Identificación de peligros, normas para el manejo seguro
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IDENTIFICACIÓN DE PELIGROS, NORMAS PARA EL MANEJO SEGURO
DE SUSTANCIAS QUÍMICAS Y VALORES LÍMITES PERMISIBLES
El siguiente documento se desarrolla para 3 factores importantes en la
manipulación segura de sustancias químicas, a saber:
Identificación de peligros: incluye hojas de datos de seguridad o MSDS,
Normas para el manejo seguro de sustancias químicas, y Valores límites
permisibles.
1. IDENTIFICACIÓN DE PELIGROS
La identificación de los peligros y el control de los riesgos de una sustancia
química, reviste una tarea importante, prioritaria e imprescindible para realizar
un trabajo seguro dentro de una organización, Actualmente, la legislación
colombiana, ley 55 de 1993 obliga a:
Que en lugares de trabajo con envases como: frasco, garrafa, tambor,
tanque o vasija que contenga cualquier tipo de sustancia química, debe
estar debidamente etiquetado y marcado con la identidad del producto
químico que contiene y debe incluir también las advertencias sobre sus
riesgos, sus incompatibilidades de almacenamiento cerca a otras
sustancias químicas peligrosas y las medidas de primeros auxilios en
caso de ocurrir algún accidente.
A los fabricantes o distribuidores de productos químicos peligrosos, ya
sean sustancias o preparados, a suministrar al usuario información sobre
los riesgos que generan los productos. Esta información se suministra a
través de:
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o El etiquetado obligatorio de los envases de los productos químicos,
incluyendo información sobre los riesgos y medidas de seguridad
básicas a adoptar.
o Hoja de seguridad de los productos químicos que el proveedor debe
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poner a disposición del usuario profesional.
1.1. Identificación de riesgos a través de la etiqueta
La etiqueta del envase original de un producto químico peligroso debe
disponer, mínimo de la siguiente información:
ETIQUETAS O MEMBRETES PARA FRASCOS Y GARRAFAS Indican con
precisión el nombre del producto, su estado físico y su concentración. Es
importante que las etiquetas provean información sobre los peligros que
ofrece la sustancia, bien sean físicos (como el de incendio y explosión) o
peligros para la salud de los trabajadores o usuarios, al igual que las
medidas de primeros auxilios para casos de emergencia. Los peligros se
informan al usuario de varias maneras:
o Por medio de un corto texto en el cual se especifican los riesgos
potenciales inherentes al producto.
o Por medio de frases codificadas que particularizan el riesgo de una
determinada sustancia química y sus medidas de prevención y
seguridad.
o Por medio de Pictogramas o símbolos de peligro que pueden ser los de
OMI o CEE y en algunos pocos casos, sobre todo en reactivos químicos
para laboratorio, los diseñados por los mismos fabricantes.
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La etiqueta es un primer nivel de información, concisa pero clara, que nos
aporta la información necesaria para planificar las acciones preventivas
básicas.
1.2. Riesgos Físico Químicos y Toxicológicos
Por sus propiedades fisicoquímicas:
a. Explosivos: las sustancias y preparados sólidos, líquidos, pastosos o
gelatinosos que, incluso en ausencia de oxígeno del aire, puedan reaccionar
de forma exotérmica con rápida formación de gases y que, en condiciones
de ensayo determinadas, detonan, deflagran rápidamente o, bajo el efecto
del calor, en caso de confinamiento parcial, explotan.
b. Comburentes: las sustancias y preparados que, en contacto con otras
sustancias, en especial con sustancias inflamables, produzcan una reacción
fuertemente exotérmica.
c. Extremadamente inflamables: las sustancias y preparados líquidos que
tengan un punto de inflamación extremadamente bajo y un punto de
ebullición bajo, y las sustancias y preparados gaseosos que, a temperatura y
presión normales, sean inflamables en el aire.
d. Fácilmente inflamables: sustancias y preparados que puedan calentarse
e inflamarse en el aire a temperatura ambiente sin aporte de energía.
Sólidos que puedan inflamarse fácilmente tras un breve contacto con una
fuente de inflamación y que sigan quemándose o consumiéndose una vez
retirada dicha fuente. En estado líquido cuyo punto de inflamación, sea muy
bajo. Que, en contacto con agua o con aire húmedo, desprendan gases
extremadamente inflamables en cantidades peligrosas.
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e. Inflamables: las sustancias y preparados líquidos cuyo punto de ignición
sea bajo.
Por sus propiedades toxicológicas:
f. Muy tóxicos: las sustancias y preparados que, por inhalación, ingestión o
penetración cutánea en muy pequeña cantidad puedan provocar efectos
agudos o crónicos, o incluso la muerte.
g. Tóxicos: las sustancias y preparados que, por inhalación, ingestión o
penetración cutánea en pequeñas cantidades puedan provocar efectos
agudos o crónicos, o incluso la muerte.
h. Nocivos: las sustancias y preparados que, por inhalación, ingestión o
penetración cutánea puedan provocar efectos agudos o crónicos, o incluso
la muerte.
i. Corrosivos: las sustancias y preparados que, en contacto con tejidos
vivos, puedan ejercer una acción destructiva de los mismos.
j. Irritantes: las sustancias y preparados no corrosivos que, por contacto
breve, prolongado o repetido con la piel o las mucosas puedan provocar una
reacción inflamatoria.
k. Sensibilizantes: las sustancias y preparados que, por inhalación o
penetración cutánea, puedan ocasionar una reacción de
hipersensibilización, de forma que una exposición posterior a esa sustancia
o preparado dé lugar a efectos negativos característicos.
Por sus efectos específicos sobre la salud humana
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l. Carcinogénicos: las sustancias y preparados que, por inhalación,
ingestión o penetración cutánea, puedan producir cáncer o aumentar su
frecuencia.
m. Mutagénicos: las sustancias y preparados que, por inhalación, ingestión
o penetración cutánea, puedan producir defectos genéticos hereditarios o
aumentar su frecuencia.
n. Tóxicos para la reproducción: las sustancias o preparados que, por
inhalación, ingestión o penetración cutánea, puedan producir efectos
negativos no hereditarios en la descendencia, o aumentarla frecuencia de
éstos, o afectar de forma negativa a la función o a la capacidad reproductora
masculina o femenina.
Por sus efectos sobre el medio ambiente
o. Peligrosos para el medio ambiente: las sustancias o preparados que,
en caso de contacto con el medio ambiente, presenten o puedan presentar
un peligro inmediato o futuro para uno o más componentes del medio
ambiente.
1.3. Hoja de datos de seguridad
La hoja de seguridad es un segundo nivel de información, mucho más
completo que la etiqueta. El responsable de la comercialización deberá
facilitársela gratuitamente al usuario profesional en la primera entrega o
cuando se produzcan revisiones. Las hojas de seguridad según ley 55 de 93
y NTC 4435 deben tener los siguientes apartados:
Identificación del producto y responsable de su comercialización.
Composición/información sobre los componentes.
Identificación de los peligros.
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Primeros auxilios.
Medidas en la lucha contra incendios.
Medidas frente a vertidos accidentales.
Manipulación y almacenamiento.
Controles de exposición/protección individual.
Propiedades físicas y químicas.
Estabilidad y reactividad.
Informaciones toxicológicas.
Informaciones ecológicas.
Consideraciones relativas a la eliminación.
Informaciones relativas al transporte.
Información reglamentaria.
Otras informaciones útiles.
Es recomendable disponer en el lugar de trabajo, de todas las hojas de
seguridad de los productos utilizados, debiendo estar éstas a disposición de
los trabajadores para que puedan consultarlas.
1.4 Sistema globalmente armonizado. SGA
PROPÓSITO DEL SGA
• Mejorar la protección de la salud humana y del medio ambiente, al facilitar
un sistema de comunicación de peligros inteligible en el plano internacional;
• Proporcionar un marco reconocido a los países que carecen de sistema;
• Reducir la necesidad de efectuar ensayos y evaluaciones de los productos
químicos; y
• Facilitar el comercio internacional de los productos químicos cuyos peligros
se hayan evaluado e identificado debidamente a nivel internacional.
