÑA A LA INFORMACIÓN BÁSICA QUE
DEBE ESTAR INCORPORADA EN DICHOS
ESTADOS FINANCIERO Y/O SUS NOTAS
1. La opinión debe señalar que el examen tuvo como
objetivo el de emitir un dictamen sobre los estados
financieros básicos.
2. La información financiera adicional puede
identificarse a través de números de páginas.
Anexos títulos descriptivos de anexos o alguna otra
forma en que se pueda identificar en forma
precisa.
3. Debe aclararse que la información adicional se
presenta para propósitos de análisis y que. por lo
tanto, no se considera indispensable para la
interpretación de la situación financiera
4. La opinión sobre la información financiera adicional
puede ser incluida en el dictamen del auditor sobre
los estados financieros básicos o bien presentarse
por separado, pero dentro del mismo
14. EJEMPLO:
cuando no hay salvedades en el dictamen sobre
los estados financieros básicos ni sobre la
informa-ción adicional.
He examinado…
Mis exámenes…
En mi opinión…
Mi examen tuvo como objetivo el de emitir la
opinión que se expresa en los párrafos
anteriores so-bre los estados financieros básicos
antes mencionados. La información adicional
que se incluye en las páginas revisadas (ejemplo
1 a 5) preparada bajo la responsabilidad de de la
compaña, se presen-ta para análisis adicionales,
y no se considera indispensable para la
interpretación de la situación financiera, los
resultados de operación, las variaciones en el
capital contable y los cambios en la situación
financiera de la compañía. Dicha información fue
revisada mediante los procedimientos de
auditoria aplicados en el examen de los estados
financieros básicos. en mi opinión. se encuentra
presentada en forma razonable. en todos los
aspectos importantes, en relación con dichos
estados financieros básicos