1. FEDERACIÓN ASPA DE SERVICIOS DE PREVENCIÓN
AJENOS - FUNDACIÓN LABORAL DE LA CONSTRUCCIÓN
Jornada: Seguridad y Salud en el Sector de la Construcción:
“IV Convenio Colectivo General del Sector de la Construcción.
La formación en materia de prevención de riesgos laborales y su
acreditación en el sector de la construcción ”
Madrid, 11 de junio de 2008
LUIS ROSEL AJAMIL
Director del Área de Seguridad y Salud
Fundación Laboral de la Construcción
2. 1.- FORMACIÓN EN MATERIA DE PREVENCIÓN DE RIESGOS
LABORALES EN EL SECTOR DE LA CONSTRUCCIÓN
2.- ACREDITACIÓN DE LA FORMACIÓN PREVENTIVA
3. 1.- Formación en materia de prevención de riesgos
laborales en el sector de la construcción
4. LEY REGULADORA DE LA SUBCONTRATACIÓN EN EL SECTOR DE
LA CONSTRUCCIÓN Y DESARROLLO REGLAMENTARIO
ARTÍCULO 10 LEY 32/2006 Y ARTÍCULO 12 RD 1109/2007
Formación necesaria y adecuada para todos los trabajadores
Programas formativos específicos (negociación colectiva)
Regulación de la acreditación de la formación específica en
materia de prevención de riesgos profesionales (negociación
colectiva)
5. LEY REGULADORA DE LA SUBCONTRATACIÓN EN EL SECTOR DE
LA CONSTRUCCIÓN Y DESARROLLO REGLAMENTARIO
ARTÍCULO 10 LEY 32/2006 Y ARTÍCULO 12 RD 1109/2007
DEBER GENERAL DE FORMACIÓN
“Las empresas velarán por que todos los trabajadores que presten servicios
en las obras tengan la formación necesaria y adecuada a su puesto de
trabajo o función en materia de prevención de riesgos laborales, de forma
que conozcan los riesgos y las medidas para prevenirlos”
6. LEY 31/1995 DE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES
ARTÍCULO 19.- FORMACIÓN DE LOS TRABAJADORES
DEBER GENERAL DE FORMACIÓN
GARANTIZAR QUE CADA
DEBER TRABAJADOR RECIBA UNA
EMPRESARIAL FORMACIÓN SUFICIENTE Y ADECUADA
¿DE QUÉ • TEÓRICA • ESPECÍFICA DE • PERIÓDICA
TIPO? • PRÁCTICA LOS RIESGOS • DINÁMICA
• CONTRATO • CAMBIO DE TECNOLOGÍA
¿CUÁNDO? • CAMBIO DE FUNCIONES • EQUIPOS DE TRABAJO
• JORNADA DE TRABAJO
DURANTE • FUERA DE JORNADA, PERO CON DESCUENTO
DE HORAS
7. LEY REGULADORA DE LA SUBCONTRATACIÓN EN EL SECTOR DE
LA CONSTRUCCIÓN Y DESARROLLO REGLAMENTARIO
ARTÍCULO 10 LEY 32/2006 Y ARTÍCULO 12 RD 1109/2007
FORMACIÓN ESPECÍFICA
“Sin perjuicio de la obligación legal del empresario de garantizar la formación
a que se refiere el apartado anterior, en la negociación colectiva estatal del
sector se podrán establecer programas formativos y contenidos específicos
de carácter sectorial y para los trabajos de cada especialidad”
IV CONVENIO COLECTIVO GENERAL
DEL SECTOR DE LA CONSTRUCCIÓN
(2007 - 2011)
8. IV CONVENIO COLECTIVO GENERAL DEL SECTOR DE LA
CONSTRUCCIÓN (2007 – 2011)
CAPÍTULO III
PRIMER CICLO
Formación inicial (Aula Permanente de Prevención. 8 horas lectivas)
SEGUNDO CICLO
CONTENIDOS FORMATIVOS POR PUESTO DE TRABAJO
Personal directivo (10 horas lectivas)
Responsables de obra y técnicos de ejecución (20 horas lectivas)
Mandos intermedios (20 horas lectivas)
Delegados de prevención (70 horas lectivas)
Administrativos de obra (20 horas lectivas)
9. IV CONVENIO COLECTIVO GENERAL DEL SECTOR DE LA
CONSTRUCCIÓN (2007 – 2011)
SEGUNDO CICLO
CONTENIDOS FORMATIVOS POR OFICIO
