2. APRENDIZAJE COLABORATIVO
PRIMER ESTUDIO DE CASO
DUVAN SUÀREZ BOHÒRQUEZ
GRUPO: 401125_18
YULLY MUÑOZ
TUTORA
UNIVERSIDAD NACIONALABIERTA Y A DISTANCIA
UNAD
ESCUELA DE CIENCIAS SOCIALES, ARTES Y HUMANIDADES
ECSAH
COMUNICACIÒN SOCIAL
CEAD
VALLEDUPAR
SEPTIEMBRE - 2015
3. ESTUDIO DE PRIMER CASO
MEDIO DE COMUNICACIÓN ELEGIDO
Radio Guatapurí
Franja: La Tribuna del Cesar
Horarios: 6:00 – 9:00 AM - 12:00 – 1:00 PM - 6:00 –
7:00 PM
Frecuencia: 740 AM
4. -¿Qué es la teoría de la
responsabilidad social?
La teoría de la responsabilidad social es el derecho que tiene
el ciudadano de recibir la información adecuada, es decir, los
medios tienen un compromiso con el público no solo de
exponer informaciones, sino de cuidar que esas
informaciones cumplan con el respeto a la verdad, al
pluralismo y que representen condiciones que permitan
mantener a la sociedad dentro de unos parámetros provistos
de derechos y deberes, donde el deber este unido al derecho,
con el fin de cumplir con el concepto de libertad y respeto a la
verdad.
5. -Identifique qué elementos van en
detrimento de la responsabilidad social
por parte del medio observado.
Los elementos que se pueden observar en detrimento de la responsabilidad
social por parte del medio observado en este caso específico Radio
Guatapurí, es el acomodar ciertas informaciones en favorecimiento de uno o
varios personajes que representan la posición ideológica y política del medio
de comunicación y la minimización o anulación de información que le afecta
de forma directa. A esto mismo es de agregarle la ampliación y despliegue de
informaciones que ponen entre dicho la reputación del personaje que no es
de su aprecio ideológico, lo cual deja entre dicho el deber del medio con el
ciudadano de presentar la información de manera objetiva, respetando el
pluralismo, la verdad y su deber con la libertad del oyente, por decidir desde
su propio concepto, en base a informaciones provistas de verdad y
pluralidad. Ya decía Séneca “El lenguaje de la verdad debe ser, sin duda
alguna, simple y sin artificios”.
6. - ¿Cuál debe ser la responsabilidad social
de ese medio, en el marco de la legislación
que los regenta?
La ley 1341 del 2009 que expidió el Reglamento del Servicio de Radiodifusión Sonora, establece
en su artículo 5° que establece Principios en unos de ellos lo siguiente: 2. Garantizar el
pluralismo en la difusión de información y opiniones, así como asegurar los derechos y
garantías fundamentales de la persona. 3. Hacer efectiva la responsabilidad social de los medios
de comunicación en cuanto a la veracidad e imparcialidad en la información, y la preeminencia
del interés general sobre el particular. 4. Asegurar el respeto al pluralismo político, ideológico,
religioso, étnico, social y cultural.
En el programa emitido que es el más escuchado de la región, como es La Tribuna del Cesar, se
incumple estas reglamentaciones, primero no se respeta el pluralismo, que tiene que ver con el
hecho de permitir la participación de múltiples tendencias u opiniones de diferentes corrientes
políticas o sociales. No hay imparcialidad, al querer destacar cierta información por encima de
otra para beneficiar intereses particulares, que corresponden a partidos y candidatos políticos
de movimientos específicos de la región. Por lo tanto hay incumplimiento de la responsabilidad
social del medio de comunicación con respecto a la ley vigente y al deber con sus oyentes, la
cual debería basarse en el concepto de libertad, pero respetando lo que el oyente necesita
escuchar, respetando la verdad, el pluralismo y el derecho a la ciudadanía de recibir la
información adecuada.
7. -Cómo se materializa el informe de la
Comisión Hutchins en ese medio.
Se puede materializar a partir de que este medio acatara las
recomendaciones hechas por el informe de la Comisión Hutchins. Estas
recomendaciones que establecen “El público no es un mero consumidor de
prensa, sino que precisa de ella y se le debe ofrecer lo que espera recibir”.
Muchas veces lo que ofrece el medio no es lo que el público está esperando
recibir, sino que al no ser objetivo y brindar informaciones parcializadas se
le brinda una verdad a medias en el contenido y esto debilita tantos los
derechos, como los deberes del medio de comunicación en la racionalidad
del concepto legal, ético, de libertad y pluralismo.
Se materializa en el respeto de esa libertad que represente el bienestar del
medio, y esto conlleve al buen y correcto funcionamiento de la sociedad que
los escucha. Para ello es necesario la libertad del medio de comunicación,
pero también su compromiso social y su deber con la racionalidad del
derecho y el deber conjuntamente.
8. REFERENCIAS
Velásquez, M. C. Valderrama, J. (2004). Radio y responsabilidad
social en Colombia. Facultad de Comunicación Social y
Periodismo de la Universidad de La Sabana. Bogotá.
Suárez, C. G. (2005). La responsabilidad de los medios frente a
los usuarios. Facultad de Comunicación Social y Periodismo de
la Universidad de La Sabana. Bogotá.
Rodríguez, P.X. Martin, A. M. (2008). Medios y democracia: Teoría
de la responsabilidad social. España.