SlideShare una empresa de Scribd logo
1 de 30
DERECHOS DE AUTORDERECHOS DE AUTOR
SILVANA SANABRIA SANCHEZ
Invenciones Signos
Distintivos
- Obras
- Derechos Conexos
Derecho de Autor
Protege las creaciones producto del ingenio
humano, que por su originalidad constituyen
obras.
Creación intelectual personal y original,
susceptible de ser divulgada o
reproducida.
 Obras literarias, científicas.
 Conferencias
 Composiciones musicales
 Obras plásticas
 Software
 Fotografías
 Audiovisuales, entre otras.
La legislación reconoce al autor:
 Derechos de orden moral (paternidad,
integridad); y,
 Derechos de orden patrimonial
(reproducción, distribucion,
comunicación publica, puesta a
disposición, transformación, entre otros).
 Libertad de informació n.
 Libertad de creació n intelectual, artística,
técnica y científica.
 El Estado propicia el acceso a la cultura y
fomenta su desarrollo y difusió n.
Derechos Constitucionales
En el preámbulo, se señ ala:
“Reconociendo la necesidad de mantener
un equilibrio entre los derechos de los
autores y los intereses del público en
general, en particular en la educación, la
investigación y el acceso a la información
(…)”
Tratado de la OMPI sobre Derecho de Autor (WCT)
Derecho
de los autores
Interés general:
• Educación
• Investigación
•Acceso a información
• Es ilícita la reproducción, comunicación,
distribución u otra modalidad de explotación
de una obra, en forma parcial o total, que se
realice sin el CONSENTIMIENTO PREVIO
y por ESCRITO del autor o titular del
derecho de autor.
Regla general
REGLA DE LOS TRES PASOS
• Excepción en ciertos casos especiales.
• Que no atenten a la explotación normal de la
obra.
• Que no causen un perjuicio injustificado a
los intereses del autor.
Excepciones al derecho de explotación
COMUNICACIÓN PÚBLICA:
• Ámbito doméstico.
• Actos oficiales o ceremonias religiosas.
• Fines didácticos
• Prueba judicial.
Excepciones
Excepciones
LECCIONES DICTADAS EN PÚBLICO O EN
PRIVADO.
• Pueden ser anotadas.
• Pueden ser grabadas.
• Se prohíbe su divulgación
• Se prohíbe su reproducción
Excepciones
REPRODUCCIÓN Y DIVULGACIÓN
• Para la enseñanza o evaluación.
• Para actuaciones judiciales y adm.
• Obras expuestas permanentemente en lugares
públicos.
Excepciones
Reproducción individual de una obra
por bibliotecas, para preservar dicho
ejemplar y sustituirlo en caso de
extravío, destrucción o inutilización.
Excepciones
• El PRÉSTAMO al público del ejemplar
lícito de una obra expresada por escrito, por
una biblioteca cuya actividad no tenga fines
de lucro.
Excepciones
• La reproducción de las obras para uso
privado de invidentes, siempre que se efectúe
mediante el sistema Braille u otro
procedimiento específico y que las copias no
tengan como propósito utilización lucrativa.
Ley 27861 (2002)
Excepciones
• DERECHO DE CITA:
Requisitos:
- La obra citada haya sido publicada lícitamente.
- Diferenciar texto citado con el texto del autor que
cita (letra cursiva, comillas, etc.)
- Indicar el nombre del autor y la fuente
- Uso honrado
- Justificación (comentario, análisis, crítica,…)
Excepciones
• Copia privada (para uso personal):
- Para uso personal.
- Usos honrados.
- Está prohibida la reproducción integral de un libro.
- Retribución compensatoria por reprografía de obras
(Ley de Democratización del libro y de fomento de la lectura, Ley 28086, año 2003).
Excepciones
DIFUSIÓN Y EMISIÓN (sujeto de reserva)
• Obras vistas y oídas en el transcurso de un
acontecimiento de actualidad. Con la
finalidad de informar dicho acontecimiento.
V.gr. Reportaje del concierto de un grupo
musical; reportaje sobre la exposición de
obras.
Excepciones
DIFUSIÓN Y EMISIÓN (sujeto de reserva)
• Difusión a través de la prensa, con el fin de
informar, temas de actualidad, expresadas en
discursos, disertaciones, sermones y otras
obras pronunciadas en público.
Excepciones
DIFUSIÓN Y EMISIÓN (sujeto de reserva)
• Emisión de la imagen de una obra
arquitectónica, plástica, fotografía o de arte
aplicado, que está permanentemente en un
lugar abierto al público.
Límites
No son objeto de protección por el derecho
de autor:
• Los textos oficiales de carácter
legislativo, administrativo o judicial,
ni las traducciones oficiales de los
mismos.
Dominio público
• El derecho patrimonial dura toda la vida del
autor y 70 años después de su fallecimiento,
cualquiera que sea el país de origen de la
obra.
• Vencido el plazo, la obra pasa a dominio
público y, en consecuencia, al patrimonio
cultural común.
Entorno digital
- El desarrollo de la tecnología de la
información y las comunicaciones facilita la
puesta a disposición del público de
contenidos protegidos por la legislación de
derecho de autor.
- La facilidad del acceso a las obras, sin la
autorización genera un perjuicio a los autores
o titulares.
Entorno digital
- Los Tratados Internet (WCT y WPPT)
aprobados en la OMPI establecen
mecanismos a fin de proteger a los autores en
el entorno digital.
- Entre estos mecanismos tenemos las medidas
tecnológica y la protección de la información
electrónica sobre la gestión de derechos.
El titular del derecho patrimonial tiene el
derecho de incorporar mecanismos de
autotela, con el fin de impedir la
comunicación, recepción, reproducción o
modificación no autorizada de la obra.
Medidas Tecnoló gicas
• Repercusión de las medidas tecnológicas en
el ejercicio de las excepciones al derecho de
explotación
Problemática
Tratado de la OMPI sobre Derecho de Autor (WCT)
• Las normas de limitaciones y excepciones
del Tratado permiten a los Estados
Contratantes, establecer nuevas excepciones
y limitaciones que resulten adecuadas al
entorno de red digital.
Excepciones a las Medidas Tecnoló gicas
D. Leg.1076 y la Ley 29316 disponen el
derecho de solicitar el cese de la actividad
ilícita y exigir indemnización contra los actos
de elusión de medidas tecnológicas; salvo en
los siguientes casos de excepción:
• Ingeniería inversa para lograr la
interoperabilidad de un software.
Excepciones a las Medidas Tecnoló gicas
• Para probar, investigar o corregir la
seguridad de una computadora.
• Acceso de bibliotecas para tomar decisiones
de compra.
• Usos no infractores señalados por la DDA.

