Este documento propone la creación de un reglamento para el funcionamiento del eCongreso Peruano. El reglamento establece la organización del Congreso, los procedimientos para la presentación, debate y votación de proyectos de ley, y las funciones de la Mesa Directiva del Congreso y sus miembros. También cubre temas como la disciplina parlamentaria, la modificación de leyes y la constitución, y establece plazos y procedimientos para el trabajo congresal.
1. Reglamento del
eCongreso Peruano
A u g u s t o I
A b r i l - M a y o 2 0 1 3
Ley AFG1/Abr13
Proyecto de Creación de Ley
presentado por el Partido Perú
Unido
Se propone la creación de la reglamentación de las funciones del
eCongreso y de los Proyectos de Ley.
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TABLA DE CONTENIDO
Titulo I. Organización del Congreso................................................................................... 2
Capítulo I.- De La Mesa del Congreso...................................................................................................................................2
Sección A. Composición de la Mesa del Congreso....................................................................................................2
Sección B. Funciones de la Mesa del Congreso. ..............................................................................................................2
Sección C. Funciones del Presidente del Congreso. ........................................................................................................2
Sección D. FUNCIONES DE LOS VICEPRESIDENTES DEL CONGRESO. ...............................................................................2
Sección E. De la elección de la Mesa del Congreso .........................................................................................................3
Sección F. De la sustitución de los miembros la Mesa del Congreso...............................................................................3
Titulo II. De los proyectos de ley ......................................................................................... 3
Capítulo II.- De la presentación de los Proyectos de ley.......................................................................................................3
Sección G. Mociones de Censura.....................................................................................................................................4
Capítulo III.- De los Debates. ................................................................................................................................................4
Capítulo IV.- De Las Votaciones............................................................................................................................................4
Capítulo V.- De Las Publicaciones.........................................................................................................................................5
Capítulo VI.- De Los Plazos. ..................................................................................................................................................5
Titulo III. De La Disciplina Parlamentaria. ............................................................................ 5
Capítulo VII.- De la Disciplina Parlamentaria........................................................................................................................5
Titulo IV. Otras Disposiciones............................................................................................... 6
Capítulo VIII.- De La Modificación de leyes vigentes............................................................................................................6
Capítulo IX.- PROCEDIMIENTO PARA LA MODIFICACIÓN DE LA CONSTITUCIÓN.................................................................6
Capítulo X.- Leyes Ingame. ...................................................................................................................................................6
Bitácora ………………………………………………………………………………………………..7
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REGLAMENTO DEL CONGRESO
TITULO I. ORGANIZACIÓN DEL CONGRESO
CAPÍTULO I.- DE LA MESA DEL CONGRESO.
SECCIÓN A. COMPOSICIÓN DE LA MESA DEL CONGRESO.
Artículo 1.- La Mesa del Congreso es el órgano administrador del canal del Congreso.
Artículo 2.- La Mesa estará compuesta por el Presidente del Congreso, un vicepresidente y un secretario, elegidos
de acuerdo a la Sección E de este Reglamento.
Artículo 3.- El Presidente del Congreso dirige y coordina la acción de la Mesa.
SECCIÓN B. FUNCIONES DE LA MESA DEL CONGRESO.
Artículo 4.- Adoptar cuántas decisiones y medidas requieran la organización del trabajo y el régimen y gobierno del
Congreso; es decir, organizar el Congreso en base a este Reglamento.
Artículo 5.- Calificar, con arreglo al Reglamento, los escritos y documentos de índole parlamentaria, así como
declarar la admisibilidad e inadmisibilidad de los mismos, atendiendo únicamente a su aspecto formal y
legal. En caso de resultar rechazado, se comunicará por el canal de comunicación oficial del Congreso
con un título del tipo "[RECHAZADA] Título de la propuesta", y en su interior la ley mandada y la razón
del rechazo, no existiendo opción a debate en ese post. En caso de que una propuesta sea rechazada
puede pedirse una nueva revisión, dando razones por la que se cree que ha sido injusto el rechazo.
