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PONTIFICIA UNIVERSIDAD CATOLICA DEL
ECUADOR SEDE IBARRA
LEY DE PROTECCIÓN DE DATOS
INFORMÁTICA LEGAL
Esteban Patricio Pillajo Montalvo
23 de noviembre de 2020
Actividad: Análisis de la Ley de Protección de datos personales en el Ecuador
Parte 1: Análisis de Ley de protección de datos Personales
Una vez revisada la información correspondiente de la ley de protección de datos próxima a
aprobarse, conteste las siguientes preguntas:
1. ¿Qué pasa con la Ley del Sistema Nacional del registro de datos públicos?
Cómo se engrana con el Código Orgánico Integral penal la Ley de protección de
datos personales?
Esta Ley no define los datos personales, pero es muy importante considerarla como parte del
engranaje donde tendrá que acoplarse la futura ley ecuatoriana referente a esta materia. Según
esta ley, datos públicos son aquellos que constan en los registros de datos públicos, sin hacer
una diferencia con datos personales protegidos.
2. ¿Cómo se define los datos Personales a nivel general?
a) En relación con la Unión Europea?
Datos personales: toda información sobre una persona física identificada o identificable (el
“interesado”); se considerará identificable toda persona cuya identidad pueda determinarse,
directa o indirectamente, en particular mediante un identificador, como por ejemplo in nombre,
un número de identificación, datos de localización, un identificador en línea o uno o varios
elementos propios de la identidad física, fisiológica, genética, psíquica, económica, cultural o
social de dicha persona
b) En relación con el Ecuador?
Datos personales: cualquier información vinculada o que pueda asociarse a una o varias
personas naturales identificadas o identificables: nombre y apellido, fecha de nacimiento,
dirección domiciliaria, correo electrónico, número de teléfono, número de cédula, matrícula
vehicular, información patrimonial e información académica o cualquier otra información
vinculada con la identidad del titular
3. ¿Cómo se define el responsable de datos Personales a nivel general?
a) En relación con la Unión Europea?
“responsable del tratamiento o responsable: la persona física o jurídica, autoridad pública,
servicio o cualquier otro organismo que solo o junto con otros, determine los fines y medios
del tratamiento...”.
b) En relación con Colombia?
Responsable del tratamiento: persona natural o jurídica, pública o privada, que por sí misma o
en asocio con otros, decida sobre la base de datos y/o el Tratamiento de los datos”.
c) En relación con Ecuador?
Responsable del tratamiento de la información: persona natural o jurídica, pública o privada
que sola o conjuntamente con otros, administra el sistema de tratamiento de datos personales
por cuenta del responsable del archivo, registro, base o banco de datos.
Toda operación de información que comprometa datos personales, en procedimiento
mecánico o automatizado que tenga como fin la recolección, ordenamiento, conservación,
almacenamiento, modificación, evaluación, destrucción, procesamiento de datos, así como el
acceso de terceros por cualquier medio, deberá observar estrictamente la normativa prevista,
bajo los derechos de protección y salvaguardia de identidad.
4. Cómo se define al Encargado del tratamiento de datos nivel general
a) En relación con la Unión Europea?
“Encargado del Tratamiento o Encargado: la persona física o jurídica, autoridad pública,
servicio o cualquier otro organismo que, solo o conjuntamente con otros, trate datos personales
por cuenta del responsable del tratamiento”
b) En relación con Colombia?
“Encargado del Tratamiento: Persona natural o jurídica, pública o privada, que por sí misma o
en asocio con otros, realice el tratamiento de datos personales por cuenta del responsable del
Tratamiento”
c) En relación con Ecuador?
“responsable del archivo, registro, base o banco de datos: persona natural o jurídica, pública o
privada que es titular de un archivo, registro, base o banco de datos como custodio y operador
de la información”.
5. Cómo se define la Seguridad y Confidencialidad de datos personales a nivel general
a) En relación con la Unión Europea?
