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CIRCULAR 2010/CIR011                                                  Fecha
                                            Federación Canaria de TIRO CON ARCO
                                                                                   12 mayo 2010
                                                                  www.fecta.org
                                                                  info@fecta.org

          LICENCIAS FEDERATIVAS DE 2010 EMITIDAS POR LA RFETA



La Comisión Gestora de la Federación Canaria de Tiro con Arco, por medio de su
Presidente D. Alexis Serafín Martín, a tenor de las comunicaciones recibidas de
entidades y miembros de esta Federación por diferentes medios, con la intención de dar
cumplida información sobre la falta de recepción de la práctica totalidad de Licencias
Nacionales de 2010 emitidas por la RFETA de personas y entidades afiliadas a la
FECTA, informa de las gestiones que se han llevado a efecto en los últimos meses por
medio del presente comunicado:


   A) La FECTA se encuentra en pleno proceso electoral de Asamblea General y
      Presidencia Federativa, tras convocatoria de su Presidente D. Alexis Serafín
      Martín de fecha 5 de abril de 2010, por lo que está actuando en funciones una
      Comisión Gestora y la Junta Electoral,

       La convocatoria de elecciones federativas en el primer trimestre de 2010
       obedece a los acuerdos tomados por la Asamblea General en 2009, emplazando
       a la Junta Directiva a que desarrollara las actuaciones necesarias para que se
       llevara a efecto con todas las garantías y en atención debida a la legislación
       canaria vigente en esta materia,

       Atendiendo a dichos acuerdos la Junta Directiva procedió a 1 de Noviembre de
       2009 a la renovación de su programa de gestión de datos, habida cuenta de las
       importantes deficiencias que tenía la versión heredada del anterior equipo de
       gobierno y las sanciones que dichos problemas informáticos y administrativos
       han ocasionado a algunos de nuestros directivos,

   B) Tras la inhabilitación del anterior Presidente D. Juan Alexis García Molina por
      parte del Comité Canario de Disciplina Deportiva, se procedió a la
      remodelación de la Junta, asumiendo inicialmente D. Alexis Serafín Martín
      (Vicepresidente entonces) el cargo de Presidente en Funciones el cual, una vez
      expedita la vía deportiva, asumió el cargo de pleno derecho y nombró su propio
      equipo de gobierno, que fue comunicado oficialmente al Registro de Entidades
      Deportivas del Gobierno de Canarias con fecha de 11 de noviembre de 2009,

   C) Previamente, con fecha 4 de noviembre de 2009, la nueva Junta Directiva
      procedió a la contratación de un Apartado de Correos en Las Palmas de Gran
      Canaria a efecto de notificaciones y comunicaciones, ya que no se podía
      garantizar la recepción de documentación en la sede de la C/ Epifanio, 14, de
      Llano del Moro, Los Baldíos, La Laguna, por motivos familiares y por la
      inexistencia de persona alguna relacionada con la Junta Directiva en el citado
      domicilio,


                                                                                          1
A tal efecto el nuevo Presidente alcanzó un acuerdo con la familia del anterior
     mandatario para que se pudieran dar por recibidas comunicaciones oficiales y de
     los federados en la anterior sede federativa, algo que se extendería hasta
     comienzos del mes de diciembre a la par que se consolidaba la aceptación del
     Apartado de Correos en Las Palmas,

D) Con fecha 5 de noviembre de 2009 se procedía a publicar las Circulares
   relacionadas con la Campaña de Afiliación a la FECTA de 2010 en la web
   oficial federativa indicando expresamente el Apartado de Correos a efecto de
   comunicaciones,

E) La FECTA procedió a comunicar con fecha 26 de noviembre de 2009 a la
   Federación Española el nuevo apartado de correos. En la citada comunicación
   se daba cuenta de que la sede social de la FECTA seguía siendo la misma en
   tanto en cuanto aún no se había procedido a efectuar diligencia alguna al
   respecto ante el Registro de Entidades Deportivas del Gobierno de Canarias.

