1. INTERVINIENTES
. TITULAR: dueño de la cuenta a todos los efectos. ( solo él tiene repercusión fiscal,
si hay dos titulares cada uno es dueño al 50%).
. AUTORIZADO: persona que tiene firma para operar en nombre del titular pero no
es dueño de la cuenta y no tiene repercusión fiscal.
-PUEDE hacer ingresos, disposiciones, firmar talones, transferencias, contratar.
-NO PUEDE solicitar tarjetas ni de crédito ni de débito, prestamos ni créditos y no
pude cancelar la cco, ni productos en los que figure como tal.
. APODERADO: persona que tiene poder notarial dado por el titular para realizar
cualquier operación en la cuenta( la documentación del apoderamiento debe ser
originales).
· INCLUSIÓN DE INTERVINIENTES:
- No se puede modificar la titularidad de las cuentas una vez abiertas. Se elimina
la posibilidad de incluir nuevos titulares en la CCO en un momento
posterior a su apertura.
- Otro tipo de intervinientes (autorizados y apoderados), sí se podrán incluir con
posterioridad.