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NORMAS INTERNANCIONALES
   DE AUDITORIA 22 Y 24




                  CONTADURÍA PÚBLICA
NIA 22
Representaciones de la
   Administración


                 CONTADURÍA PÚBLICA
El propósito de esta (NIA) es establecer normas y
proporcionar lineamientos sobre el uso de
representaciones de la administración como
evidencia de auditoría, los procedimientos que
se deben aplicar para evaluar y documentar las
representaciones de la administración y la
acción a tomar si la administración se rehúsa a
proporcionar representaciones apropiadas.




                                     CONTADURÍA PÚBLICA
Reconocimiento de la administración de
  su responsabilidad por los estados
             financieros

El auditor deberá obtener evidencia que certifique que la
administración reconoce su responsabilidad por la
presentación razonable de los estados financieros




                                          CONTADURÍA PÚBLICA
Representaciones de la administración
    como evidencia de auditoría

 El auditor deberá obtener representaciones por
  escrito de la administración sobre asuntos de
  importancia relativa para los estados financieros
  cuando no puede esperarse razonablemente que
  exista otra suficiente evidencia apropiada de
  auditoría.

 Representaciones por escrito




                                        CONTADURÍA PÚBLICA
Cuando las representaciones se relacionan con
 asuntos que son de importancia relativa para los
    estados financieros el auditor necesitará


 Buscar evidencia de auditoría corroborativa de fuentes
  dentro o fuera de la entidad;
 Evaluar si las representaciones hechas por la
  administración parecen razonables y consistentes con
  otra evidencia de auditoría obtenida, incluyendo otras
  representaciones; y
 Considerar si puede esperarse que los individuos que
  hacen las representaciones estén bien informados sobre
  los asuntos particulares.

Limitación en el alcance de la auditoría
                                           CONTADURÍA PÚBLICA
• Si una representación de la administración
  se contradice por otra evidencia de
  auditoría, el auditor debería investigar las
  circunstancias y cuando sea necesario,
  reconsiderar la confiabilidad de otras
  representaciones      hechas      por      la
  administración.




                                     CONTADURÍA PÚBLICA
Documentación de representaciones
      de la Administración
 Una representación por escrito es mejor evidencia de
 auditoría que una representación oral y puede tomar
 la forma de:

 Una carta de representación de la administración.
 Una carta del auditor explicando la comprensión del
  auditor de las representaciones de la administración,
  con debido acuse de recibo y confirmada por la
  administración
 Minutas importantes de juntas del consejo de
  directores u organismos similar o una copia firmada
  de los estados financieros.


                                         CONTADURÍA PÚBLICA
Elementos básicos de una carta de
representación de la Administración
   Dirigida al auditor, que contenga la información especificada
    y que esté apropiadamente fechada y firmada

 En ciertas circunstancias, puede también obtenerse una carta
  de representación por separado respecto de transacciones
  específicas u otros eventos, durante el curso de la auditoría o
  en una fecha después de la fecha del dictamen del auditor,
  por ejemplo, en la fecha de una oferta pública.

 Una carta de representación de la administración
  ordinariamente estaría firmada por los miembros de la
  administración que tengan la responsabilidad primaria de la
  entidad y de sus aspectos financieros pero en ciertas
  circunstancias el auditor puede desear obtener cartas de
  representación de otros miembros de la administración.

                                                 CONTADURÍA PÚBLICA
Acción si la administración se rehusa a
    proporcionar representaciones

  • El auditor debe expresar una opinión
    calificada o una abstención de
    opinión




                              CONTADURÍA PÚBLICA
NIA 24
   EL DICTAMEN DEL AUDITOR SOBRE LOS
TRABAJOS DE AUDITORÍA CON UN PROPÓSITO
                ESPECIAL




                            CONTADURÍA PÚBLICA
El propósito de esta Norma Internacional de Auditoría (NIA) es
   establecer normas y proporcionar lineamientos en conexión
   con los compromisos de auditoría con propósito especial,
   incluyendo:

• a) Estados financieros preparados de acuerdo con una base
  integral de contabilización distinta de Normas Internacionales de
  Contabilidad o Normas Nacionales;

• b) Cuentas específicas, elementos de cuentas, o partidas en un
  estado financiero (de aquí en adelante citados como
  dictámenes sobre un componente de los estados financieros);

• c) Cumplimiento con convenios contractuales; y

• d) Estados financieros resumidos

                                                 CONTADURÍA PÚBLICA
• El auditor deberá analizar y evaluar las
  conclusiones extraídas de la evidencia de
  auditoría obtenida durante el trabajo de
  auditoría con propósito especial como la
  base para una expresión de opinión. El
  dictamen deberá contener una clara
  expresión escrita de opinión.