Albañilería (20 horas lectivas)
Demolición y rehabilitación (20 horas lectivas)
Encofrados (20 horas lectivas)
Ferrallado (20 horas lectivas)
Revestimiento de yeso (20 horas lectivas)
Electricidad (20 horas lectivas)
Fontanería (20 horas lectivas)
10. IV CONVENIO COLECTIVO GENERAL DEL SECTOR DE LA
CONSTRUCCIÓN (2007 – 2011)
SEGUNDO CICLO
CONTENIDOS FORMATIVOS POR OFICIO
Cantería (20 horas lectivas)
Pintura (20 horas lectivas)
Solados y alicatados (20 horas lectivas)
Operadores de aparatos elevadores (20 horas lectivas)
Operadores de vehículos y maquinaria de movimiento de tierras
(20 horas lectivas)
Operadores de equipos manuales (20 horas lectivas)
11. IV CONVENIO COLECTIVO GENERAL DEL SECTOR DE LA
CONSTRUCCIÓN (2007 – 2011)
SECCIÓN 4ª
CONTENIDOS FORMATIVOS DE OTROS CURSOS
Nivel básico de prevención en la construcción (60 horas lectivas)
Aumenta la duración del nivel básico del RSP (50 horas lectivas)
12. IV CONVENIO COLECTIVO GENERAL DEL SECTOR DE LA
CONSTRUCCIÓN (2007 – 2011)
HOMOLOGACIÓN DE LA FORMACIÓN IMPARTIDA
PROCEDIMIENTO
SECCIÓN 4ª DEL CAPÍTULO IV
Homologar la formación en materia de prevención de riesgos prevista
en el IV CCGSC que impartan las entidades
Reconocimiento en la Tarjeta Profesional de la Construcción
14. LEY REGULADORA DE LA SUBCONTRATACIÓN EN EL SECTOR DE
LA CONSTRUCCIÓN Y DESARROLLO REGLAMENTARIO
ARTÍCULO 10 LEY 32/2006 Y ARTÍCULO 12 RD 1109/2007
ACREDITACIÓN DE LA FORMACIÓN
“Dadas las características que concurren en el sector de la
construcción, reglamentariamente o a través de la negociación
colectiva sectorial de ámbito estatal, se regulará la forma de
acreditar la formación específica recibida por el trabajador
referida a la prevención de riesgos laborales en el sector de la
construcción”. Podrá consistir en una:
- Cartilla o carné profesional
- Único, de ámbito estatal y para todo el
sector
- Expedido por un organismo paritario
TARJETA PROFESIONAL DE LA CONSTRUCCIÓN
15. EL SECTOR DE LA CONSTRUCCIÓN: CARACTERÍSTICAS QUE
PROPICIAN LA IMPLANTACIÓN DE LAS TARJETAS
Movilidad
Temporalidad de los centros de trabajo
Alto índice de siniestralidad
Necesidad de trabajadores cualificados
Períodos de inactividad
16. OBJETIVOS DE LAS TARJETAS PROFESIONALES
EUROPA: REINO UNIDO, IRLANDA, FINLANDIA, ITALIA
Acreditación de la competencia profesional
Reconocimiento de la experiencia profesional
Control del trabajo no declarado
Mejora de la calidad de las obras
Acreditación de la formación en materia
de seguridad y salud
17. IV Convenio Colectivo General del Sector de la Construcción (2007 - 2011)
TARJETA PROFESIONAL DE LA CONSTRUCCIÓN (TPC)
Documento expedido por la Fundación Laboral de la
Construcción con el objetivo de acreditar:
Que se ha recibido, al menos, la formación inicial en materia
de prevención de riesgos laborales
La categoría profesional y la experiencia en el sector
La realización de los reconocimientos médicos previstos en el
Convenio
La formación de cualquier otro tipo
18. IV Convenio Colectivo General del Sector de la Construcción (2007 - 2011)
TARJETA PROFESIONAL DE LA CONSTRUCCIÓN (TPC)
BENEFICIARIOS
Trabajadores en alta o en IT en empresas encuadradas en el
ámbito de aplicación del convenio sectorial
