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APORTES PARA UNA
DISCUSIÓN SOBRE EL NUEVO
ENTE PARA FORMACIÓN EN
EDUCACIÓN
IUDE/UNED
Comisión de Asuntos
Académicos del CEIPA
ipa.asac@gmail.com
comisionasac.blogspot.com
1
Índice:
Fragmento de proclama………………………………………………………………………………….….3
Antecedentes históricos………………………………………………………………………………….….4
Análisis de los nuevos proyectos:
-Disposiciones generales………………………………………………………………………..5
-Organización.……………….……………………………………………………………………….6
-Proyecto de la oposición………………………………………………..…………..7
-Proyecto del Frente Amplio………………………………………………………..9
Conclusiones Generales…………………………………………………………………………….……..14
Organigrama de nuestra propuesta……………………………………………………………..……15
Adjuntos:
Anteproyecto del MEC (2012)
Anteproyecto de la oposición (2013)
Anteproyecto del frente amplio (2013)
Insumos para un proyecto de ley orgánica de los gremios estudiantiles (2012)
2
Fragmento de la Proclama del 14 de Agosto de 2013
“Los estudiantes estamos convencidos que el camino es otro. Es el camino de dignificar
nuestra educación pública, de dotarla de los recursos necesarios, de dotarla de
autonomía y cogobierno real, histórica reivindicación del movimiento popular, único
camino de construcción de una educación transformadora de cara al pueblo.
Es así que construimos propuesta educativa, como lo hicimos el pasado congreso Julio
Castro y el encuentro popular de educación, celebrado el mes pasado. Como hicimos
durante estos últimos años, elaborando una propuesta alternativa para una Ley
Orgánica para el futuro ente de Formación en educación. Donde trabajadores y
estudiantes demostramos que hay ideas, que hay proyecto, que hay alternativas reales
que no se agotan en una pancarta.
Han pasado 45 años de los asesinatos impunes, han pasado 55 años desde la
consagración del único proyecto educativo popular y democrático que se ha
concretado en nuestro país, con la Ley Orgánica de Nuestra Universidad… La que
forma, la que investiga, la que se extiende a nuestro pueblo. Sin embargo, parece que
quienes defendían antes nuestra Universidad se olvidan hoy de sus principios
fundamentales de Autonomía y Cogobierno, proponiendo leyes que no respetan los
debates dados en conjunto, y obviando las propuestas estudiantiles. Somos estudiantes
y estamos en lucha, ¡tenemos críticas y tenemos propuestas!
No aceptaremos un proyecto que no establezca en sus fines la libertad de catedra, la
gratuidad, la libertad de acceso y opinión, la laicidad. No aceptaremos un ente que NO
garantice que las decisiones sean debatidas y tomadas únicamente por aquellos que
estudian y trabajan en el espacio educativo. No nos conformamos con consejos
consultivos, queremos tener voz y voto. NO aceptaremos un ente que incluya actores
externos en sus cúpulas. No queremos una estructura burocrática, que bajo la consigna
de regionalización (que no tiene fundamento pedagógico) nos quite incidencia de los
ámbitos resolutivos. Queremos paridad de órdenes y la integración de los trabajadores
como cuarto orden al cogobierno. ¡Y que conste, compañeros, que estamos hablando
de los proyectos de IUDE y UNED! Tenemos un proyecto propio. Este país necesita que
los educadores se formen en una institución comprometida con el país en el que vive,
con su sociedad. Por eso compañeros, reclamamos que se escuche la discusión
programática emanada del pueblo.”
Movimiento estudiantil
3
ANTECEDENTES HISTÓRICOS:
La discusión sobre donde debe estar inserta la formación en educación se da desde
hace bastante tiempo. Por lo pronto, el último gran debate sobre esto se dio en el
debate educativo, de cara al congreso nacional de educación maestro julio castro. El
congreso resolvió que le interesaba que la formación de educadores se insertara
dentro de la ANEP (una ANEP distinta, autónoma y cogobernada) como cuarto
desconcentrado.
La Ley General de educación del 2008 crea en sus artículos 84, 85 y 86 al IUDE
(Instituto Universitario de Educación). Para lo cual convocan a una Comisión de
Implantación, en donde la ANEP, la UdelaR, el INAU y el Ministerio discutan
una estructura orgánica y académica para el futuro IUDE.
Luego de eso, el Poder Ejecutivo debía presentar un ante-proyecto de Ley Orgánica
que tomara los insumos de la comisión de implantación, para que fuera aprobado en
el parlamento nacional.
Como transición se crea al CFE (consejo de formación en educación) pasando de
formar parte de una dirección a un desconcentrado, que permitiera sentar las bases
para un instituto universitario. Como novedad se incluye a la formación de los
educadores sociales dentro de la órbita de la ANEP, dejando de perteneces al INAU.
La comisión de Implantación se reunió entre 2009 y 2010, en donde además de
participar un miembro de cada organismo se invitaron a docentes, estudiantes,
académicos, etc. Esta comisión elabora un documento en donde establecen la
estructura académica y curricular que estiman conveniente para el futuro IUDE.
A su vez, los gremios estudiantiles enviaron un anexo, en donde establecía cual era
para ellos la estructura ideal para el futuro ente autónomo
En mayo del año pasado (un poco después de lo establecido en la ley de educación) el
Ministerio de Educación y Cultura envía al parlamento un ante-proyecto de
ley orgánica, que teóricamente toma como insumo las resoluciones de la comisión
implantación, aunque de hecho no lo hace.
Para este momento la ATD Nacional (Asamblea Técnico Docente) ya había redactado
su propia propuesta, lo mismo que el senador Bordaberry.
Al observar que el proyecto de ley elaborado por el ministerio no se acercaba a
establecer las condiciones mínimas de un IUDE verdaderamente autónomo y
cogobernado, los gremios estudiantiles (AEES, CEM, CEIPA, FEUU) se reunieron a
elaborar una propuesta propia, utilizando como insumos el Congreso Nacional de
4
Educación, el Anexo 4 del Informe final de la comisión de implantación, la Ley Orgánica
de la UdelaR y diversos acuerdos previos.
En base a la inmensa cantidad de críticas recibidas al proyecto de ley del MEC, el
ministerio reunió un grupo de trabajo integrado por representantes de todos los
partidos políticos para elaborar un nuevo proyecto de ley orgánica. Este grupo logró
ponerse de acuerdo en lo referido a fines y principios para una Universidad Nacional
de Educación (UNED). No así en estructura. En base a eso, el miércoles 7 de agosto se
presentaron a la comisión de educación de la cámara de diputados 2 nuevos
anteproyectos de ley, uno del frente amplio, y otro de acuerdo de la oposición.
ANALISIS DE LOS NUEVOS PROYECTOS:
Disposiciones generales:
Dado que ambos surgen del seno de la misma comisión, que de hecho se puso de
acuerdo para la redacción del capítulo 1 de la Ley, analizaremos esa parte en general,
para luego diferenciar según las estructuras que plantea cada uno de los proyectos.