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PRINCIPIOS
• No reducir el nivel de protección de trabajadores, consumidores y público
general.
• Clasificar en base a peligros.
• Incluir la clasificación de los peligros como los medios para comunicarlos
(etiquetas y HDS).
• Incluir medidas transitorias.
• Participación amplia de organismos internacionales: trabajadores,
consumidores.
• Aceptar datos validados existentes al momento de reclasificar.
• Adaptación de métodos de ensayo.
• La confidencialidad de los datos no debe comprometer la seguridad ni la
salud de los trabajadores, consumidores y público general.
ALCANCE
El SGA comprende:
• Criterios armonizados para clasificar sustancias y mezclas de acuerdo a
sus peligros ambientales, físicos y para la salud
• Elementos armonizados de comunicación de peligros, con requisitos sobre
etiquetas y hojas de datos de seguridad
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• El SGA abarca todos los productos químicos que presentan peligros.
PARÁMETROS DE APLICACIÓN
• Está dirigido a: los consumidores, los trabajadores, incluidos los del sector
del transporte, y los servicios de emergencia.
• El desarrollo no comprende el establecimiento de métodos uniformes de
ensayo o la promoción de nuevos ensayos
ALCANCE
• No es su propósito armonizar los procedimientos de evaluación de riesgo o
las decisiones en materia de gestión (límite admisible, etc.)
• Obligaciones en materia de inventarios de productos químicos no afectan al
SGA.
RIESGO = PELIGRO * EXPOSICIÓN
Una buena comunicación de los peligros alerta al usuario sobre la presencia de
un peligro y la necesidad de reducir al mínimo la exposición y el riesgo
resultante.
1.5. Otros medios de información
Además de las etiquetas y hojas de seguridad, también existen otras
posibilidades para obtener información, entre otras:
Consultar al fabricante o proveedor del producto para que nos aporte
más datos sobre aspectos específicos de seguridad.
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Existen numerosos manuales y recopilaciones de hojas de seguridad en
el mercado y en bibliotecas especializadas. Como CISPROQUIM del
consejo colombiano de seguridad.
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Actualmente se comercializan varias bases de datos informatizadas
conteniendo referencias sobre riesgos de varios miles de sustancias
químicas.
2. MEDIDAS PARA CONTROL DE LOS RIESGOS LABORALES
Una vez identificados los peligros es importante evaluar y controlar los riesgos
para tal efecto se sugieren lo siguiente.
2.1 Recomendaciones generales
Sustituir, siempre que sea posible, los productos más peligrosos por otros
menos peligrosos.
Ventilar, para mantener concentración de gases y vapores por debajo de
los valores límites permitidos de acuerdo con los estándares vigentes
propuestos por ACGIH.
Ubicar campanas de extracción localizada en lugares que se emplean
productos peligrosos, evitando la contaminación de otras zonas de la
empresa.
Realizar estudios de higiene industrial de acuerdo con los criterios de la
NIOSH para estimar la concentración de contaminantes en el ambiente.
Colocar duchas de emergencia y lava ojos en los lugares con manejo de
sustancias química.
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Usar elementos de protección personal acorde con lo sugerido por la hoja
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de datos de seguridad o MSDS del material.
Realizar análisis de tareas en las tareas citicas de la empresa.
Actualizar la matriz de peligros y riesgos de la empresa.
Documentar, socializar y evaluar normas y procedimientos de trabajo
seguro para el manejo de productos químicos.
2.2 Ocho pautas de seguridad útiles para el manejo seguro de sustancias
químicas y para la construcción de procedimientos de trabajo seguro.
1) Verifique que emplea la sustancia química apropiada. Al utilizar un
producto químico, verifique en el rótulo que es la sustancia que necesita.
Mantenga rotulados todos los productos así los tenga en pequeñas
cantidades.
