Usos y desusos de la inteligencia artificial en revistas científicas
Delitos informáticos
1.
2. Concepto de “Delitos Informáticos"
• El delito informático implica actividades criminales que en un primer momento los
países han tratado de encuadrar en figurar típicas de carácter tradicional, tales como
robos o hurto, fraudes, falsificaciones, perjuicios, estafa, sabotaje, etcétera. Sin
embargo, debe destacarse que el uso de las técnicas informáticas ha creado nuevas
posibilidades del uso indebido de las computadoras lo que ha propiciado a su vez la
necesidad de regulación por parte del derecho.
• A nivel internacional se considera que no existe una definición propia del delito
informático, sin embargo muchos han sido los esfuerzos de expertos que se han
ocupado del tema, y aún cuando no existe una definición con carácter universal, se
han formulado conceptos funcionales atendiendo a realidades nacionales concretas.
• Para Carlos Sarzana, en su obra Criminalista e tecnología, los crímenes por
computadora comprenden "cualquier comportamiento criminógeno en el cual la
computadora ha estado involucrada como material o como objeto de la acción
criminógena, como mero símbolo".
• Nidia Callegari define al delito informático como "aquel que se da con la ayuda de la
informática o de técnicas anexas".
3. La Ley
En el Año 2001 se publicó la Ley sobre Delitos Informáticos, esta ley tiene como
objetivo proteger los sistemas que utilicen tecnologías de información, así como
prevenir y sancionar los delitos cometidos contra o mediante el uso de tales
tecnologías (Gaceta Oficial N° 37.313 del 30 de octubre de 2001). Se trata de una
ley especial que descodifica el Código Penal y profundiza aún más la
incoherencia y falta de sistematicidad de la legislación penal, con el consecuente
deterioro de la seguridad jurídica.
4. La Ley, que pretende ser un Código Penal en miniatura, pero
carece de la sistematicidad y exhaustividad propias de tal
instrumento, elabora cinco clases de delitos:
• 1) Los delitos contra los sistemas que utilizan
tecnología de información.
• 2) Delitos contra la propiedad.
• 3) Los delitos contra la privacidad de las personas y
las comunicaciones .
• 4) Los delitos contra niños y adolescentes
5. El Objeto de la Ley
El objeto de la Ley se encuentra consagrado en el artículo 1 el cual establece:
Artículo 1. “La presente ley tiene por objeto la protección de los sistemas que utilicen
tecnologías de información, así como la prevención y sanción de los delitos cometidos
contra tales sistemas o cualquiera de sus componentes o los cometidos mediante el
uso de dichas tecnologías, en los términos previstos en esta ley.”
De la norma transcrita anteriormente se puede inferir que la ley tiene como objetivos
principales;
1) la protección de los sistemas de tecnologías de información.
2) prevención y sanción de los delitos cometidos contra tales sistema.
3) los delitos cometidos mediante el uso de dichas tecnologías.
6. Sanciones.
Para las sanciones se adopto simultáneamente el sistema binario,
esto es, pena privativa de libertad y pena pecuniaria. Con relación
a esta última se fijan montos representativos calculados sobre la
base de unidades tributarias por considerarse que la mayoría de
estos delitos, no obstante la discriminación de bienes jurídicos que
se hace en el proyecto, afecta la viabilidad del sistema económico,
el cual se sustenta, fundamentalmente, en la confiabilidad de las
operaciones. Cabe destacar que el legislador tomó en cuenta las
deficiencias de otras leyes donde no se preveían las penas
accesorias. Así, en la ley se encuentra que las penas para los
hechos punibles que se encuentran tipificados son principales y
accesorias.
7. Responsabilidad de las personas
jurídicas.
Por cuanto algunos de los hechos punibles previstos en la ley pueden ser perpetrados por
intermedio de una persona jurídica o con el fin que ésta reciba sus efectos o beneficios,
se establece los supuestos que harían procedente su responsabilidad, es así que los
gerentes, administradores, directores o dependientes, actuando en su nombre o
representación, responderán de acuerdo con su participación en el hecho punible.
