UTILIDAD DE LA JURISPRUDENCIA INTERNACIONAL EN EL AVANCE O RETROCESO DE LAS INSTITUCIONES DEL DERECHO INTERNACIONAL
(Situación en la República Centroafricana
El Fiscal c. Jean-Pierre Bemba Gombo, Aimé
Kilolo Musamba, Jean-Jacques Mangenda Kabongo,
Fidèle Babala Wandu y Narcisse Arido
ICC-01 / 05-01 / 13- del 22-03-2017)
El documento resume los principales aspectos del caso contra Dominic Ongwen ante la Corte Penal Internacional. Ongwen fue comandante del Ejército de Resistencia del Señor en Uganda y está acusado de crímenes de guerra y crímenes contra la humanidad cometidos entre 2002-2004. Tras un proceso de investigación y emisión de orden de detención, Ongwen fue transferido a la CPI en 2015 y confirmados los cargos contra él en 2016, dando inicio al juicio.
Juzgado Central de Instrucción nº 1
Rollo 5/2012
Sumario 2/2012
Audiencia Nacional. Sala de lo Penal. Sección primera.
Condenados a dos años de carcel los autores de los "tartazos" a la presidenta del Gobierno de Navarra, Yolanda Barcina, cuando presidía en 2011 la reunión del pleno de la Comunidad de Trabajo de los Pirineos en Toulouse (Francia)
Sentencia caso Grupo Europa - CanariasABC_Canarias
Este documento presenta la sentencia de un tribunal superior de justicia en Gran Canaria sobre un caso de corrupción. Se juzga a siete acusados, incluyendo a un diputado, por delitos como cohecho, tráfico de influencias, prevaricación y falsedad documental relacionados con irregularidades en contratos públicos. El fiscal pide diferentes condenas para los acusados, incluyendo prisión e inhabilitación para cargos públicos.
Auto del Supremo sobre Junqueras y los exconsellers20minutos
Auto Tribunal Supremo - Mantiene prisión sin fianza para Junqueras, Forn y líderes ANC y Òmnium y acuerda prisión fianza 100.000 euros con medidas para seis exconsellers.
Este documento presenta un resumen de una sentencia de la Audiencia Provincial de Álava sobre un caso de falsificación de documentos privados y estafa. Se juzgó a tres acusados, José, Julio y Jesús, por elaborar un documento falso en 1995 en el que la dueña de un local comercial les otorgaba un derecho de opción de compra. En 2017 los acusados intentaron ejercer ese derecho de opción tras iniciarse un procedimiento para resolver su contrato de arrendamiento. La sentencia considera probado que el documento era falso y
Este documento presenta los antecedentes de hecho y las conclusiones del Ministerio Fiscal de un juicio en el Tribunal Superior de Justicia de Canarias contra siete acusados por presuntos delitos de cohecho, tráfico de influencias, prevaricación y falsedad. El Ministerio Fiscal solicita diferentes penas de prisión e inhabilitación para los acusados, así como multas por los delitos imputados.
CREACIÓN DE UNA EMPRESA DE RECREACIÓN TURÍSTICAMenfis Alvarez
FACTIBILIDAD FINANCIERA PARA LA CREACIÓN DE UNA EMPRESA DE RECREACIÓN TURÍSTICA EN LA PARROQUIA CARICUAO DEL MUNICIPIO LIBERTADOR DEL DISTRITO CAPITAL, PARA EL AÑO 2020
PROCESO GERENCIAL POLICIAL EN EL ASESORAMIENTO DEL COACHING PARA LOS GERENTES DEL CUERPO DE INVESTIGACIONES CIENTIFICAS, PENALES Y CRIMINALÍSTICAS, EN EL CUMPLIMIENTO DE LAS METAS Y OBJETIVOS ORGANIZACIONALES
El documento resume los principales aspectos del caso contra Dominic Ongwen ante la Corte Penal Internacional. Ongwen fue comandante del Ejército de Resistencia del Señor en Uganda y está acusado de crímenes de guerra y crímenes contra la humanidad cometidos entre 2002-2004. Tras un proceso de investigación y emisión de orden de detención, Ongwen fue transferido a la CPI en 2015 y confirmados los cargos contra él en 2016, dando inicio al juicio.
Juzgado Central de Instrucción nº 1
Rollo 5/2012
Sumario 2/2012
Audiencia Nacional. Sala de lo Penal. Sección primera.
Condenados a dos años de carcel los autores de los "tartazos" a la presidenta del Gobierno de Navarra, Yolanda Barcina, cuando presidía en 2011 la reunión del pleno de la Comunidad de Trabajo de los Pirineos en Toulouse (Francia)
Sentencia caso Grupo Europa - CanariasABC_Canarias
Este documento presenta la sentencia de un tribunal superior de justicia en Gran Canaria sobre un caso de corrupción. Se juzga a siete acusados, incluyendo a un diputado, por delitos como cohecho, tráfico de influencias, prevaricación y falsedad documental relacionados con irregularidades en contratos públicos. El fiscal pide diferentes condenas para los acusados, incluyendo prisión e inhabilitación para cargos públicos.
Auto del Supremo sobre Junqueras y los exconsellers20minutos
Auto Tribunal Supremo - Mantiene prisión sin fianza para Junqueras, Forn y líderes ANC y Òmnium y acuerda prisión fianza 100.000 euros con medidas para seis exconsellers.