     Posteriormente fueron informadas la Mutua General Deportiva (11 de diciembre
     de 2009), Comité Español de Disciplina Deportiva (9 de diciembre de 2009),
     entidades bancarias, Asambleístas, Clubes, etc.

F) Con fecha 10 de diciembre de 2009, constatado el debido funcionamiento del
   Apartado de Correos en Las Palmas, la Junta Directiva procedió a informar al
   Registro de Entidades Deportivas del Gobierno de Canarias en relación al
   cambio de domicilio social de la entidad, situando la misma en la C/ La Marina,
   9, CP 38201 de La Laguna, Tenerife, isla en la que reside el nuevo Presidente,
   debiendo mantener el anterior de forma oficial hasta que el nuevo fuera
   aprobado aunque en la práctica dicho domicilio no era funcional para la entidad
   por expreso deseo de los residentes en el mismo,

G) A principios del mes de diciembre de 2009 se procedió a la renovación de
   póliza suscrita con la Mutua General Deportiva indicando la nueva sede social
   de la entidad lo que sumado a las indicaciones de la familia del anterior
   Presidente federativo determinó que se procediera a dar información de la
   misma en la Web de la FECTA,

H) Con fecha 27 de noviembre de 2009 la FECTA comienza a remitir por correo
   electrónico y correo postal certificado, la documentación de los Clubes afiliados
   a la FECTA en 2010 y sus respectivas solicitudes de tramitación de Licencia
   Nacional,

I)   Con fecha 11 de enero de 2010, tras el periodo vacacional de Navidad, la
     FECTA comienza a remitir por correo electrónico a la RFETA la
     documentación de las personas afiliadas a la FECTA en 2010 y sus respectivas
     solicitudes de renovación de Licencia Nacional,

J) Con fecha 15 de enero la FECTA es informada telefónicamente por medio de D.
   Francisco Picazo, del Departamento de Licencias de la RFETA, que la
   Federación Española está remitiendo a la sede anterior todo lo que va dirigido a
   la Federación Canaria, y no al Apartado de Correos comunicado -según se dice-
   por expresa indicación del Secretario General,

                                                                                  2
El responsable del Departamento de Licencias de la RFETA no comenta nada al
    respecto de que exista alguna dificultad o problema con la emisión de las
    Licencias solicitadas hasta ese momento,

K) Con fecha 18 de enero de 2010 se remite vía burofax escrito informando a la
   RFETA nuevamente de la contratación del Apartado de Correos en Las Palmas
   a efecto de Comunicaciones y Notificaciones,

L) Con fecha 22 enero la FECTA ya había recibido en el Apartado de Correos
   contratado en Las Palmas documentación de la Mutua General Deportiva,
   Dirección General de Deportes y Comité Español de Disciplina Deportiva, sin
   que dichas entidades oficiales comuniquen la existencia de algún problema al
   respecto,

M) Con fecha de 26 de enero de 2010 la Federación Canaria es informada -por
   medio de uno de sus afiliados- de que el Departamento de Licencias de la
   RFETA no ha procedido a la tramitación de su Licencia Nacional,

   El afiliado tiene constancia de ello tras recibir correo electrónico de Dña.
   Amparo González, Gerente de la RFETA, que le dice:

          "Buenos días XXXXX: ES NECESARIO QUE TU FEDERACION NOS
          ENVIE URGENTEMENTE LA PETICION DE RENOVACION DE TU
          LICENCIA O NO PODRAS ASISTIR AL CAMPEONATO DE ESPAÑA
          DE SALA DE VALDEPEÑAS, POR FAVOR DINOS COMO ESTA TU
          LICENCIA. LO ANTES POSIBLE. UN SALUDO".

    La comunicación no es remitida a otro deportista canario en igual situación.

    La Secretaría de la FECTA se comunica telefónicamente con el Departamento
    de Licencias de la Federación Española, que manifiesta tener la documentación
    enviada por mail sobre la mesa pero que según órdenes de la Secretaría General
    la documentación sobre renovaciones de licencias debe ser recibida por correo
    postal ordinario y no por mail. Dicha decisión es un cambio del procedimiento
    seguido en los últimos 4 años entre ambas federaciones y no se produce ninguna
    comunicación previa al respecto.