Cuando el año pasado analizábamos el proyecto de ley del MEC decíamos que nos
preocupaba que no se creara un IUDE que se vinculara y comprometiera con la
sociedad en la que vive. Hacíamos la comparación con la ley orgánica de la UdelaR y en
su artículo dos, y decíamos que era necesario que se incluyeran algunos puntos, como
el “contribuir al estudio de los problemas de interés nacional” y “defender los
principios de justicia, libertad, bienestar social, los derechos de la persona humana y la
forma democrático-republicana de gobierno”.
También expresábamos nuestra preocupación porque no se establecieran los derechos
fundamentales de la educación, y sus principales principios, como la gratuidad,
laicidad, libertad de cátedra, de acceso, etc. más allá de una referencia a los fines,
orientaciones generales y principios de la ley general de educación.
Si observamos los artículos 2, 3 y 4 de los dos nuevos proyectos de ley, podemos
observar que ha habido un avance en lo que son los fines y cometidos. Dentro del
artículo de fines se incluyen los puntos del artículo 2de laUdelaR que a nosotros nos
parecía importante que se incluyera, y sobre los cometidos, se extiendenhacia un
proyecto educativo que se vincule con el país. Esto nos parece absolutamente positivo
y destacable.
Se puede observar un intento de fomentar la integración entre los distintos entes, y las
convergencias curriculares que habiliten a la movilidad. Como observación, se podría
añadir en el inciso “h” la convergencia de los programas curriculares con los de la
ANEP, ya que la mayoría de los egresados de la UNED trabajarán como educadores en
la enseñanza formal de nivel primario y secundario. Nos preocupa igualmente los
incisos i y j de los proyectos, en donde se habla de la evaluación ya que se deja abierta
5
la puerta a la evaluación externa, y plantea que se promoverá la formación en lenguas
extranjeras, cosa que debería ser por lo menos discutida.
Nos sigue preocupando la omisión a los principios y orientaciones generales de la
educación. Los nuevos proyectos vuelven a hacer mención a las “definiciones, Fines y
Orientaciones Generales de la educación del título I de la Ley 18.437”. Si bien nosotros
nos hemos posicionado repetidamente en contra de la ley general de educación, no lo
hicimos por lo que establecía en esas orientaciones, sino porque cuando estructuraba
el sistema nacional de educación, no las respetaba. En ese sentido, no sería un
problema que se estableciesen esas definiciones, si se explicitaran.
La ley general de educación, en su título I, establecen que la educación es un derecho
humano fundamental, un bien público, regido por los principios de universalidad,
inclusión, participación, libertad de enseñanza, libertad de cátedra, gratuidad,
laicidad e igualdad de oportunidades. En líneas generales, si bien mejoraríamos la
redacción de algunas de esas definiciones, no podemos ponernos en contra de esos
lineamientos. Lo que nos preocupa es precisamente que no vuelvan a ser enumerados
en nuestra futura ley orgánica. Uno de los principios del derecho es la derogación, es
decir, las leyes más recientes sustituyen a las más antiguas sobre el mismo tema. Por lo
tanto, si mañana se cambiara la ley de educación, nada nos garantiza que las
definiciones, fines y orientaciones generales sigan siendo esas. Por lo tanto, es
fundamental que en la ley orgánica del nuevo ente se diga que será gratuito, que
respetará la libertad de opinión y de cátedra, etc.
Otro punto que nos preocupa en relación a lo anterior, es que sólo se menciona al
título I de la ley generalde educación. Cuando uno la lee, observa que es en el título III
(Cuando habla del Sistema Nacional de Educación Pública) que se establecen los
principios de autonomía, coordinación y participación. En ese sentido, en ningún lugar
de los anteproyectos de la ley orgánica se establece que se regirá bajo los principios de
coordinación, y menos que será cogobernada en todos sus niveles.
Cabe destacar que ninguno de los proyectos incluyen el cuarto orden en ninguno de
sus organismos, ni de los resolutivos, ni de los asesores, ni siquiera sólo con voz. En ese
sentido, recordar que la inclusión de los trabajadores de la educación en el cuarto
orden de cogobierno es una reivindicación histórica del movimiento estudiantil. Son la
pata administrativa de cualquier ente, son quienes tienen más permanencia en ñas
instituciones, y son quienes pueden aportar más y mejor en la organización de planes
de estudio, reglamentos, ordenanzas, etc.
Organización:
Dado que fue en este punto que los distintos partidos políticos no lograron hacer
acuerdo, analizaremos cada uno por separado. En primer lugar comentaremos el
6
proyecto de la oposición, para luego analizar el del frente amplio en comparación al
anterior proyecto del MEC.
• Anteproyecto de la Oposición:
En lo que es la exposición de motivos del proyecto, se plantea que les “orienta el
objetivo de crear una Universidad pública y autónoma, que pueda autorregularse. La
estructura organizacional de la misma permite un funcionamiento adecuado sin caer
en una sobrerregulación de detalle impropio de una Universidad autónoma. De igual
forma se evita la definición de una estructura excesivamente burocratizada que impida
un funcionamiento flexible y eficaz. Para su integración se propone una organización
en tres niveles: nacional, regional y local.”
Sin embargo, una primer lectura del proyecto nos hace ver una compleja estructura
burocrática, bastante cerrada en sus órganos de dirección, con varias comisiones
asesoras y consultivas que se superponen, haciendo que efectivamente quienes
decidan sean unos pocos, y generando un manto de “participación” completamente
improductivo.
El artículo 8 de este proyecto establece que:
“La Universidad de Educación estará dirigida por un Consejo Directivo Central y por un
Rector que lo presidirá.
A su vez se integrará un Consejo Asesor y Consultivo compuesto por los Coordinadores
Regionales y los Directores de los Centros Universitarios de Educación.
Los Centros Universitarios de Educación serán las unidades académicas y
administrativas para el cumplimiento de las funciones de enseñanza, investigación y
extensión, las que estarán dirigidas por un Equipo de Dirección (Director y Subdirector
eventualmente) designado por el Consejo Directivo Central de acuerdo con las
resultancias de los concursos públicos convocados por éste.
Se establecerán Regionales Académicas de acuerdo con las regiones que
oportunamente defina el Consejo Directivo Central, funcionando en cada una
Coordinación Regional.”
Cabe destacar que los únicos organismos resolutivos son el CDC, el coordinador
regional, y el director de centro, cada uno de los cuales cuenta con una (o más de una)
comisión asesora y consultiva.
Es importante igualmente comentar que en CDC estará integrado por 7 miembros, 3
designados por el presidente de la república con venia parlamentaria, un miembro por
orden (estudiante, docente y egresado) electos por voto secreto y obligatorio de todo
7
Preside
Asesora
Asesora Asesora
Asesora Asesora
Asesora
el orden, y un coordinador regional, electo por sus pares. El CDC será presidido por un
rector, también designado por el Ejecutivo y con venia parlamentaria, que tendrá voto
doble en caso de empate. Participarán sin voto un CAC (consejo asesor y consultivo)
integrado por los demás coordinadores regionales y los directores de centro.
