El documento define el objeto de la prueba en el derecho venezolano como la acción de evidenciar o señalar la existencia o no de un hecho sobre el cual se basa la pretensión de una parte. Explica que el objeto de la prueba son los hechos propiamente dichos y no las afirmaciones, y menciona tres tipos de hechos: admitidos, negativos y notorios. Finalmente agradece al lector.