    La actuación de la RFETA en este sentido obliga a la gestión inmediata de la
    Federación Canaria que remite de urgencia -y por dos vías- la documentación ya
    remitida con anterioridad, indicando expresamente el Apartado de Correos de
    Las Palmas a efecto de comunicaciones y notificaciones, e informando que la
    Federación Canaria no es responsable de las decisiones tomadas al respecto y
    unilateralmente por la Federación Española, cuestión ésta que es igualmente
    comunicada a los dos Clubes de sendos deportistas que por dichos motivos casi
    quedan sin participación en el Campeonato de España de Sala 2010.

N) El Departamento de Licencias de la RFETA recibe el 27 de enero de 2010 la
   documentación enviada por la Federación Canaria, fecha en la que se procede a
   la emisión de la totalidad de las licencias de las personas afiliadas a la FECTA
   según consta por informes aportados por parte de la Dirección General de
   Deportes del Gobierno de Canarias recibidos antes del comienzo del proceso
   electoral,
                                                                                   3
O) Con fecha 28 de enero de 2010 se recibe la primera comunicación de la RFETA
   en la sede social de la FECTA sita en la C/ La Marina, 9 de La Laguna,
   Tenerife, firmada por el Secretario General D. Julio Serrano de la Hoz,

    Con fecha 10 y 11 de febrero de 2010 se reciben otras dos comunicaciones de la
    RFETA en la sede social de la FECTA sita en la C/ La Marina, 9 de La Laguna,
    Tenerife, una de ellas firmada por el Secretario General D. Julio Serrano de la
    Hoz y la otra por D. Francisco Picazo del Departamento de Licencias,

    La recepción de dichas comunicaciones evidencia que la RFETA tiene
    conocimiento de la Sede social de la Federación Canaria al menos un día
    después de emitir la totalidad de las Licencias Federativas Nacionales de las
    personas afiliadas a la FECTA en 2010, y es conocedora de que sus
    comunicaciones son recibidas en dicha sede sin que exista ninguna dificultad al
    respecto,

P) Con fecha 17 de febrero de 2010 la FECTA remite nuevo burofax al Secretario
   General de la Federación Española en donde se le informa nuevamente –por
   tercera vez- sobre la existencia del Apartado de Correos y su validez para la
   recepción postal, informando así mismo de la nueva sede social de la FECTA ya
   que se tenía conocimiento extraoficial de que la misma había sido aceptada por
   la Dirección General de Deportes y la documentación estaba en vías de ser
   recepcionada,

    En la citada comunicación el Presidente de la FECTA recuerda al Secretaría
    General que la Federación Española lleva meses sin dar respuesta a los
    múltiples requerimientos que la Federación Canaria, en su condición de
    Asambleísta de la RFETA, lleva efectuando y los cuales -a fecha del presente
    comunicado- aún no han sido satisfechos,

Q) La Dirección General de Deportes comunicó oficialmente a la FECTA la
   aprobación de su nueva sede social con escrito de fecha 23 de febrero de 2010.

    Obtenida la aprobación de la nueva sede social de la entidad se procedió a la
    preparación del proceso electoral federativo que comenzó con fecha de 1 de
    marzo con la publicación de los Listados Pre-censales en la web de la FECTA
    según el Reglamento General de Elecciones de las Federaciones Canarias,

R) Con fecha 27 de abril de 2010 la FECTA recibió comunicación de un Club
   Deportivo que afirmaba haber tenido comunicación con la RFETA en la que
   aquélla le informaba que la totalidad de las Licencias Federativas Nacionales de
   Canarias se encontraban depositadas en la Dirección General de Deportes del
   Gobierno de Canarias, citando concretamente a D. Andrés Fleitas, responsable
   adscrito al área jurídica,

S) Con fecha 30 de abril de 2010 la FECTA procede a remitir escrito a la
   Dirección General de Deportes solicitando se le informe si efectivamente tiene
   en su poder las citadas Licencias, en qué fecha fueron recibidas y el motivo por
   el cual no se ha comunicado a la Federación Canaria éste hecho.