Tanto los coordinadores regionales, como los directores de centro (y los subdirectores
si se consideran pertinentes) serán designados por el CDC, a través de concurso
público.
A nivel de centro existirá un CAC con la más amplia participación. Existirá también a
nivel tanto regional como nacional comisiones asesoras de formación y departamentos
académicos, también con la más amplia integración.
Para intentar explicar una estructura“excesivamente burocratizada que impid[e] un
funcionamiento flexible y eficaz” incluiremos un organigrama.
8
CDC
-3 personas designadas por el
ejecutivo
-1 persona por orden (docente,
egresado y estudiante)
-1 coordinador regional
RECTOR
Designado por el poder ejecutivo
Comisiones asesoras de
formación y carreras
Universitarias
La más amplia integración
Departamentos
académicos
Consejo Asesor y
consultivo
Coordinadores regionales
Directores de centro
REGIONAL ACADÉMICA
Coordinador regional
(Habrá 6)
DepartamentoAcadé
mico
Comisión consultiva
regional
Directores de centro
Designa
Centro Universitario
de educación
Director
Subdirector
CAC
Representantes de
los órdenes
Reunión de
coordinadores
De más está decir que esta estructura no garantiza en absoluto un funcionamiento
eficaz participativo, que no es cogobernada, ni autónoma, y que no nos parece que
sea la indicada para un futuro ente educativo.
Nos preocupa no solamente la cantidad de organismos asesores, sino que la mayoría
de sus integrantes se establecen “a regular” por el CDC. Esto se aplica a cualquier
proyecto de ley que exista o pueda llegar a existir. La preocupación va por el lado de
que el 1º CDC que asuma la dirección del nuevo ente será el actual CFE, consejo que
tiene una integración que no garantiza la real incidencia de los órdenes, dejando a los
egresados por fuera, y a los docentes y estudiantes en minoría, en relación a tres
miembros designados por el ejecutivo. Por lo tanto, todas las cuestiones operativas y
las primeras ordenanzas no se realizarán por los órdenes (más allá de que en este
proyecto en concreto no están muy representados) sino por los miembros designados
por el ejecutivo, por lo que la autorregulación que se plantea en la exposición de
motivos no lo es tal.
• Anteproyecto del Frente Amplio:
Sobre la organización de la UNED que plantea el frente amplio, vemos que ha
avanzado (en relación a lo planteado por el MEC hace más de un año) en lo que
respecta a la autonomía. Se elimina del consejo directivo a la ANEP y la UdelaR, lo que
por lo menos garantizaría la independencia de este nuevo ente de las otras
instituciones ya existentes, y lo pondría en igualdad de condiciones para coordinar.
Lamentamos no poder decir lo mismo en lo que respecta a cogobierno. Por las dudas
que sea necesario, es importante que recordemos que entendemos que “el
Cogobierno debe ser una construcción de base, de abajo hacia arriba, en cada centro
de estudio. En cada instituto de educación deben existir ámbitos cogobernados, que
vayan tejiendo el entramado institucional del I.U.D.E. Los órganos de conducción deben
tener una participación paritaria de los órdenes (docentes, estudiantes, egresados y
funcionarios no docentes).” (Convención del CEIPA, 2011). Lo aclaramos precisamente
porque este concepto, al igual que el de autonomía, ha sido usado de cualquier forma,
y completamente distorsionado.
En el artículo 7 de este proyecto, en lo que respecta a la organización plantea:
“Los órganos de la Universidad de Educación son:
a) Con competencia nacional: el Consejo Directivo Nacional, el Rector y la Asamblea
Nacional;
b) Con competencia nacional de base funcional: las Coordinaciones Nacionales de
Formación;
c) Con competencia regional: los Consejos Regionales y los Directores Regionales.”
9
Esto ya nos da la pauta a la poca trascendencia que se le da a los centros, y como,
desde esa estructura, la participación se da “de arriba para abajo” y no al revés. Como
esto es precisamente lo que nos preocupa, haremos el análisis de la estructura que se
plantea desde los centros, para finalmente llegar al consejo directivo.
Sobre los centros:
Como se plantea en el artículo 22, “Los Centros Universitarios de Formación en
Educación serán unidades administrativas y académicas que cumplan las funciones de
enseñanza, investigación y extensión; los mismos serán definidos por el Consejo
Directivo Nacional.” Para estos Centros se designará un director desde el Consejo
Directivo Nacional.
Además tendrá un Consejo Asesor y Consultivo (CAC), cuya organización será definida
luego de instalado el nuevo ente, con “una integración amplia ya que estarán
representadoslos docentes, egresados y estudiantes”. Debemos necesariamente
discrepar con ese concepto. Nosotros entendemos que somos los órdenes quienes
debemos dirigir el ente, por lo que no podemos hablar de amplias representaciones si
se nos da un espacio de carácter consultivo. Es más, nos parece una participación
bastante reducida, ya que no plantea por ejemplo la participación de los funcionarios.
Por otro lado, el CAC (como lo dice su nombre) “tendrá como cometido asesorar a la
Dirección del Centro sobre los aspectos académicos y de funcionamiento general del
centro y sobretodoslos asuntos que la Dirección solicite su procedimiento”.
La ley general de educación (que recordemos, es rechazada por los gremios
estudiantiles y la mayoría de los sindicatos), plantea vagamente en su artículo 28 “se
promoverá el cogobierno en los ámbitos que corresponda, atendiendo los diferentes
ámbitos y niveles educativos”. Sobre el nivel, nos parece que en un nivel terciario, y
más si pretende ser universitario, no debería cuestionarse la necesidad, y la capacidad
de conducir el centro cogobernadamente. Sobre el ámbito, consideramos que es desde
la base que se construye la participación y el cogobierno. Lo mínimo que debería
plantearse es un consejo de centro, integrado por los 4 órdenes, que tengan la
potestad de definir sobre lo organizativo, administrativo, político y académico que se
requiera en cada instituto. Recordemos que actualmente los institutos de formación
en educación nos regimos por direcciones, y que hasta hace un par de años funcionaba
un CAC. Esa estructura, es una estructura que cuando hubo que debatirla se la
categorizó negativamente, y que de hecho es inaceptable hasta para un liceo.
Sobre los regionales:
Este nuevo proyecto (al igual que el anterior del MEC), plantea una fuerte presencia de
organismos regionales; un consejo regional y un director regional.
10
Antes que hacer críticas, debemos cuestionarnos un par de puntos. En primer lugar, si
la integración del Consejo Regional (CR) es de una persona por orden, (electas por voto
secreto de todos los habilitados a votar en la región) y habrá un director regional
electo por asamblea nacional a propuesta del consejo, ¿de qué manera se vinculan los
centros con el CR? Si el argumento para generar regionales es el de permitirle a los
centros trabajar en conjunto ¿Por qué el consejo tiene una integración tan acotada, y
no hay, en ningún órgano de dirección representación de los centros? ¿o se considera
suficiente que el CR pueda “convocar y reunir con carácter consultivo a los Directores”?
