1. BICEN]ENARIO
URUGUAY
Adnlnlstraclón Naclonal de Educactón Pítbllca
SECRETARIA GENERAL
CIRCULAR N"97
Montevideo, 8 de noviembre de 2011.
Señor Maestro-Inspector /o Jefe de Oficina:
y
Para su conocimiento y efectos, cúmplenos
transcribir a usted la Resolución N"5 - Acta N'64 adoptada, por el Consejo de
Educación Inicial y Primaria, en Sesión del día de la fecha:
"VISTO: la Resolución No10, Acta No540 de fecha 18 de octubre de 2001 del Consejo
de Educación Primaria, difundida por Circular N"550/01.
RESULTANDO: I) que por dicho acto administrativo dispuso aprobar las
modificaciones propuestas en el Acuerdo Nacional de Inspectores Nacionales y
Departamentales al Reglamento de SALIDAS DIDÁCTICAS, aprobado por
Resolución N"12, Acta N"441 de fecha 26 de junio de 2000 del CEP, transcribiendo
en su totalidad el mismo;
II) que por Resolución N"12, Acta Extraordinaria N"10L de fecha 28 de mayo de
2003, difundida por Circular No608/03, el Consejo de Educación Primaria dispuso
derogar el Art.6o del mencionado Reglamento, quedando facultado el Inspector
Departamental y el Inspector Nacional, a autortz,ar salidas didácticas fuera del
departamento incluyendo aquellas que por determinadas circunstancias insuman
mayor tiempo debiendo el alumnado pernoctar, teniéndose presente los
requerimientos detallados en la Circular N'550/01.
CONSIDERANDO: I) que la Inspección Departamental de Canelones, jurisdicción
Este eleva planteamiento para que las salidas didácticas al departamento de
Montevideo realíz,adas desde esa jurisdicción, de las Escuelas ubicadas en el área
metropolitana (hasta peaje Arroyo Pando), sean autorizadas como salidas didácticas
dentro del departamento
II) que la Inspección Técnica plantea la solicitud de la mesa Permanente de ATD,
para que la gestión de trámites de salidas didácticas en un radio de 30 kilómetros
del local escolar, sea autorizada por los Maestros Inspectores de Zonay del cambio
de cantidad de alumnos autorizados para rcaliz,ar salidas a 75 ert vez de 60
alumnos como establece la normativa existente, atendiendo la capacidad de los
ómnibus y los grupos;
2. BICEN'IENARIO
URUGUAY
Admlnlstraclón No,clonal de Educaclón Pitbllco.
CONSA'O DE EI'UCACIóN INICIAL Y PRII,TARIA
III) que asimismo informa las propuestas fueron discutidas en el Acuerdo Nacional
de Inspectores Departamentales, sugiriendo otra propuesta más abarcativa en el
primer caso, siendo aprobada por mayoría de asistentes, así como la segunda parte
del punto 2;
IV) que a fojas 12 del Expediente 950/00 Leg.2,la Inspección Técnica plantea que
el Acuerdo Nacional resuelve proponer:
a) modificar la Circular N"608103, agregándose como punto 2": "Las salidas
didácticas que se realicen hasta 30 kilómetros de los límites departamentales
(dentro del territorio Nacional para los departamentos limítrofes) y que no
impliquen que los alumnos pernocten, serán aprobadas por el Maestro Inspector de
Zona de la Escuela involucrada",
b) Modificar el Art.9" de la Circular N"550/O1 debiendo decir: "Sólo podrán salir
grupos de alumnos que no superen el total de 75 (setenta y cinco) niños
acompañados a raz6n de un mayor cada 15 (quince) escolares. Un integrante del
equipo docente, Maestro Director, Maestro Sub Director o Secretario deberá
acompañar a los grupos cuando la salida didáctica se realice fuera de los límites
departamentales yf o con pernocte de alumnos';
V) que ambas modificaciones volvieron a la Comisión de Reforma de la Normativa,
entendiéndose satisfactorias de acuerdo a los planteos realizados;
VI) que la señora Secretaria Docente acuerda con lo planteado por la Inspección
Técnica;
VII) que a fojas 1 del Expediente 1578/lL Leg.2, el señor Pro Secretario informa que
en la reunión de Jefes de Departamentos Administrativos - Secretarios - de las
Inspecciones Departamentales y Nacionales, se abordó el tema vinculado a las
facultades delegadas otorgadas a las dependencias y posibles iniciativas de ajustes;
VIII) que respecto a las salidas didácticas, se consideró necesario incorporar en el
Art.2", de la Resolución inserta en Circular N"550/O1, un texto que explicite que
cuando razones de servicio 1o hagan necesario, la autorización podrá ser dispuesta
- ante la ausencia del Inspector Departamental - por el Inspector Encargado de
Despacho o el lnspector de Guardia;
IX) que respecto a ésta última propuesta la Inspección Técnica informa que,
habiendo pasado por Acuerdo de División, está de acuerdo con la modificación
sugerida;
3. F
BICÉNTENARIO
URUOUAY
Admlnlstra¿clónNolclono;ldeEd.ucaclónPribllca
co¡fsa,oDEF,DUOAC,IÓNINIoIALYPRI*IARIA
observaciones que
X) que asimismo la División Jurídica informa que no tiene
formular desde el punto de vista jurídico a la propuesta'
ATENTO: a 1o exPuesto,
RESUELVE:
EL coNSEJo DE EDUCACIÓN INICIAL Y PRIMARIA,
agregándose como punto
1..- Modificar la resolución inserta en Circular N"608/03,
2o: .Las salidas didácticas que se realicen hasta 30 kiiómetros
de los límites
para los departamentos limítrofes) y
departamentales (dentro del territorio Nacional
quenoimpliquenquelosalumnospernocten,seránaprobadasporelMaestro
Inspector de Zona de la Escuela involucradao'
2".-ModificarelAr!.9"delaresolucióninsertaenCircularN"550/0ldebiendo
el total de 75 (setenta y
decir: "Sólo podrán salir grupos de alumnos que no superen
15 (quince) escolares' un
cinco) niños acompañados a tazon de un mayor cada
,,integrante del equipo docente, Maestro Director, Maestro
sub Director o secretario
se realice fuera de los
deberá acompañar a los grupos cuando la salida didáctica
límites departamentales y/o con pernocte de alumnos"'
en Circular No55O/01' un texto
3o.- Incorporar en el Art.2o de la resoluciÓn inserta
la autorización
que explicite que cuando razones de servicio 1o hagan necesario'
por el
podrá ser dispuesta - ante la ausencia del Inspector Departamental -
Inspector Encargado de Despacho o el lnspector de
Guardia'
por circular, incluir en la página web del organismo y pase a
la
4..- Difundir
Inspección Técnica para su conocimiento y efectos'o
Saludamos a usted atentamente'
Mtro ui"MJo*.u,
Pro Sedrb/ario
mcm/jf