Teniendo en cuenta el estado de la técnica, los costes de aplicación, y la naturaleza, el alcance,
el contexto y los fines del tratamiento, así como riesgos de probabilidad y gravedad variables
para los derechos y libertades de las personas físicas, el responsable y el encargado del
tratamiento aplicarán medidas técnicas y organizativas apropiadas para garantizar un nivel de
seguridad adecuado al riesgo, que en su caso incluya, entre otros:
a) la seudonimización y el cifrado de datos personales; b) la capacidad de garantizar la
confidencialidad, integridad, disponibilidad y resiliencia permanentes de los sistemas y
servicios de tratamiento; c) la capacidad de restaurar la disponibilidad y el acceso a los datos
personales de forma rápida en caso de incidente físico o técnico; d) un proceso de verificación,
evaluación y valoración regulares de la eficacia de las medidas técnicas y
organizativas para garantizar la seguridad del tratamiento.
b) En relación con Perú?
La ley peruana de protección de datos distingue claramente lo que es la seguridad y lo que es
la confidencialidad:
Seguridad del Tratamiento de Datos Personales: para fines del tratamiento de datos personales,
el titular del banco de datos personales de be adoptar medidas técnicas, organizativas y legales
que garanticen su seguridad y eviten su alteración, pérdida, tratamiento o acceso no autorizado
... Queda prohibido el tratamiento de datos personales en bancos de datos que no reúnan los
requisitos y las condiciones de seguridad a que se refiere este artículo.
Confidencialidad de Datos Personales: el titular del banco de datos personales, el encargado y
quienes intervengan en cualquier parte de su tratamiento están obligados a guardar
confidencialidad respecto de los mismos y de sus antecedentes...
c) En relación con Ecuador?
El proyecto de ley ecuatoriano no regula la seguridad de manera específica. No regula la
seudonimización, ni el cifrado, ni la aplicación de estándares de seguridad. Solo se menciona
la seguridad y confidencialidad de manera superficial y general en algunos artículos.
6. Cómo se define a la Autoridad Responsable de la protección de datos personales a
nivel general
a) En relación con España?
La Agencia de Protección de Datos es un ente de derecho público, con personalidad jurídica
propia y plena capacidad pública y privada, que actúa con plena independencia de las
Administraciones públicas en el ejercicio de sus funciones. Se regirá por lo dispuesto en la
presente Ley y en un Estatuto propio, que será aprobado por el Gobierno.
b) En relación con Ecuador?
En nuestro país, el artículo 11 del proyecto de ley asigna la autoridad de protección de datos a
la Dirección Nacional de Registro de Datos Públicos, órgano adscrito al Ministerio de
Telecomunicaciones y Sociedad de la Información.
7. Cómo se define a la Transferencia de datos personales a Terceros países a nivel
general
a) En relación con la unión europea?
Podrá realizarse una transferencia de datos personales a un tercer país u organización
internacional cuando la Comisión haya decidido que el tercer país, un territorio o uno o varios
sectores específicos de ese tercer país, o la organización internacional de que se trate garantizan
un nivel de protección adecuado. Dicha transferencia no requerirá ninguna autorización
específica.
b) En relación con Argentina?
“Es prohibida la transferencia de datos personales de cualquier tipo con países u organismos
internacionales o supranacionales, que no proporcionen niveles de protección adecuados”.
La regulación europea y la ley argentina coinciden en exigir un nivel adecuado de protección
para la transferencia de datos a otros países. En este punto, la clave es entender lo que implica
tener un nivel adecuado de protección. En la Unión Europea, la Comisión Europea decide qué
países ofrecen un nivel adecuado de protección de acuerdo a su legislación interna, y a los
acuerdos internacionales que haya suscrito en materia de protección de datos personales.
c) En relación con Ecuador?
“Prohibición: Se prohíbe la transferencia de datos personales de cualquier tipo a países u
organismos internacionales que no proporcionen niveles de protección de datos, conforme con
las normas de derecho internacional o regional en la materia”.
Genere sus conclusiones personales en base al análisis planteado sobe la ley de
protección de datos personales.