Trabajadores en desempleo con treinta días en alta, en los
últimos doce meses, en empresas encuadradas en el ámbito
de aplicación del convenio sectorial
REQUISITO IMPRESCINDIBLE
Haber recibido, como mínimo, la formación inicial en materia
de prevención de riesgos laborales
19. IV Convenio Colectivo General del Sector de la Construcción (2007 - 2011)
TARJETA PROFESIONAL DE LA CONSTRUCCIÓN (TPC)
CADUCIDAD Y RENOVACIÓN
Caduca a los cinco años de su emisión
Renovación acreditando, al menos, treinta días de alta, en los
últimos doce meses, en empresas encuadradas en el ámbito
de aplicación del convenio sectorial
OBLIGATORIA PARA TODOS LOS TRABAJADORES
ENCUADRADOS EN EL ÁMBITO DE APLICACIÓN DEL
CONVENIO, A PARTIR DEL 31/12/2011
20. Gestión de los procesos
Proceso de Proceso de Proceso de Proceso de
información tramitación validación entrega
Trabajadores
del sector
21. GESTIÓN DE LA TPC
TPC
Tarjeta Profesional de la Construcción
SOPORTE FÍSICO
24. LEY REGULADORA DE LA SUBCONTRATACIÓN EN EL SECTOR DE
LA CONSTRUCCIÓN Y DESARROLLO REGLAMENTARIO
ACREDITACIÓN DE LAS EMPRESAS NO ENCUADRADAS
EN EL ÁMBITO DE APLICACIÓN DEL CONVENIO DE LA CONSTRUCCIÓN
Certificación
expedida por la organización preventiva del empresario (servicio de
prevención) sobre la formación específica impartida a todos los trabajadores que
presten sus servicios en obras de construcción
ARTÍCULO 19 de la LEY DE PREVENCIÓN DE RIESGOS
LABORALES - FORMACIÓN DE LOS TRABAJADORES
25. LEY REGULADORA DE LA SUBCONTRATACIÓN EN EL SECTOR DE
LA CONSTRUCCIÓN Y DESARROLLO REGLAMENTARIO
ACREDITACIÓN DE LAS EMPRESAS NO ENCUADRADAS
EN EL ÁMBITO DE APLICACIÓN DEL CONVENIO DE LA CONSTRUCCIÓN
Constatación de que cuenta con personas que, conforme a su plan de prevención,
ejercen funciones de dirección y han recibido la formación necesaria para
integrar la prevención de riesgos laborales en el conjunto de sus actividades
y decisiones
FORMACIÓN RECIBIDA EN ENTIDADES ACREDITADAS POR LA AUTORIDAD LABORAL O EDUCATIVA
FORMACIÓN DE DIRECTIVOS DURACIÓN NO INFERIOR A DIEZ HORAS
Contenido mínimo:
• Riesgos laborales y medidas de prevención y protección en el sector de la
construcción
• Organización de la prevención e integración en la gestión de la empresa
• Obligaciones y responsabilidades
• Costes de la siniestralidad y rentabilidad de la prevención
• Legislación y normativa básica en prevención
26. TRABAJADORES AUTÓNOMOS
(QUE NO SEAN PERSONAL DIRECTIVO)
FORMACIÓN PREVENTIVA
ACREDITACIÓN DE LA FORMACIÓN PREVENTIVA
27. LEY REGULADORA DE LA SUBCONTRATACIÓN EN EL SECTOR DE
LA CONSTRUCCIÓN Y DESARROLLO REGLAMENTARIO
DESPLAZAMIENTO TRANSNACIONAL DE TRABAJADORES
ACREDITACIÓN DE LA OBSERVANCIA DE LAS OBLIGACIONES PREVENTIVAS:
Formación en los niveles directivo y productivo
Organización preventiva adecuada
Mediante documentación justificativa del cumplimiento de las normas nacionales
de transposición de los artículos 7 y 12 de la Directiva marco :
• Organización preventiva
• Formación de los trabajadores
28. “La PREVENCIÓN de riesgos
laborales es una OBLIGACIÓN
de TODOS”
LUIS ROSEL AJAMIL
Director del Área de Seguridad y Salud
Fundación Laboral de la Construcción