Este documento es un pagaré por $100.000.000 a favor de Mariana Caballero, a pagarse en cuotas mensuales de $3.000.000 cada una, con intereses del 3% mensual. Distribuidora LTDA se compromete a pagar la deuda en la ciudad de Bogotá y en caso de mora, se aplicarán intereses a la tasa máxima legal. El primer pago se hará el 20 de junio de 2011 y así sucesivamente cada mes.
1. PAGARE
LUGAR Y FECHA DE FIRMA: 20 de junio de 2011
PAGARE NÚMERO: 001
VALOR: $100.000.000
INTERESES DURANTE EL PLAZO: 3% mensual
INTERESES DE MORA: 3% mensual
PERSONA A QUIEN DEBE HACERSE EL PAGO: Mariana Caballero
LUGAR DONDE DEBE EFECTUARSE EL PAGO: Bogotá
DEUDORES: Distribuidora LTDA.
Identificación cc, NIT: 34.564.789
Declaramos PRIMERA. –OBJETO: que por virtud del presente título valor pagare
(mos) incondicionalmente, a la orden de
__ _______________________________________________________________
O a quien represente sus derechos, en la ciudad y dirección indicados, en las
fechas de amortización por cuotas señaladas en la cláusula tercera de este
pagare, la suma de cien millones de pesos ($100.000.000), más los intereses
señalados en la cláusula segunda del documento. SEGUNDA.-INTERESES: que
sobre la suma debida reconoceré (mos) intereses.
Equivalentes al _____tres________ por ciento (3 %) mensual, sobre el capital o su
saldo absoluto. En caso de mora reconoceré (mos) intereses a la tasa máxima
legal autorizada. TERCERA.-PLAZO: que pagare (mos) el capital indicado en la
cláusula primera y sus intereses mediante cuotas mensuales y sucesivas
correspondiente cada una a la cantidad de tres millones ($3.000.000).
El primer pago lo efectuare (mos) el día: __veinte_____ (20) del mes
de__junio____, del año___dos mil once ( 2011 )
Y así sucesivamente en ese mismo día de cada mes. CUARTA.-CLAUSURA
ACELERATORIA: el tenedor podrá declarar vencidos la totalidad de los plazos de
esta obligación o de las cuotas que constituyan el saldo o del debido y exigir su
pago inmediato ya sea judicial o extrajudicialmente, cuando el (los) deudor (es)
entre (n) en mora o cumplan (n) una cualquiera de las obligaciones derivadas del
presente documento. QUINTA.-IMPUESTO DE TIMBRE: el impuesto de timbre de
2. este documento si se causare será de cargo única y exclusivamente del (los)
deudor (es).
En constancia de lo anterior, se suscribe este documento el día 20 de junio de
2011.
OTORGANTES:
DEUDOR DEUDOR
____DISTRIBUIDORA LTDA._____ ___________________________
C.C. O Nit No 900.275.140-8 C.C. O Nit No
CODEUDOR CODEUDOR
Mariana Caballero
______________________________ ____________________________
C.C. O Nit. No 34.564.789
C.C. O Nit. No