2. La Contabilidad es un sistema de información financiera basado en
el registro, clasificación, medición y resumen de cifras significativas
que, expresadas básicamente en términos monetarios, muestra el
estado de las operaciones y transacciones realizadas por un ente
económico contable.
Elementos de la contabilidad
- Activo
- Pasivo
- Patrimonio
Patrimonio
Activo
Pasivo
¿Que es la Contabilidad?
7. Impuesto General a las Ventas (IGV)
El impuesto general a las ventas es un
impuesto que grava:
La venta en el país.
La prestación o utilización de servicios en
el país.
Los contratos de construcción.
La primera venta de inmuebles que
realicen los constructores de los mismos.
La importación de bienes.
Debemos recordar que la tasa del IGV es de
16% a la que se añade 2% por el impuesto
de promoción municipal (IPM) haciendo un
total de 18%.
IGV (16%) + IPM (2%) = 18%
8. ¿Cómo calcular el IGV?
Calcular el IGV no es para nada un proceso difícil como pueden
pensar. El calculo de IGV se hace aplicando el 18% en caso de tener el
importe base, por ejemplo: IGV = Importe Base x 0,18
Mas IGV:
El termino mas IGV se refiere que aun falta
agregarle el impuesto (IGV 18%). Por tanto
debemos calcular y agregar el IGV siempre
y cuando que la operación este afecta.
Incluido IGV:
Se refiere que la operación ya tiene el IGV
implícito en el precio y si queremos
calcular la Importe Base debemos dividir
el Total con 1,18.
Precio + IGV
Precio sin IGV: S/ 100.00
Calculo IGV:
S/ 100,00 X 0,18 = S/ 18,00
Total:
S/ 100,00 + S/ 18,00 = S/ 118,00
Precio incluido IGV
Precio Total : S/ 118.00
Calculo Importe Base :
S/ 118,00 / 1,18 = S/ 100,00
IGV:
S/ 118,00 - S/ 100,00 = S/ 18,00
9. El comprobante de pago
Es un documento que acredita :
- La transferencia de bienes,
- La entrega en uso, o
- La prestación de servicios.
Para ser considerado como tal debe ser emitido y/o
impreso conforme a las normas del Reglamento de
Comprobantes de Pago
10.
11. La Boleta de Venta
Es un comprobante de pago que se emite en
operaciones con consumidores o usuarios finales.
No permite ejercer el derecho al crédito fiscal, ni
sustentar gasto o costo para efecto tributario. Por
ejemplo: Si usted compra los víveres para la
semana en una tienda de abarrotes, debe exigir
que le otorguen una boleta de venta. Lo mismo si
acude a una peluquería o salón de belleza, o va a
comer a un restaurante o compra un libro.
Cuando el importe de la venta efectuada o del
servicio prestado supere los setecientos nuevos
soles (S/. 700.00) por operación será necesario
consignar en la boleta de venta los datos de
identificación del adquirente o usuario: apellidos
y nombres completos, y el número de su
documento de identidad.
12. La Boleta de Venta
¿A Quiénes se les deben entregar Boleta de Venta?
Todos aquellos que vendan bienes o presten servicios a
consumidores finales, por ejemplo en bodegas, restaurantes,
farmacias, zapaterías, ferreterías, etc.
Aquellos comprendidos en el Nuevo Régimen Único Simplificado.
No existe un monto mínimo. Sin embargo, si el monto de la venta no
supera los cinco nuevos soles (S/. 5.00) no hay obligación de entregar
Boleta de Venta, salvo que el comprador lo solicite.
En estos casos, el vendedor deberá llevar un control diario,
emitiendo una Boleta de Venta al final del día por el importe total de
estas operaciones. Debe conservar en su poder el original y copia de
la Boleta de Venta.
Las Boletas de Venta no permiten ejercer el derecho al crédito fiscal,
ni sustentar gasto o costo para efecto tributario, salvo en los casos
señalados expresamente por la ley.
13.
14.
15. ¿Qué son las Facturas?