                                   CONTADURÍA PÚBLICA
Al planear el trabajo de auditoría, el auditor
necesitará   una    clara   comprensión       del
propósito para el que se usará la información
sobre la que se dictamina, y quién es
probable que la use.         Para evitar la
posibilidad de que el dictamen del auditor
sea usado para propósitos que no son los
planeados.


                                     CONTADURÍA PÚBLICA
DICTAMEN DEL AUDITOR SOBRE UNA
AUDITORIA DE PROPÓSITO ESPECIAL
      El dictamen debe incluir los siguientes elementos básicos:
 a) Título
 b) Destinatario;
 c) Un párrafo de entrada o introductorio
       identificación de la información financiera auditada; y
       una declaración de la responsabilidad de la administración de la
      entidad y de la responsabilidad del auditor:
 d) Un párrafo de alcance (describiendo la naturaleza de una auditoría)
      referencia a NIAs aplicables a trabajos de auditoría con propósito
      especial o a normas o prácticas nacionales relevantes; y
       una descripción del trabajo que el auditor desempeñó;
 e) un párrafo de opinión conteniendo una expresión de opinión sobre la
      información financiera;
 f) la fecha del dictamen;
 g) la dirección del auditor; y
 h) la firma del auditor.

                                                             CONTADURÍA PÚBLICA
En el dictamen sobre el trabajo de auditoría con
propósito especial, el auditor puede desear hacer
referencia a la nota dentro de la información
financiera que describe dichas interpretaciones.
Dictámenes sobre estados financieros preparados de
acuerdo con una       base integral de contabilización
distinta   de   las   Normas   Internacionales            de
contabilidad o Normas Nacionales
                                          CONTADURÍA PÚBLICA
Una base integral de contabilización comprende un
  conjunto de criterios usados en la preparación de los
  estados financieros, que aplica a todas las partidas de
  importancia relativa y que tiene un soporte sustancial.
  Otros marcos conceptuales integrales para informes
  financieros pueden incluir:
• El que usa la entidad para preparar su declaración de
  impuestos.
• La base de contabilización sobre las entradas y salidas
  de efectivo.
• Las reglas de dependencia gubernamental reguladora
  para informes financieros.

                                          CONTADURÍA PÚBLICA
• El dictamen del auditor sobre estados financieros
  preparados de acuerdo con otra base integral de
  contabilización debería incluir una declaración que
  indique la base de contabilización usada o debería
  referirse a la nota a los estados financieros que da
  dicha información.
• El auditor debería considerar si el título de, o una
  nota a, los estados financieros deja claro al lector
  que dichos estados no están preparados de
  acuerdo     con      Normas   Internacionales             de
  Contabilidad o Normas Nacionales.

                                       CONTADURÍA PÚBLICA
• Si los estados financieros preparados sobre una
  base integral no están adecuadamente titulados o la
  base      de   contabilización      no     es       revelada
  adecuadamente,      el    auditor    deberá      emitir        un
  dictamen apropiadamente modificado.
• Puede pedirse al auditor que exprese una opinión
  sobre uno o más componentes de                 los estados
  financieros,     por      ejemplo,       cuentas               por
  cobrar,   inventario,    un   cálculo    de     bono          para
  empleados, o una provisión para impuestos sobre la
  renta.
                                           CONTADURÍA PÚBLICA
• cuando se dictamina sobre un componente de los
  estados financieros, el auditor no podrá aveces
  considerar el sujeto de la auditoría en forma
  aislada,     y   necesitará   examinar    otra       cierta
  información financiera.

• El auditor deberá considerar el concepto de
  importancia relativa en relación con el componente
  de los estados financieros sobre el que se
  dictamina.


                                      CONTADURÍA PÚBLICA
• Para evitar dar al usuario la impresión de que el
  dictamen se relaciona con los estados financieros
  completos, el auditor debería informar al cliente
  que el dictamen del auditor sobre un componente
  de los estados financieros no deberá acompañar
  los estados financieros de la entidad.




                                      CONTADURÍA PÚBLICA
• Cuando se ha expresado una opinión adversa o una
  abstención de opinión sobre los estados financieros
  completos,   el   auditor   debería   dictaminar            sobre
  componentes de los estados financieros sólo si esos
  componentes no son tan grandes como para constituir
  una porción principal de los estados financieros.


