Buscadores, SEM SEO: el desafío de ser visto en la web
Licencias CC
1. LICENCIA CREATIVE
COMMONS
NOMBRE ALUMNO/A: MIGUEL PERERA CAÍDO
PROFESOR: DAVID MARTÍN MONCUNILL
ASIGNATURA: TECNOLOGÍA Y ENTORNOS VIRTUALES
PARA ELEARNING
MÁSTER OFICIAL UNIVERSITARIO EN ELEARNING Y
TECNOLOGÍA EDUCATIVA
CURSO 2016 / 2017
2. Los contenidos digitales como textos, películas,
fotografías, libros, vídeos, música…están sujetos
a un conjunto de limitaciones en su utilización,
definidas por la licencia elegida por su autor para
aplicarla a cada contenido publicado.
Existe un gran variedad de tipos de licencia,
pero destacan dos grupos:
Copyright
Copyleft
3. Es la más conocida y la que
más se usa. Se representa
mediante una c dentro de un
círculo. La única persona que
puede hacer lo que quiera con
su obra es el autor de la
misma. La obra tiene dueño, si
la quieres tienes que pagar por
ella, además de pedir permiso
para utilizarla.
«Todos los derechos reservados»
4. Esta licencia guarda una similitud con
la que vamos a explicar en este
trabajo, la licencia de Creative
Commons.
La licencia Copyleft se representa
mediante una c invertida dentro de un
círculo y podría ser considerada
opuesta a la que hemos explicado en
la diapositiva anterior. En un principio,
las obras no tienen ningún límite, por
lo tanto: se pueden modificar a una
versión mejorada, se puede compartir
con otras personas y se puede copiar
su contenido.
«Algunos derechos reservados»
5. ¿Qué es?
Es una corporación sin fines de lucro orientada a darle al
autor el poder de decidir los límites de uso y explotación de
su trabajo en internet. Ofrecen al autor de una obra elegir los
términos y condiciones a la hora de que el público pueda
usar su trabajo. De manera sencilla, el autor puede cambiar
estos términos y condiciones de derecho de autor.
6. ¿Origen?
Fue fundada por James Boyle, Michael Carroll y Lawrence
Lessig, Creative Commons nació en el 2002 en EE.UU,
como un proyecto de licencias para trabajos artísticos que
no limitara por completo el uso o reproducción de la obra.
En poco tiempo adquirió carácter internacional, llegando a
España en el año 2003 de la mano de la Universidad de
Barcelona, que ofició en la adaptación de las licencias al
Estado Español.
7. Las licencias de Creative Commons se basan en 4 condiciones:
Reconocimiento (Attribution): en cualquier
explotacion de la obra autorizada por la licencia
hará falta reconocer la autoría.
No comercial (Non commercial): la explotación
de la obra queda limitada a usos no comerciales.
Sin obras derivadas (No derivate Works): la
autorización para explotar la obra no incluye la
transformación para crear una obra derivada.
Compartir igual (Share Like): la explotación
autorizada incluye la creación de obras derivadas
siempre que mantengan la misma licencia al ser
divulgadas.
8. Según estas condiciones se pueden dar 6 combinaciones que
producen las licencias Creative Commons:
Reconocimiento (by): se permite cualquier
explotación de la obra, incluyendo una
finalidad comercial, así como la creación de
obras derivadas, la distribución de las cuales
también está permitida sin ninguna
restricción.
Reconocimiento-NoComercial (By-
nc): se permite la generación de obras
derivadas siempre que no se haga un
uso comercial. Tampoco se puede
utilizar la obra original con fines
comerciales.
9. Reconocimiento- NoComercial-
CompartirIGual (by-nc-sa): no se permite
un uso comercial de la obra original ni de las
posibles obras derivadas, la distribución de
las cuales se debe hacer con una licencia
igual a la que regula la obra original
Reconocimiento- NoComercial-
SinObraDerivada (by-nc-nd): no se
permite un uso comercial de la obra
original ni la generación de obras
derivadas.
10. Reconocimiento- CompartirIgual (by-sa):
se permite el uso comercial de la obra y de
las posibles obras derivadas, la distribución
de las cuales se debe hacer con una
licencia igual a la que regula la obra original.
Reconocimiento- SinObraDerivada
(by-nd): se permite el uso comercial
de la obra pero no la generación de
obras derivadas.
11. Cuando uno haya hecho la elección tendrá la licencia disponibles
para su obra expresada de tres formas:
1- Commons Deed: es un resumen fácilmente comprensible del
texto legal con los iconos relevantes.
2- Legal Code: El código legal completo en el que se basa la
licencia que has escogido.
3- Digital Code: El código digital, que puede leer la máquina y que
sirve para que los motores de búsqueda y otras aplicaciones
identifiquen tu trabajo y sus condiciones de uso
12. Una vez escogida la licencia tienes que incluir el botón Creative
Commons «Algunos derechos reservados» en tu sitio, cerca de
vuestra obra. Este botón enlaza con el Commons Deed, de
forma que todos puedan estar informados de las condiciones de
la licencia. Si encuentras que tu licencia ha sido violada,
entonces tendrás las bases para poder defender tus derechos.
He seleccionado un video en el que se explica muy bien como
crear y utilizar una licencia Creative Commons:
https://www.youtube.com/watch?v=dAfkDSRBfZU