Este documento presenta un resumen de una sentencia de la Audiencia Provincial de Álava sobre un caso de falsificación de documentos privados y estafa. Se juzgó a tres acusados, José, Julio y Jesús, por elaborar un documento falso en 1995 en el que la dueña de un local comercial les otorgaba un derecho de opción de compra. En 2017 los acusados intentaron ejercer ese derecho de opción tras iniciarse un procedimiento para resolver su contrato de arrendamiento. La sentencia considera probado que el documento era falso y
Este documento presenta los antecedentes de hecho y las conclusiones del Ministerio Fiscal de un juicio en el Tribunal Superior de Justicia de Canarias contra siete acusados por presuntos delitos de cohecho, tráfico de influencias, prevaricación y falsedad. El Ministerio Fiscal solicita diferentes penas de prisión e inhabilitación para los acusados, así como multas por los delitos imputados.
CREACIÓN DE UNA EMPRESA DE RECREACIÓN TURÍSTICAMenfis Alvarez
FACTIBILIDAD FINANCIERA PARA LA CREACIÓN DE UNA EMPRESA DE RECREACIÓN TURÍSTICA EN LA PARROQUIA CARICUAO DEL MUNICIPIO LIBERTADOR DEL DISTRITO CAPITAL, PARA EL AÑO 2020
PROCESO GERENCIAL POLICIAL EN EL ASESORAMIENTO DEL COACHING PARA LOS GERENTES DEL CUERPO DE INVESTIGACIONES CIENTIFICAS, PENALES Y CRIMINALÍSTICAS, EN EL CUMPLIMIENTO DE LAS METAS Y OBJETIVOS ORGANIZACIONALES
Rómulo Gallegos nació en 1884 en Venezuela en una familia humilde. Se dedicó a la enseñanza y comenzó su carrera política en 1930 como diputado. Fue elegido presidente de Venezuela en 1947 pero derrocado por un golpe de estado en 1948. Gallegos es considerado el novelista más relevante de Venezuela y uno de los más grandes de Latinoamérica, destacando por su novela Doña Bárbara publicada en 1929, obra clave de la literatura venezolana y latinoamericana.
Rómulo Gallegos fue un novelista y político venezolano considerado el novelista más relevante de Venezuela en el siglo XX. Algunas de sus novelas como Doña Bárbara se han convertido en clásicos de la literatura hispanoamericana. Sus obras se caracterizan por criticar las costumbres a través de ambientes criollos y por describir pasiones y desequilibrios.
La propuesta busca crear una ruta turística cultural para el año 2020 que muestre el valor de la manifestación de San Juan Bautista en las parroquias de Caricuao, Macarao y Antímano en Caracas, Venezuela. La ceremonia religiosa es una representación creativa que combina lo imaginario con las prácticas artísticas de sus participantes. La propuesta podría ser un punto de partida para continuar analizando el trasfondo histórico-cultural que subyace en la danza, música y escenografía de esta tradición
La propuesta busca crear una ruta turística del patrimonio natural en las parroquias de Caricuao y Macarao, Venezuela para el año 2020. Presenta los atractivos naturales de las parroquias y propone organizar el recorrido por cinco parques, describiendo los objetivos de promover el ecoturismo y conciencia ecológica entre las comunidades locales.
El documento describe la historia de la música en Venezuela desde el siglo XVI hasta 1979. La música en las catedrales venezolanas se remonta a 1535 y la música académica al siglo XVII cuando se fundó Santiago de León de Caracas. En el siglo XIX, la música adquirió un carácter romántico. Desde 1940 hasta 1964 dominó la escena musical de Caracas la Escuela de Santa Capilla. En 1979 se estableció la Fundación del Estado para la Orquesta Nacional Juvenil de Venezuela.
La historia musical de Venezuela comenzó con los indígenas, quienes creaban instrumentos naturales como flautas y tambores. A partir del encuentro de las culturas hispánica y africana con los aborígenes en 1492, surgió una rica variedad de géneros musicales como el joropo. A lo largo de los siglos, la música venezolana ha integrado diversas influencias y se ha desarrollado en géneros como la música clásica, el vals, el merengue y la gaita navideña. En la actual
La historia musical de Venezuela comenzó en el periodo colonial con la música académica y religiosa. En los siglos XIX y XX, la música venezolana experimentó un renacimiento con el desarrollo del vals venezolano y el nacionalismo musical, incluido el famoso joropo "Alma Llanera". Desde mediados del siglo XX, la música venezolana ha florecido con diversos géneros como la vanguardia, la música folclórica y la música clásica.
El documento describe la historia musical de Venezuela desde la época colonial hasta la actualidad. Comienza con una breve introducción sobre la música en la Venezuela colonial y la influencia de la iglesia católica. Luego, explica el desarrollo de la música académica a partir del siglo XVII con la creación del primer conservatorio. Finalmente, habla sobre el nacionalismo musical venezolano en el siglo XX y la creación de importantes instituciones como la Escuela de Santa Capilla y la Orquesta Sinfónica Nacional Infantil y Juvenil de Venezuela.
Formacion cultural ii historia musical vzlaMenfis Alvarez
La historia musical de Venezuela comenzó en 1536 con la música religiosa. En 1727 existían conjuntos instrumentales y en 1739 el presbítero Pedro Palacios y Sojo fue considerado el fundador de la música en Venezuela. A partir de 1920 hubo un movimiento de renovación musical nacionalista liderado por Juan Bautista Plaza, Vicente Emilio Sojo y José Antonio Calcaño. En 1996 se creó la Fundación Nacional de las Orquestas Juveniles e Infantiles de Venezuela.
