1. FONDO REGIONAL 6% DE CULTURA; DEPORTE;
SEGURIDAD CIUDADANA; SOCIAL DISCAPACIDAD E
INCLUSIÓN Y ADULTO MAYOR; PROTECCIÓN DEL
MEDIO AMBIENTE Y EDUCACIÓN AMBIENTAL.
2. Gobierno Regional Metropolitano de Santiago | División de Planificación y Desarrollo | Departamento de Preinversión y Proyectos
CRONOGRAMA 2021
ACCIÓN FECHAS
Presentación de proyectos
Desde el 26 de marzo 2021,
hasta el 26 de abril 2021
Revisión de proyectos y entrega
de observaciones
Hasta el 26 de mayo 2021
Primera publicación admisible/no
admisible
01 de Junio 2021
Ingreso de respuesta a
observaciones
Desde el 02 de Junio 2021
hasta el 24 de Junio 2021
Corrección de observaciones Hasta el 27 de Julio 2021
Publicación de admisibilidades 02 de agosto 2021
3. • MUNICIPALIDADES
Para los efectos de la postulación a estos fondos, las municipalidades y las
corporaciones dependientes de estas se consideraran una sola institución. Vale
decir, sólo podrá postular una de ellas.
• ENTIDADES PÚBLICAS
• INSTITUCIONES PRIVADAS SIN FINES DE LUCRO (ONGs, Fundaciones,
Corporaciones…)
* Las instituciones deben tener al menos 2 años de vigencia de personalidad
jurídica, al momento de la postulación.
• ORGANIZACIONES FUNCIONALES Y TERRITORIALES CON DOMICILIO EN LA
REGIÓN METROPOLITANA Y JUNTAS DE VECINOS.
* Las instituciones deben tener al menos 2 años de vigencia de personalidad
jurídica, al momento de la postulación.
• ENTIDADES RELIGIOSAS Y DE CULTO SEGÚN LO PREVISTO EN LA LEY N° 19.638,
así como también asociaciones, corporaciones, fundaciones y otros organismos
creados por una iglesia.
¿QUIÉNES PUEDEN POSTULAR?
4. ¿QUIÉNES NO PUEDEN POSTULAR?
• Instituciones que tengan rendiciones pendientes de proyectos de años
anteriores y/o demandas judiciales por dicho concepto, con el Gobierno
Regional Metropolitano o con otra entidad pública relacionadas con proyectos
adjudicados entre los años 2007 y 2019, al momento de postular.
• Instituciones Privadas con Fines de Lucro.
• Personas Naturales.
• Instituciones con menos 2 años de vigencia de su personalidad jurídica al
momento de la postulación.
• Organizaciones que en sus estatutos figuren como miembros, personal del
Gobierno Regional o del Consejo Regional Metropolitano de Santiago.
5. ¿QUIÉNES NO PUEDEN POSTULAR?
• Organizaciones tengan rendiciones pendientes de aprobación por parte del
Gobierno Regional, podrán postular solo sí las rendiciones pendientes son
presentadas antes de la fecha de cierre, pero no podrán transferírsele los
fondos, sí dicha rendición es objetada, mientras no subsanen dicha situación.
• Las Instituciones Privadas sin fines de lucro (fundaciones, corporaciones, ONGs),
las organizaciones funcionales y territoriales de la Región Metropolitana,
regidas por la Ley No 19.418 y las Entidades Religiosas y de culto según lo
previsto en la ley No 19.638, o personas naturales que anteriormente se hayan
adjudicado fondos del 6% FNDR del Gobierno Regional Metropolitano por más
de cuatro años consecutivos contados hacia atrás desde la fecha de la
publicación de la presente convocatoria.
6. • Artes de la representación (Danza y Teatro)
• Artes audiovisuales
• Música
• Artes visuales
• Cultura y Patrimonio
• Cultura cívica
• Equidad de género
ÁMBITOS DE PROYECTOS FONDO DE CULTURA
7. • Fortalecimiento de procesos formativos.
• Fortalecimiento del Deporte Recreativo.
• Fortalecimiento del Deporte de Competición.
• Fortalecimiento del Deporte de Identidad Regional Tradicional.
• Formación y promoción de hábitos de vida saludable.
• Equipamiento deportivo.
ÁMBITOS DE PROYECTOS FONDO DE DEPORTE
8. • Proyectos dirigidos a prevenir el consumo de sustancias adictivas.