Y por último, si todos quienes integran el CDN serán de carácter honorario (a
excepción del rector), ¿por qué el actual CFE al que “el marco jurídico vigente
asigna(…), el diseño de la estructura organizacional que requerirá el Instituto
Universitario de Educación, para cumplir con los cometidos asignados” está generando
una estructura de cargos de carácter regional y nacional, pagos, para esta rendición de
cuentas?
Sobre lo anterior, nuestra respuesta es que la regionalización como está planteada es
una estructura burocrática que lo que hace es quitarle incidencia a los centros. No
encontramos fundamento pedagógico para regionalizar. Es decir, si estamos formando
educadores con un plan único, para ejercer en el SNEP, que es de carácter nacional,
académicamente, las regionales no tienen fundamento. Desde el punto de vista
administrativo, si los centros son cogobernados, y se manejan con la suficiente
autonomía (que por el desgaste y mal uso de la palabra hay que aclarar, que no es la
misma autonomía que la del ente en general) basta con ámbitos de coordinación para
cumplir con las atribuciones que se les plantea al CR y al Director Regional. Desde una
perspectiva política, las decisiones deben tomarse desde los centros, y por lo tanto una
dirección intermedia no es necesaria.
Es importante en este caso, que tengamos en cuenta que el GRE (Grupo de Reflexión
sobre Educación) también se pronunció en contra de la regionalización, cuando se
presentaron el 15 de mayo de este año a la comisión de educación del parlamento a
aportar a esta discusión, y en relación al anterior proyecto del MEC. “Quizás el
problema más grave del proyecto de ley del Poder Ejecutivo es el que tiene que ver con
lo que a veces llama regiones y a veces regionales. El GRE propone eliminar la
estructura en regiones, porque la estructura de coordinación interna de loscentros que
integren la nueva universidad debería ser dejada en manos de sus autoridades y tener
ductilidad para ser cambiada cuando sea necesario. Imponer por ley una estructura
nueva y rígida sería un grave error que no le permitiría adecuarse a nuevos desafíos a
esta universidad.
Además, la estructura en regiones significará un debilitamiento de los institutos y
centros actuales(…) La estructura en regiones implica un desbalance en la
representatividad de los órganos centrales de la nueva universidad, porque hace pesar,
fundamentalmente, un criterio regional.(…)”
11
Sobre los organismos funcionales:
El proyecto plantea la existencia de una coordinación nacional de formación que es el
órgano de planificación y dirección académica de cada formación, y comisiones
asesoras de formación con una “integración amplia”.
Nos confunde un poco el término “coordinación nacional” ya que la integración de esa
coordinación es solamente la de una persona, que es el coordinador. Si con el
anteproyecto del MEC decíamos que nos preocupaba que el coordinador regional
fuera superpoderoso, ahora debemos decir que el Coordinador nacional de formación
tendría que serlo para poder abarcar lo que se le asigna, sin percibir salario. Y
nuevamente, se incluye comisiones asesoras al servicio de personas, que son quienes
efectivamente definen. No se puede dejar la aprobación de los programas a una sola
persona. Los programas deben ser elaborados y discutidos colectivamente, y aproados
en ámbitos en donde todos los órdenes estén representados.
Sobre los organismos nacionales:
Para intentar ser breves, decir que el CDN estará integrado por 2 personas por cada
uno de los órdenes, así como un rector electos por asamblea, y los 6 directores
regionales. Y que además existirá una asamblea nacional, con 5 miembros por orden
por regional. Esta asamblea deberá reunirse una vez al año en forma ordinaria.
En este caso debemos decir que nos preocupa la integración de la asamblea nacional.
Nada garantiza que todos los centros estén representados en los organismos de
dirección nacional. Las asambleas nacionales deben llevar representantes de los
distintos ámbitos, para que todos se vean representados. Claramente, eso sólo puede
lograrse si la representación y la participación se da desde las bases, cosa que como
hemos visto no se plantea. Además, debemos comentar que el hecho de que la
asamblea se reúna una vez al año es simbólico.
Por otro lado, en este caso debemos destacar un avance respecto a la anterior
propuesta del MEC, en que quienes integran el consejo Directivo por los órdenes sean
electos en asamblea. Nosotros somos partidariosde ladesignación desde lasdiscusiones
colectivas,por lo que eso nos parece correcto.
Incluiremos También ahora un organigrama, para intentar representar gráficamente la
estructura que acabamos de criticar.
12
13
CDN
Rector
2 miembros por cada orden
6 directores regionales
Asamblea Nacional
5 miembros por orden
por región (electos
por voto secreto y
obligatorio)
Coordinación nacional de
formación
Coordinador nacional
(electo por CDN)
Comisión asesora por
formación
Integrada por los
órdenes
Consejo regional
Director regional (electo
en asamblea nacional)
1 miembro por orden
(electos por voto secreto
y obligatorio)
Centro Universitario de Formación en
Educación
Director (electo por concurso)
Consejo Asesor y Consultivo
Integrado por los órdenes
elige
Elige y es
consultad
a
Elige
Es
consultad
a
Asesora
integra
asesora
CONCLUSIONES:
Como se fue viendo en el análisis anteriormente presentado, ninguno de los proyectos
de ley nos parecen buenos para un nuevo ente autónomo. Como estudiantes, no
podemos comprometernos con un instituto que no garantice la gratuidad, el libre
acceso, la libertad de cátedra, etc. Como estudiantes, seguimos insistiendo en la
autonomía y el cogobierno como principios necesarios y regentes de cualquier ente de
la enseñanza y más si pretende ser de carácter universitario.
Sorprende que con los discursos que se escuchan actualmente desde el poder político,
argumentando que es importante que este nuevo ente coordine con la Universidad, se
haga tan poco énfasis en la coordinación.
Sobre la organización, nos preocupa particularmente la insistencia que se pone desde
el poder político a la regionalización. Y demás, que esta viene en desmedro de un
posible cogobierno a nivel de centro. Tenemos que insistir también en que los
miembros de los consejos directivos sean electos por los órdenes, y no actores
externos de la institución.
Ante esta coyuntura, nosotros seguimos considerando que la propuesta organizacional
que mejor se adapta a las necesidades del futuro ente, que es fruto de las largas
discusiones dadas por el movimiento popular, de las reivindicaciones del movimiento
estudiantil es la de los gremios estudiantiles (que adjuntamos). En la misma,
planteamos una estructura que se funda en los centros, con asambleas de orden tanto
a ese nivel como a nivel nacional, de donde salen los delegados a los distintos ámbitos
de conducción, siendo estos la confluencia de las discusiones colectivas dadas por el
conjunto de los actores. Nos parece importante también destacar que le damos un
especial énfasis a la asamblea nacional, ámbito que tomará las resoluciones de
carácter político para el ente, siendo el CDN un órgano ejecutor.
Planteamos la necesidad de crear coordinaciones regionales, para atender
fundamentalmente a lo que es investigación y extensión, en coordinación absoluta con
la UdelaR, la ANEP, y la UTEC, así como con otros organismos del estado que se
considere pertinente a las distintas formaciones. Además, la existencia de Comisiones
por formación, que asesoren a los ámbitos resolutivos sobre todo lo que atañe a la
formación correspondiente.