Linea del tiempo evolucion de la musica popular vzlaMenfis Alvarez
El documento presenta una línea de tiempo que resume la evolución histórica de la música popular en Venezuela desde el siglo XVI hasta el siglo XX. En los siglos XVI y XVII se establecieron las bases de la música académica con la creación de cátedras y escuelas de canto llano. En el siglo XIX la música se volvió más romántica y se componía principalmente para ser interpretada en salones privados. Finalmente, en el siglo XX surgió un movimiento nacionalista musical venezolano y dominaron la escena musical car
La música venezolana ha evolucionado a lo largo de los siglos como resultado de la fusión de instrumentos y estilos musicales indígenas con los traídos por los españoles y africanos. A partir del siglo XVIII se desarrolló una música académica y popular que combinaba elementos clásicos y autóctonos, mientras que en el siglo XX surgió una escena urbana con géneros como el merengue y la salsa. Actualmente, la música venezolana se caracteriza por ser el resultado de la mezcla de culturas
Linea de tiempo histoira de la musica en VzlaMenfis Alvarez
El documento presenta una línea de tiempo que resume la evolución histórica de la música en Venezuela desde sus orígenes indígenas hasta el presente. Algunos hitos importantes incluyen la creación de la primera escuela de música en 1640, el desarrollo del vals venezolano en la década de 1830, y el movimiento de renovación musical nacionalista en la década de 1920 que buscó establecer una identidad cultural venezolana. En 1961, la obra "Casualismos" marcó el inicio de la vanguardia musical en Venezuela al utilizar
El documento resume la historia musical de Venezuela desde 1640 hasta 2011, destacando eventos como la creación de la primera escuela de música en Caracas en 1640, el establecimiento de una cátedra de canto llano en 1727, y el surgimiento de conjuntos instrumentales en 1750. También describe el movimiento de renovación musical nacionalista de 1920, el inicio de la vanguardia musical con la obra de Rhazes Hernández en 1961, y el establecimiento de orquestas juveniles como la Orquesta Nacional Juvenil de Venezuela en 1979.
La historia musical de Venezuela comenzó en 1640 con la creación de la primera escuela de canto llano. En 1771, el Padre Sojo estableció un oratorio para entrenar jóvenes talentosos en música clásica colonial. En 1940, Juan Bautista Plaza, Vicente Emilio Sojo y José Antonio Calcaño iniciaron el nacionalismo musical venezolano promoviendo géneros como el vals y el joropo. En 1961, la obra "Casualismos" marcó el inicio de la vanguardia musical venezolana.
La historia musical de Venezuela comenzó en 1640 con la creación de la primera escuela de canto llano. En 1771, el Padre Sojo estableció un oratorio para entrenar jóvenes talentosos en música clásica colonial. En 1940, Juan Bautista Plaza, Vicente Emilio Sojo y José Antonio Calcaño iniciaron el nacionalismo musical venezolano promoviendo géneros como el vals y el joropo. En 1961, la obra "Casualismos" marcó el inicio de la vanguardia musical venezolana. Finalmente, en 1979 se
Este documento presenta un resumen de la historia de la música popular en Venezuela desde el siglo XVII hasta 1975. Se establece que la primera escuela de canto llano se creó en 1641, y que en el siglo XVIII se realizaron las primeras composiciones venezolanas. En el siglo XIX se creó la academia de Bellas Artes y la Orquesta Juvenil, mientras que en el siglo XX surgieron géneros musicales como la gaita, el calipso de El Callao y el merengue se hizo popular en Caracas.
Este documento resume la historia de la música en Venezuela desde el siglo XVI hasta el siglo XX. Detalla los orígenes religiosos de la música durante la colonia, el desarrollo de la enseñanza y las primeras escuelas de música en los siglos XVII y XVIII, y la influencia de géneros importados y el nacionalismo musical en los siglos XIX y XX. Resalta figuras importantes como Pedro Palacios y Sojo, Aldemaro Romero, y Ali Primera, y los géneros que cobraron popularidad en cada época
El documento resume la importancia de la novela Doña Bárbara de Rómulo Gallegos en la literatura venezolana y latinoamericana. La novela representa la Venezuela del siglo XIX marcada por la corrupción, injusticia y latifundismo, pero también muestra una raza buena que lucha contra la dictadura. La obra se ha publicado en más de 40 ediciones y traducciones en todo el mundo y es una referencia en Venezuela y Latinoamérica. Retrata de forma realista la sociedad rural venezolana del siglo XIX y ha infl
Region centro occidental Circuitos MusicalesMenfis Alvarez
El documento describe varias expresiones culturales tradicionales de tres estados de Venezuela: Lara, Yaracuy y Falcón. En Lara, el tamunangue es un baile caracterizado por la percusión del tambor y la letra interpretada por un solista. En Yaracuy, géneros como el joropo jorconiao, la polca y la mazurca definen la diversidad cultural de la región. El calipso es el género musical típico de Falcón, con orígenes en la música antillana e interpretado con tambores,
Rómulo Gallegos nació en 1884 en Venezuela en una familia humilde. Se dedicó a la enseñanza y comenzó su carrera política en 1930 como diputado. Fue elegido presidente de Venezuela en 1947 pero derrocado por un golpe de estado en 1948. Gallegos es considerado el novelista más relevante de Venezuela y uno de los más grandes de Latinoamérica, destacando por su novela Doña Bárbara publicada en 1929, obra clave de la literatura venezolana y latinoamericana.
