SERMEF manifiesta disconformidad con el RD 1506/2012 por dañar derechos de discapacitados
1.
SOCIEDAD ESPAÑOLA DE
MEDICINA FÍSICA Y REHABILITACIÓN
COMUNICADO DE LA SOCIEDAD ESPAÑOLA DE MEDICINA FÍSICA Y
REHABILITACIÓN ACERCA DEL REAL DECRETO 1506/2012, DE 2 DE
NOVIEMBRE, POR EL QUE SE REGULA LA CARTERA COMÚN
SUPLEMENTARIA DE PRESTACIÓN ORTOPROTÉSICA DEL SISTEMA
NACIONAL DE SALUD Y SE FIJAN LAS BASES PARA EL
ESTABLECIMIENTO DE LOS IMPORTES MÁXIMOS DE FINANCIACIÓN EN
PRESTACIÓN ORTOPROTÉSICA.
La Sociedad Española de Medicina Física y Rehabilitación (SERMEF) manifiesta su
disconformidad sobre el Real Decreto 1506/2012, de 2 de noviembre, por el que se regula la
cartera común suplementaria de prestación ortoprotésica del Sistema Nacional de Salud y se
fijan las bases para el establecimiento de los importes máximos de financiación en prestación
ortoprotésica, al considerar que daña los derechos de los enfermos discapacitados a una
atención sanitaria adecuada.
El Real Decreto 1506/2012 sólo considera exentos de copago los parados de larga duración
que hayan perdido el derecho a percibir el subsidio; perceptores de rentas de integración
social; de pensiones no contributivas; las personas con discapacidad beneficiarias del sistema
de prestaciones previsto en la ley de integración social de las personas con discapacidad y
afectados por el síndrome tóxico.
Los pacientes que presenten una discapacidad sobrevenida desde la entrada en vigor del Real
Decreto (2/11), por grave que sea esta, deberán abonar el porcentaje que corresponda, según
el R.D., para acceder a las prestaciones ortoprotésicas, si no están incluidos en los anteriores
grupos. A este efecto es muy importante recordar el retraso existente en las valoraciones de
grado de discapacidad y de dependencia. Por ello, por ejemplo, pacientes que tengan una
fractura de cadera a partir del 2/11/2012, ictus, o niños que nazcan con graves discapacidades,
tendrán que hacer frente al pago correspondiente, hasta que sean legalmente reconocidos
como discapacitados.
El copago del 40% para aquellas personas que cobren menos de 18000 euros al año
difícilmente les va a permitir pagar ortesis como un corsé para escoliosis (aproximadamente
320-480 euros de los 800-1200 euros que cuesta de media), unos aparatos largos de marcha,
o una silla de ruedas. Por otra parte, no es razonable establecer un intervalo de renta entre
18000-100.000 euros/año, que es demasiado amplio y engloba a la mayoría de la población,
que deberá pagar el 50% de las ortoprótesis.
Este Decreto además no establece aportación máxima, con lo que los enfermos discapacitados
que precisen varias ortoprótesis pueden llegar a pagar unas cantidades muy elevadas, al tener
que pagar el porcentaje de copago para cada una de las ortesis que precise el paciente.
Muchos de nuestros pacientes precisan simultáneamente el uso de dos o más ortoprótesis, por
lo que lo que deben copagar se eleva considerablemente.
La SERMEF entiende que esta norma va a conllevar problemas graves de salud a los enfermos
discapacitados, que se van a ver obligados a escoger entre costear una prótesis, un corsé o
una silla de ruedas o satisfacer otras necesidades básicas.
Los médicos rehabilitadores conocemos las necesidades de salud de nuestros pacientes, y
somos expertos en prescripción de prótesis y órtesis. Por ello la SERMEF se ofrece como
colaboradora del Ministerio de Sanidad para la actualización del Catálogo Unificado de
Ortoprótesis (en todas las Comunidades Autónomas) que se quiere elaborar desde el Ministerio
de Sanidad y Politica Social. Es imprescindible la elaboración de un catálogo que reúna
criterios de evidencia, eficiencia con calidad de prestación y ética social.
Por último, la SERMEF quiere manifestar, que siempre va a estar del lado de las asociaciones
de enfermos discapacitados yorganizaciones que defiendan la modificación de este R.D.,
realizando las actividades que se consideren necesarias en defensa de la salud de los
ciudadanos y de sus familiares y/o cuidadores.