• Proyectos dirigidos a la rehabilitación de personas con diagnostico de
adicciones
• Proyectos comunitarios de prevención orientados a temas específicos:
violencia escolar, violencia social , violencia intrafamiliar, violencia contra la
mujer.
• Proyectos que incorporen participación activa de las comunidades en las
reconstrucción del tejido social comunitario como estrategia para la prevención
de la violencia contra la mujer.
Atención a otros grupos prioritarios:
• Personas y familias de condenados por sistema penal y privados de libertad
• Adolescentes con problemas con la justicia.
• Población en riesgo de deserción escolar o no escolarizada.
ÁMBITOS DE PROYECTOS FONDO SEGURIDAD
PSICOSOCIAL
9. • Alarmas comunitarias.
• Recuperación y/o mejoramiento de espacios públicos (Por ejemplo: plazas,
parques, sitios eriazos).
• Iluminación de espacios públicos.
• Cámaras de Televigilancia, ubicadas en espacios públicos o circuitos cerrados
de vigilancia.
• Cierres perimetrales en Bienes Nacionales de Uso Público y/o en comodatos
otorgados por Servicios Públicos y/o Municipios.
• Cierre de calles y pasajes que cumplan con la documentación solicitada.
ÁMBITOS DE PROYECTOS SEGURIDAD SITUACIONAL
10. Se financiarán proyectos tales como charlas, talleres, actividades, eventos y
capacitaciones que contemplen lo siguiente:
• Fortalecimiento y promoción de derecho de las personas en situación de
vulnerabilidad social.
• Fortalecimiento y promoción de derecho de personas en situación de
discapacidad.
• Fortalecimiento y promoción de derechos de los adultos mayores.
• Inclusión.
• Integración Social.
ÁMBITOS DE PROYECTOS FONDO SOCIAL,
DISCAPACIDAD E INCLUSIÓN Y ADULTO MAYOR
11. • Gestión de residuos domiciliarios: Actividades orientadas a la gestión de
residuos orgánicos e inorgánicos.
• Cambio climático: Actividades que contribuyan a la adaptación al cambio
climático.
• Biodiversidad en área rurales: Actividades cuyo propósito sea la
conservación y el uso sustentable del patrimonio natural para la
conservación de la biodiversidad.
• Calidad de aire: Actividades que propendan a la reducción de emisiones de
agentes contaminantes del aire.
• Cuidado del agua: Campañas de difusión y educación ambiental en materia
de cuidado del agua, de los recursos naturales.
ÁMBITOS DE PROYECTOS DE PROTECCIÓN DEL MEDIO
AMBIENTE Y EDUCACIÓN AMBIENTAL
12. • Antecedentes legales:
• Fotocopia de los Estatutos actualizados de la institución. Deben estar
completos, legibles y con timbre original de la Institución (sólo para
corporaciones, fundaciones, ONG’s)
• Acta de la reunión de directorio en el cual se designó al representante legal.
(sólo para corporaciones, fundaciones e Instituciones privadas)
• Certificados de vigencia de la personalidad jurídica de la Institución y de su
directorio o directiva, emitido por el organismo correspondiente (Registro
Civil).
• Fotocopia del RUT de la institución.
• Certificación de inscripción en el Registro Central de Colaboradores del
Estado. Dicho trámite debe realizarse a través de la página
www.registros19862.cl
• Declaración jurada simple (ver modelo en Anexo 1, 2 o 3, según
corresponda)
• Declaración jurada (ver anexo 6)
• Protocolo Covid-19 (ver anexo 7)
• Carta de compromiso o certificado de aportes propios o de otras fuentes de
financiamiento al proyecto, si corresponde.
DOCUMENTOS OBLIGATORIOS
13. • Autorización del titular de derechos de propiedad intelectual en el evento
que la iniciativa los involucre (fondo de cultura).
• Autorización del dueño o administrador de la propiedad.
• Certificado bancario que acredite tener una cuenta a nombre de la
institución (cuenta activa al momento de postular).
• Formulario de postulación (ver anexo 5).
• Cotizaciones según lo establecido en el presupuesto.
• En el caso de que el proyecto sea intercomunal, se debe adjuntar las cartas
de compromiso de las comunas participantes firmadas y timbradas por el
representante legal de cada organización correspondiente.
• Documento que acredite la residencia particular del o de los representantes
legales.