• Puede solicitarse al auditor que dictamine sobre el
  cumplimiento de una entidad con ciertos aspectos de
  convenios contractuales.


                                         CONTADURÍA PÚBLICA
• Cuando hay asuntos particulares que forman parte
  del trabajo que están fuera de la pericia del auditor,
  el auditor debería considerar usar el trabajo de un
  experto.



• El dictamen debería declarar si, según opinión del
  auditor, la entidad ha cumplido con las condiciones
  particulares del convenio.


                                       CONTADURÍA PÚBLICA
DICTAMENES SOBRE ESTADOS
        FIANCIEROS RESUMIDOS
Una    entidad   puede   preparar   estados    financieros
resumiendo sus estados financieros anuales auditados,
con el propósito de informar a los grupos de usuarios
interesados en los puntos sobresalientes sólo de la
posición financiera de la entidad y de los resultados de
sus operaciones.
Dichos estados financieros necesitan claramente indicar
la naturaleza de resumen de la información y NIA


                                          CONTADURÍA PÚBLICA
• Necesitan estar apropiadamente titulados para
  identificar a los estados financieros auditados de
  los cuales han sido derivados.



• No contienen toda la información requerida por el
  marco   conceptual    para   informes     financieros
  usados para los estados financieros anuales
  auditados.



                                    CONTADURÍA PÚBLICA
El dictamen del auditor sobre estados financieros resumidos deberá incluir
   los siguientes elementos básicos ordinariamente en la siguiente
   presentación:

a) Título
b) Destinatario;
c) Una identificación de los estados financieros auditados de los cuales se
    derivaron los estados financieros resumidos;
d) Una referencia a la fecha del dictamen de auditoría sobre los estados
    financieros sin resumir y el tipo de opinión dado en ese dictamen;
e) Una opinión respecto de si la información en los estados financieros
    resumidos es consistente con los estados financieros auditados de los
    cuales se derivó.
f) Una declaración, o referencia a la nota dentro de los estados financieros
    resumidos, que indica que para una mejor comprensión del desempeño
    financiero de una entidad, y de su posición financiera.
g) Fecha del dictamen;
h) Dirección del auditor; y
i) Firma del auditor.
                                                       CONTADURÍA PÚBLICA
Perspectiva del Sector Público
• Algunos de los trabajos considerados “Compromisos de
  auditoría con Propósito Especial” en el sector privado
  no son con propósito especial en el sector público.


 Un factor que también hay que considerar es que los
  dictámenes    de   auditoría   del   sector    público        son
  ordinariamente documentos públicos y por lo tanto, no
  es posible restringir el dictamen a usuarios específicos.



