El documento proporciona instrucciones para las personas que actuarán como personeros del NO en el proceso de revocatoria. Explica que los personeros representan los intereses de las autoridades sometidas a consulta y deben vigilar el proceso para evitar que se cambie la voluntad expresada a favor del NO. Detalla las responsabilidades de los personeros durante la instalación, sufragio y escrutinio, incluyendo verificar procedimientos, firmar documentos, e impugnar votos cuando sea necesario para garantizar la transparencia y legalidad del proceso.
2. I. El momento que vivimos
La revocatoria es un hecho político.
Dos maneras de gobernar se enfrentan.
Una, basada en la transparencia, la ética,
la decencia y la participación ciudadana.
La otra, en el autoritarismo,
el clientelismo, el “secretismo” que
fácilmente transita hacia la corrupción.
3. PERSONER@S POR EL NO
En esta consulta, mujeres y hombres
comprometidos con la dignidad y la
democracia no sólo están definiendo
el destino de Lima sino también están
sentando las bases para entender y
hacer política totalmente distinta.
4. PERSONER@S POR EL NO
Por ello, la personera o el personero
del NO es una persona comprometida
con el ideal de hacer posible un
gobierno para todos y todas quienes
vivimos en Lima.
5. II. El/la personero/a del NO
a) ¿Quién es y qué hace?
El/a personero/a del NO representa
los intereses de las autoridades
sometidas a consulta ciudadana.
Es un ciudadano o ciudadana inscrito
ante el RENIEC. Con DNI vigente
Es el/la encargado/a de VIGILAR el
proceso electoral evitando que se
cambie la voluntad expresada a
favor del NO a la revocatoria
6. PERSONER@S POR EL NO
b) ¿Cuál es la importancia del/a
personero/a?
El/a personero/a es el garante de la
legalidad de los resultados y de que
no se cambie la voluntad de aquellos
ciudadanos que votaron por el NO,
¿cómo? vigilando la instalación, el
sufragio y el escrutinio en su mesa,
previniendo así cualquier acto
fraudulento contra el NO.
7. PERSONER@S POR EL NO
Puede y DEBE DENUNCIAR
cualquier hecho que atente
contra la transparencia y la
legalidad de los resultados
Un/a ciudadano/a puede ser
acreditado/a como personero/a
ante una o más mesas de
sufragio.
(Resolución N° 298-2001-JNE del 06-04-2001. Art.15º)
8. III. Los tres momentos del proceso
electoral
a) Instalación
b) Sufragio
c) Escrutinio
9. PERSONER@S POR EL NO
a) Instalación:
El día 17 de Marzo debe llegar al
local de votación a las 7:15 am.
ubicar a su Coordinador, dirigirse a
su Mesa.
Se acredita con su credencial y su
DNI vigente
Así participará en el acto de
instalación de la mesa de
votación.
10. PERSONER@S POR EL NO
VERIFICA:
Que la caja que contiene el material
electoral esté sellada y en buen estado
Que la cámara secreta y el aula no tengan
ningún tipo de propaganda política
Que las cédulas de sufragio coincidan con
el número de electores que figura en el
padrón
Que el Presidente de mesa firme todas
las cédulas
11. PERSONER@S POR EL NO
FIRMA TODAS LAS CÉDULAS DE
SUFRAGIO.
Supervisa el llenado del Acta de
Instalación con la hora de la instalación de
la mesa de sufragio
Verifica que los miembros de mesa firmen
el Acta de Instalación con sus nombres y
Nº de DNI respectivos.
Firma el Acta de Instalación y sus
respectivas copias en señal de
conformidad.
12. PERSONER@S POR EL NO
b) Sufragio:
Cuida que ningún miembro de
mesa o personero contrario al
NO induzca el voto de los/as
electores/as.
De darse el caso, deberá
reportarlo al presidente de mesa
y al Coordinador del NO del
Local de Votación.
13. PERSONER@S POR EL NO
c) Escrutinio:
Verifica que los miembros de mesa, al vaciar
el ánfora, cuenten las cédulas sin mirar su
contenido. El número de cédulas debe ser
igual al número de votantes.