Todas las propuestas rechazadas, pueden volver a enviarse después de una modificación para que sea
apta para su puesta en debate.
Artículo 6.- La Mesa del Congreso asegura la buena marcha de los trabajos, dirige los debates y mantiene el orden
de los mismos.
Artículo 7.- Corresponde a La Mesa del Congreso cumplir y hacer cumplir el Reglamento.
Artículo 8.- Corresponde a la Mesa del Congreso actualizar la lista de integrantes del canal oficial del Congreso.
Artículo 9.- Crear y fijar las actividades del Pleno asi como la creación y control de las Comisiones, coordinar los
trabajos de sus distintos órganos.
SECCIÓN C. FUNCIONES DEL PRESIDENTE DEL CONGRESO.
Artículo 10.- El Presidente del Congreso ostenta la representación de la Cámara, asegura la buena marcha de los
trabajos, dirige los debates y mantiene el orden de los mismos, sin perjuicio de las delegaciones que
pueda conferir.
Artículo 11.- Corresponde al Presidente cumplir y hacer cumplir el Reglamento, interpretándolo en los casos de
duda y supliéndolo en los de omisión. Cuando en el ejercicio de esta función supletoria se propusiera
dictar una resolución de carácter general, deberá mediar el parecer favorable de la Mesa.
SECCIÓN D. FUNCIONES DEL VICEPRESIDENTE Y SECRETARIO DEL CONGRESO.
Artículo 12.- El Vicepresidente y el Secretario, por su orden, sustituyen al Presidente, ejerciendo sus funciones en
caso de vacante, ausencia o imposibilidad de éste. Desempeñan, además, cualesquiera otras funciones
que les encomiende el Presidente o la Mesa.
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SECCIÓN E. DE LA ELECCIÓN DE LA MESA DEL CONGRESO
Artículo 13.- El miembro de la Mesa del Congreso que dimita debe antes anunciarlo a su partido para que éste
asigne un nuevo representante y se continúe con las labores.
Artículo 14.- El día anterior de las elecciones congresales La Mesa del Congreso clausurará todos los debates y
votaciones abiertos a la fecha, informando de la situación para continuar en la siguiente legislatura. Al
segundo día siguiente de las elecciones congresales La Mesa del Congreso vigente procederá a
reanudar los debates y votaciones suspendidas.
Artículo 15.- Los tres partidos son mayores congresistas electos en el Congreso deberán asignar a sus
representantes para la Mesa del Congreso. La Mesa debe entrar en funcionamiento a más tardar 48h
de culminada las elecciones del Congreso.
Artículo 16.- Los eCongresistas mediante votación escogerán los días y rango horario para las sesiones del Congreso,
aprobándose mediante mayoría simple por los votos emitidos.
Artículo 17.- Resultará elegido como Presidente del Congreso el que obtenga el mayor número de votos de los
miembros del Congreso. En caso de empate, el Congresista con mayor experiencia en el Congreso de
ePerú (consultando los resultados de las elecciones desde la opción correspondiente en el juego) sería
el elegido para el cargo. Si persistiera el empate, obtendría el cargo el Congresista de mayor edad (en el
juego, se entiende). Si todavía estuvieran empatados el Congresista con mayor experiencia en el juego
(puntos de experiencia) sería el elegido para ser Presidente. Los siguientes 2 congresistas más votados,
ostentarán los cargos de vicepresidente y secretario, 1º y 2º en orden a los votos recibidos. En caso de
empates, se seguirían los mismos criterios citados para la elección del presidente.
SECCIÓN F. DE LA SUSTITUCIÓN DE LOS MIEMBROS LA MESA DEL CONGRESO
Artículo 18.- En caso de inactividad o abuso de poder o mal desempeño en sus funciones, de uno o más miembros
de la mesa, cualquier integrante del eCongreso puede de pedir la destitución de dicho/s miembro/s. Tal
o tales congresistas deberán presentar sus cargos a disposición con una comunicación en descargo a las
imputaciones efectuadas, para iniciar el debate y posteriormente realizar la votación en un lapso no
mayor a 24 horas. Requiriendo 2/3 votos del total de congresistas para que procesa la destitución.
