1. - Facturas
-- Factura Simplificada
- Comprobante Crédito Fiscal
- Comprobantes de Remisión
- Notas de Crédito
- Notas de Debito
-- Comprobante de Liquidación
-Comprobantes de Retención
2. Existen dos tipos de contribuyentes, estos son :
a)Consumidores Finales
b) Contribuyentes
Los cuales se identifican con un carnet acreditado
por el Ministerio de Hacienda
4. Modelo de Factura
Simplificada
Esta factura la emitirán
comerciantes, cuya
venta en un año anterior
sean menores de 50Mil
al año y la emitirán
cuando la venta sea
menor o igual a $12.00
5. Comprobante de
crédito fiscal
Todo persona natural
esta obligada a exigir
un comprobante que
demuestre que el bien
adquirido le pertenece
y el vendedor de
extenderlo de acuerdo
al tipo de
contribuyente
6. Nota de
Remisión
Si el Comprobante de
Crédito Fiscal no se emite
al momento de efectuarse
la entrega deberán emitir y
entregar en esa
oportunidad al adquirente
una "Nota de Remisión"
que amparará la circulación
o tránsito de los bienes y
mercaderías.
7. Nota de
Debito
En los ajustes a las ventas
que rebajen el débito fiscal
deben hacerse dentro del
plazo de tres meses
contados a partir de la
fecha de la entrega de los
bienes o a partir de la fecha
en la que se preste el
servicio.
8. Nota de
Crédito
Cuando con posterioridad
a la emisión de
documentos equivalentes
ocurran ajustes que
disminuyan, anulen o
rescindan
operaciones, quienes
transfieran bienes y presten
servicios deberán anular
dichos documentos
10. Comprobante
de Retención
las categoría de Grandes
Contribuyentes deberán
retener en concepto de
anticipo del Impuesto a la
Transferencia de Bienes
Muebles y a la Prestación de
Servicios el uno por ciento
sobre el precio de venta de los
bienes transferidos o de la
remuneración de los servicios
prestados y será aplicable en
operaciones en que el precio
de venta de los bienes
transferidos o de los servicios
prestados sea igual o superior a
cien dólares.