• Para las Entidades Religiosas y de culto, copia de inscripción del registro
público del Ministerio de Justicia y publicación en el diario oficial de un
extracto del acta de constitución que incluya el número de registro o
inscripción asignado. A estas entidades no les será exigible los antecedentes
legales establecidos en el punto N°1.
DOCUMENTOS OBLIGATORIOS
15. Corresponde a servicios prestados por personas naturales y respaldados por
boletas de honorarios. Este ítem no tiene tope. Sin embargo, si se contempla
la contratación de un coordinador de proyecto, este no podrá percibir
ingresos superiores a $ 600.000 mil pesos mensuales y no puede estar
postulando a otro proyecto de otra organización. Se debe adjuntar
currículum o perfil técnico de las personas a contratar, que acredite las
capacidades idóneas para ejercer la función requerida en el proyecto.
Incluye profesionales, coordinadores, profesores, monitores, artistas, entre
otros. No pueden percibir honorarios los representantes legales, los
miembros de las directivas y/o directorios de las instituciones participantes,
ni sus cónyuges o parientes.
En caso de contemplar un coordinador, este podrá ser contratado
solamente por una institución, de lo contrario los proyectos que indiquen el
mismo coordinador para distintas instituciones serán declarados no
admisibles.
GASTOS HONORARIOS
16. Se consideran gastos de inversión aquellos bienes necesarios para el correcto
desempeño de actividades y que subsisten después de terminado el
proyecto. Este ítem no puede ser superior al 50% del monto total solicitado
al Fondo 6%.
En el caso de los proyectos de Seguridad Ciudadana Situacional (alarmas,
cámaras, mejoramiento de plazas, parques, espacios públicos, luminarias) el
monto entregado en este ítem es sin tope.
Este ítem no financia compra de vehículos ni infraestructura mayor, ni
menor. Se debe adjuntar a lo menos dos cotizaciones referenciales y
verificables, con clara identificación del proveedor y con giro acorde a lo
cotizado.
GASTOS DE INVERSIÓN
17. Son los gastos asociados al correcto funcionamiento de las actividades a
desarrollar en el proyecto.
Se puede incluir en este ítem:
• Arriendos de equipos o equipamientos tales como escenarios, equipos de
amplificación, iluminación, lugares para eventos o entrenamientos.
• Adquisición de implementos, equipamiento y vestuario deportivo: pelotas,
conos, tenidas deportivas.
• Adquisición de implementos para actividades culturales: vestuario, telas,
maquillaje, materiales para trabajos manuales, materiales para trabajos
artesanales y talleres.
• Traslado y Movilización: Pasajes, recargas BIP, bencina, Peajes urbanos,
fletes.
• Premios: Adquisición de trofeos, galvanos, medallas, diplomas, certificados
y otros que estén relacionados con un reconocimiento a la participación
en las actividades del proyecto.
• Tarjetas telefónicas de prepago.
• Gastos de alimentación saludable, con exclusión de bebidas alcohólicas
GASTOS DE OPERACIÓN
18. • Contratación de productoras. Sólo se podrá destinar a empresas cuyo giro
sea organizar eventos y producciones. Las productoras deberán rendir en
facturas separadas los productos o servicios afectos a IVA, aquellos que
son exentos y lo que corresponde a pago de mano de obra.
• Todos los gastos y servicios deben ser rendidos con documento tributario
(factura o boleta con su respectivo detalle). No se aceptarán las
rendiciones con vales.
• Queda expresamente prohibido respaldar con boletas de honorarios, los
fletes, los arriendos de equipos, los servicios de catering, la producción de
eventos, entre otros. Estos gastos deben ser rendidos con factura
(Informe N°241 de la Contraloría General de la República, de fecha 12
de abril de 2011).
Se debe incluir en este ítem un acto de inauguración y/o cierre de proyecto
(máximo $400.000 por evento). Se debe incluir únicamente alimentación
saludable.
GASTOS DE OPERACIÓN
19. Contempla artículos de librería necesarios para la organización y ejecución
del proyecto. El tope de gastos administrativos es de $200.000 (doscientos
mil pesos). No se financia: arriendo de oficinas, pago servicios básicos ni
pago de honorarios de personal administrativo (por ejemplo, secretaria,
contador, estafeta, etc.)
No se requiere cotización para este ítem.
