El documento presenta información sobre el manejo seguro de sustancias peligrosas, describiendo las normas NCh.1411, NCh.2190 y NCh.2245 que establecen los requisitos para la identificación, clasificación y hojas de datos de seguridad de estas sustancias. También cubre los requisitos para el almacenamiento seguro de sustancias peligrosas y la obligación de reportar cualquier derrame a las autoridades correspondientes.
2. Sustancia Peligrosa
• Aquella que, por su naturaleza, produce o puede
producir daños momentáneos o permanentes a
la salud humana, animal o vegetal y a los
elementos materiales tales como instalaciones,
maquinarias, edificios, etc.
3. NCh. 1411: Proporciona información básica que
permite evaluar el nivel de riesgo existente en la
zona donde se almacenan o usan Sustancias
peligrosas.
5. NCh.1411 Ejemplos:
INDIQUE CUAL DE ESTOS ROMBOS REPRESENTA LA MAYOR INFLAMABILIDAD Y
MENOR RIESGO A LA SALUD
A)
B)
E) H)
G)
F)
C) D)
6. Esta norma establece los requisitos de los
distintivos de seguridad (marcas, etiquetas,
rótulos) con que se deben identificar los riesgos
que presentan las sustancias peligrosas.
NCh. 2190
12. Describe los riesgos de un material y suministra
información básica de seguridad, salud y materias
relacionadas con el medio ambiente que la
sustancia puede causar, esta incluye, entre otros
aspectos, las propiedades y riesgos del material
sobre cómo se puede manipular de forma segura,
almacenar con seguridad, datos toxicológicos, que
hacer en caso de una emergencia entre otros.
NCh.2245:
13. NCh. 2245 Hoja de Datos de Seguridad (H.D.S)
Sección 1 : Identificación del producto y del
proveedor
Sección 2: Composición/Ingredientes
Sección 3: Identificación de los riesgos
Sección 4: Medidas de primeros auxilios
Sección 5: Medidas para lucha contra el fuego
Sección 6 : Medidas para controlar derrames o
fugas
Sección 7: Manipulación y almacenamiento
Sección 8 : Control de exposición/protección
ambiental
Sección 9 : Propiedades físicas y químicas
Sección 10 : Estabilidad y reactividad
Sección 11 : Información toxicológica
Sección 12 : Información ecológica
Sección 13 : Consideraciones sobre disposición
final
Sección 14 : Información sobre transporte
Sección 15 : Normas vigentes
Sección 16 : Otras informaciones
14. • Es un registro impreso
que resume información
importante en caso de
emergencia y debe estar a
disposición del personal
que trabaja y/o transita
en instalaciones que
contengan Sustancias
Peligrosas.
Complementariamente,
esta información puede
estar en medio
electrónico.
Ficha de Seguridad de Terreno (F.S.T)
15. Almacenamiento de Sustancias Peligrosas
La jaula para el almacenamiento
de sustancias peligrosas , debe
cumplir con los siguientes requisitos:
• Ser de material no inflamable
(ignífugo)
• Color amarillo
• Tener una altura mínima de 1.80 m.
• Techado
• Debe incluir separaciones para
clases de sustancias, cajones de
contención separados de material
que resista la sustancia y con
capacidad suficiente para evitar que
ocurran incompatibilidad de
productos si hay derrame.
• Debe estar claramente identificado el
responsable de la jaula.
• Se recomienda tener estantes con
bandejas auto contenidas.
• Si hay elementos incompatibles
como inflamables con corrosivos, se
puede dividir la jaula colocando un
corta fuego en medio con resistencia
adecuada (verificar espesor de
láminas en legislación vigente).
16. Para la Instalación de generadores de energía
• Los equipos generadores de
energía móviles deben estar
sobre contención secundaria.
• El material para esta
contención debe ser de
material resistente como
HDPE o metálicas.
• La capacidad de estas
contenciones debe ser el 110%
del volumen total contenido en
el equipo.
18. Todo derrame de sustancias químicas debe
ser reportado a la Autoridad
• En caso de ocurrir incidentes ambientales deben
reportarse todos según lo indica la Resolución
N°1.001/97
Artículo 2°: Establécese a las personas naturales y jurídicas
que manejan productos químicos, de la II Región, la
obligatoriedad de comunicar al Servicio de salud de
Antofagasta dentro de las 24 horas posteriores de
ocurrido todo derrame u otro tipo de accidente, en los
cuales estén involucradas sustancias químicas, que ocurran
tanto al interior de las instalaciones o predios industriales,
como al exterior o durante el transporte desde y hacia la
industria de materia prima o productos peligrosos.
Cuando los accidentes afecten a cursos de agua que se utilizan
aguas abajo para la bebida, riego, recreación y/o agricultura,
la comunicación deberá realizarse en forma inmediata y por la
vía más rápida y expedita posible.
19. Reporte de derrame de Sustancias Peligrosas
• Los incidentes ambientales deben ser reportados
al asesor ambiental de su área, a través de su
administrador de contrato MEL, para generar el
reporte a la autoridad.
• Todo derrame debe ser reportado, ésta
resolución no indica cantidades dice “TODO
DERRAME”.