Artículo 19.- De proceder la destitución, el partido del sustituido integrante de la Mesa, deberá asignar un nuevo
representante.
Artículo 20.- En caso de no proceder la destitución, no se podrá pedir la sustitución de tal integrante hasta pasados
los 5 días de dicho pedido. Salvo, por motivo de inactividad.
Artículo 21.- Si algún miembro de la Mesa del Congreso obtiene la Presidencia del Gobierno, no podrá ejercer en sus
funciones de miembro de la mesa y será relevado de las mismas por el Vicepresidente correspondiente.
TITULO II. DE LOS PROYECTOS DE LEY
CAPÍTULO II.- DE LA PRESENTACIÓN DE LOS PROYECTOS DE LEY.
Artículo 22.- Cualquier ciudadano ePeruano podrá enviar a alguno de los congresistas, proyectos de creación,
modificación o derogación de leyes de acuerdo a este reglamento para su debate.
Artículo 23.- Todo proyecto de ley deberá ser notificado a un miembro de la Mesa del Congreso, quién lo publicará
mediante enlace al mismo proyecto para enviarlo a todos los eCongresistas, acompañándolo del texto
base a debatir y las argumentaciones principales del proyecto iniciando el debate indicando hora de
inicio y cierre, según lo estipulado en el Capítulo III.
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SECCIÓN G. MOCIONES DE CENSURA
Artículo 24.- Un eCongresista podrá presentar una única moción de censura por legislatura contra un eMinistro o
ePresidente de Gobierno, por considerar que no esté realizando correctamente sus funciones.
Artículo 25.- Contra un ministro: Una vez presentada la moción, la Mesa abrirá un debate inmediatamente en el que
el eMinistro cuestionado tendrá la oportunidad de defenderse y dar su punto de vista. Una vez
finalizado el debate, si el eCongresista que presentó la moción sigue sin estar satisfecho con las
explicaciones dadas, podrá pedir una votación para pedir la destitución del cuestionado. Si la moción es
aceptado en 2/3 de votos emitidos, el eFuncionario será cesado de su cargo teniendo el ePresidente de
Gobierno que nombrar a un sustituto en el plazo de 24 horas. Si en ese plazo no fuera nombrado el
nuevo eMinistro, se abriría una votación nominal en el eCongreso para elegir al sucesor en el cargo.
Artículo 26.- Contra el ePresidente de Gobierno: Una vez presentada la moción, la Mesa abrirá un debate
inmediatamente en el que el ePresidente cuestionado tendrá la oportunidad de defenderse y dar su
punto de vista. Una vez finalizado el debate, si el eCongresista que presentó la moción sigue sin estar
satisfecho con las explicaciones dadas, podrá pedir una votación para pedir la destitución del
cuestionado. Si la moción es aceptado en 2/3 de votos emitidos, la Mesa se dispondrá que el
eCongresista que presentó la moción apertura ingame el “Impeachment” respectivo, siendo efectiva su
destitución con el resultado de la votación ingame.
CAPÍTULO III.- DE LOS DEBATES.
Artículo 27.- Podrán participar los eCongresistas, eMinistros de Estado y el ePresidente del País. Tanto los ministros
como el ePresidente del País, deberán solicitar permiso especial a la Mesa.
Artículo 28.- Ningún debate podrá comenzar sin la previa admisión a trámite por parte de la Mesa del eCongreso.
Artículo 29.- Un integrante de la Mesa deberá abrir el tema correspondiente al debate en el canal del eCongreso.
Artículo 30.- Los eCongresistas deberán debatir respetando el tema planteado, el reglamento y respetarse entre sí.
Artículo 31.- Una vez finalizado el plazo para el debate, incluida la prórroga si la hubiere, la Mesa procederá a cerrar
el tema del Debate y abrir la votación con la última modificación al proyecto debatido sólo cuando no
se trate de propuestas que requieran votación directa en eRepublik.
Artículo 32.- En el caso de votación directa en eRepublik, el congresista que propuso la Ley, deberá iniciar la votación
lo más pronto posible con la venia de la Mesa.