                                                                                 4
Igualmente se remite comunicación vía burofax a la RFETA requiriendo la
       citada información, sin que se tenga por recibida respuesta alguna en la fecha de
       la presente comunicación,

   T) Con fecha 6 de mayo de 2010 se recibe comunicación de la RFETA en la sede
      social de la Federación Canaria. Dicha comunicación remite providencia del
      Comité de Competición de la Federación Española informando del archivo del
      Expediente 1/10 incoado contra la FECTA a partir de la denuncia presentada
      por un Club no afiliado a la misma en 2010,

       La citada providencia manifiesta en su contenido que la RFETA ha informado a
       su Comité de Competición que procedió al envío de las Licencias Nacionales a
       la Federación Canaria sin éxito, y que una vez devueltas procedió a enviar las
       mismas a la Dirección General de Deportes del Gobierno de Canarias,

       La providencia no menciona ni adjunta documento alguno que pruebe lo
       manifestado, ni informa de la dirección de envío, ni de la fecha en la que las
       licencias fueron remitidas a la Dirección General de Deportes del Gobierno de
       Canarias,

       La providencia indica la paralización del procedimiento dadas las especiales
       circunstancias que concurren en la entrega de las licencias dada la actuación de
       la RFETA,


De todos los hechos expuestos, de los cuales consta en el archivo oficial de la FECTA
documentación probatoria, se constata que:


   •   La FECTA ha mantenido informada en todo momento a la Federación Española
       de su situación y domicilio a efecto de notificaciones y comunicaciones, el cual
       es perfectamente válido para comunicaciones postales con CORREOS -de igual
       forma y con mayores garantías de recepción que un domicilio particular-,
       cumpliendo con lo que al respecto establecen los Estatutos de la RFETA y la
       Ley 30/92 de referencia,

   •   La RFETA remite siempre por correo postal certificado las licencias nacionales
       emitidas por ella, SIENDO ÉSTE UN SERVICIO DE LA SOCIEDAD
       ESTATAL DE CORREOS Y TELÉGRAFOS S.A. QUE NO ENTRA EN
       CONFLICTO ALGUNO CON EL APARTADO DE CORREOS
       CONTRATADO, cuestión ésta consultada oportunamente por esta Federación
       Canaria y confirmada en todos sus puntos por Correos,

   •   La Junta Directiva de la FECTA ha recibido varias comunicaciones de la
       Federación Española desde enero de 2010 en su nueva sede social sita en la C/
       La Marina, 9, CP 38201, de La Laguna, Tenerife,

       No se han enviado a la misma las Licencias Federativas Nacionales solicitadas
       por la FECTA desde el mes de diciembre de 2009 y existe documentación que
       prueba que la mayoría de las mismas fueron emitidas con fecha 27 de enero de
       2010,

                                                                                      5
•   A pesar de que en la primera semana del mes de febrero de 2010, el
       Departamento de Licencias de la RFETA conocía y remitía documentación
       oficial a la nueva sede social de la Federación Canaria, la misma no ha creído
       oportuno remitir las Licencias Nacionales emitidas,

   •   La Federación Canaria de Tiro con Arco no ha tenido ningún tipo de problema
       para recepcionar en este tiempo documentación proveniente de la Mutua General
       Deportiva, Dirección General de Deportes, Comité Español de Disciplina
       Deportiva, Clubes y resto de Federados, así como otras entidades e instituciones
       públicas y privadas,

   •   Los directivos de la FECTA han creído oportuno en todo este tiempo que era
       necesaria la discrecionalidad, a la espera de que la Federación Española
       procediera a enviar las Licencias. Sin embargo se están recibiendo licencias
       nacionales que fueron solicitadas posteriormente, lo que evidencia que no habrá
       cambio en las actuaciones federativas haciendo necesaria la publicación del
       presente comunicado,


La Federación Canaria de Tiro con Arco en ningún caso es responsable de la situación
ya que ha comunicado desde noviembre de 2009 los domicilios -a efectos de
notificación y comunicación- a los que podía ser remitida la documentación de la
Federación Española,

Lamentamos profundamente la situación actual que esperemos pueda ser encauzada
debidamente por parte del nuevo equipo de Gobierno de la FECTA tras el proceso
electoral, o bien por los propios afectados ante los órganos disciplinarios
correspondientes, ante la posible comisión por parte de los responsables de la RFETA
de faltas tipificadas como muy graves en el marco legislativo y estatutario que es de
referencia.