Rómulo Gallegos fue un novelista y político venezolano considerado el novelista más relevante de Venezuela en el siglo XX. Algunas de sus novelas como Doña Bárbara se han convertido en clásicos de la literatura hispanoamericana. Sus obras se caracterizan por criticar las costumbres a través de ambientes criollos y por describir pasiones y desequilibrios.
La propuesta busca crear una ruta turística cultural para el año 2020 que muestre el valor de la manifestación de San Juan Bautista en las parroquias de Caricuao, Macarao y Antímano en Caracas, Venezuela. La ceremonia religiosa es una representación creativa que combina lo imaginario con las prácticas artísticas de sus participantes. La propuesta podría ser un punto de partida para continuar analizando el trasfondo histórico-cultural que subyace en la danza, música y escenografía de esta tradición
La propuesta busca crear una ruta turística del patrimonio natural en las parroquias de Caricuao y Macarao, Venezuela para el año 2020. Presenta los atractivos naturales de las parroquias y propone organizar el recorrido por cinco parques, describiendo los objetivos de promover el ecoturismo y conciencia ecológica entre las comunidades locales.
El documento describe la historia de la música en Venezuela desde el siglo XVI hasta 1979. La música en las catedrales venezolanas se remonta a 1535 y la música académica al siglo XVII cuando se fundó Santiago de León de Caracas. En el siglo XIX, la música adquirió un carácter romántico. Desde 1940 hasta 1964 dominó la escena musical de Caracas la Escuela de Santa Capilla. En 1979 se estableció la Fundación del Estado para la Orquesta Nacional Juvenil de Venezuela.
La historia musical de Venezuela comenzó con los indígenas, quienes creaban instrumentos naturales como flautas y tambores. A partir del encuentro de las culturas hispánica y africana con los aborígenes en 1492, surgió una rica variedad de géneros musicales como el joropo. A lo largo de los siglos, la música venezolana ha integrado diversas influencias y se ha desarrollado en géneros como la música clásica, el vals, el merengue y la gaita navideña. En la actual
La historia musical de Venezuela comenzó en el periodo colonial con la música académica y religiosa. En los siglos XIX y XX, la música venezolana experimentó un renacimiento con el desarrollo del vals venezolano y el nacionalismo musical, incluido el famoso joropo "Alma Llanera". Desde mediados del siglo XX, la música venezolana ha florecido con diversos géneros como la vanguardia, la música folclórica y la música clásica.
El documento describe la historia musical de Venezuela desde la época colonial hasta la actualidad. Comienza con una breve introducción sobre la música en la Venezuela colonial y la influencia de la iglesia católica. Luego, explica el desarrollo de la música académica a partir del siglo XVII con la creación del primer conservatorio. Finalmente, habla sobre el nacionalismo musical venezolano en el siglo XX y la creación de importantes instituciones como la Escuela de Santa Capilla y la Orquesta Sinfónica Nacional Infantil y Juvenil de Venezuela.
Formacion cultural ii historia musical vzlaMenfis Alvarez
La historia musical de Venezuela comenzó en 1536 con la música religiosa. En 1727 existían conjuntos instrumentales y en 1739 el presbítero Pedro Palacios y Sojo fue considerado el fundador de la música en Venezuela. A partir de 1920 hubo un movimiento de renovación musical nacionalista liderado por Juan Bautista Plaza, Vicente Emilio Sojo y José Antonio Calcaño. En 1996 se creó la Fundación Nacional de las Orquestas Juveniles e Infantiles de Venezuela.
Linea del tiempo evolucion de la musica popular vzlaMenfis Alvarez
El documento presenta una línea de tiempo que resume la evolución histórica de la música popular en Venezuela desde el siglo XVI hasta el siglo XX. En los siglos XVI y XVII se establecieron las bases de la música académica con la creación de cátedras y escuelas de canto llano. En el siglo XIX la música se volvió más romántica y se componía principalmente para ser interpretada en salones privados. Finalmente, en el siglo XX surgió un movimiento nacionalista musical venezolano y dominaron la escena musical car
La música venezolana ha evolucionado a lo largo de los siglos como resultado de la fusión de instrumentos y estilos musicales indígenas con los traídos por los españoles y africanos. A partir del siglo XVIII se desarrolló una música académica y popular que combinaba elementos clásicos y autóctonos, mientras que en el siglo XX surgió una escena urbana con géneros como el merengue y la salsa. Actualmente, la música venezolana se caracteriza por ser el resultado de la mezcla de culturas
Linea de tiempo histoira de la musica en VzlaMenfis Alvarez
El documento presenta una línea de tiempo que resume la evolución histórica de la música en Venezuela desde sus orígenes indígenas hasta el presente. Algunos hitos importantes incluyen la creación de la primera escuela de música en 1640, el desarrollo del vals venezolano en la década de 1830, y el movimiento de renovación musical nacionalista en la década de 1920 que buscó establecer una identidad cultural venezolana. En 1961, la obra "Casualismos" marcó el inicio de la vanguardia musical en Venezuela al utilizar
El documento resume la historia musical de Venezuela desde 1640 hasta 2011, destacando eventos como la creación de la primera escuela de música en Caracas en 1640, el establecimiento de una cátedra de canto llano en 1727, y el surgimiento de conjuntos instrumentales en 1750. También describe el movimiento de renovación musical nacionalista de 1920, el inicio de la vanguardia musical con la obra de Rhazes Hernández en 1961, y el establecimiento de orquestas juveniles como la Orquesta Nacional Juvenil de Venezuela en 1979.