                                                CONTADURÍA PÚBLICA
•GRACIAS!
• ANA MARIA SAENZ
• ALEJANDRA MILLAN TABORDA
• PAOLA ANDREA VALLEJO




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  • 1. NORMAS INTERNANCIONALES DE AUDITORIA 22 Y 24 CONTADURÍA PÚBLICA
  • 2. NIA 22 Representaciones de la Administración CONTADURÍA PÚBLICA
  • 3. El propósito de esta (NIA) es establecer normas y proporcionar lineamientos sobre el uso de representaciones de la administración como evidencia de auditoría, los procedimientos que se deben aplicar para evaluar y documentar las representaciones de la administración y la acción a tomar si la administración se rehúsa a proporcionar representaciones apropiadas. CONTADURÍA PÚBLICA
  • 4. Reconocimiento de la administración de su responsabilidad por los estados financieros El auditor deberá obtener evidencia que certifique que la administración reconoce su responsabilidad por la presentación razonable de los estados financieros CONTADURÍA PÚBLICA
  • 5. Representaciones de la administración como evidencia de auditoría  El auditor deberá obtener representaciones por escrito de la administración sobre asuntos de importancia relativa para los estados financieros cuando no puede esperarse razonablemente que exista otra suficiente evidencia apropiada de auditoría.  Representaciones por escrito CONTADURÍA PÚBLICA
  • 6. Cuando las representaciones se relacionan con asuntos que son de importancia relativa para los estados financieros el auditor necesitará  Buscar evidencia de auditoría corroborativa de fuentes dentro o fuera de la entidad;  Evaluar si las representaciones hechas por la administración parecen razonables y consistentes con otra evidencia de auditoría obtenida, incluyendo otras representaciones; y  Considerar si puede esperarse que los individuos que hacen las representaciones estén bien informados sobre los asuntos particulares. Limitación en el alcance de la auditoría CONTADURÍA PÚBLICA
  • 7. • Si una representación de la administración se contradice por otra evidencia de auditoría, el auditor debería investigar las circunstancias y cuando sea necesario, reconsiderar la confiabilidad de otras representaciones hechas por la administración. CONTADURÍA PÚBLICA
  • 8. Documentación de representaciones de la Administración Una representación por escrito es mejor evidencia de auditoría que una representación oral y puede tomar la forma de:  Una carta de representación de la administración.  Una carta del auditor explicando la comprensión del auditor de las representaciones de la administración, con debido acuse de recibo y confirmada por la administración  Minutas importantes de juntas del consejo de directores u organismos similar o una copia firmada de los estados financieros. CONTADURÍA PÚBLICA
  • 9. Elementos básicos de una carta de representación de la Administración  Dirigida al auditor, que contenga la información especificada y que esté apropiadamente fechada y firmada  En ciertas circunstancias, puede también obtenerse una carta de representación por separado respecto de transacciones específicas u otros eventos, durante el curso de la auditoría o en una fecha después de la fecha del dictamen del auditor, por ejemplo, en la fecha de una oferta pública.  Una carta de representación de la administración ordinariamente estaría firmada por los miembros de la administración que tengan la responsabilidad primaria de la entidad y de sus aspectos financieros pero en ciertas circunstancias el auditor puede desear obtener cartas de representación de otros miembros de la administración. CONTADURÍA PÚBLICA
  • 10. Acción si la administración se rehusa a proporcionar representaciones • El auditor debe expresar una opinión calificada o una abstención de opinión CONTADURÍA PÚBLICA
  • 11. NIA 24 EL DICTAMEN DEL AUDITOR SOBRE LOS TRABAJOS DE AUDITORÍA CON UN PROPÓSITO ESPECIAL CONTADURÍA PÚBLICA
  • 12. El propósito de esta Norma Internacional de Auditoría (NIA) es establecer normas y proporcionar lineamientos en conexión con los compromisos de auditoría con propósito especial, incluyendo: • a) Estados financieros preparados de acuerdo con una base integral de contabilización distinta de Normas Internacionales de Contabilidad o Normas Nacionales; • b) Cuentas específicas, elementos de cuentas, o partidas en un estado financiero (de aquí en adelante citados como dictámenes sobre un componente de los estados financieros); • c) Cumplimiento con convenios contractuales; y • d) Estados financieros resumidos CONTADURÍA PÚBLICA
  • 13. • El auditor deberá analizar y evaluar las conclusiones extraídas de la evidencia de auditoría obtenida durante el trabajo de auditoría con propósito especial como la base para una expresión de opinión. El dictamen deberá contener una clara expresión escrita de opinión. CONTADURÍA PÚBLICA
  • 14. Al planear el trabajo de auditoría, el auditor necesitará una clara comprensión del propósito para el que se usará la información sobre la que se dictamina, y quién es probable que la use. Para evitar la posibilidad de que el dictamen del auditor sea usado para propósitos que no son los planeados. CONTADURÍA PÚBLICA
  • 15. DICTAMEN DEL AUDITOR SOBRE UNA AUDITORIA DE PROPÓSITO ESPECIAL El dictamen debe incluir los siguientes elementos básicos: a) Título b) Destinatario; c) Un párrafo de entrada o introductorio identificación de la información financiera auditada; y una declaración de la responsabilidad de la administración de la entidad y de la responsabilidad del auditor: d) Un párrafo de alcance (describiendo la naturaleza de una auditoría) referencia a NIAs aplicables a trabajos de auditoría con propósito especial o a normas o prácticas nacionales relevantes; y una descripción del trabajo que el auditor desempeñó; e) un párrafo de opinión conteniendo una expresión de opinión sobre la información financiera; f) la fecha del dictamen; g) la dirección del auditor; y h) la firma del auditor. CONTADURÍA PÚBLICA