D. Alexis Serafín Martín
Comisión Gestora de la FECTA




                                                                                     6

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Fecta circular 011 2010_com sobre lic rfeta 2010

  • 1. CIRCULAR 2010/CIR011 Fecha Federación Canaria de TIRO CON ARCO 12 mayo 2010 www.fecta.org info@fecta.org LICENCIAS FEDERATIVAS DE 2010 EMITIDAS POR LA RFETA La Comisión Gestora de la Federación Canaria de Tiro con Arco, por medio de su Presidente D. Alexis Serafín Martín, a tenor de las comunicaciones recibidas de entidades y miembros de esta Federación por diferentes medios, con la intención de dar cumplida información sobre la falta de recepción de la práctica totalidad de Licencias Nacionales de 2010 emitidas por la RFETA de personas y entidades afiliadas a la FECTA, informa de las gestiones que se han llevado a efecto en los últimos meses por medio del presente comunicado: A) La FECTA se encuentra en pleno proceso electoral de Asamblea General y Presidencia Federativa, tras convocatoria de su Presidente D. Alexis Serafín Martín de fecha 5 de abril de 2010, por lo que está actuando en funciones una Comisión Gestora y la Junta Electoral, La convocatoria de elecciones federativas en el primer trimestre de 2010 obedece a los acuerdos tomados por la Asamblea General en 2009, emplazando a la Junta Directiva a que desarrollara las actuaciones necesarias para que se llevara a efecto con todas las garantías y en atención debida a la legislación canaria vigente en esta materia, Atendiendo a dichos acuerdos la Junta Directiva procedió a 1 de Noviembre de 2009 a la renovación de su programa de gestión de datos, habida cuenta de las importantes deficiencias que tenía la versión heredada del anterior equipo de gobierno y las sanciones que dichos problemas informáticos y administrativos han ocasionado a algunos de nuestros directivos, B) Tras la inhabilitación del anterior Presidente D. Juan Alexis García Molina por parte del Comité Canario de Disciplina Deportiva, se procedió a la remodelación de la Junta, asumiendo inicialmente D. Alexis Serafín Martín (Vicepresidente entonces) el cargo de Presidente en Funciones el cual, una vez expedita la vía deportiva, asumió el cargo de pleno derecho y nombró su propio equipo de gobierno, que fue comunicado oficialmente al Registro de Entidades Deportivas del Gobierno de Canarias con fecha de 11 de noviembre de 2009, C) Previamente, con fecha 4 de noviembre de 2009, la nueva Junta Directiva procedió a la contratación de un Apartado de Correos en Las Palmas de Gran Canaria a efecto de notificaciones y comunicaciones, ya que no se podía garantizar la recepción de documentación en la sede de la C/ Epifanio, 14, de Llano del Moro, Los Baldíos, La Laguna, por motivos familiares y por la inexistencia de persona alguna relacionada con la Junta Directiva en el citado domicilio, 1
  • 2. A tal efecto el nuevo Presidente alcanzó un acuerdo con la familia del anterior mandatario para que se pudieran dar por recibidas comunicaciones oficiales y de los federados en la anterior sede federativa, algo que se extendería hasta comienzos del mes de diciembre a la par que se consolidaba la aceptación del Apartado de Correos en Las Palmas, D) Con fecha 5 de noviembre de 2009 se procedía a publicar las Circulares relacionadas con la Campaña de Afiliación a la FECTA de 2010 en la web oficial federativa indicando expresamente el Apartado de Correos a efecto de comunicaciones, E) La FECTA procedió a comunicar con fecha 26 de noviembre de 2009 a la Federación Española el nuevo apartado de correos. En la citada comunicación se daba cuenta de que la sede social de la FECTA seguía siendo la misma en tanto en cuanto aún no se había procedido a efectuar diligencia alguna al respecto ante el Registro de Entidades Deportivas del Gobierno de Canarias. Posteriormente fueron informadas la Mutua General Deportiva (11 de diciembre de 2009), Comité Español de