Más contenido relacionado

La actualidad más candente

DERECHOS DE AUTOR EN ESPAÑA
DERECHOS DE AUTOR EN ESPAÑADERECHOS DE AUTOR EN ESPAÑA
DERECHOS DE AUTOR EN ESPAÑAguest274767
 
Cultura abierta v. copyright
Cultura abierta v. copyrightCultura abierta v. copyright
Cultura abierta v. copyrightLoreto Corredoira
 
Propietat intel·lectual cristina xavi_marcos
Propietat intel·lectual cristina xavi_marcosPropietat intel·lectual cristina xavi_marcos
Propietat intel·lectual cristina xavi_marcosCrystin2012
 
Presentacion
PresentacionPresentacion
Presentaciondtvysoka
 
Derecho autor software
Derecho  autor softwareDerecho  autor software
Derecho autor softwareJoseph Brant
 
Presentación para Tic CC
Presentación para Tic CCPresentación para Tic CC
Presentación para Tic CCloginmaster
 
Ensayo de derecho del autor
Ensayo de derecho del autorEnsayo de derecho del autor
Ensayo de derecho del autoralexah97
 
Ensayo de derecho del autor
Ensayo de derecho del autorEnsayo de derecho del autor
Ensayo de derecho del autoralexah97
 
Ensayo de derecho del autor
Ensayo de derecho del autor Ensayo de derecho del autor
Ensayo de derecho del autor alexah97
 
Las normas en colombia
Las normas en colombiaLas normas en colombia
Las normas en colombiaEder Ardila
 
Carlos , nicolas , julio
Carlos , nicolas , julioCarlos , nicolas , julio
Carlos , nicolas , juliocarli17
 

La actualidad más candente (16)