  • 16. En el dictamen sobre el trabajo de auditoría con propósito especial, el auditor puede desear hacer referencia a la nota dentro de la información financiera que describe dichas interpretaciones. Dictámenes sobre estados financieros preparados de acuerdo con una base integral de contabilización distinta de las Normas Internacionales de contabilidad o Normas Nacionales CONTADURÍA PÚBLICA
  • 17. Una base integral de contabilización comprende un conjunto de criterios usados en la preparación de los estados financieros, que aplica a todas las partidas de importancia relativa y que tiene un soporte sustancial. Otros marcos conceptuales integrales para informes financieros pueden incluir: • El que usa la entidad para preparar su declaración de impuestos. • La base de contabilización sobre las entradas y salidas de efectivo. • Las reglas de dependencia gubernamental reguladora para informes financieros. CONTADURÍA PÚBLICA
  • 18. • El dictamen del auditor sobre estados financieros preparados de acuerdo con otra base integral de contabilización debería incluir una declaración que indique la base de contabilización usada o debería referirse a la nota a los estados financieros que da dicha información. • El auditor debería considerar si el título de, o una nota a, los estados financieros deja claro al lector que dichos estados no están preparados de acuerdo con Normas Internacionales de Contabilidad o Normas Nacionales. CONTADURÍA PÚBLICA
  • 19. • Si los estados financieros preparados sobre una base integral no están adecuadamente titulados o la base de contabilización no es revelada adecuadamente, el auditor deberá emitir un dictamen apropiadamente modificado. • Puede pedirse al auditor que exprese una opinión sobre uno o más componentes de los estados financieros, por ejemplo, cuentas por cobrar, inventario, un cálculo de bono para empleados, o una provisión para impuestos sobre la renta. CONTADURÍA PÚBLICA
  • 20. • cuando se dictamina sobre un componente de los estados financieros, el auditor no podrá aveces considerar el sujeto de la auditoría en forma aislada, y necesitará examinar otra cierta información financiera. • El auditor deberá considerar el concepto de importancia relativa en relación con el componente de los estados financieros sobre el que se dictamina. CONTADURÍA PÚBLICA
  • 21. • Para evitar dar al usuario la impresión de que el dictamen se relaciona con los estados financieros completos, el auditor debería informar al cliente que el dictamen del auditor sobre un componente de los estados financieros no deberá acompañar los estados financieros de la entidad. CONTADURÍA PÚBLICA
  • 22. • Cuando se ha expresado una opinión adversa o una abstención de opinión sobre los estados financieros completos, el auditor debería dictaminar sobre componentes de los estados financieros sólo si esos componentes no son tan grandes como para constituir una porción principal de los estados financieros. • Puede solicitarse al auditor que dictamine sobre el cumplimiento de una entidad con ciertos aspectos de convenios contractuales. CONTADURÍA PÚBLICA
  • 23. • Cuando hay asuntos particulares que forman parte del trabajo que están fuera de la pericia del auditor, el auditor debería considerar usar el trabajo de un experto. • El dictamen debería declarar si, según opinión del auditor, la entidad ha cumplido con las condiciones particulares del convenio. CONTADURÍA PÚBLICA
  • 24. DICTAMENES SOBRE ESTADOS FIANCIEROS RESUMIDOS Una entidad puede preparar estados financieros resumiendo sus estados financieros anuales auditados, con el propósito de informar a los grupos de usuarios interesados en los puntos sobresalientes sólo de la posición financiera de la entidad y de los resultados de sus operaciones. Dichos estados financieros necesitan claramente indicar la naturaleza de resumen de la información y NIA CONTADURÍA PÚBLICA
  • 25. • Necesitan estar apropiadamente titulados para identificar a los estados financieros auditados de los cuales han sido derivados. • No contienen toda la información requerida por el marco conceptual para informes financieros usados para los estados financieros anuales auditados. CONTADURÍA PÚBLICA
  • 26. El dictamen del auditor sobre estados financieros resumidos deberá incluir los siguientes elementos básicos ordinariamente en la siguiente presentación: a) Título b) Destinatario; c) Una identificación de los estados financieros auditados de los cuales se derivaron los estados financieros resumidos; d) Una referencia a la fecha del dictamen de auditoría sobre los estados financieros sin resumir y el tipo de opinión dado en ese dictamen; e) Una opinión respecto de si la información en los estados financieros resumidos es consistente con los estados financieros auditados de los cuales se derivó. f) Una declaración, o referencia a la nota dentro de los estados financieros resumidos, que indica que para una mejor comprensión del desempeño financiero de una entidad, y de su posición financiera. g) Fecha del dictamen; h) Dirección del auditor; y i) Firma del auditor. CONTADURÍA PÚBLICA
  • 27. Perspectiva del Sector Público • Algunos de los trabajos considerados “Compromisos de auditoría con Propósito Especial” en el sector privado no son con propósito especial en el sector público. Un factor que también hay que considerar es que los dictámenes de auditoría del sector público son ordinariamente documentos públicos y por lo tanto, no es posible restringir el dictamen a usuarios específicos. CONTADURÍA PÚBLICA
  • 28. •GRACIAS! • ANA MARIA SAENZ • ALEJANDRA MILLAN TABORDA • PAOLA ANDREA VALLEJO CONTADURÍA PÚBLICA