La historia musical de Venezuela comenzó en 1640 con la creación de la primera escuela de canto llano. En 1771, el Padre Sojo estableció un oratorio para entrenar jóvenes talentosos en música clásica colonial. En 1940, Juan Bautista Plaza, Vicente Emilio Sojo y José Antonio Calcaño iniciaron el nacionalismo musical venezolano promoviendo géneros como el vals y el joropo. En 1961, la obra "Casualismos" marcó el inicio de la vanguardia musical venezolana.
La historia musical de Venezuela comenzó en 1640 con la creación de la primera escuela de canto llano. En 1771, el Padre Sojo estableció un oratorio para entrenar jóvenes talentosos en música clásica colonial. En 1940, Juan Bautista Plaza, Vicente Emilio Sojo y José Antonio Calcaño iniciaron el nacionalismo musical venezolano promoviendo géneros como el vals y el joropo. En 1961, la obra "Casualismos" marcó el inicio de la vanguardia musical venezolana. Finalmente, en 1979 se
Este documento presenta un resumen de la historia de la música popular en Venezuela desde el siglo XVII hasta 1975. Se establece que la primera escuela de canto llano se creó en 1641, y que en el siglo XVIII se realizaron las primeras composiciones venezolanas. En el siglo XIX se creó la academia de Bellas Artes y la Orquesta Juvenil, mientras que en el siglo XX surgieron géneros musicales como la gaita, el calipso de El Callao y el merengue se hizo popular en Caracas.
Este documento resume la historia de la música en Venezuela desde el siglo XVI hasta el siglo XX. Detalla los orígenes religiosos de la música durante la colonia, el desarrollo de la enseñanza y las primeras escuelas de música en los siglos XVII y XVIII, y la influencia de géneros importados y el nacionalismo musical en los siglos XIX y XX. Resalta figuras importantes como Pedro Palacios y Sojo, Aldemaro Romero, y Ali Primera, y los géneros que cobraron popularidad en cada época
El documento resume la importancia de la novela Doña Bárbara de Rómulo Gallegos en la literatura venezolana y latinoamericana. La novela representa la Venezuela del siglo XIX marcada por la corrupción, injusticia y latifundismo, pero también muestra una raza buena que lucha contra la dictadura. La obra se ha publicado en más de 40 ediciones y traducciones en todo el mundo y es una referencia en Venezuela y Latinoamérica. Retrata de forma realista la sociedad rural venezolana del siglo XIX y ha infl
Region centro occidental Circuitos MusicalesMenfis Alvarez
El documento describe varias expresiones culturales tradicionales de tres estados de Venezuela: Lara, Yaracuy y Falcón. En Lara, el tamunangue es un baile caracterizado por la percusión del tambor y la letra interpretada por un solista. En Yaracuy, géneros como el joropo jorconiao, la polca y la mazurca definen la diversidad cultural de la región. El calipso es el género musical típico de Falcón, con orígenes en la música antillana e interpretado con tambores,
SEMIOLOGIA DE HEMORRAGIAS DIGESTIVAS.pptxOsiris Urbano
Evaluación de principales hallazgos de la Historia Clínica utiles en la orientación diagnóstica de Hemorragia Digestiva en el abordaje inicial del paciente.
CPI DELITOS CONTRA LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA-JOA DA SILVA
1. Ministerio del Poder Popular para la Educación Universitaria
Universidad Latinoamericana y del Caribe
Especialización: Derecho Penal Internacional
Cátedra: Análisis jurisprudencial
Profesor: Dr. Jesús David Rojas Hernández
UTILIDAD DE LA JURISPRUDENCIA
INTERNACIONAL EN EL AVANCE O
RETROCESO DE LAS INSTITUCIONES
DEL DERECHO INTERNACIONAL
(Situación en la República Centroafricana
El Fiscal c. Jean-Pierre Bemba Gombo, Aimé
Kilolo Musamba, Jean-Jacques Mangenda Kabongo,
Fidèle Babala Wandu y Narcisse Arido
ICC-01 / 05-01 / 13- del 22-03-2017)
Participante: Joao Da Silva C.I. V-14.568.101
Caracas, julio 2017
2. Se inició el juicio el 29 de septiembre de 2015 por delitos contra la
administración de justicia en relación con el caso El Fiscal contra Jean Pierre
Bemba Gombo. Las declaraciones de clausura tuvieron lugar el 31 de mayo
de 2016. Sentencia de culpabilidad el 19 de octubre de 2016 y condena el 22
de marzo de 2017. Aimé Kilolo Musamba, Narciso Arido, Jean-Jacques
Mangenda Kabongo y Fidèle Babala Wandu en un comunicado provisional.
Jean-Pierre Bemba Gombo en custodia de la CPI1
1º) JEAM PIER BEMBA
Jean-Pierre Bemba Gombo. Fecha de nacimiento: 4 de noviembre de 1962.