Dibujo sin título
Dibujo sin títuloDibujo sin título
Dibujo sin título
 
DERECHOS DE AUTOR EN ESPAÑA
DERECHOS DE AUTOR EN ESPAÑADERECHOS DE AUTOR EN ESPAÑA
DERECHOS DE AUTOR EN ESPAÑA
 
Cultura abierta v. copyright
Cultura abierta v. copyrightCultura abierta v. copyright
Cultura abierta v. copyright
 
Derechos de autor
Derechos de autorDerechos de autor
Derechos de autor
 
Póliza de la web 2.0
Póliza de la web 2.0Póliza de la web 2.0
Póliza de la web 2.0
 
Propietat intel·lectual cristina xavi_marcos
Propietat intel·lectual cristina xavi_marcosPropietat intel·lectual cristina xavi_marcos
Propietat intel·lectual cristina xavi_marcos
 
Presentacion
PresentacionPresentacion
Presentacion
 
Derecho autor software
Derecho  autor softwareDerecho  autor software
Derecho autor software
 
Presentación para Tic CC
Presentación para Tic CCPresentación para Tic CC
Presentación para Tic CC
 
Derechos de autor
Derechos de autorDerechos de autor
Derechos de autor
 
Respetar los Derechos de Autor
 Respetar los Derechos de Autor Respetar los Derechos de Autor
Respetar los Derechos de Autor
 
Ensayo de derecho del autor
Ensayo de derecho del autorEnsayo de derecho del autor
Ensayo de derecho del autor
 
Ensayo de derecho del autor
Ensayo de derecho del autorEnsayo de derecho del autor
Ensayo de derecho del autor
 
Ensayo de derecho del autor
Ensayo de derecho del autor Ensayo de derecho del autor
Ensayo de derecho del autor
 
Las normas en colombia
Las normas en colombiaLas normas en colombia
Las normas en colombia
 
Carlos , nicolas , julio
Carlos , nicolas , julioCarlos , nicolas , julio
Carlos , nicolas , julio
 

Similar a Derechos de autor ENS

La propiedad intelectual en el entorno digital
La propiedad intelectual en el entorno digitalLa propiedad intelectual en el entorno digital
La propiedad intelectual en el entorno digitalRIBDA 2009
 
Propiedad Intelectual Derecho Constitucional[1]
Propiedad Intelectual Derecho Constitucional[1]Propiedad Intelectual Derecho Constitucional[1]
Propiedad Intelectual Derecho Constitucional[1]Paty Pacheco
 
DERECHOS DE AUTOR EN ESPAÑA
DERECHOS DE AUTOR EN ESPAÑADERECHOS DE AUTOR EN ESPAÑA
DERECHOS DE AUTOR EN ESPAÑAguest274767
 
LEY DE DERECHO DE AUTOR PERUANO-EDUARDO AYALA Y JOSE VELASQUEZ MARZO 2014
LEY DE DERECHO DE AUTOR PERUANO-EDUARDO AYALA Y JOSE VELASQUEZ MARZO 2014LEY DE DERECHO DE AUTOR PERUANO-EDUARDO AYALA Y JOSE VELASQUEZ MARZO 2014
LEY DE DERECHO DE AUTOR PERUANO-EDUARDO AYALA Y JOSE VELASQUEZ MARZO 2014EDUARDO AYALA TANDAZO
 
LEY DEL DERECHO DE AUTOR PERUANO-EDUARDO AYALA TANDAZO PIURA-PERÚ 2014
LEY DEL DERECHO DE AUTOR PERUANO-EDUARDO AYALA TANDAZO PIURA-PERÚ 2014LEY DEL DERECHO DE AUTOR PERUANO-EDUARDO AYALA TANDAZO PIURA-PERÚ 2014
LEY DEL DERECHO DE AUTOR PERUANO-EDUARDO AYALA TANDAZO PIURA-PERÚ 2014JOSÉ EDUARDO AYALA TANDAZO
 
Trabajo de informática javith 13
Trabajo de informática javith 13Trabajo de informática javith 13
Trabajo de informática javith 13stewarorozco
 
El derecho de autor
El derecho de autorEl derecho de autor
El derecho de autorHugo Araujo
 
Los derechos del auto daniel
Los derechos del auto danielLos derechos del auto daniel
Los derechos del auto danieldanny king
 
Los derechos del autor daniel
Los derechos del autor danielLos derechos del autor daniel
Los derechos del autor danieldanny king
 
