2. Internet representa para la propiedad
intelectual un riesgo importante. En
efecto, con la llegada de Internet, se ha
disparado el número de ataques contra
ésta. El fácil acceso a una gran cantidad
de la información, los medios técnicos
que permiten copiar de manera muy
sencilla todo tipo de archivo
(textuales, musicales, gráficos, etc.) sin
apenas más obstáculos, que los
mensajes advirtiendo los derechos
reservados de propiedad intelectual, han
hecho que la piratería se convierta en un
grave problema con consecuencias
económicas importantes, pues con pulsar
un par de teclas en la computadora es
posible duplicar un trabajo con exactitud
una vez, miles, o millones de
veces, distribuyéndolo por toda la red.
3. Debido a esto, se dieron proyectos como la ley SOPA o PIPA
promovidos por el Congreso de Estados Unidos, para
proteger los derechos de autor y controlar la propiedad
intelectual, el cual generó una gran polémica en el
mundo, pues mencionan que es muy drástica y a través
de éstas se restringirían algunos derechos como es el
caso, por ejemplo, de la libertad de expresión.
El Stop Online Piracy también conocido como Ley SOPA o
Ley H.R. 3261; es un proyecto de ley presentado en la
Cámara de Representantes de los Estados Unidos, el
26 de octubre de 2011, por el representante Lamar S.
Smith y un grupo de copatrocinadores bipartidario
formado inicialmente por 12 miembro, a través del cual
se podrá cerrar cualquier sitio web sospechoso de
contener material que viole los derechos de autor o
propiedad intelectual de su propietario original, y que
estén siendo utilizados sin su consentimiento. “El
proyecto de ley extiende las competencias al
Departamento de Justicia de los Estados Unidos y
amplía las capacidades de los propietarios de derechos
intelectuales, pues pueden obtener órdenes judiciales
contra aquellos sitios de Internet que permitan o faciliten
la violación de los derechos de autor, a través de los
cuales podrán combatir este tráfico online, por
ejemplo, música o canciones, películas, libros, obras
artísticas y productos copiados o falsificados que no
tributan las correspondientes tasas a los propietarios de
sus derechos de autoría o invención” .
4. A continuación nombraremos algunas disposiciones
que le facultan: “a) ordena el bloqueo por parte
de los proveedores de internet al sitio web o
servicio denunciado, incluyendo el de hosting e
inclusive a nivel DNS; b) ordena que empresas
facilitadoras de cobro en internet (como PayPal)
deberán dejar de ofrecer sus servicios, congelar
fondos y restringir el uso del mismo; c) los
servicios de publicidad en cuya participación
existen empresas norteamericanas deben dejar
de funcionar o bloquear el aparecer en el sitio
web o servicio denunciado. Por ejemplo, Google
Adsense no puede ofrecer servicio en webs
denunciadas si esta ley llegara a aprobarse; d)
respecto a algunos generadores de contenidos o
servicios de búsqueda (como Google), se ordena
a eliminar los enlaces al sitio web o servicio
denunciado, sancionando por tanto no solo
mantener en servidores material protegido por
derechos de autor, sino que el simple “enlace” o
vínculo, a pesar de que sea a un servicio
externo, el cual podría estar ubicado fuera del
territorio jurisdiccional de EEUU” .