2. Articulo 25. Faltas graves
Son aquellas que interfieren el normal desarrollo de las actividades
institucionales e invaden la esfera de los derechos de los otros miembros
de la comunidad educativa.
3. Articulo 26. SE CONSIDERAN FALTAS GRAVES LAS
SIGUIENTES
1. Utilizar artículos inapropiados de juguete o de “broma” que produzcan
olores fuertes, picazón y dispositivos que hagan ruido, entre otros, para
interrumpir o sabotear las clases o actividades institucionales.
4. 2. Interrumpir las clases con golpes bruscos en puertas, arrojar cualquier
elemento al salón, indisciplina y escándalos en los pasillos.
3. Reiterada interrupción de las clases, con charla, chistes y comentarios
de mal gusto para impedir el normal desarrollo de las actividades
previstas.
5. 4. Prestar o recibir en préstamo el uniforme de la institución o prendas del
mismo a personal ajeno para entrar o salir de la Institución o participar en
actividades institucionales.
6. El incumplimiento reiterado con los deberes escolares tales como tareas,
actividades, trabajos, talleres y elementos escolares requeridos para el
trabajo en clase.
7. Entrar y permanecer en sitios de video juegos o bares
portando el uniforme.
8. El uso de implementos tecnológicos como celulares,
grabadoras y otros no requeridos para la clase que interfieran
con el normal desarrollo de la misma.
9. Fomentar desorden y desaseo en el salón de clase y en la
Institución arrojando desechos y otros elementos al piso.