Lugar de nacimiento: Bokada, provincia de Ecuador, de la República
Democrática del Congo. Nacionalidad: Congolés Situación actual: Detenido
en el Centro de Detención de La Haya. Mandato de detención: Emitido con el
sello el 20 de noviembre de 2013 | Hecho público el 28 de noviembre de
2013. Presentación inicial: 27 de noviembre de 2013. Decisión sobre la
confirmación de cargos: 11 de noviembre de 2014. Apertura del juicio: 29 de
septiembre de 2015. Veredicto: 19 de octubre de 2016. Sentencia: 22 de
marzo de 20172
2º) AIMÉ KILOLO MUSAMBA
Fecha de nacimiento: 1 de enero de 1972. Nacionalidad: Belga. Situación
actual: Comunicado provisional. Mandato de detención: Emitido con el sello
el 20 de noviembre de 2013 | Hecho público el 28 de noviembre de 2013.
Detención: 23 de noviembre de 2013. Transmisión al Tribunal de Justicia: 25
de noviembre de 2013. Presentación inicial: 27 de noviembre de 2013.
Decisión sobre la confirmación de cargos: 11 de noviembre de 2014.
Apertura del juicio: 29 de septiembre de 2015. Veredicto: 19 de octubre de
1
https://www.icc-cpi.int/car/Bemba-et-al/Documents/Bemba-et-alEng.pdf.acceso 17/07/2017.
10:00pm
2
Ídem -1-
3. 2016. Sentencia: 22 de marzo de 2017.
3º) Jean-Jacques Mangenda Kabongo
Fecha de nacimiento: 10 de enero de 1979. Nacionalidad: Congolés.
Situación actual: Comunicado provisional. Mandato de detención: Emitido
con el sello el 20 de noviembre de 2013 | Hecho público el 28 de noviembre
de 2013. Detención: 23 de noviembre de 2013. Traslado al Tribunal de
Justicia: 4 de diciembre de 2013. Presentación inicial: 5 de diciembre de
2013. Decisión sobre la confirmación de cargos: 11 de noviembre de 2014.
Apertura del juicio: 29 de septiembre de 2015. Veredicto: 19 de octubre de
2016. Sentencia: 22 de marzo de 20173
4º) Fidèle Babala Wandu
Fecha de nacimiento: 15 de abril de 1956. Nacionalidad: Congolés. Situación
actual: Comunicado provisional. Mandato de detención: Emitido con el sello
el 20 de noviembre de 2013 | Hecho público el 28 de noviembre de 2013.
Detención: 24 de noviembre de 2013. Transmisión al Tribunal de Justicia: 25
de noviembre de 2013. Presentación inicial: 27 de noviembre de 2013.
Decisión sobre la confirmación de cargos: 11 de noviembre de 2014.
Apertura del juicio: 29 de septiembre de 2015. Veredicto: 19 de octubre de
2016. Sentencia: 22 de marzo de 20174
5º) Narcisse Arido
Fecha de nacimiento: 15 de mayo de 1978. Nacionalidad: Nacional de la
República Centroafricana. Situación actual: Comunicado provisional.
Mandato de detención: Emitido con el sello el 20 de noviembre de 2013 |
3
Ibidem
4
https://www.icc-cpi.int/ugandardc.acceso 17/07/2017.11:00pm
-2-
4. Hecho público el 28 de noviembre de 2013. Detención: 23 de noviembre de
2013. Transmisión a la Corte: 18 de marzo de 2014. Presentación inicial: 20
de marzo de 2014. Decisión sobre la confirmación de cargos: 11 de
noviembre de 2014-. Apertura del juicio: 29 de septiembre de 2015. Veredicto:
19 de octubre de 2016. Sentencia: 22 de marzo de 2017
Principales desarrollos judiciales:
GARANTÍA DE ARRESTAMIENTO Y RENUNCIA A LA CORTE
-El 19 de noviembre de 2013, la Fiscalía presentó a la Sala de Cuestiones
Preliminares II una solicitud con arreglo al artículo 58 del Estatuto de Roma
para la expedición de una orden de detención de Jean-Pierre Bemba Gombo,
Aimé Kilolo Musamba, Jean-Jacques Mangenda Kabongo, Fidèle Babala
Wandu y Narciso Arido.
-El 20 de noviembre de 2013, la Sala de Cuestiones Preliminares II emitió
una orden de detención bajo sello, ex parte, y una versión expurgada se hizo
pública en 28 de noviembre de 2013.
-Los días 23 y 24 de noviembre de 2013, las autoridades belgas detuvieron a
Aimé Kilolo Musamba, las autoridades de los Países Bajos detuvieron a Jean
Jacques Mangenda Kabongo, las autoridades francesas detuvieron a
Narcisse Arido ya las autoridades de la República Democrática Congo (RDC)
detuvo a Fidèle Babala Wandu, actuando en cumplimiento de las solicitudes
de detención y entrega dictadas por la CPI.
-El 19 de octubre de 2016, la Sala de Primera Instancia VII declaró a los
cinco acusados culpables de diversos delitos contra la administración de
justicia relacionados con los falsos testimonios de testigos de la defensa en
otro caso ante la CPI: El Fiscal contra Jean-Pierre Bemba Gombo (Caso
Principal). -3-
5. -La Sala de Primera Instancia VII constató que Jean-Pierre Bemba Gombo,
su ex asesor Aimé Kilolo Musamba y Jean-Jacques Mangenda Kabongo (ex
miembro del equipo de defensa del Sr. Bemba) fueron culpables, como
coautores, de haber cometido conjuntamente los delitos de Intencionalmente
influyendo de manera corrupta en 14 testigos de la defensa, y presentando
sus pruebas testimoniales falsas a la corte. En adición,
-El Sr. Bemba fue declarado culpable de solicitar el testimonio falso de los 14
testigos de la defensa, el Sr. Kilolo fue declarado culpable de Induciendo a
dar testimonio falso por los 14 testigos de la defensa, y el Sr. Mangenda fue
declarado culpable de ayudar a dar falsos Testimonio de dos testigos de la
defensa e incitación a la entrega de falsos testimonios por siete testigos de la
defensa.