Podemos definir que la factura es un documento de
carácter comercial que registra la información de una
compraventa de un bien o la prestación de un servicio
determinado. Es decir, es la representación en forma de
documento de una transacción mercantil realizada entre
un vendedor y un comprador.
La factura es un justificante de cualquier operación
comercial. Sin una factura, la operación comercial no es
válida a efectos formales. Por lo tanto, aunque la
operación se haya realizado de forma efectiva, no cumple
con los requisitos para considerarse legal.
16. ¿En que caso se debe emitir una factura?
Las facturas se emiten a los adquirentes o usuarios que posean
RUC, salvo en operaciones de exportación y servicios de
comisión mercantil prestados a personas no domiciliadas en el
país(extranjeros).
Cuando la operación se realice con sujetos del IGV (Impuesto
General a las Ventas) que tengan derecho al crédito fiscal.
Cuando el comprador o usuario lo solicite a fin de sustentar
gasto o costo para efecto tributario.
Cuando el sujeto del RUS (Régimen Único Simplificado) lo
solicite a fin de sustentar crédito deducible para efectos del
Impuesto a la Renta.
En otras operaciones señalas en el numeral 1 del artículo 4º del
Reglamento de Comprobantes de Pago.
17.
18.
19. La Nota de Crédito es un documento administrativo que sirve de
comprobante entre una empresa y un cliente, y, ofrecerá una serie de
ventajas a ambos.
En este documento se debe reflejar toda la información referente a este
saldo a favor que se le ha concedido al cliente.
Es muy usado por los proveedores y las empresas, ya que, sirve para
corregir errores cometidos en alguna factura. También ofrece ventajas al
cliente, ya que, dejará a los usuarios más conformes y asegurará futuras
ventas para la empresa.
Este documento solo se emitirá al mismo comprador, y, se entregan al
cliente para:
Descuentos
Arreglar errores
Productos dañados
Nota de Crédito
20.
21.
22. Es un documento contable emitido por el vendedor o prestador de servicios
con la finalidad de modificar una factura o boleta emitida que beneficie a la
misma empresa. Esto se debe a que las empresas prestadoras de servicios o
encargadas de vender productos no deben realizar cargos de forma
unilateral a la cuenta de sus clientes, por lo que a través de esta nota se le
comunica al cliente que la empresa que le brindó un producto o servicio le
cobrará un monto adicional al valor original., por lo que las causas más
frecuentes para emitir este tipo de factura son las siguientes:
Errores en la facturación por la cantidad.
Gastos por envíos.
Intereses.
Comisiones bancarias y demás.
Nota de Débito
23.
24.
25. La Liquidación de compra es un comprobante de pago emitido por
las personas naturales o jurídicas, sociedades conyugales,
sucesiones indivisas, sociedades de hecho u otros entes colectivos
por las adquisiciones que efectúen a personas naturales
productoras y/o acopiadoras de productos primarios derivados de
la actividad agropecuaria, pesca artesanal y extracción de madera,
de productos silvestres, minería aurífera artesanal, artesanía,
desperdicios y desechos metálicos, desechos de papel y
desperdicios de caucho, siempre que estas personas no otorguen
comprobantes de pago por carecer de número de RUC.
Liquidación de Compra
26.
27. Un Recibo por Honorario es un documento
que se utiliza como comprobante de pago o
sustento físico para la certificación de la
prestación de servicios de cualquier
cualquier profesión, arte, ciencia u oficio
como el prestado por médicos, abogados,
contadores, periodistas, gasfiteros,
pintores, entre otros de naturaleza similar,
que personas naturales realicen de forma
independiente. A través de este
instrumento, se constata la entrega y la
recepción de un pago por el servicio
brindado. Este grupo de contribuyentes,
percibe rentas de cuarta categoría.
Recibo por Honorario
28. Importante:
a) Si eres un trabajador independiente que genera rentas de cuarta categoría
(emite recibos por honorarios), bajo ciertas condiciones, puedes evitar la
retención del 8% del impuesto a la renta para montos mayores a S/ 1,500.00,
solicitando la Suspensión de Retenciones y Pagos a Cuenta de Renta de Cuarta
Categoría, desde el 1 de enero de cada año.
b) Según la Sunat, solo podrán solicitar la suspensión de retenciones y/o de pagos a
cuenta del IR:
Tus ingresos no superan los S/ S/ 3,208.00 al mes y S/ 38,500.00 al año.