14
15
CUDE
Electo por el consejo a
propuesta de los
órdenes
CONSEJO DE CENTRO
CONSEJO DIRECTIVO
NACIONAL-CDN (Función
ejecutiva)
13 miembros: 3 por orden más
DIRECTOR NACIONAL

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Aportes para la discusión

  • 1. APORTES PARA UNA DISCUSIÓN SOBRE EL NUEVO ENTE PARA FORMACIÓN EN EDUCACIÓN IUDE/UNED Comisión de Asuntos Académicos del CEIPA ipa.asac@gmail.com comisionasac.blogspot.com 1
  • 2. Índice: Fragmento de proclama………………………………………………………………………………….….3 Antecedentes históricos………………………………………………………………………………….….4 Análisis de los nuevos proyectos: -Disposiciones generales………………………………………………………………………..5 -Organización.……………….……………………………………………………………………….6 -Proyecto de la oposición………………………………………………..…………..7 -Proyecto del Frente Amplio………………………………………………………..9 Conclusiones Generales…………………………………………………………………………….……..14 Organigrama de nuestra propuesta……………………………………………………………..……15 Adjuntos: Anteproyecto del MEC (2012) Anteproyecto de la oposición (2013) Anteproyecto del frente amplio (2013) Insumos para un proyecto de ley orgánica de los gremios estudiantiles (2012) 2
  • 3. Fragmento de la Proclama del 14 de Agosto de 2013 “Los estudiantes estamos convencidos que el camino es otro. Es el camino de dignificar nuestra educación pública, de dotarla de los recursos necesarios, de dotarla de autonomía y cogobierno real, histórica reivindicación del movimiento popular, único camino de construcción de una educación transformadora de cara al pueblo. Es así que construimos propuesta educativa, como lo hicimos el pasado congreso Julio Castro y el encuentro popular de educación, celebrado el mes pasado. Como hicimos durante estos últimos años, elaborando una propuesta alternativa para una Ley Orgánica para el futuro ente de Formación en educación. Donde trabajadores y estudiantes demostramos que hay ideas, que hay proyecto, que hay alternativas reales que no se agotan en una pancarta. Han pasado 45 años de los asesinatos impunes, han pasado 55 años desde la consagración del único proyecto educativo popular y democrático que se ha concretado en nuestro país, con la Ley Orgánica de Nuestra Universidad… La que forma, la que investiga, la que se extiende a nuestro pueblo. Sin embargo, parece que quienes defendían antes nuestra Universidad se olvidan hoy de sus principios fundamentales de Autonomía y Cogobierno, proponiendo leyes que no respetan los debates dados en conjunto, y obviando las propuestas estudiantiles. Somos estudiantes y estamos en lucha, ¡tenemos críticas y tenemos propuestas! No aceptaremos un proyecto que no establezca en sus fines la libertad de catedra, la gratuidad, la libertad de acceso y opinión, la laicidad. No aceptaremos un ente que NO garantice que las decisiones sean debatidas y tomadas únicamente por aquellos que estudian y trabajan en el espacio educativo. No nos conformamos con consejos consultivos, queremos tener voz y voto. NO aceptaremos un ente que incluya actores externos en sus cúpulas. No queremos una estructura burocrática, que bajo la consigna de regionalización (que no tiene fundamento pedagógico) nos quite incidencia de los ámbitos resolutivos. Queremos paridad de órdenes y la integración de los trabajadores como cuarto orden al cogobierno. ¡Y que conste, compañeros, que estamos hablando de los proyectos de IUDE y UNED! Tenemos un proyecto propio. Este país necesita que los educadores se formen en una institución comprometida con el país en el que vive, con su sociedad. Por eso compañeros, reclamamos que se escuche la discusión programática emanada del pueblo.” Movimiento estudiantil 3
  • 4. ANTECEDENTES HISTÓRICOS: La discusión sobre donde debe estar inserta la formación en educación se da desde hace bastante tiempo. Por lo pronto, el último gran debate sobre esto se dio en el debate educativo, de cara al congreso nacional de educación maestro julio castro. El congreso resolvió que le interesaba que la formación de educadores se insertara dentro de la ANEP (una ANEP distinta, autónoma y cogobernada) como cuarto desconcentrado. La Ley General de educación del 2008 crea en sus artículos 84, 85 y 86 al IUDE (Instituto Universitario de Educación). Para lo cual convocan a una Comisión de Implantación, en donde la ANEP, la UdelaR, el INAU y el Ministerio discutan una estructura orgánica y académica para el futuro IUDE. Luego de eso, el Poder Ejecutivo debía presentar un ante-proyecto de Ley Orgánica que tomara los insumos de la comisión de implantación, para que fuera aprobado en el parlamento nacional. Como transición se crea al CFE (consejo de formación en educación) pasando de formar parte de una dirección a un desconcentrado, que permitiera sentar las bases para un instituto universitario. Como novedad se incluye a la formación de los educadores sociales dentro de la órbita de la ANEP, dejando de perteneces al INAU. La comisión de Implantación se reunió entre 2009 y 2010, en donde además de participar un miembro de cada organismo se invitaron a docentes, estudiantes, académicos, etc. Esta comisión elabora un documento en donde establecen la estructura académica y curricular que estiman conveniente para el futuro IUDE. A su vez, los gremios estudiantiles enviaron un anexo, en donde establecía cual era para ellos la estructura ideal para el futuro ente autónomo En mayo del año pasado (un poco después de lo establecido en la ley de educación) el Ministerio de Educación y Cultura envía al parlamento un ante-proyecto de ley orgánica, que teóricamente toma como insumo las resoluciones de la comisión implantación, aunque de hecho no lo hace. Para este momento la ATD Nacional (Asamblea Técnico Docente) ya había redactado su propia propuesta, lo mismo que el senador Bordaberry. Al observar que el proyecto de ley elaborado por el ministerio no se acercaba a establecer las condiciones mínimas de un IUDE verdaderamente autónomo y cogobernado, los gremios estudiantiles (AEES, CEM, CEIPA, FEUU) se reunieron a elaborar una propuesta propia, utilizando como insumos el Congreso Nacional de 4
  • 5. Educación, el Anexo 4 del Informe final de la comisión de implantación, la Ley Orgánica de la UdelaR y diversos acuerdos previos. En base a la inmensa cantidad de críticas recibidas al proyecto de ley del MEC, el ministerio reunió un grupo de trabajo integrado por representantes de todos los partidos políticos para elaborar un nuevo proyecto de ley orgánica. Este grupo logró ponerse de acuerdo en lo referido a fines y principios para una Universidad Nacional de Educación (UNED). No así en estructura. En base a eso, el miércoles 7 de agosto se presentaron a la comisión de educación de la cámara de diputados 2 nuevos anteproyectos de ley, uno del frente amplio, y otro de acuerdo de la oposición. ANALISIS DE LOS NUEVOS PROYECTOS: Disposiciones generales: Dado que ambos surgen del seno de la misma comisión, que de hecho se puso de acuerdo para la redacción del capítulo 1 de la Ley, analizaremos esa parte en general, para luego diferenciar según las estructuras que plantea cada uno de los proyectos. Cuando el año pasado analizábamos el proyecto de ley del MEC decíamos que nos preocupaba que no se creara un IUDE que se vinculara y comprometiera con la sociedad en la que vive. Hacíamos la comparación con la ley orgánica de la UdelaR y en su artículo dos, y decíamos que era necesario que se incluyeran algunos