Los derechos del autor daniel
Los derechos del autor danielLos derechos del autor daniel
Los derechos del autor danieldanny king
 
¿Que es la propiedad intelectual?
¿Que es la propiedad intelectual? ¿Que es la propiedad intelectual?
¿Que es la propiedad intelectual? Alberto Carrillo C
 
M3 t2 derechos_autor
M3 t2 derechos_autorM3 t2 derechos_autor
M3 t2 derechos_autorpitagoras1957
 
Gestión de la Propiedad intelectual en AAPP
Gestión de la Propiedad intelectual en AAPPGestión de la Propiedad intelectual en AAPP
Gestión de la Propiedad intelectual en AAPPCristina Juesas
 
Propieddad Intelectual En Internet
Propieddad Intelectual En InternetPropieddad Intelectual En Internet
Propieddad Intelectual En InternetPaty Pacheco
 
Introducción a la LPI en el campo artístico y cultural
Introducción a la LPI en el campo artístico y culturalIntroducción a la LPI en el campo artístico y cultural
Introducción a la LPI en el campo artístico y culturalHAMACA
 
Revistas Académicas: Open Access, Políticas Editoriales y Buenas Prácticas
Revistas Académicas: Open Access, Políticas Editoriales y Buenas PrácticasRevistas Académicas: Open Access, Políticas Editoriales y Buenas Prácticas
Revistas Académicas: Open Access, Políticas Editoriales y Buenas PrácticasJ. Carlos Lara
 

Similar a Derechos de autor ENS (20)

La propiedad intelectual en el entorno digital
La propiedad intelectual en el entorno digitalLa propiedad intelectual en el entorno digital
La propiedad intelectual en el entorno digital
 
Propiedad Intelectual Derecho Constitucional[1]
Propiedad Intelectual Derecho Constitucional[1]Propiedad Intelectual Derecho Constitucional[1]
Propiedad Intelectual Derecho Constitucional[1]
 
DERECHOS DE AUTOR EN ESPAÑA
DERECHOS DE AUTOR EN ESPAÑADERECHOS DE AUTOR EN ESPAÑA
DERECHOS DE AUTOR EN ESPAÑA
 
LEY DE DERECHO DE AUTOR PERUANO-EDUARDO AYALA Y JOSE VELASQUEZ MARZO 2014
LEY DE DERECHO DE AUTOR PERUANO-EDUARDO AYALA Y JOSE VELASQUEZ MARZO 2014LEY DE DERECHO DE AUTOR PERUANO-EDUARDO AYALA Y JOSE VELASQUEZ MARZO 2014
LEY DE DERECHO DE AUTOR PERUANO-EDUARDO AYALA Y JOSE VELASQUEZ MARZO 2014
 
LEY DEL DERECHO DE AUTOR PERUANO-EDUARDO AYALA TANDAZO PIURA-PERÚ 2014
LEY DEL DERECHO DE AUTOR PERUANO-EDUARDO AYALA TANDAZO PIURA-PERÚ 2014LEY DEL DERECHO DE AUTOR PERUANO-EDUARDO AYALA TANDAZO PIURA-PERÚ 2014
LEY DEL DERECHO DE AUTOR PERUANO-EDUARDO AYALA TANDAZO PIURA-PERÚ 2014
 
DIAPOSITIVA
DIAPOSITIVADIAPOSITIVA
DIAPOSITIVA
 
Trabajo de informática javith 13
Trabajo de informática javith 13Trabajo de informática javith 13
Trabajo de informática javith 13
 
El derecho de autor
El derecho de autorEl derecho de autor
El derecho de autor
 
Los derechos del auto daniel
Los derechos del auto danielLos derechos del auto daniel
Los derechos del auto daniel
 
Los derechos del autor daniel
Los derechos del autor danielLos derechos del autor daniel
Los derechos del autor daniel
 
Los derechos del autor daniel
Los derechos del autor danielLos derechos del autor daniel
Los derechos del autor daniel
 
¿Que es la propiedad intelectual?
¿Que es la propiedad intelectual? ¿Que es la propiedad intelectual?
¿Que es la propiedad intelectual?
 