CAPÍTULO IV.- DE LAS VOTACIONES.
Artículo 33.- Un integrante de la Mesa deberá abrir un hilo para la votación anexando un resumen del debate previo.
De ser el caso, con las modificatorias de Ley correspondientes.
Artículo 34.- Las opciones para votar son: "A Favor", "En Contra" y "Me Abstengo".
Artículo 35.- La Mesa del eCongreso puede usar cualquier medio disponible para comunicar el inicio de una votación
y/o debate, dando plazo del inicio de 5 minutos. Las votaciones no deberán exceder las 24 horas, el
tiempo que debe durar la votación de cada Ley, se definirá por votación simple en el momento del
debate.
Artículo 36.- Únicamente los eCongresistas puede participar en las votaciones que realizadas en el canal respectivo.
Tienen el deber y el derecho a votar o abstenerse en las propuestas presentadas en el eCongreso.
Quedando la Mesa facultada para eliminar/modificar/silenciar el contenido extra que no corresponda a
las opciones del Art. 34.
Artículo 37.- Tras finalizar el plazo, la Mesa del eCongreso clausurará las votaciones, debiendo hacer un conteo, dar
los resultados y aplicar los cambios inmediatamente de ser posible.
Artículo 38.- Para que una Ley sea aprobada debe contar con el 50%+1 del total de votos emitidos, salvo para lo
dispuesto en el Título II Sección G y Título IV.
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Artículo 39.- En caso no sea aprobada una Ley, podrá ser propuesta nuevamente dentro de 3 días desde el último
debate cerrado.
CAPÍTULO V.- DE LAS PUBLICACIONES.
Artículo 40.- Toda propuesta una vez aprobada deberá archivarse en el “Archivo Nacional", definido por la Mesa del
Congreso y debe ser de acceso general para su lectura, consulta y/o aplicación.
Artículo 41.- El título en el Archivo Nacional de tal propuesta deberá tener: Titulo de la propuesta - Día, Mes y año de
su aprobación. Por ejemplo: "Creación del Reglamento del eCongreso - 1/5/2013"
CAPÍTULO VI.- DE LOS PLAZOS.
Artículo 42.- La fecha y hora que se seguirá para el cumplimiento de los plazos, es la indicada por el reloj del canal
del Congreso y no por la de eRepublik.
Artículo 43.- Desde la presentación de una propuesta a la Mesa del eCongreso para su admisión, hasta la finalización
de la votación, como máximo pasarán 5 días y cómo mínimo 3 días. Excepto en aquellas ocasiones que
por motivo de urgencia podrán tener un plazo mínimo de un día, en cuyo caso el Presidente del
Congreso o integrante de la Mesa del Congreso, podrán iniciar un debate simultáneo con la votación
ingame.
Artículo 44.- Cuando se trate de la modificación de una Ley extensa, La Mesa del Congreso podrá estipular el tiempo
necesario para su debate total, pudiendo subdividir en varias sesiones los debates para su mayor
comprensión.
Artículo 45.- Si la Mesa del Congreso no cumpliera con los plazos estipulados, el Presidente del Gobierno, en última
instancia, tendrá la capacidad y el deber de hacerlos valer.
Artículo 46.- Los días hábiles para el Congreso son de Lunes a Viernes.
Artículo 47.- No podrán abrirse debates o votaciones cuyos plazos concuerden con las elecciones congresales en
eRepublik, a menos que sea un caso de extrema urgencia.
TITULO III. DE LA DISCIPLINA PARLAMENTARIA.
CAPÍTULO VII.- DE LA DISCIPLINA PARLAMENTARIA
Artículo 48.- Todos los eCongresistas deberán respetar y cumplir con este Reglamento
Artículo 49.- Los partidos políticos son responsables solidarios de sus acciones y sanciones, para lo cual los
ePresidentes de los Partidos deberán cumplir las sanciones aplicadas a sus miembros, según el artículo
siguiente.