puntos, como el “contribuir al estudio de los problemas de interés nacional” y “defender los principios de justicia, libertad, bienestar social, los derechos de la persona humana y la forma democrático-republicana de gobierno”. También expresábamos nuestra preocupación porque no se establecieran los derechos fundamentales de la educación, y sus principales principios, como la gratuidad, laicidad, libertad de cátedra, de acceso, etc. más allá de una referencia a los fines, orientaciones generales y principios de la ley general de educación. Si observamos los artículos 2, 3 y 4 de los dos nuevos proyectos de ley, podemos observar que ha habido un avance en lo que son los fines y cometidos. Dentro del artículo de fines se incluyen los puntos del artículo 2de laUdelaR que a nosotros nos parecía importante que se incluyera, y sobre los cometidos, se extiendenhacia un proyecto educativo que se vincule con el país. Esto nos parece absolutamente positivo y destacable. Se puede observar un intento de fomentar la integración entre los distintos entes, y las convergencias curriculares que habiliten a la movilidad. Como observación, se podría añadir en el inciso “h” la convergencia de los programas curriculares con los de la ANEP, ya que la mayoría de los egresados de la UNED trabajarán como educadores en la enseñanza formal de nivel primario y secundario. Nos preocupa igualmente los incisos i y j de los proyectos, en donde se habla de la evaluación ya que se deja abierta 5
  • 6. la puerta a la evaluación externa, y plantea que se promoverá la formación en lenguas extranjeras, cosa que debería ser por lo menos discutida. Nos sigue preocupando la omisión a los principios y orientaciones generales de la educación. Los nuevos proyectos vuelven a hacer mención a las “definiciones, Fines y Orientaciones Generales de la educación del título I de la Ley 18.437”. Si bien nosotros nos hemos posicionado repetidamente en contra de la ley general de educación, no lo hicimos por lo que establecía en esas orientaciones, sino porque cuando estructuraba el sistema nacional de educación, no las respetaba. En ese sentido, no sería un problema que se estableciesen esas definiciones, si se explicitaran. La ley general de educación, en su título I, establecen que la educación es un derecho humano fundamental, un bien público, regido por los principios de universalidad, inclusión, participación, libertad de enseñanza, libertad de cátedra, gratuidad, laicidad e igualdad de oportunidades. En líneas generales, si bien mejoraríamos la redacción de algunas de esas definiciones, no podemos ponernos en contra de esos lineamientos. Lo que nos preocupa es precisamente que no vuelvan a ser enumerados en nuestra futura ley orgánica. Uno de los principios del derecho es la derogación, es decir, las leyes más recientes sustituyen a las más antiguas sobre el mismo tema. Por lo tanto, si mañana se cambiara la ley de educación, nada nos garantiza que las definiciones, fines y orientaciones generales sigan siendo esas. Por lo tanto, es fundamental que en la ley orgánica del nuevo ente se diga que será gratuito, que respetará la libertad de opinión y de cátedra, etc. Otro punto que nos preocupa en relación a lo anterior, es que sólo se menciona al título I de la ley generalde educación. Cuando uno la lee, observa que es en el título III (Cuando habla del Sistema Nacional de Educación Pública) que se establecen los principios de autonomía, coordinación y participación. En ese sentido, en ningún lugar de los anteproyectos de la ley orgánica se establece que se regirá bajo los principios de coordinación, y menos que será cogobernada en todos sus niveles. Cabe destacar que ninguno de los proyectos incluyen el cuarto orden en ninguno de sus organismos, ni de los resolutivos, ni de los asesores, ni siquiera sólo con voz. En ese sentido, recordar que la inclusión de los trabajadores de la educación en el cuarto orden de cogobierno es una reivindicación histórica del movimiento estudiantil. Son la pata administrativa de cualquier ente, son quienes tienen más permanencia en ñas instituciones, y son quienes pueden aportar más y mejor en la organización de planes de estudio, reglamentos, ordenanzas, etc. Organización: Dado que fue en este punto que los distintos partidos políticos no lograron hacer acuerdo, analizaremos cada uno por separado. En primer lugar comentaremos el 6
  • 7. proyecto de la oposición, para luego analizar el del frente amplio en comparación al anterior proyecto del MEC. • Anteproyecto de la Oposición: En lo que es la exposición de motivos del proyecto, se plantea que les “orienta el objetivo de crear una Universidad pública y autónoma, que pueda autorregularse. La estructura organizacional de la misma permite un funcionamiento adecuado sin caer en una sobrerregulación de detalle impropio de una Universidad autónoma. De igual forma se evita la definición de una estructura excesivamente burocratizada que impida un funcionamiento flexible y eficaz. Para su integración se propone una organización en tres niveles: nacional, regional y local.” Sin embargo, una primer lectura del proyecto nos hace ver una compleja estructura burocrática, bastante cerrada en sus órganos de dirección, con varias comisiones asesoras y consultivas que se superponen, haciendo que efectivamente quienes decidan sean unos pocos, y generando un manto de “participación” completamente improductivo. El artículo 8 de este proyecto establece que: “La Universidad de Educación estará dirigida por un Consejo Directivo Central y por un Rector que lo presidirá. A su vez se integrará un Consejo Asesor y Consultivo compuesto por los Coordinadores Regionales y los Directores de los Centros Universitarios de Educación. Los Centros Universitarios de Educación serán las unidades académicas y administrativas para el cumplimiento de las funciones de enseñanza, investigación y extensión, las que estarán dirigidas por un Equipo de Dirección (Director y Subdirector eventualmente) designado por el Consejo Directivo Central de acuerdo con las resultancias de los concursos públicos convocados por éste. Se establecerán Regionales Académicas de acuerdo con las regiones que oportunamente defina el Consejo Directivo Central, funcionando en cada una Coordinación Regional.” Cabe destacar que los únicos organismos resolutivos son el CDC, el coordinador regional, y el director de centro, cada uno de los cuales cuenta con una (o más de una) comisión asesora y consultiva. Es importante igualmente comentar que en CDC estará integrado por 7 miembros, 3 designados por el presidente de la república con venia parlamentaria, un miembro por orden (estudiante, docente y egresado) electos por voto secreto y obligatorio de todo 7
