3. ARTICULO 12
Nadie será sometido a
desaparición forzada, a
torturas ni a tratos o
penas crueles,
inhumanos o
degradantes.
REFLEXIÓN
Cada uno de nosotros
tenemos el privilegio
que Dios nos ha dado de
disfrutar de la vida
como un acto digno,
por lo cual no
4. ARTICULO
13
Todas las personas nacen libres e
iguales ante la ley, recibirán la misma
protección y trato de las autoridades
y gozarán de los mismos
derechos, libertades y oportunidades
sin ninguna discriminación por razones
de sexo, raza, origen nacional o
familiar, lengua, religión, opinión
política o filosófica.
El Estado promoverá las condiciones
para que la igualdad sea real y
efectiva y adoptará medidas en favor
de grupos discriminados o marginados.
El Estado protegerá especialmente a
aquellas personas que por su
condición económica, física o mental, se
encuentren en circunstancia de
debilidad manifiesta y sancionará los
abusos o maltratos que contra ellas
se cometan.”
REFLEXIÓN
5. ARTICULO 20
Se garantiza a toda persona la
libertad de expresar y difundir
su pensamiento y opiniones, la de
informar y recibir información veraz
e imparcial, y la de fundar medios
masivos de comunicación.
Estos son libres y tienen
responsabilidad social. Se garantiza
el derecho a la rectificación en
condiciones de equidad. No habrá
censura.
REFLEXIÓN
Es un privilegio poder expresarnos
porque damos a conocer nuestros
sentimientos, pensamientos e ideas
que nos hacen crecer cada día más,
también debemos cuidar que como
nos expresemos no afecte la
7. ARTICULO
45
El adolescente tiene derecho
a la protección y a la
formación integral.
El Estado y la sociedad
garantizan la participación
activa de los jóvenes en
los organismos públicos y
privados que tengan a cargo la
protección, educación
y progreso de la juventud.”
REFLEXIÓN
La mayoría de los jóvenes
tenemos grandes sueños los
cuales necesitamos sean
apoyados y una buena forma
de hacerlo es velando por
nuestra integridad
haciéndonos también
8. ARTICULO 48
Son derechos fundamentales de los
niños: la vida, la integridad física, la
salud y la seguridad social, la
alimentación equilibrada, su nombre y
nacionalidad, tener una familia y no
ser separados de ella, el cuidado y
amor, la educación y la cultura, la
recreación y la libre expresión de su
opinión.
Serán protegidos contra toda forma
de abandono, violencia física o moral,
secuestro, venta, abuso sexual,
explotación laboral o económica y
trabajos riesgosos. Gozarán también
de los demás derechos consagrados
en la Constitución, en las leyes y en
los tratados internacionales
ratificados por Colombia.
REFLEXIÓN
9. ARTICULO
67
Cada mujer, hombre, joven y niño o
niña tienen el derecho a la educación,
capacitación e información; así como a
otros derechos humanos
fundamentales para la realización
plena de su derecho a la educación. El
derecho de todas las personas a la
educación se encuentra establecido en
la Declaración Universal de los
Derechos Humanos, Pactos
Internacionales, la Convención de los
Derechos del Niño y otros tratados y
declaraciones internacionales; todas
éstas forman parte de herramientas
poderosas que deben ser puestas en
marcha para el goce del derecho a la
educación para todos!”
REFLEXIÓN
Colombia es un país en el cual no se ve
11. ARTICULO
79
Todas las personas tienen
derecho a gozar de un ambiente
sano. La ley garantizará la
participación de la comunidad en
las decisiones que puedan
afectarlo.
Es deber del Estado proteger la
diversidad e integridad del
ambiente, conservar las áreas de
especial importancia ecológica y
fomentar la educación para el
logro de estos fines.
REFLEXIÓN
Es importante gozar de un
ambiente saludable, activo y
agradable para que juntos
12. ARTICULO
81
Queda prohibida la fabricación,
importación, posesión y uso de
armas químicas, biológicas y
nucleares, así como la
introducción al territorio
nacional de residuos nucleares y
desechos tóxicos.
El Estado regulará el ingreso al
país y la salida de él de los
recursos genéticos, y su
utilización, de acuerdo con el
interés nacional.
REFLEXIÓN
Es importante por el bienestar
de cada uno de nosotros que el
ingreso de éstas armas estén
prohibidas en nuestro país puesto
13. ARTICULO
82
Es deber del Estado velar
por la protección de la
integridad del espacio
público y por su destinación
al uso común, el cual
prevalece sobre el interés
particular.
Las entidades públicas
participarán en la plusvalía
que genere su acción
urbanística y regularán la
utilización del suelo y del
espacio aéreo urbano en
defensa del interés común.
REFLEXIÓN
Contamos con una gran
ventaja que es el espacio
público y el transporte que
tenemos puesto que gracias a
14. Para concluir puedo decir que en la Carta Magna se
plasman todos nuestros derechos y deberes como
ciudadanos que somos, como lo describí en cada
uno de los artículos que presenté es importante
tener en cuenta que somos hermanos de una misma
patria y por ende debemos cuidar de nuestros
derechos, velar por el de los demás y cumplir con
los requisitos de nuestra valiosa Constitución
Política de Colombia.