Disciplina Deportiva (9 de diciembre de 2009), entidades bancarias, Asambleístas, Clubes, etc. F) Con fecha 10 de diciembre de 2009, constatado el debido funcionamiento del Apartado de Correos en Las Palmas, la Junta Directiva procedió a informar al Registro de Entidades Deportivas del Gobierno de Canarias en relación al cambio de domicilio social de la entidad, situando la misma en la C/ La Marina, 9, CP 38201 de La Laguna, Tenerife, isla en la que reside el nuevo Presidente, debiendo mantener el anterior de forma oficial hasta que el nuevo fuera aprobado aunque en la práctica dicho domicilio no era funcional para la entidad por expreso deseo de los residentes en el mismo, G) A principios del mes de diciembre de 2009 se procedió a la renovación de póliza suscrita con la Mutua General Deportiva indicando la nueva sede social de la entidad lo que sumado a las indicaciones de la familia del anterior Presidente federativo determinó que se procediera a dar información de la misma en la Web de la FECTA, H) Con fecha 27 de noviembre de 2009 la FECTA comienza a remitir por correo electrónico y correo postal certificado, la documentación de los Clubes afiliados a la FECTA en 2010 y sus respectivas solicitudes de tramitación de Licencia Nacional, I) Con fecha 11 de enero de 2010, tras el periodo vacacional de Navidad, la FECTA comienza a remitir por correo electrónico a la RFETA la documentación de las personas afiliadas a la FECTA en 2010 y sus respectivas solicitudes de renovación de Licencia Nacional, J) Con fecha 15 de enero la FECTA es informada telefónicamente por medio de D. Francisco Picazo, del Departamento de Licencias de la RFETA, que la Federación Española está remitiendo a la sede anterior todo lo que va dirigido a la Federación Canaria, y no al Apartado de Correos comunicado -según se dice- por expresa indicación del Secretario General, 2
  • 3. El responsable del Departamento de Licencias de la RFETA no comenta nada al respecto de que exista alguna dificultad o problema con la emisión de las Licencias solicitadas hasta ese momento, K) Con fecha 18 de enero de 2010 se remite vía burofax escrito informando a la RFETA nuevamente de la contratación del Apartado de Correos en Las Palmas a efecto de Comunicaciones y Notificaciones, L) Con fecha 22 enero la FECTA ya había recibido en el Apartado de Correos contratado en Las Palmas documentación de la Mutua General Deportiva, Dirección General de Deportes y Comité Español de Disciplina Deportiva, sin que dichas entidades oficiales comuniquen la existencia de algún problema al respecto, M) Con fecha de 26 de enero de 2010 la Federación Canaria es informada -por medio de uno de sus afiliados- de que el Departamento de Licencias de la RFETA no ha procedido a la tramitación de su Licencia Nacional, El afiliado tiene constancia de ello tras recibir correo electrónico de Dña. Amparo González, Gerente de la RFETA, que le dice: "Buenos días XXXXX: ES NECESARIO QUE TU FEDERACION NOS ENVIE URGENTEMENTE LA PETICION DE RENOVACION DE TU LICENCIA O NO PODRAS ASISTIR AL CAMPEONATO DE ESPAÑA DE SALA DE VALDEPEÑAS, POR FAVOR DINOS COMO ESTA TU LICENCIA. LO ANTES POSIBLE. UN SALUDO". La comunicación no es remitida a otro deportista canario en igual situación. La Secretaría de la FECTA se comunica telefónicamente con el Departamento de Licencias de la Federación Española, que manifiesta tener la documentación enviada por mail sobre la mesa pero que según órdenes de la Secretaría General la documentación sobre renovaciones de licencias debe ser recibida por correo postal ordinario y no por mail. Dicha decisión es un cambio del procedimiento seguido en los últimos 4 años entre ambas federaciones y no se produce ninguna comunicación previa al respecto. La actuación de la RFETA en este sentido obliga a la gestión inmediata de la Federación Canaria que remite de urgencia -y por dos vías- la documentación ya remitida con anterioridad, indicando expresamente el Apartado de Correos de