  • 8. Preside Asesora Asesora Asesora Asesora Asesora Asesora el orden, y un coordinador regional, electo por sus pares. El CDC será presidido por un rector, también designado por el Ejecutivo y con venia parlamentaria, que tendrá voto doble en caso de empate. Participarán sin voto un CAC (consejo asesor y consultivo) integrado por los demás coordinadores regionales y los directores de centro. Tanto los coordinadores regionales, como los directores de centro (y los subdirectores si se consideran pertinentes) serán designados por el CDC, a través de concurso público. A nivel de centro existirá un CAC con la más amplia participación. Existirá también a nivel tanto regional como nacional comisiones asesoras de formación y departamentos académicos, también con la más amplia integración. Para intentar explicar una estructura“excesivamente burocratizada que impid[e] un funcionamiento flexible y eficaz” incluiremos un organigrama. 8 CDC -3 personas designadas por el ejecutivo -1 persona por orden (docente, egresado y estudiante) -1 coordinador regional RECTOR Designado por el poder ejecutivo Comisiones asesoras de formación y carreras Universitarias La más amplia integración Departamentos académicos Consejo Asesor y consultivo Coordinadores regionales Directores de centro REGIONAL ACADÉMICA Coordinador regional (Habrá 6) DepartamentoAcadé mico Comisión consultiva regional Directores de centro Designa Centro Universitario de educación Director Subdirector CAC Representantes de los órdenes Reunión de coordinadores
  • 9. De más está decir que esta estructura no garantiza en absoluto un funcionamiento eficaz participativo, que no es cogobernada, ni autónoma, y que no nos parece que sea la indicada para un futuro ente educativo. Nos preocupa no solamente la cantidad de organismos asesores, sino que la mayoría de sus integrantes se establecen “a regular” por el CDC. Esto se aplica a cualquier proyecto de ley que exista o pueda llegar a existir. La preocupación va por el lado de que el 1º CDC que asuma la dirección del nuevo ente será el actual CFE, consejo que tiene una integración que no garantiza la real incidencia de los órdenes, dejando a los egresados por fuera, y a los docentes y estudiantes en minoría, en relación a tres miembros designados por el ejecutivo. Por lo tanto, todas las cuestiones operativas y las primeras ordenanzas no se realizarán por los órdenes (más allá de que en este proyecto en concreto no están muy representados) sino por los miembros designados por el ejecutivo, por lo que la autorregulación que se plantea en la exposición de motivos no lo es tal. • Anteproyecto del Frente Amplio: Sobre la organización de la UNED que plantea el frente amplio, vemos que ha avanzado (en relación a lo planteado por el MEC hace más de un año) en lo que respecta a la autonomía. Se elimina del consejo directivo a la ANEP y la UdelaR, lo que por lo menos garantizaría la independencia de este nuevo ente de las otras instituciones ya existentes, y lo pondría en igualdad de condiciones para coordinar. Lamentamos no poder decir lo mismo en lo que respecta a cogobierno. Por las dudas que sea necesario, es importante que recordemos que entendemos que “el Cogobierno debe ser una construcción de base, de abajo hacia arriba, en cada centro de estudio. En cada instituto de educación deben existir ámbitos cogobernados, que vayan tejiendo el entramado institucional del I.U.D.E. Los órganos de conducción deben tener una participación paritaria de los órdenes (docentes, estudiantes, egresados y funcionarios no docentes).” (Convención del CEIPA, 2011). Lo aclaramos precisamente porque este concepto, al igual que el de autonomía, ha sido usado de cualquier forma, y completamente distorsionado. En el artículo 7 de este proyecto, en lo que respecta a la organización plantea: “Los órganos de la Universidad de Educación son: a) Con competencia nacional: el Consejo Directivo Nacional, el Rector y la Asamblea Nacional; b) Con competencia nacional de base funcional: las Coordinaciones Nacionales de Formación; c) Con competencia regional: los Consejos Regionales y los Directores Regionales.” 9
  • 10. Esto ya nos da la pauta a la poca trascendencia que se le da a los centros, y como, desde esa estructura, la participación se da “de arriba para abajo” y no al revés. Como esto es precisamente lo que nos preocupa, haremos el análisis de la estructura que se plantea desde los centros, para finalmente llegar al consejo directivo. Sobre los centros: Como se plantea en el artículo 22, “Los Centros Universitarios de Formación en Educación serán unidades administrativas y académicas que cumplan las funciones de enseñanza, investigación y extensión; los mismos serán definidos por el Consejo Directivo Nacional.” Para estos Centros se designará un director desde el Consejo Directivo Nacional. Además tendrá un Consejo Asesor y Consultivo (CAC), cuya organización será definida luego de instalado el nuevo ente, con “una integración amplia ya que estarán representadoslos docentes, egresados y estudiantes”. Debemos necesariamente discrepar con ese concepto. Nosotros entendemos que somos los órdenes quienes debemos dirigir el ente, por lo que no podemos hablar de amplias representaciones si se nos da un espacio de carácter consultivo. Es más, nos parece una participación bastante reducida, ya que no plantea por ejemplo la participación de los funcionarios. Por otro lado, el CAC (como lo dice su nombre) “tendrá como cometido asesorar a la Dirección del Centro sobre los aspectos académicos y de funcionamiento general del centro y sobretodoslos asuntos que la Dirección solicite su procedimiento”. La ley general de educación (que recordemos, es rechazada por los gremios estudiantiles y la mayoría de los sindicatos), plantea vagamente en su artículo 28 “se promoverá el cogobierno en los ámbitos que corresponda, atendiendo los diferentes ámbitos y niveles educativos”. Sobre el nivel, nos parece que en un nivel terciario, y más si pretende ser universitario, no debería cuestionarse la necesidad, y la capacidad de conducir el centro cogobernadamente. Sobre el ámbito, consideramos que es desde la base que se construye la participación y el cogobierno. Lo mínimo que debería plantearse es un consejo de centro, integrado por los 4 órdenes, que tengan la potestad de definir sobre lo organizativo, administrativo, político y académico que se requiera en cada instituto. Recordemos que actualmente los institutos de formación en educación nos regimos por direcciones, y que hasta hace un par de años funcionaba un CAC. Esa estructura, es una estructura que cuando hubo que debatirla se la categorizó negativamente, y que de hecho es inaceptable hasta para un liceo. Sobre los regionales: Este nuevo proyecto (al igual que el anterior del MEC), plantea una fuerte presencia de organismos regionales; un consejo regional y un director regional. 10
  • 11. Antes que hacer críticas, debemos cuestionarnos un par de puntos. En primer lugar, si la integración del Consejo Regional (CR) es de una persona por orden, (electas por voto secreto de todos los habilitados a votar en la región) y habrá un director regional electo por asamblea nacional a propuesta del consejo, ¿de qué manera se vinculan los centros con el CR? Si el argumento para generar regionales es el de permitirle a los centros trabajar en conjunto ¿Por qué el consejo tiene una integración tan acotada, y no hay, en ningún órgano de dirección representación de los centros? ¿o se considera suficiente que el CR pueda “convocar y reunir con carácter consultivo a los Directores”? Y por último, si todos quienes integran el CDN serán de carácter honorario (a excepción del rector), ¿por qué el actual CFE al que “el marco jurídico vigente asigna(…), el diseño de la estructura organizacional que requerirá el Instituto Universitario de Educación, para cumplir con los cometidos asignados” está generando una estructura de cargos de carácter regional y nacional, pagos, para esta rendición de cuentas? Sobre lo anterior, nuestra