-Fidèle Babala Wandu (aliada política del Sr. Bemba en el Parlamento de la
República Democrática del Congo) fue declarada culpable de Ayudando a la
influencia corrupta de dos testigos de la defensa. Narciso Arido, un posible
testigo de la defensa en el caso principal que en última No declaró, fue
declarado culpable de haber influido corruptamente en cuatro testigos de la
defensa. Todos los demás cargos fueron rechazados.
-Fidèle Babala Wandu y Aimé Kilolo Musamba fueron trasladados al centro
de detención de la CCI el 25 de noviembre de 2013. Jean-Jacques
Mangenda Kabongo fue trasladado el 4 de diciembre de 2013. Narciso Arido
fue entregado a la Corte por las autoridades francesas el 18 de marzo de
2014 tras la finalización de los procedimientos en Francia.
-4-
6. Procedimientos en Francia.
ACTUACIONES INICIALES
Jean-Pierre Bemba Gombo, Aimé Kilolo Musamba y Fidèle Babala Wandu
hicieron su comparecencia inicial ante el Tribunal el 27 noviembre de 2013,
Jean-Jacques Mangenda el 5 de diciembre de 2013 y Narciso Arido el 20 de
marzo de 2014. En estas audiencias, la Cámara Verificó la identidad de los
sospechosos y aseguró que se les había informado de los crímenes que
supuestamente habían cometido y De sus derechos ante la Corte.
LIBERACIÓN PROVISIONAL
El 21 de octubre de 2014, la Sala de Cuestiones Preliminares II ordenó la
liberación de Aimé Kilolo Musamba, Jean-Jacques Mangenda Kabongo,
Fidèle Babala Wandu y Narcisse Arido sujeto a la condición de que
comparezcan para juicio o cuando sean convocados. Los cuatro
sospechosos fueron Posteriormente liberados de la custodia de la CPI.
Mientras que Jean-Pierre Bemba Gombo, quinto sospechoso en este caso,
fue La Sala de Cuestiones Preliminares, permanece detenido en relación con
los procedimientos en curso en otro caso ante la Corte, El Fiscal c.Jean-
Pierre Bemba Gombo. El Fiscal de la CPI apeló las dos decisiones de la Sala
de Cuestiones Preliminares.
El 29 de mayo de 2015, la Sala de Apelaciones revocó y remitió a la Sala de
Primera Instancia VII la resolución por la que se ordenaba la liberación
provisional de Aimé Kilolo Musamba, Fidèle Babala Wandu, Jean Mangenda
Kabongo y Narciso Arido. Sin embargo, la Sala constató que, teniendo en
cuenta el tiempo transcurrido desde su liberación, no sería de interés para la
justicia que los sospechosos fueran Re-arrestado. El 29 de mayo de 2015, la
Sala de Apelaciones también revocó y remitió a la Sala de Primera Instancia
VII la Bemba en el contexto de este caso. -5-
7. El 17 de agosto de 2015, la Sala de Primera Instancia VII ordenó la
continuación de la liberación de Aimé Kilolo Musamba, Jean-Jacques
Mangenda Kabongo, Fidèle Babala Wandu y Narcisse Arido con una serie de
condiciones, incluida la de estar presente en La Haya en su juicio,
programada para Comenzará el 29 de septiembre de 2015.
El 19 de octubre de 2016, en una audiencia pública tras la sentencia de la
Sala, la Sala de Primera Instancia VII decidió que Aimé Kilolo Musamba,
Jean-Jacques Mangenda Kabongo, Fidèle Babala Wandu y Narciso Arido
permanecerían en libertad condicional, Imposición de sanciones en su caso.
Jean-Pierre Bemba Gombo permanece bajo custodia de la CCI.
CONFIRMACIÓN DE CARGOS
El 11 de noviembre de 2014, la Sala de Cuestiones Preliminares II confirmó
parcialmente los cargos de delitos contra la administración de justicia por
Jean Pierre Bemba Gombo, Aimé Kilolo Musamba, Jean-Jacques Mangenda
Kabongo, Fidèle Babala Wandu y Narcisse Arido y Comprometió a los cinco
sospechosos a juicio. El 30 de enero de 2015, la Presidencia de la CPI
constituyó la Sala de Primera Instancia VII, a fin de que sea responsable de
la conducción del juicio.
SENTENCIA
El 22 de marzo de 2017, la Sala VII de prueba TIC Entregado decisión es la
sentencia. La acusación y la defensa puede apelar la decisión en el plazo de
30 días frase.
Caso Hoja de Información El Fiscal v. Jean-Pierre Bemba, Aime Kilolo
Musamba, Jean-Jacques Mangenda Kabongo Fidèle Babala Wandu y
Narciso Arido
-6-
8. -Jean-Pierre Bemba Gombo Fue condenado a un año y 300.000 euros s
haciendo bien. Los s que hacen otorgará ser servido pareja después de la
otra frase en el cuadro de la mano.