• Clasificación de los Delitos Informáticos.
La ley clasifica los delitos informáticos de acuerdo al siguiente criterio:
1)Delitos contra los sistemas que utilizan tecnologías de informaciónm.
2) Delitos contra la propiedad.
3) Delitos contra la privacidad de las personas y de las comunicaciones.
4) Delitos contra niños, niñas o adolescentes.
5) Delitos contra el orden económico.
8. Los delitos que están tipificados son:
1) Delitos contra los sistemas que utilizan tecnologías de Información:
– Acceso indebido. (Pena: Prisión de 4 a 8 años y multa de 400 a 800 Unidades Tributarias).
– Sabotaje o daño a sistemas. (Pena: Prisión de 4 a 8 años y multa de 400 a 800 Unidades Tributarias).
– Sabotaje o daño culposo. (Pena: se revisa el caso en concreto y se aplica una reducción entre la mitad y dos
tercios).
– Acceso indebido o sabotaje a sistemas protegidos. (Pena: las penas previstas anteriormente se aumentarán entre
una tercera parte y la mitad cuando los hechos recaigan sobre un componente que utilice tecnología de información
protegido con alguna medida de seguridad).
– Posesión de equipos o prestación de servicios de sabotaje. (Pena: prisión de 3 a 6 años y multa de 300 a 600
Unidades Tributarias).
– Espionaje informático. (Pena: prisión de 4 a 8 años y multa de 400 a 800 Unidades Tributarias).
– Falsificación de documentos. (Pena: prisión de 3 a 6 años y multa de 300 a 600 Unidades Tributarias).
2) Delitos contra la propiedad.
– Hurto. (Pena: prisión de 2 a 6 años y multa 200 a 600 Unidades Tributarias).
– Fraude. (Pena: prisión de 3 a 7 años y multa de 300 a 700 Unidades Tributarias).
– Obtención indebida de bienes y servicios. (Pena: prisión de 2 a 6 años y multa de 200 a 600 Unidades Tributarias).
– Manejo fraudulento de tarjetas inteligentes o instrumentos análogos. (Pena: prisión 5 a 10 años y multa de 500 a
1000 Unidades Tributarias).
– Apropiación de tarjetas inteligentes o instrumentos análogos. (Pena: prisión de 1 a 5 años y multa de 10 a 50
Unidades Tributarias).
– Provisión indebida de bienes o servicios. (Pena: prisión de 2 a 6 años y multa de 200 a 600 Unidades Tributarias).
– Posesión de equipo para falsificaciones. (Pena: prisión de 3 a 6 años ymulta de 300 a 600 Unidades Tributarias)
9. • 3) Delitos contra la privacidad de las personas y de las comunicaciones.
– Violación de la privacidad de la data o información de carácter personal.(Pena:
prisión de 2 a 6 años y multa de 200 a 600 Unidades Tributarias).
-Violación de la privacidad de las comunicaciones. (Pena: prisión de 2 a 6 años y multa
de 200 a 600 Unidades Tributarias).
-Revelación indebida de data o información de carácter personal. (Pena: prisión de 2 a
6 años y multa de 200 a 600 Unidades Tributarias).
• 4) Delitos contra niños, niñas o adolescentes.
-Difusión o exhibición de material pornográfico. (Pena: prisión de 2 a 6 años y multa
de 200 a 600 Unidades Tributarias).
-Exhibición pornográfica de niños o adolescentes. (Pena: prisión de 4 a 8 años y multa
de 400 a 800 Unidades Tributarias).
• 5) Delitos contra el orden económico.
– Apropiación de propiedad intelectual. (Pena: prisión de 1 a 5 años y multa de 100 a
500 Unidades Tributarias).
– Oferta Engañosa. (Pena: prisión de 1 a 5 años y multa de 100 a 500 Unidades
Tributarias).
10. • En Venezuela se ha dado un paso importante
en la legislación penal que regula los delitos
informáticos mas sin embargo se debe
continuar con su evolución para enfrentar la
exigencias de un mundo en proceso de
globalización.