respuesta es que la regionalización como está planteada es una estructura burocrática que lo que hace es quitarle incidencia a los centros. No encontramos fundamento pedagógico para regionalizar. Es decir, si estamos formando educadores con un plan único, para ejercer en el SNEP, que es de carácter nacional, académicamente, las regionales no tienen fundamento. Desde el punto de vista administrativo, si los centros son cogobernados, y se manejan con la suficiente autonomía (que por el desgaste y mal uso de la palabra hay que aclarar, que no es la misma autonomía que la del ente en general) basta con ámbitos de coordinación para cumplir con las atribuciones que se les plantea al CR y al Director Regional. Desde una perspectiva política, las decisiones deben tomarse desde los centros, y por lo tanto una dirección intermedia no es necesaria. Es importante en este caso, que tengamos en cuenta que el GRE (Grupo de Reflexión sobre Educación) también se pronunció en contra de la regionalización, cuando se presentaron el 15 de mayo de este año a la comisión de educación del parlamento a aportar a esta discusión, y en relación al anterior proyecto del MEC. “Quizás el problema más grave del proyecto de ley del Poder Ejecutivo es el que tiene que ver con lo que a veces llama regiones y a veces regionales. El GRE propone eliminar la estructura en regiones, porque la estructura de coordinación interna de loscentros que integren la nueva universidad debería ser dejada en manos de sus autoridades y tener ductilidad para ser cambiada cuando sea necesario. Imponer por ley una estructura nueva y rígida sería un grave error que no le permitiría adecuarse a nuevos desafíos a esta universidad. Además, la estructura en regiones significará un debilitamiento de los institutos y centros actuales(…) La estructura en regiones implica un desbalance en la representatividad de los órganos centrales de la nueva universidad, porque hace pesar, fundamentalmente, un criterio regional.(…)” 11
  • 12. Sobre los organismos funcionales: El proyecto plantea la existencia de una coordinación nacional de formación que es el órgano de planificación y dirección académica de cada formación, y comisiones asesoras de formación con una “integración amplia”. Nos confunde un poco el término “coordinación nacional” ya que la integración de esa coordinación es solamente la de una persona, que es el coordinador. Si con el anteproyecto del MEC decíamos que nos preocupaba que el coordinador regional fuera superpoderoso, ahora debemos decir que el Coordinador nacional de formación tendría que serlo para poder abarcar lo que se le asigna, sin percibir salario. Y nuevamente, se incluye comisiones asesoras al servicio de personas, que son quienes efectivamente definen. No se puede dejar la aprobación de los programas a una sola persona. Los programas deben ser elaborados y discutidos colectivamente, y aproados en ámbitos en donde todos los órdenes estén representados. Sobre los organismos nacionales: Para intentar ser breves, decir que el CDN estará integrado por 2 personas por cada uno de los órdenes, así como un rector electos por asamblea, y los 6 directores regionales. Y que además existirá una asamblea nacional, con 5 miembros por orden por regional. Esta asamblea deberá reunirse una vez al año en forma ordinaria. En este caso debemos decir que nos preocupa la integración de la asamblea nacional. Nada garantiza que todos los centros estén representados en los organismos de dirección nacional. Las asambleas nacionales deben llevar representantes de los distintos ámbitos, para que todos se vean representados. Claramente, eso sólo puede lograrse si la representación y la participación se da desde las bases, cosa que como hemos visto no se plantea. Además, debemos comentar que el hecho de que la asamblea se reúna una vez al año es simbólico. Por otro lado, en este caso debemos destacar un avance respecto a la anterior propuesta del MEC, en que quienes integran el consejo Directivo por los órdenes sean electos en asamblea. Nosotros somos partidariosde ladesignación desde lasdiscusiones colectivas,por lo que eso nos parece correcto. Incluiremos También ahora un organigrama, para intentar representar gráficamente la estructura que acabamos de criticar. 12
  • 13. 13 CDN Rector 2 miembros por cada orden 6 directores regionales Asamblea Nacional 5 miembros por orden por región (electos por voto secreto y obligatorio) Coordinación nacional de formación Coordinador nacional (electo por CDN) Comisión asesora por formación Integrada por los órdenes Consejo regional Director regional (electo en asamblea nacional) 1 miembro por orden (electos por voto secreto y obligatorio) Centro Universitario de Formación en Educación Director (electo por concurso) Consejo Asesor y Consultivo Integrado por los órdenes elige Elige y es consultad a Elige Es consultad a Asesora integra asesora
  • 14. CONCLUSIONES: Como se fue viendo en el análisis anteriormente presentado, ninguno de los proyectos de ley nos parecen buenos para un nuevo ente autónomo. Como estudiantes, no podemos comprometernos con un instituto que no garantice la gratuidad, el libre acceso, la libertad de cátedra, etc. Como estudiantes, seguimos insistiendo en la autonomía y el cogobierno como principios necesarios y regentes de cualquier ente de la enseñanza y más si pretende ser de carácter universitario. Sorprende que con los discursos que se escuchan actualmente desde el poder político, argumentando que es importante que este nuevo ente coordine con la Universidad, se haga tan poco énfasis en la coordinación. Sobre la organización, nos preocupa particularmente la insistencia que se pone desde el poder político a la regionalización. Y demás, que esta viene en desmedro de un posible cogobierno a nivel de centro. Tenemos que insistir también en que los miembros de los consejos directivos sean electos por los órdenes, y no actores externos de la institución. Ante esta coyuntura, nosotros seguimos considerando que la propuesta organizacional que mejor se adapta a las necesidades del futuro ente, que es fruto de las largas discusiones dadas por el movimiento popular, de las reivindicaciones del movimiento estudiantil es la de los gremios estudiantiles (que adjuntamos). En la misma, planteamos una estructura que se funda en los centros, con asambleas de orden tanto a ese nivel como a nivel nacional, de donde salen los delegados a los distintos ámbitos de conducción, siendo estos la confluencia de las discusiones colectivas dadas por el conjunto de los actores. Nos parece importante también destacar que le damos un especial énfasis a la asamblea nacional, ámbito que tomará las resoluciones de carácter político para el ente, siendo el CDN un órgano ejecutor. Planteamos la necesidad de crear coordinaciones regionales, para atender fundamentalmente a lo que es investigación y extensión, en coordinación absoluta con la UdelaR, la ANEP, y la UTEC, así como con otros organismos del estado que se considere pertinente a las distintas formaciones. Además, la existencia de Comisiones por formación, que asesoren a los ámbitos resolutivos sobre todo lo que atañe a la formación correspondiente. 14
  • 15. 15 CUDE Electo por el consejo a propuesta de los órdenes CONSEJO DE CENTRO CONSEJO DIRECTIVO NACIONAL-CDN (Función ejecutiva) 13 miembros: 3 por orden más DIRECTOR NACIONAL