M3 t2 derechos_autor
M3 t2 derechos_autorM3 t2 derechos_autor
M3 t2 derechos_autor
 
Derechos de Autor
Derechos de AutorDerechos de Autor
Derechos de Autor
 
Gestión de la Propiedad intelectual en AAPP
Gestión de la Propiedad intelectual en AAPPGestión de la Propiedad intelectual en AAPP
Gestión de la Propiedad intelectual en AAPP
 
Propieddad Intelectual En Internet
Propieddad  Intelectual En  InternetPropieddad  Intelectual En  Internet
Propieddad Intelectual En Internet
 
Propieddad Intelectual En Internet
Propieddad Intelectual En InternetPropieddad Intelectual En Internet
Propieddad Intelectual En Internet
 
Propiedad Intelectual En Internet
Propiedad Intelectual En InternetPropiedad Intelectual En Internet
Propiedad Intelectual En Internet
 
Introducción a la LPI en el campo artístico y cultural
Introducción a la LPI en el campo artístico y culturalIntroducción a la LPI en el campo artístico y cultural
Introducción a la LPI en el campo artístico y cultural
 
Revistas Académicas: Open Access, Políticas Editoriales y Buenas Prácticas
Revistas Académicas: Open Access, Políticas Editoriales y Buenas PrácticasRevistas Académicas: Open Access, Políticas Editoriales y Buenas Prácticas
Revistas Académicas: Open Access, Políticas Editoriales y Buenas Prácticas
 

Más de Yëyö Cäïċëdö

Más de Yëyö Cäïċëdö (6)

Base conceptual currículo.
Base conceptual currículo. Base conceptual currículo.
Base conceptual currículo.
 
Comité de convivencia
Comité de convivencia Comité de convivencia
Comité de convivencia
 
El concepto de inclusion 2014
El concepto de inclusion 2014El concepto de inclusion 2014
El concepto de inclusion 2014
 
El concepto de inclusión 2014
El concepto de inclusión 2014El concepto de inclusión 2014
El concepto de inclusión 2014
 
Derechos de autor slidshare
Derechos de autor slidshareDerechos de autor slidshare
Derechos de autor slidshare
 
