La Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) en México es responsable de promulgar Normas Oficiales Mexicanas (NOM) para garantizar la higiene y seguridad en los centros de trabajo. Actualmente la STPS tiene 44 NOM basadas en la Constitución Mexicana y varias leyes como la Ley Federal del Trabajo. Las NOM cubren cinco categorías y son obligatorias para los centros de trabajo dependiendo de su industria y actividades para prevenir accidentes.
2. STPS
La Secretaría del Trabajo y Previsión Social tiene a su
cargo el desempeño de las facultades que le atribuyen la
Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, la
Ley Federal del Trabajo, otras leyes y tratados, así
como los reglamentos, decretos, acuerdos y órdenes del
Presidente de la República.
3. La Secretaría de Trabajo y Previsión
Social (STPS) cuenta actualmente
con 44 Normas Oficiales Mexicanas
(NOM’s) para su cumplimiento en los
centros de trabajo; facultad que ha
sido otorgada por las siguientes
disposiciones legales:
4. STPS
Ley Federal del Trabajo (LFT, 2019); artículo
512.
Reglamento Federal de Seguridad y Salud en el
Trabajo (RFSST, 2014); artículo 5, fracción III.
Ley Federal de Metrología y Normalización
(LFMN, 2018); artículo 38, fracción II; artículo
40, fracción VII; artículos 43 y 47.
Ley Orgánica de la Administración Pública
Federal (LOAPF, 2019); artículo 40, fracción XI.
5. Lo anterior, se deriva de
nuestra carta magna, La
Constitución Política de los
Estados Unidos Mexicanos, que
dicta en su artículo 123
Apartado «A»,fracción XV, lo
siguiente:
6. el patrón estará obligado a observar,
de acuerdo con la naturaleza de su
negociación, los preceptos legales
sobre higiene y seguridad en las
instalaciones de su establecimiento, y a
adoptar las medidas adecuadas para
prevenir accidentes en el uso de las
máquinas, instrumentos y materiales
de trabajo, así como a organizar de tal
manera éste, que resulte la mayor
garantía para la salud y la vida de los
trabajadores
STPS
9. CONCLUSIONES
Las primeras tres categorías son de
aplicación obligatoria en los centros de
trabajo en función de las características
de las actividades que desarrollan y de las
materias primas, productos y
subproductos que se manejan,
transportan, procesan o almacenan.
La cuarta categoría es de aplicación
obligatoria para las empresas que
pertenecen a los sectores o actividades
específicas referidas en dichas normas.
Por último, la quinta categoría
corresponde a las empresas que fabrican,
comercializan o distribuyen equipos
contra incendio y de protección personal.
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REFERENCIA:
Wordsworth, William. STPS, "NORMAS OFICIALES MEXICANAS, 8 de abril de 2018,
https://www.sepresst.com.mx/2019/11/13/normas-oficiales-mexicanas-de-la-stps/