GASTOS ADMINISTRATIVOS
20. Corresponde a gastos de convocatoria, promoción y difusión de la
actividad y proyecto. Incluye impresión de invitaciones. Este ítem es
obligatorio y no podrá superar el 5% del monto solicitado. Se debe
adjuntar a lo menos dos cotizaciones referenciales y verificables para
cada bien, con clara identificación del proveedor y con giro acorde a lo
cotizado. Serán válidas las cotizaciones verificables realizadas por
internet. No se requieren cotizaciones aquellos ítems de presupuesto
listado que se encuentren en la lista de compras anexadas en las bases.
GASTOS DE DIFUSIÓN
21. • Infraestructura (edificación) mayor o menor.
• Vehículos.
• Mobiliario de oficina, equipos computacionales, data, impresoras
ni multifuncionales excepto cuando estén justificados (en el
formulario de postulación, ítem gastos de inversión) y tengan
directa relación con la naturaleza del proyecto postulado.
• Celulares, Tablet.
• Proyectos y viajes que se realicen fuera de la Región
Metropolitana.
• Pago de servicios básicos y similares (contribuciones, derechos de
aseo).
• Pago de arriendo de sede de la organización u otra distinta que
cuente con al menos un miembro del Directorio de ésta.
• Contratación de secretaria o estafeta.
• Equipamiento y/o mejoramiento de sedes sociales.
• Adquisición de carros de arrastre y/o foodtruck.
ÍTEMS QUE NO SE FINANCIAN
22. DURACIÓN DE LOS PROYECTOS
Las iniciativas postuladas deberán iniciar su ejecución con
posterioridad a la entrega de los fondos y concluir de acuerdo a la
duración del cronograma aprobado, con un plazo de máximo de
ejecución de 12 meses desde la fecha de la resolución que aprueba el
convenio.
23. MONTO DE LOS PROYECTOS
El monto máximo solicitado por proyecto no podrá exceder los $10.000.000.-
(diez millones de pesos).
Sólo podrán exceptuarse proyectos de carácter intercomunal que beneficien a
los habitantes de, al menos, 3 comunas de la región, en cuyo caso el monto
máximo será de $20 millones (veinte millones de pesos).
En el caso de proyectos que contemplen únicamente adquisición de
equipamiento deportivo, el monto máximo solicitado por proyecto no podrá
exceder $2.000.000.- (dos millones de pesos) más $50.000 máximo para gastos
de difusión y $100.000 máximo para acto de entrega del equipamiento.
24. Las Municipalidades, instituciones privadas sin fines de lucro (fundaciones,
corporaciones, ONGs.), las organizaciones funcionales y territoriales de la
región metropolitana, regidas por la ley N° 19.418 y las entidades religiosas
y de culto según lo previsto en la ley N° 19.638, podrán presentar
únicamente 3 postulaciones a las distintas tipologías del Fondo (Cultura,
Deporte, Seguridad, Protección del Medioambiente, Social e inclusión y
Adulto Mayor) sin embargo, sólo podrá ser financiado un proyecto por
institución.
Las entidades públicas y las Municipalidades podrán presentar únicamente
tres postulaciones a las distintas tipologías del fondo (cultura, deportes,
seguridad, fondo social, protección del medio ambiente, discapacidad e
inclusión y adulto mayor). Sin embargo, solo podrá ser financiado un
proyecto por institución.
MÁXIMO DE PROYECTOS A POSTULAR POR
ORGANIZACIÓN
25. ¿COMO SE PRESENTAN LOS PROYECTOS?
• Postulación en línea:
Es la postulación que se realiza por Internet, ingresando al sitio web
www.gobiernosantiago.cl.
• Postulación en papel
Los formularios de postulación se encontrarán disponibles en el sitio web
El proyecto deberá ser presentado en dos ejemplares, en la Oficina de Partes
del Gobierno Regional, ubicada en calle Bandera 46, primer piso.
www.gobiernosantiago.cl.
26. CONSULTAS SOBRE EL PROCESO
Consultas generales para la postulación
NOMBRE CORREO ELECTRONICO
Diana Bichon Mella dbichon@gobiernosantiago.cl
Raul Marcos Díaz rmarcos@gobiernosantiago.cl
Camila Duarte Bravo cduarte@gobiernosantiago.cl
Consultas solamente sobre el funcionamiento de la plataforma
web
NOMBRE CORREO ELECTRONICO
Ingrid Alvarez ialvarez@gobiernosantiago.cl
Ricardo Cortés Farías rcortes@gobiernosantiago.cl