- Aime Kilolo Musamba Fue Condamné a 2 años y 6 meses s haciendo y
30.000 euros fine. el Sr. Kilolo anteriormente pasó en prisión y se dedujo la
Sala ordenó la suspensión del plazo restante haciendo por un período de 3
años `no surtirá efecto (i) si los países finas Sr. Kilolo; y (ii) a menos que
durante Ese período Sr. Kilolo cometa otro hecho punible con cualquier parte.
- Jean-Jacques Kabongo Mangenda Fue Condamné a 2 años s haciendo. El
tiempo que el Sr. Mangenda pasó anteriormente en se deducirá de detención.
La Cámara ordenó la suspensión de la aplicación del término restante de la
sentencia haciendo un período de 3 años `no surtirá efecto a menos que
durante ese período, el Sr. Mangenda se anoten en cometeré otro delito
- ¿Se Narciso Arido condené en total a 11 meses s haciendo? El tiempo de
Sr. Arido Anteriormente pasó en detención se le deducirá. Dado que la pena
impuesta es equivalente al periodo que el Sr. Arido pasó bajo custodia, la
Cámara consideró que ya pago su sentencia.
- ¿Se Fidèle Babala Wandu condené en total a 6 meses haciendo? El tiempo
de Sr. Babala Anteriormente pasó en prisión se deducirá. Dado que la pena
impuesta es menor que el período de tiempo de detención Sr. Babala, la
Cámara consideró que ya pago su sentencia.
20 de noviembre de 2013 (hecho público es del 28 de noviembre de 2013)
Orden de detención contra Jean-Pierre Bemba Gombo, Aime Kilolo
Musamba, Jean-Jacques MANGENDA KABONGO Fidele Babala Wandu y
Narciso ARIDO
-7-
9. 21 de octubre de 2014
Decisión que ordena la liberación de Aime Kilolo Musamba, Jean-Jacques
Mangenda Kabongo y Narcisse Fiel Babala Wandu Arido
11 de noviembre de 2014
Decisión de conformidad con el artículo 61 (7) (a) y (b) del Estatuto de Roma.
ICC-01 / 05-01 / 13-749 15 de noviembre 2014
19 de octubre del año 2016
Pública la versión expurgada del juicio en virtud del artículo 74 del Estatuto
Pública ICC-01 / 05-01 / 13-1989- | Juicio la Sala VII
La presente jurisprudencia considera quien aquí suscribe es un
avance en materia de las Instituciones del Derechos internacional, debido a
que efectivamente la CPI, investiga y procesa a personas por haber cometido
delitos Jurisdicción de la Corte, como el genocidio, los crímenes contra la
Humanidad y crímenes de guerra. Al respecto el preámbulo del Estatuto5,en
su preámbulo establece que estos crímenes NO DEBEN QUEDAR
IMPUNES y que los PERPETRADORES NO GOZAN DE IMPUNIDAD. De
igual modo el artículo 70 del Estatuto trata de proteger LA INTEGRIDAD
DEL PROCEDIMIENTO ante la CPI, penalizando el comportamiento de las
personas que impide el descubrimiento de La verdad, el derecho de las
víctimas a la justicia y, en general, la capacidad de la Corte para mandato.
5
* El texto del Estatuto de Roma que se distribuyó como documento A/CONF.183/9, de 17 de julio de
1998, enmendado por los procèsverbauxde 10 de noviembre de 1998, 12 de julio de 1999, 30 de
noviembre de 1999, 8 de mayo de 2000, 17 de enero de 2001 y 16 de enero de 2002. El Estatuto
entró en vigor el 1o de julio de 2002 -8-
10. En razón de ello considero la Sala que el objetivo principal de las
personas condenadas en virtud del artículo 70 del Estatuto tiene sus raíces -
en cuanto al artículo 5 Delitos - en retribución y disuasión Con respecto, en
particular, a la disuasión.
Asimismo, la Cámara es de la opinión de que una sentencia
debe ser adecuada para desalentar una de la reincidencia (disuasión
específica), así como para garantizar que aquellos que consideren cometer
delitos similares serán disuadidos de, (Disuasión general).
RÉGIMEN ESPECIAL DEL ARTÍCULO 70 DEL ESTATUTO
El artículo 163 del Reglamento establece que, a menos que se
disponga lo contrario, a las Reglas "se aplicarán mutatis mutandis a la (...)
castigo de los delitos definidas en el artículo 70 del Estatuto. De hecho, el
apartado 3 del artículo 70. El artículo 166 de las Normas modifica el marco
legal pertinente y debe Que se tengan en cuenta como lex especiales a
efectos del procedimiento previsto en el artículo 70.
Es importante destacar que el párrafo 2 del artículo 166
(Sanciones con arreglo al artículo 70), del Reglamento6 aclara que el artículo
77 de La excepción del artículo 77, apartado 2, letra b), de los Estatutos, no
es aplicable en el Artículo 70 delitos. El apartado 3 del artículo 70 del
Estatuto precisa que el Tribunal de Imponer una pena de prisión no superior
a cinco años». Artículo 166 del Reglamento Establece otras disposiciones
especiales para las sanciones que deben imponerse con arreglo al artículo
70, del Estatuto.
6
https://www.icc-cpi.int/resource-library/Documents/RulesProcedureEvidenceSpa.pdf.ACCESO
18/07/2017. 11:00AM
-9-