Artículo 50.- La Mesa del Congreso, ante la conducta irrespetuosa de cualquier persona que tenga acceso al debate o
votación, está facultada para borrar/evitar y/o sancionar tales faltas de conducta, según el Reglamento
de faltas y/o sanciones del eCongreso.
Artículo 51.- De continuar con su conducta, se le incapacitará para poder acceder al Congreso durante un plazo
mínimo de 24 horas y máximo de 48. Pudiendo repetirse esta suspensión cuantas veces sea necesaria.
Artículo 52.- En el caso de un eCongresista sea baneado permanente en eRepublik por los administradores, sea cual
fuere la causa, se le quitaran los permisos/accesos al Congreso.
Artículo 53.- Si el baneo es rectificado por la administración de eRepublik y estos le devuelven la categoría de
Congresista de la Nación, entonces se le reestablecerán los permisos correspondientes.
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Artículo 54.- Si un Congresista renuncia de su puesto en eRepublik, les serán quitados sus permisos/accesos al
Congreso automáticamente.
Artículo 55.- El idioma oficial utilizado es el idioma de la Nación Peruana en la vida real. No se permitirán post
totalmente en idioma extranjero dentro del canal, deberán agregar una traducción.
Artículo 56.- Se habilitará un formulario público donde se notificaran los congresistas activos, los que renuncien,
sean baneados por la administración de eRepublik o suspendidos por la Mesa del Congreso; asi como se
podrá observar su actividad parlamentaria y presencia en las sesiones del Congreso.
TITULO IV. OTRAS DISPOSICIONES.
CAPÍTULO VIII.- DE LA MODIFICACIÓN DE LEYES VIGENTES
Artículo 57.- No existe plazo mínimo para pedir la modificación de una Ley, sea total o parcialmente. Siguiéndose el
procedimiento consignado en el Título II.
Artículo 58.- El Reglamento del eCongreso no puede disolverse, sólo modificarse. Las modificaciones deben ser
aprobadas por 50%+1 del total de eCongresistas del periodo. Asimismo, para la modificación del
presente capítulo se deberá contar con la aprobación 2/3 de los eCongresistas de la Nación.
Capítulo IX.- PROCEDIMIENTO PARA LA MODIFICACIÓN DE LA CONSTITUCIÓN.
Artículo 59.- La Constitución ePeruana es la carta magna que rige el destino socio económico y militar del ePerú y sus
eCiudadanos.
Artículo 60.- El procedimiento a seguir para su modificación será el mismo llevado a cabo para la creación de una Ley
previsto en el Título II del este Reglamento y su aprobación estará regida por los dispuesto en el Art. 62.
Artículo 61.- En el texto de la Moción de Pedido de Modificación se debe establecer si dicha modificación es total o
parcial, de ser parcial en este pedido debe especificar cuáles son los artículos a modificar, además,
deben enmarcar cuales son las razones para esa modificación total o parcial.
Artículo 62.- Para modificar la eConstitución se requiere el 50%+1 de votos a favor, de la totalidad de congresistas de
ePeru. Asimismo, para la modificación del presente capítulo se deberá contar con la aprobación 2/3 de
los eCongresistas de la Nación.
CAPÍTULO X.- LEYES INGAME.
Artículo 63.- La ley cuya votación ingame verse sobre "Destitución Presidencial" (Impeachment), puede ser debatida
previamente en el eCongreso como si fuera una Ley, por lo previsto en este Reglamento en el Título II
Sección G.
Artículo 64.- Las leyes que versen sobre Protección Mutua (MPP) podrán tener debate y votación simultanea, o con
los procedimientos de leyes regulares.
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BITÁCORA
Proceso Ejecución por: Fecha y Hora: Responsable:
Presentación al Partido :
Augusto I
Congresista Abril 2013
Partido Perú Unido
02/05/2013
04:00 a.m.
TupacAmaruII (PP),
LuisBuho (vPP), Akmis
(Cmte. SP) y Urpay.
Aprobación por el Partido: Augusto I Mayo 2013
Presentación a la Mesa del eCongreso: Augusto I Mayo 2013
Resultado de la Votación del
eCongreso:
APROBADO
Observaciones:
ScreenShot de la Votación: