2. La concesión minera no es un contrato sino un acto administrativo, que determina una relación jurídica pública a través de la cual el Estado otorga, por un tiempo, la explotación de los recursos naturales, condicionada al respeto de los términos de la concesión y conservando la capacidad de intervención si la justifica el interés público.
5. T ambo Grande, T í a Mar í a, Majaz y, ahora, Puno se suma a la lista de conflictos socioambientales, y el estado sigue sin demostrar una apertura al di á logo con los pueblos afectados que reclaman la protecci ó n de la biodiversidad que est á siendo degradada. Seg ú n la Defensor í a del Pueblo , ha estallado m á s de 270 conflictos sociales y aun no se aprueba la ley de consulta, un principio b á sico que reclaman los pueblos para tener poder de negociaci ó n con las empresas y decisi ó n sobre su territorio. E s momento que el Congreso apruebe la ley de consulta a las poblaciones ind í genas (y campesinas) ” , porque es necesario que las comunidades se empoderen y tomen decisiones sobre el futuro de su propia comunidad. El gobierno deber í a iniciar el proceso de legislaci ó n sobre “ licencia social ” , es decir, la obligaci ó n de las industrias extractivas de consulta con las poblaciones potencialmente afectadas. El Estado debe facilitar el camino para el ingreso de las empresas extractoras porque existe (mucha riqueza) que no est á puesta en valor ” . A lo largo de estos cinco a ñ os, se ha venido eliminando las restricciones como la evaluaci ó n del impacto ambiental que todas las empresas deber í an presentar antes de iniciar la explotaci ó n. “ El Gobierno ha restringido enormemente la participaci ó n de los pueblos en el presupuesto participativo. Aspecto Político del conflicto de la Minera Santa Ana
6. La actuación del gobierno frente al conflicto socioambiental ha sido mediante la represión que ha desembocado en la muerte de campesinos en Tía María en Arequipa, en Bagua y pérdida de la infraestructura en Puno. De acuerdo a datos de INGEMMET , se pasaron de 433,321 hectáreas el año 2002 a 1’643,746 en 2010. Un aumento que equivale al 279% que para el gobierno significa que el “Perú avanza”. CORTINA DE HUMO: La protesta aymara contra las concesiones mineras podría ser una cortina de humo del presidente regional de Puno, Mauricio Rodríguez, para tapar su pésima gestión. La serie de protestas que se han venido presentando en la zona sur de la Región Puno, fueron planeadas desde hace dos meses aprovechando la influencia de la ideología boliviana hacia las provincias de Chucuito y Yunguyo, con el fin de tapar las denuncias de corrupción en la selección de persona en las diferentes direcciones regionales del Gobierno Regional de Puno. Según una investigación de la Cámara de Comercio de Puno, Radio Pachamama de propiedad de Mauricio Rodríguez, instigó a la población a levantarse contra las concesiones y la mina Santa Ana, con mensajes subliminales, recordando la historia heroica de los aymaras y la majestuosidad del Apu Kapia. Todo esto explica las razones por las que fueron atacados el local de la Contraloría General de la República, SUNAT y las instalaciones de la Aduana.
7. El Estado peruano incumple tratados internacionales-Convenio 169 El Convenio 169 de la Organizaci ó n Internacional del Trabajo sobre Pueblos Ind í genas y Tribales en Pa í ses Independientes es Ley en el Per ú desde el 2 de febrero de 1994. Seg ú n las normas de la OIT, todas sus disposiciones, incluidas aquellas relativas a la obligaci ó n de consulta, son vinculantes desde el 2 de febrero de 1995. Adem á s, la Constituci ó n Pol í tica se ñ ala que el ejercicio de los derechos humanos se interpreta en el marco de los tratados internacionales. Es decir, el Estado peruano, desde hace 16 a ñ os, est á obligado a acatar este Convenio en todo su contenido. El art í culo 6 del Convenio 169 se ñ ala claramente que los gobiernos deben consultar a los pueblos interesados, mediante procedimientos apropiados y en particular a trav é s de sus organizaciones representativas, cada vez que se prevean medidas legislativas o administrativas susceptibles de afectarles directamente. Esto nunca se ha cumplido en el Per ú , ni antes ni despu é s de la ratificaci ó n del Convenio.
10. Mes actual Último mes Hace dos meses Hace tres meses Compra agresiva 0 2 1 1 Comprar 0 5 6 6 No vender 0 1 0 0 Rend. menor al esperado 0 0 0 0 Vender 0 0 0 0
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14. Se ha considerado como Área de Influencia Directa a la Comunidad Campesina Ingenio, Comunidad Campesina Ancomarca, Asociación Cóndor de Ancocahua, y la Junta Vecinal Urbana San Pedro de Huacullani; todas ubicadas en el distrito de Huacullani, provincia de Chucuito, departamento de Puno, y la Comunidad Campesina de Challacollo, ubicada en el distrito de Kelluyo, provincia de Chucuito, departamento de Puno. Comunidades que tienen influencia directa del proyecto Santa Ana
16. Las protestas de Puno, tiene como finalidad que se cumplan dos demandas: Que se promulgue la Ordenanza Regional 005-2011-GRP, por la cual se dispone “la suspensión de los petitorios mineros, concesiones para hidrocarburos, en la Región de Puno, hasta que concluya la zonificación, económica y ecológica, del departamento”. La cancelación de la concesión minera en favor de la Minera Santa Ana, Protestas en Puno
17. Conclusiones 2.- Urge la existencia de medios que al tocar el conflicto social y político de Puno, ingrese en la historia de las movilizaciones sociales que se ha dado en dicha región; que discuta y haga pensar a la sociedad sobre la necesidad de establecer un lazo diferente entre el estado, la empresa extractora y las comunidades campesinas; que confronte dos visiones acerca del desarrollo: La del capitalismo y la de las comunidades quechuas y aymaras. 1.- Es primordial que el gobierno Central tome acciones sobre el DS 083, que es el origen del problema y la forma de resolver un problema, es derogándolo, o que el Poder Judicial declare su nulidad, previo proceso judicial, o que el Congreso de la República lo derogue.