Este documento proporciona instrucciones adicionales sobre el proceso de selección de directores y directoras de centros educativos en Andalucía. Explica que cuando no haya candidatos o la comisión de selección no elija a nadie, el delegado provincial nombrará temporalmente a un profesor con experiencia. También cubrirá temporalmente la dirección cuando el director renuncie, se incapacite o sea revocado. En casos excepcionales, como escuelas aisladas, el delegado puede proponer un nombramiento excepcional hasta
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n.MO. SR. DELEGADO PROVINCIAL DE
Ref.: 03.5- JC/AB EDUCACIÓN
Asunto: Ampliación Instrocciones
selección Directores y Directoras.
Ante las consultas planteadas por las Delegaciones Provinciales de la
Consejería de Educación en relación con el proceso de selección de directores y
directoras regulado por el Decreto 59/2007, de 6 de marzo, le comunico lo
siguiente:
1.- El artículo 1.1. del Decreto citado regula la selección, formación iquot;icia1,
nombramiento, evaluacl6n, reconodmiento y consolIdación parcial del
complemento específico de loS Directores y Directoras de los Centros Docentes
Publrcos dependientes de la Consejería de Educación.
2.- Con car'ct.r g8neral, se establece que será nombrada, por la
persona titular de la Delegación Provincial, director o directora la persona que
reuniendo los requisitos estableddos en el artículo 3 del citado Decreto sea
seleccionada y propuesta por la comisión de selección.
3. -En los centros docentes públicos de nueva creación, en ausencia de
candidaturas o cuando la Comlsl6n de Selecd6n no haya seleccionado ninguna
candidatura, la persona titular de la Delegacl6n Provincial, nombrará con
car'ct.r extraordinario director o directora, por un periodo de cuatro años,
a un profesor o profesora funclonarto, con destino en otro centro docente y que
cuente con la experiencia de al menos dos años en el ejercicio de la dirección,
de conformidad con el artículo 15.1 del citado Decreto.
4.- Asimismo, en el artículo 14 del citado Decreto se establece que la
persona titular de la Delegación Provincial nombrar-á a un Director o Directora
en funciones, que ejercerá el cargo hasta que, concluido el siguiente
procedimiento de selecci6n, se produzca el nombramiento de un nuevo Director
o Directora, en loS siguientes supuestos:
a) Finalización del periodo para el que fue nombrado y, en su caso, de la
prórroga del mismo (sin que haya sido nombrado un nuevo director o
directora por el procedimiento general o con carácter extraordinario).
b) Renuncia motivada aceptada por la persona titular de la Delegación
Provincial correspondiente de la Consejería de Educación.
c} Incapacidad físiquot;ca o psfquica sobrevenida.
d) Revocación motivada por la persona titular de la Delegación Provincial
correspondiente de la Consejería de Educación, a iniciativa propia o a
propuesta motivada del Consejo escolar por incumplimiento grave de
las funciones inherentes al cargo de director O directora.
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5.~ No obstante- todo IQ~-ariterlo-i;-- pueden existir detenT1inadas
crrCUnstanclas en las que no sea posible el nombramiento de un Director o
Directora en los tém1inos estableddos en el Decreto 59/2007, de 6 de marzo, y
relacionados más arrfba, por tratarse de centros ubicados en localidades de
zonas geográficas muy aisladas o por otros motivos excepcionales. En este
caso, el Delegado o Delegada Provincial propondr' a la persona titular de la
Dirección General de Ordenación y Evaluación Educativa ., nombramiento
excepcional como Director o Directora de una persona que ejercerá sus
funciones hasta que, conduido el siguiente proced1miento de selección, se
produzca el nombramiento de un nuevo Director o Directora. la propuesta del
Delegado o Delegada Provincial deberá ser motivada y en la misma se
recogerán las causas por las que no ha sido posible la cobertura del puesto de
Director o Directora en los términos establecidos en el Decreto citado y las
actuaciones realizadas al respecto.
Se lo comunico para su conocimiento y traslado a los servicios
correspondientes.
LA DIRECTORA DE ORDENACIÓN
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TIt. 955064000 Fax: ~16. 41~ Sevilla
27/86/87 18:59 Pg 3
rec. de: