El documento resume la legislación relevante sobre los derechos pecuniarios que pueden cobrar las instituciones de educación superior. La Ley 30 de 1992 establece que las instituciones pueden cobrar derechos académicos. El Acuerdo 008 de 2009 fija los valores de los derechos pecuniarios para los programas de pregrado y posgrado. El Decreto 219 de 2004 establece que el Consejo Directivo Nacional determina los derechos pecuniarios de acuerdo con la solicitud del director de la ESAP. El Acuerdo 23 de 2008 estable