Las Palmas a efecto de comunicaciones y notificaciones, e informando que la Federación Canaria no es responsable de las decisiones tomadas al respecto y unilateralmente por la Federación Española, cuestión ésta que es igualmente comunicada a los dos Clubes de sendos deportistas que por dichos motivos casi quedan sin participación en el Campeonato de España de Sala 2010. N) El Departamento de Licencias de la RFETA recibe el 27 de enero de 2010 la documentación enviada por la Federación Canaria, fecha en la que se procede a la emisión de la totalidad de las licencias de las personas afiliadas a la FECTA según consta por informes aportados por parte de la Dirección General de Deportes del Gobierno de Canarias recibidos antes del comienzo del proceso electoral, 3
  • 4. O) Con fecha 28 de enero de 2010 se recibe la primera comunicación de la RFETA en la sede social de la FECTA sita en la C/ La Marina, 9 de La Laguna, Tenerife, firmada por el Secretario General D. Julio Serrano de la Hoz, Con fecha 10 y 11 de febrero de 2010 se reciben otras dos comunicaciones de la RFETA en la sede social de la FECTA sita en la C/ La Marina, 9 de La Laguna, Tenerife, una de ellas firmada por el Secretario General D. Julio Serrano de la Hoz y la otra por D. Francisco Picazo del Departamento de Licencias, La recepción de dichas comunicaciones evidencia que la RFETA tiene conocimiento de la Sede social de la Federación Canaria al menos un día después de emitir la totalidad de las Licencias Federativas Nacionales de las personas afiliadas a la FECTA en 2010, y es conocedora de que sus comunicaciones son recibidas en dicha sede sin que exista ninguna dificultad al respecto, P) Con fecha 17 de febrero de 2010 la FECTA remite nuevo burofax al Secretario General de la Federación Española en donde se le informa nuevamente –por tercera vez- sobre la existencia del Apartado de Correos y su validez para la recepción postal, informando así mismo de la nueva sede social de la FECTA ya que se tenía conocimiento extraoficial de que la misma había sido aceptada por la Dirección General de Deportes y la documentación estaba en vías de ser recepcionada, En la citada comunicación el Presidente de la FECTA recuerda al Secretaría General que la Federación Española lleva meses sin dar respuesta a los múltiples requerimientos que la Federación Canaria, en su condición de Asambleísta de la RFETA, lleva efectuando y los cuales -a fecha del presente comunicado- aún no han sido satisfechos, Q) La Dirección General de Deportes comunicó oficialmente a la FECTA la aprobación de su nueva sede social con escrito de fecha 23 de febrero de 2010. Obtenida la aprobación de la nueva sede social de la entidad se procedió a la preparación del proceso electoral federativo que comenzó con fecha de 1 de marzo con la publicación de los Listados Pre-censales en la web de la FECTA según el Reglamento General de Elecciones de las Federaciones Canarias, R) Con fecha 27 de abril de 2010 la FECTA recibió comunicación de un Club Deportivo que afirmaba haber tenido comunicación con la RFETA en la que aquélla le informaba que la totalidad de las Licencias Federativas Nacionales de Canarias se encontraban depositadas en la Dirección General de Deportes del Gobierno de Canarias, citando concretamente a D. Andrés Fleitas, responsable adscrito al área jurídica, S) Con fecha 30 de abril de 2010 la FECTA procede a remitir escrito a la Dirección General de Deportes solicitando se le informe si efectivamente tiene en su poder las citadas Licencias, en qué fecha fueron recibidas y el motivo por el cual no se ha comunicado a la Federación Canaria éste hecho. 4