2) Determine la naturaleza y grado de peligro de la sustancia. Conozca la
Hoja de Seguridad de Materiales de todos los productos químicos
(MSDS), manténgala a su alcance, aprenda a reconocer los diferentes
pictogramas de seguridad que vienen en los rótulos de los productos y
en las MSDS.
3) Aísle el peligro todo lo que sea posible. Conociendo los peligros de las
sustancias químicas aíslelos. Por ejemplo: los productos inflamables
aíslelos de llamas, chispas y fuentes de calor y los productos tóxicos,
aíslelos de los lugares donde se almacenan alimentos.
4) Haga que la protección sea igual al peligro. Utilice en forma adecuada
todos los elementos de protección que sean necesarios, de acuerdo a
los peligros identificados. Verifique que cada elemento realmente lo
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aísle del peligro. Tenga en cuenta los criterios de mantenimiento y
cambio de los elementos de protección.
5) Compruebe que la sustancia química no ha cambiado en potencia o
composición. Los productos químicos pueden cambiar por: tiempo,
evaporación, temperatura o contaminación. Verifique fechas de
vencimiento en los productos que las tengan. Evite utilizar productos
químicos vencidos o modificados por contaminación.
6) Sepa como va a reaccionar la sustancia química. Al utilizar un producto
químico, sepa como va a reaccionar, para esto es muy importante saber
su concentración y compatibilidad e incompatibilidad con otros
productos químicos.
7) Sepa como reconocer las condiciones que pueden conducir a
situaciones peligrosas. Cuando deba utilizar un producto químico,
verifique sus condiciones, si alguna no es normal (por ejemplo: color,
presencia de sedimentos, viscosidad, olor, etc.). Pregunte antes de
utilizarla. Si el proceso que está realizando no se comporta como
“normalmente” lo deber hacer. Suspenda la operación y notifique a su
superior.
8) Conozca bien los procedimientos a seguir en caso de emergencia y los
recursos para emergencias. Identifique que productos químicos le
pueden generar una emergencia en su empresa (por ejemplo:
incendios, derrames, explosiones, etc.). Tenga procedimientos para
atender cada una de estas emergencias y practíquelos regularmente.
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3. LÍMITES PERMISIBLES DE EXPOSICIÓN (TLV´S)
Para Sustancias Químicas y Agentes Físicos en el Ambiente de Trabajo,
Criterios de Valoración del Riesgo Ocupacional
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3.1. Definición
El objetivo fundamental de la higiene ocupacional es la prevención de las
enfermedades profesionales originadas por los agentes contaminantes
existentes en el ambiente laboral. Para ello estudia los contaminantes y su
relación con las personas para establecer los estándares de concentración en
el ambiente y los períodos de exposición a los cuales la mayoría de los
trabajadores pueden estar expuestos sin que aparezcan efectos para la salud.
3.2 Criterios TLV’s para sustancias Químicas
La ACGIH es una asociación dedicada al desarrollo de los aspectos técnicos y
administrativos de la protección de la salud de los trabajadores. Anualmente
publica una relación de valores límites permisibles en los ambientes laborales
para sustancias químicas, agentes físicos e índices biológicos de exposición;
denominado: Documentation of TLV’s and BEI’s, donde se divulga la
información y referencias en que se han basado para proponer dichos valores.
Los TLV’s son límites recomendables y no una frontera entre condiciones
seguras y peligrosas. Se han establecido exclusivamente para la práctica de la
higiene industrial, y la ACGIH indica que no pueden ser usados para:
• Estimar el potencial tóxico de exposiciones continuas e ininterrumpidas u
otros períodos de trabajo prolongado. •La existencia o inexistencia de una
enfermedad o un estado físico.
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• Ser adoptados por países cuyas condiciones de trabajo difieran de los
existentes en USA.
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3.3 Definiciones y apéndices especiales los TLV ’s
Hacen referencia a concentraciones de sustancias en el aire por debajo de las
cuales la mayoría de trabajadores pueden exponerse sin sufrir efectos
adversos para la salud. Sin embargo, admite que, dada la susceptibilidad
individual, un porcentaje de trabajadores puede experimentar molestias o
puede verse afectado a concentraciones iguales o menores a las planteadas
en los límites permisibles. Debido a la variedad de efectos que las sustancias
químicas pueden provocar en las personas expuestas, la ACGHI ha propuesto
los siguientes criterios para valorar el riesgo, que son los más conocidos y
aplicados mundialmente:
3.3.1 TLV - TWA (Thershold Limit Value - Time Weighted Average).
Valor límite umbral o Media Ponderada en el tiempo: es la concentración media
ponderada en el tiempo a que puede estar sometida una persona normal
durante 8 horas al día y 40 horas a la semana, día tras día, sin sufrir efectos
adversos. Los TLV- TWA es el valor más característico al que se hace
referencia cuando se citan los criterios de valoración de un agente de riesgo y
se utilizan para todo tipo de contaminantes.
3.3.2 TLV - STEL (Thershold Limit Value - Short Term Exposure Limit).
Valor Límite Umbral -Límite de Exposición de Corta Duración: es la
concentración máxima a la que pueden estar expuestos los trabajadores
durante un período continuo de hasta 15 minutos sin sufrir trastornos
irreversibles o intolerables. La exposición a esta concentración está limitada a
4 por día, espaciadas al menos en 1 hora, sin rebasar en ningún caso el TLV-TWA
diario; es un complemento del TWA.
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3.3.3 TLV - TECHO (Thershold Limit Value - Ceiling)
Valor Límite Umbral - Techo: es la concentración límite que no se debe
sobrepasar en ningún momento de la exposición durante la jornada laboral.
Para su valoración admite muestreos de 15 minutos, excepto para aquellas
sustancias que pueden causar irritación inmediata con exposiciones cortas.
Son valores “Muy Seguros” desde el punto de vista preventivo, pero
técnicamente difíciles de cumplir.
Los valores límites permisibles TLV’s publicados por la ACGIH son
ampliamente aceptados por la Occupational Safety and Health Administration
(OSHA) como valores de exposición permisible, ya que son una marca
registrada.
Los valores TLV emitidos por la ACGIH de los Estados Unidos fueron
adoptados en Colombia según la Resolución 2400 de 1979, expedida por el
Ministerio de Trabajo y Seguridad Social.
También es importante resaltar que el ingreso de las sustancias químicas a
través de la piel, mucosas y ojos, es una contribución importante en la
exposición total de los trabajadores. Muchas sustancias (solventes
principalmente) tienen en la normativa de ACGIH la anotación Piel (Skin) para
indicar este efecto sumatorio en la intoxicación crónica ocupacional.
Existen, desde el punto de vista de la relación dosis - respuesta, otros
parámetros para catalogar las sustancias con base en lo que se denomina
Dosis Letal 50 (DL50), la cual corresponde a la cantidad de una determinada
sustancia tóxica que causa la muerte al 50% de los animales de
experimentación a los que se inyecta o alimenta, y la Concentración Letal por
Inhalación CL50 la cual se interpreta en forma similar a la DL50. De esta forma
el Decreto 1843 de 1991 del Ministerio de Salud de Colombia, establece las
siguientes categorías toxicológicas:
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BIBLIOGRAFÍA
CONSUEGRA, Jesús. Módulo de higiene industrial. Barranquilla: enero de
2009.
CISPROQUIM. Hojas de datos de seguridad.
http://www.cisproquim.org.co/hojas de datos.htm (Julio de 2012)
SURATEP. Manejo de sustancias químicas.
http://copaso.upbbga.edu.co/juegos/manejo sust quimicas.pdf (Julio de 2012)
CISPROQUIM. Sistema globalmente armonizado de clasificación y
etiquetado de productos químicos (sga)
http://responsabilidadintegral.org/administracion/circulares/archivos/SISTEMA
%20GLOBAL%20ARMONIZADO.pdf (Julio de 2012)
Documento elaborado por:
Ing. Armando Engels Durán Urón