Escrito de renuncia a las dietas correspondientes al Pleno Extraordinario de ...
Gestión especies invasoras Majadahonda
1. MOCIÓN PARA LA GESTIÓN, CONTROL Y POSIBLE ERRADICACIÓN
DE LAS ESPECIES INVASORAS PRESENTES EN EL TÉRMINO
MUNICIPAL DE MAJADAHONDA
El art. 42 de la Constitución Española alude al deber de conservar y el derecho a
disfrutar de un medio ambiente adecuado para el desarrollo de la persona; y en la Ley
42/2007 de 13 de diciembre del Patrimonio Natural y la Biodiversidad se establece el
régimen jurídico básico de la conservación, uso sostenible, mejora y restauración del
patrimonio natural y de la biodiversidad.
En esta ley, en su artículo 3. 13 se define especie exótica invasora como “la que
se introduce o establece en un ecosistema o hábitat natural o seminatural y que es un
agente de cambio y amenaza para la diversidad biológica nativa, ya sea por su
comportamiento invasor, o por el riesgo de contaminación genética”.
En el artículo 61 se habla de la creación del Catálogo Español de Especies
Exóticas Invasoras y el RD 1628/2011 de 14 de noviembre, regula el listado y catálogo
español de especies exóticas invasoras: “Las especies exóticas invasoras constituyen
una de las principales causas de pérdida de biodiversidad en el mundo”.
En este catálogo se incluyen especies para las que existe información científica
y técnica que indica la grave amenaza que suponen para las especies autóctonas, los
hábitats o los ecosistemas, la agronomía o los recursos económicos asociados al uso
del patrimonio natural.
En Majadahonda existe una numerosa población de dos de estas especies
incluidas en el catálogo: la cotorra argentina (myopsitta monachus) y el ailanto
(ailanthus altísima).
Las cotorras argentinas expulsan a numerosas especies de aves autóctonas, se
multiplican con gran rapidez, crean nidos de gran tamaño con grave peligro de
desprendimiento y rotura de las ramas de los árboles que los albergan y sus colonias
son un foco de ruido en las urbanizaciones.
El ailanto es un árbol originario de China que se introdujo en España con fines
ornamentales y para fijación de taludes por su rápido crecimiento. Se reproduce por
semillas o por rebrote. Las semillas en sámara tienen un alto porcentaje de viabilidad y
son arrastradas por el viento muy fácilmente. Se ha comprobado, que los ailantos
tienen efectos alelopáticos sobre otras muchas especies impidiendo su sucesión. Todas
estas características muestran un perfil muy agresivo de especie exótica invasora,
haciendo del ailanto un enemigo a combatir en nuestros ecosistemas.
2. Dado que, además hay poblaciones de estas dos especies en el Monte del Pilar,
creemos que desde el Ayuntamiento se deben impulsar medidas y solicitar la
colaboración de la Comunidad de Madrid para censar, controlar y si es posible
erradicar los ejemplares que invaden nuestro municipio antes de que se convierta en
un problema de mayor gravedad.
Para ello presentamos la siguiente moción:
ACUERDOS
1- Instar a la Comunidad de Madrid, para que de acuerdo a lo dispuesto en el artículo
61.5 de la Ley 42/7 de Patrimonio Natural y Biodiversidad, elaboren una Estrategia
para la gestión, control y posible erradicación de las especies invasoras presentes en el
término municipal y especialmente en el Monte del Pilar y que están catalogadas ya en
el Anexo I del RD 1628/2011, con especial atención a las cotorras argentinas y los
ailantos.
Majadahonda, a 19 de Enero de 2012
Carmen Madrigal Torrejon
Portavoz del Grupo Municipal UPyD