Obtienes tus ingresos por funciones de director de empresas, síndico,
mandatario o similares, y no superas los S/ 2,567.00 al mes, o S/ 30,800.00
anuales.
Deberá incluir también en la cantidad referencial, los ingresos obtenidos por rentas
de Quinta Categoría en caso las tenga.
Recibo por Honorario
29.
30.
31. La guía de remisión es un documento exigido de forma obligatoria por la
Sunat que funciona como sustento para el transporte o traslado de
bienes fiscalizados desde un lugar a otro, los cuales pueden ser depósitos
o establecimientos. Todo ello bajo lo establecido por la Sunat y en el
Reglamento de Comprobantes de Pago, siendo el transportista quien
conserve en su poder la guía de remisión hasta la culminación del
servicio.
Recuerda que todos los contribuyentes con negocios o empresas que
necesiten trasladar sus productos deben emitir la guía de remisión a
excepción de las personas que se encuentren en el Nuevo Régimen Único
Simplificado (Nuevo RUS).
Guía de Remisión
32. Guía de Remisión Remitente: Es emitida por el propietario de los bienes, es decir, el
remitente, al inicio del traslado.
Esta guía debe emitirse cuando se realiza una venta, se presta un servicio, se
transportan productos entre establecimientos de una misma empresa y más.
Asimismo, existe un actor adicional al remitente que también puede emitir esta guía
llamado Consignador. Este personaje aparece cuando el propietario de los bienes
traspasa su mercadería a otra persona (consignador) para que ahora esta se
convierta en el nuevo “dueño” de la mercadería, encargado de la entrega de los
bienes y también en la devolución de los bienes no vendidos.
Además, el remitente debe hacer una guía por cada destino y destinatario a
excepción de cuando existan varios lugares de entrega para un solo destinatario,
pues en ese caso se sustenta en un sola guía el detalle de todos los lugares de
entrega.
Tipos de Guía de Remisión
33.
34. Guía de Remisión Transportistas: Es emitida por el transportista y
debe ser emitida por cada remitente cuando el traslado sea a través
de transporte público.
De la misma forma, cuando los productos están dirigidos a más de
20 remitentes, tienes la alternativa de hacer una sola guía con la
siguiente información en el rubro “Datos del bien transportado”:
Número de la guía de remisión del remitente, de la factura o de la
liquidación de compra, que permita sustentar el traslado de los
bienes.
Monto del servicio de transporte cobrado a cada uno de los
remitentes.
Tipos de Guía de Remisión
35.
36. El ticket es un comprobante de pago que emiten las máquinas registradoras cuando adquieres bienes o
servicios como consumidor o usuario final, y sirve para tu uso personal. Los usuarios que están en el Nuevo
Régimen Único Simplificado (Nuevo RUS) también pueden emitir tickets. Para que sea un comprobante de
pago válido, debe tener la siguiente información impresa:
Apellidos y nombres, denominación o razón social del proveedor o prestador del servicio.
Nombre comercial, si lo tuviera.
Dirección del establecimiento en el que se emite el ticket.
RUC del emisor.
Numeración correlativa y autogenerada por la máquina registradora.
Número de serie de fabricación de la máquina registradora.
Detalle del bien vendido, servicio prestado o código que lo identifique.
Importe de la venta o del servicio prestado.
Fecha y hora de emisión.
Debe ser emitido como mínimo en original y cinta testigo.
Este documento no te permite usar el derecho al crédito fiscal (impuesto general a las ventas pagado por
compras), ni sustentar tus gastos o costos para efectos tributarios. Si necesitas usarlo para estos fines,
excepcionalmente, debe ser emitido en original, copia y cinta testigo, e indicar tu RUC, apellidos y nombres o
denominación o razón social, y separar el monto del impuesto.
Tickets