Si es mayor se retiran al azar las
cédulas sobrantes y sin abrirlas se
destruyen;
Si es menor se continua con el
escrutinio y se registra este hecho en
la parte de observaciones del acta de
escrutinio.
14. PERSONER@S POR EL NO
Verifica que cada cédula tenga la
firma del presidente de mesa. Si la
cédula no está firmada, el voto es
nulo.
Supervisa el conteo de votos y el
llenado de la hoja borrador por parte
de los miembros de mesa. Lleva su
propio control.
15. PERSONER@S POR EL NO
Impugna la validez de uno o
varios votos cuando los
miembros de mesa quieran
validar un voto nulo o que no se
ajuste a ley. Si tu argumento es
aceptado se contabiliza como
VOTO IMPUGNADO. No se
considera voto impugnado aquel
que se ha resuelto en la mesa.
16. PERSONER@S POR EL NO
Supervisa el llenado del Acta de
Escrutinio. La cual debe tener la hora de
inicio y la hora de finalización del
escrutinio, el número de votos válidos en
cada opción, el número de votos nulos, en
blanco, los impugnados y los votos totales
consignados en la hoja borrador.
La suma de los votos debe ser igual al
total de electores que sufragaron
17. PERSONER@S POR EL NO
Verifica que los miembros de mesa firmen
el Acta de Escrutinio escribiendo sus
nombres y Nº de DNI.
Firma con los otros personeros el Acta de
Escrutinio escribiendo con claridad sus
nombres y Nº de DNI.
SOLICITA a los miembros de mesa,
una COPIA DEL ACTA debidamente
FIRMADA Y LA ENTREGA AL
COORDINADOR DE PERSONEROS
DEL NO DEL LOCAL DE VOTACIÓN.
18. Sobre impugnaciones
¿Qué es la impugnación de identidad?
Es poner en duda la identidad del elector. Sólo
puede ser realizada por los personeros de mesa.
19. PERSONER@S POR EL NO
La impugnación del voto es un
recurso de los/as personeros/as
para cuestionar el criterio de los
miembros de mesa para
considerar un voto nulo o en
blanco como válido.
El personero puede impugnar uno
o varios votos.
20. Impugnación del voto
Caso ¿Qué hacen los miembros de mesa?
Cuando un • Resuelven la impugnación.
personero impugna • Si se la declara infundada, se procede a
un voto contabilizar el voto.
• El presidente de mesa escribe en la “Etiqueta de
impugnación del Voto” el nombre de la autoridad
Cuando el cuyo voto es impugnado y el motivo de la
personero apela lo impugnación. Solicita al impugnante el número de su
resuelto por la DNI y su firma.
mesa de sufragio • Pega la etiqueta en el reverso de la cédula de
sufragio, empezando por la parte superior. Si
hubiesen otras etiquetas, las coloca una debajo de
la otra cuidando de no cubrir las firmas contenidas
en esta sección.
• Se cuenta el voto como impugnado.
Cuando la
impugnación es Se procede de la misma manera que en el caso
declarada fundada anterior.
21. ¿Cuándo un voto es
válido?
Es cuando la intersección de la CRUZ
( ) o el ASPA (X) está dentro del
recuadro.
X
22. ¿Cuándo un voto es
declarado nulo?
Cuando la marca no cumple las características
del voto válido
Cuando el elector/a ha marcado el SI y el NO
para una misma autoridad
Cuando el elector/a ha usado un signo distinto
a una CRUZ o una ASPA
Cuando la cédula esta rota y no se puede ver
bien el voto
Cuando la cédula no tiene la firma del
Presidente de Mesa
Cuando el elector/a ha escrito frases o
signos ajenos al proceso
23. Tipología de los votos
VOTO BLANCO:
Es cuando las dos opciones de una misma
autoridad no tienen ninguna marca.
En una misma cédula, un voto
puede ser blanco o nulo para una
autoridad y no para las demás.