P7_E1_DanielPoza.pdf Los avances en los sistemas de comunicascion y su difusi...
Derechos de autor
1. Colegio Emilio Sotomayor
Nombre: Daniela Bovea Rodriguez.
Curso: 9°
Profesora: Ninfa Solano.
Tema: Derechos de autor.
2014
(Barranquilla,Colombia)
2. Introducción
Desde que se encontró la manera de digitalizar cualquier información y
de distribuirla de forma instantánea a cualquier parte del planeta por
una red universal, muchas personas de buena voluntad han
concebido sueños majestuosos de progreso humano sin precedente
—un progreso que sólo compararía con los que produjeron la
invención de la imprenta o de la escritura—. No obstante los buenos
augurios para este tipo de proyectos, y las esperanzas que infunden
en cualquier persona de buena voluntad de que la humanidad logre
por fin abandonar el prejuicio y la ignorancia, no han dejado de atraer
recelo y preocupación en los expertos en derecho y gobierno. El
motivo principal de su preocupación parece deberse a que el
entusiasmo de los idealistas y las facultades, que la nueva tecnología
pone en sus manos, perturben el actual orden mundial basado en las
leyes de copyright, o lo que es casi lo mismo, de derechos de autor.
Hay que decir que a los paladines del copyright no les faltan razones
que normalmente escapan al idealista recién introducido al problema
de la producción y distribución mundial del conocimiento.
Palabras Clave: copyright, Derechos de Autor, conocimiento.
3. Derechos de Autor
El derecho de autor es un conjunto de
normas jurídicas y principios que afirman
los derechos morales y patrimoniales que
la ley concede a
los autores (los derechos de autor), por el
solo hecho de la creación de una
obra literaria, artística, musical, científica
o didáctica, esté publicada o inédita.
4. Clases de Derechos de autor.
Derechos patrimoniales: son aquellos que permiten de manera exclusiva la
explotación de la obra hasta un plazo contado a partir de la muerte del último de los
autores, posteriormente pasan a formar parte del dominio público pudiendo cualquier
persona explotar la obra.
Derechos morales: son aquellos ligados al autor de manera permanente y son
irrenunciables e imprescriptibles.
Derechos conexos: son aquellos que protegen a personas distintas al autor,
como pueden ser los artistas, intérpretes, traductores, editores, productores, etc.
Derechos de reproducción: es un fundamento legal que permite al autor de la
obra impedir a terceros efectuar copias o reproducciones de sus obras.
Derecho de comunicación pública: derecho en virtud del cual el autor o cualquier otro
titular de los derechos puede autorizar una representación o ejecución viva o en directo
de su obra, como la representación de una pieza teatral o la ejecución de una sinfonía
por una orquesta en una sala de concierto. Cuando los fonogramas se difunden por
medio de un equipo amplificador en un lugar público, como una discoteca, un avión o un
centro comercial, también están sujetos a este derecho.
Derechos de traducción: para reproducir y publicar una obra traducida se
debe solicitar un permiso del titular de la obra en el idioma original.
5.
6. ¿Cuáles son las
características del
Derecho de autor?
Es esencialmente individualista. El derecho
sobre la obra surge del
acto personal de la creación. La obra es parte de
la personalidad del
autor y permanece ligada a él a través de su
vida.
Contempla derechos económicos o patrimoniales
(lucro) y morales
(como el de paternidad). En Colombia, solo
puede ser autor el individuo y no una
institución o una empresa
7. Contenido
El derecho de autor tiene una doble
naturaleza, moral y patrimonial, como
deja claro el artículo 2 de la LPI, cuando
establece que “la propiedad intelectual
está integrada por derechos de carácter
personal y patrimonial, que atribuyen al
autor la plena disposición y el derecho
exclusivo a la explotación de la obra”.