  • 5. Igualmente se remite comunicación vía burofax a la RFETA requiriendo la citada información, sin que se tenga por recibida respuesta alguna en la fecha de la presente comunicación, T) Con fecha 6 de mayo de 2010 se recibe comunicación de la RFETA en la sede social de la Federación Canaria. Dicha comunicación remite providencia del Comité de Competición de la Federación Española informando del archivo del Expediente 1/10 incoado contra la FECTA a partir de la denuncia presentada por un Club no afiliado a la misma en 2010, La citada providencia manifiesta en su contenido que la RFETA ha informado a su Comité de Competición que procedió al envío de las Licencias Nacionales a la Federación Canaria sin éxito, y que una vez devueltas procedió a enviar las mismas a la Dirección General de Deportes del Gobierno de Canarias, La providencia no menciona ni adjunta documento alguno que pruebe lo manifestado, ni informa de la dirección de envío, ni de la fecha en la que las licencias fueron remitidas a la Dirección General de Deportes del Gobierno de Canarias, La providencia indica la paralización del procedimiento dadas las especiales circunstancias que concurren en la entrega de las licencias dada la actuación de la RFETA, De todos los hechos expuestos, de los cuales consta en el archivo oficial de la FECTA documentación probatoria, se constata que: • La FECTA ha mantenido informada en todo momento a la Federación Española de su situación y domicilio a efecto de notificaciones y comunicaciones, el cual es perfectamente válido para comunicaciones postales con CORREOS -de igual forma y con mayores garantías de recepción que un domicilio particular-, cumpliendo con lo que al respecto establecen los Estatutos de la RFETA y la Ley 30/92 de referencia, • La RFETA remite siempre por correo postal certificado las licencias nacionales emitidas por ella, SIENDO ÉSTE UN SERVICIO DE LA SOCIEDAD ESTATAL DE CORREOS Y TELÉGRAFOS S.A. QUE NO ENTRA EN CONFLICTO ALGUNO CON EL APARTADO DE CORREOS CONTRATADO, cuestión ésta consultada oportunamente por esta Federación Canaria y confirmada en todos sus puntos por Correos, • La Junta Directiva de la FECTA ha recibido varias comunicaciones de la Federación Española desde enero de 2010 en su nueva sede social sita en la C/ La Marina, 9, CP 38201, de La Laguna, Tenerife, No se han enviado a la misma las Licencias Federativas Nacionales solicitadas por la FECTA desde el mes de diciembre de 2009 y existe documentación que prueba que la mayoría de las mismas fueron emitidas con fecha 27 de enero de 2010, 5
  • 6. A pesar de que en la primera semana del mes de febrero de 2010, el Departamento de Licencias de la RFETA conocía y remitía documentación oficial a la nueva sede social de la Federación Canaria, la misma no ha creído oportuno remitir las Licencias Nacionales emitidas, • La Federación Canaria de Tiro con Arco no ha tenido ningún tipo de problema para recepcionar en este tiempo documentación proveniente de la Mutua General Deportiva, Dirección General de Deportes, Comité Español de Disciplina Deportiva, Clubes y resto de Federados, así como otras entidades e instituciones públicas y privadas, • Los directivos de la FECTA han creído oportuno en todo este tiempo que era necesaria la discrecionalidad, a la espera de que la Federación Española procediera a enviar las Licencias. Sin embargo se están recibiendo licencias nacionales que fueron solicitadas posteriormente, lo que evidencia que no habrá cambio en las actuaciones federativas haciendo necesaria la publicación del presente comunicado, La Federación Canaria de Tiro con Arco en ningún caso es responsable de la situación ya que ha comunicado desde noviembre de 2009 los domicilios -a efectos de notificación y comunicación- a los que podía ser remitida la documentación de la Federación Española, Lamentamos profundamente la situación actual que esperemos pueda ser encauzada debidamente por parte del nuevo equipo de Gobierno de la FECTA tras el proceso electoral, o bien por los propios afectados ante los órganos disciplinarios correspondientes, ante la posible comisión por parte de los responsables de la RFETA de faltas tipificadas como muy graves en el marco legislativo y estatutario que es de referencia. D. Alexis Serafín Martín Comisión Gestora de la FECTA 6