En tic confio 11-04
En tic confio 11-04En tic confio 11-04
En tic confio 11-04
 

Derechos de autor ENS

  • 1. DERECHOS DE AUTORDERECHOS DE AUTOR SILVANA SANABRIA SANCHEZ
  • 3. Derecho de Autor Protege las creaciones producto del ingenio humano, que por su originalidad constituyen obras.
  • 4. Creación intelectual personal y original, susceptible de ser divulgada o reproducida.  Obras literarias, científicas.  Conferencias  Composiciones musicales  Obras plásticas  Software  Fotografías  Audiovisuales, entre otras.
  • 5. La legislación reconoce al autor:  Derechos de orden moral (paternidad, integridad); y,  Derechos de orden patrimonial (reproducción, distribucion, comunicación publica, puesta a disposición, transformación, entre otros).
  • 6.  Libertad de informació n.  Libertad de creació n intelectual, artística, técnica y científica.  El Estado propicia el acceso a la cultura y fomenta su desarrollo y difusió n. Derechos Constitucionales
  • 7. En el preámbulo, se señ ala: “Reconociendo la necesidad de mantener un equilibrio entre los derechos de los autores y los intereses del público en general, en particular en la educación, la investigación y el acceso a la información (…)” Tratado de la OMPI sobre Derecho de Autor (WCT)
  • 8. Derecho de los autores Interés general: • Educación • Investigación •Acceso a información
  • 9. • Es ilícita la reproducción, comunicación, distribución u otra modalidad de explotación de una obra, en forma parcial o total, que se realice sin el CONSENTIMIENTO PREVIO y por ESCRITO del autor o titular del derecho de autor. Regla general
  • 10. REGLA DE LOS TRES PASOS • Excepción en ciertos casos especiales. • Que no atenten a la explotación normal de la obra. • Que no causen un perjuicio injustificado a los intereses del autor. Excepciones al derecho de explotación
  • 11. COMUNICACIÓN PÚBLICA: • Ámbito doméstico. • Actos oficiales o ceremonias religiosas. • Fines didácticos • Prueba judicial. Excepciones
  • 12. Excepciones LECCIONES DICTADAS EN PÚBLICO O EN PRIVADO. • Pueden ser anotadas. • Pueden ser grabadas. • Se prohíbe su divulgación • Se prohíbe su reproducción
  • 13. Excepciones REPRODUCCIÓN Y DIVULGACIÓN • Para la enseñanza o evaluación. • Para actuaciones judiciales y adm. • Obras expuestas permanentemente en lugares públicos.
  • 14. Excepciones Reproducción individual de una obra por bibliotecas, para preservar dicho ejemplar y sustituirlo en caso de extravío, destrucción o inutilización.
  • 15. Excepciones • El PRÉSTAMO al público del ejemplar lícito de una obra expresada por escrito, por una biblioteca cuya actividad no tenga fines de lucro.
  • 16. Excepciones • La reproducción de las obras para uso privado de invidentes, siempre que se efectúe mediante el sistema Braille u otro procedimiento específico y que las copias no tengan como propósito utilización lucrativa. Ley 27861 (2002)
  • 17. Excepciones • DERECHO DE CITA: Requisitos: - La obra citada haya sido publicada lícitamente. - Diferenciar texto citado con el texto del autor que cita (letra cursiva, comillas, etc.) - Indicar el nombre del autor y la fuente - Uso honrado - Justificación (comentario, análisis, crítica,…)
  • 18. Excepciones • Copia privada (para uso personal): - Para uso personal. - Usos honrados. - Está prohibida la reproducción integral de un libro. - Retribución compensatoria por reprografía de obras (Ley de Democratización del libro y de fomento de la lectura, Ley 28086, año 2003).
  • 19. Excepciones DIFUSIÓN Y EMISIÓN (sujeto de reserva) • Obras vistas y oídas en el transcurso de un acontecimiento de actualidad. Con la finalidad de informar dicho acontecimiento. V.gr. Reportaje del concierto de un grupo musical; reportaje sobre la exposición de obras.
  • 20. Excepciones DIFUSIÓN Y EMISIÓN (sujeto de reserva) • Difusión a través de la prensa, con el fin de informar, temas de actualidad, expresadas en discursos, disertaciones, sermones y otras obras pronunciadas en público.
  • 21. Excepciones DIFUSIÓN Y EMISIÓN (sujeto de reserva) • Emisión de la imagen de una obra arquitectónica, plástica, fotografía o de arte aplicado, que está permanentemente en un lugar abierto al público.
  • 22. Límites No son objeto de protección por el derecho de autor: • Los textos oficiales de carácter legislativo, administrativo o judicial, ni las traducciones oficiales de los mismos.
  • 23. Dominio público • El derecho patrimonial dura toda la vida del autor y 70 años después de su fallecimiento, cualquiera que sea el país de origen de la obra. • Vencido el plazo, la obra pasa a dominio público y, en consecuencia, al patrimonio cultural común.
  • 24. Entorno digital - El desarrollo de la tecnología de la información y las comunicaciones facilita la puesta a disposición del público de contenidos protegidos por la legislación de derecho de autor. - La facilidad del acceso a las obras, sin la autorización genera un perjuicio a los autores o titulares.
  • 25. Entorno digital - Los Tratados Internet (WCT y WPPT) aprobados en la OMPI establecen mecanismos a fin de proteger a los autores en el entorno digital. - Entre estos mecanismos tenemos las medidas tecnológica y la protección de la información electrónica sobre la gestión de derechos.
  • 26. El titular del derecho patrimonial tiene el derecho de incorporar mecanismos de autotela, con el fin de impedir la comunicación, recepción, reproducción o modificación no autorizada de la obra. Medidas Tecnoló gicas
  • 27. • Repercusión de las medidas tecnológicas en el ejercicio de las excepciones al derecho de explotación Problemática
  • 28. Tratado de la OMPI sobre Derecho de Autor (WCT) • Las normas de limitaciones y excepciones del Tratado permiten a los Estados Contratantes, establecer nuevas excepciones y limitaciones que resulten adecuadas al entorno de red digital.
  • 29. Excepciones a las Medidas Tecnoló gicas D. Leg.1076 y la Ley 29316 disponen el derecho de solicitar el cese de la actividad ilícita y exigir indemnización contra los actos de elusión de medidas tecnológicas; salvo en los siguientes casos de excepción: • Ingeniería inversa para lograr la interoperabilidad de un software.
  • 30. Excepciones a las Medidas Tecnoló gicas • Para probar, investigar o corregir la seguridad de una computadora. • Acceso de bibliotecas para tomar decisiones de compra. • Usos no infractores señalados por la DDA.