La ley que se propone para la protección de datos personales en Ecuador se la necesita de forma
urgente para proteger algunos derechos a la vida privada.
Fue una iniciativa muy importante para el Ecuador la elaboración de dicho proyecto por parte
de la Asamblea Nacional.

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Ley de proteccion_de_datos

  • 1. PONTIFICIA UNIVERSIDAD CATOLICA DEL ECUADOR SEDE IBARRA LEY DE PROTECCIÓN DE DATOS INFORMÁTICA LEGAL Esteban Patricio Pillajo Montalvo 23 de noviembre de 2020
  • 2. Actividad: Análisis de la Ley de Protección de datos personales en el Ecuador Parte 1: Análisis de Ley de protección de datos Personales Una vez revisada la información correspondiente de la ley de protección de datos próxima a aprobarse, conteste las siguientes preguntas: 1. ¿Qué pasa con la Ley del Sistema Nacional del registro de datos públicos? Cómo se engrana con el Código Orgánico Integral penal la Ley de protección de datos personales? Esta Ley no define los datos personales, pero es muy importante considerarla como parte del engranaje donde tendrá que acoplarse la futura ley ecuatoriana referente a esta materia. Según esta ley, datos públicos son aquellos que constan en los registros de datos públicos, sin hacer una diferencia con datos personales protegidos. 2. ¿Cómo se define los datos Personales a nivel general? a) En relación con la Unión Europea? Datos personales: toda información sobre una persona física identificada o identificable (el “interesado”); se considerará identificable toda persona cuya identidad pueda determinarse, directa o indirectamente, en particular mediante un identificador, como por ejemplo in nombre, un número de identificación, datos de localización, un identificador en línea o uno o varios elementos propios de la identidad física, fisiológica, genética, psíquica, económica, cultural o social de dicha persona b) En relación con el Ecuador? Datos personales: cualquier información vinculada o que pueda asociarse a una o varias personas naturales identificadas o identificables: nombre y apellido, fecha de nacimiento, dirección domiciliaria, correo electrónico, número de teléfono, número de cédula, matrícula vehicular, información patrimonial e información académica o cualquier otra información vinculada con la identidad del titular 3. ¿Cómo se define el responsable de datos Personales a nivel general? a) En relación con la Unión Europea? “responsable del tratamiento o responsable: la persona física o jurídica, autoridad pública, servicio o cualquier otro organismo que solo o junto con otros, determine los fines y medios del tratamiento...”. b) En relación con Colombia? Responsable del tratamiento: persona natural o jurídica, pública o privada, que por sí misma o en asocio con otros, decida sobre la base de datos y/o el Tratamiento de los datos”.
  • 3. c) En relación con Ecuador? Responsable del tratamiento de la información: persona natural o jurídica, pública o privada que sola o conjuntamente con otros, administra el sistema de tratamiento de datos personales por cuenta del responsable del archivo, registro, base o banco de datos. Toda operación de información que comprometa datos personales, en procedimiento mecánico o automatizado que tenga como fin la recolección, ordenamiento, conservación, almacenamiento, modificación, evaluación, destrucción, procesamiento de datos, así como el acceso de terceros por cualquier medio, deberá observar estrictamente la normativa prevista, bajo los derechos de protección y salvaguardia de identidad. 4. Cómo se define al Encargado del tratamiento de datos nivel general a) En relación con la Unión Europea? “Encargado del Tratamiento o Encargado: la persona física o jurídica, autoridad pública, servicio o cualquier otro organismo que, solo o conjuntamente con otros, trate datos personales por cuenta del responsable del tratamiento” b) En relación con Colombia? “Encargado del Tratamiento: Persona natural o jurídica, pública o privada, que por sí misma o en asocio con otros, realice el tratamiento de datos personales por cuenta del responsable del Tratamiento” c) En relación con Ecuador? “responsable del archivo, registro, base o banco de datos: persona natural o jurídica, pública o privada que es titular de un archivo, registro, base o banco de datos como custodio y operador de la información”. 5. Cómo se define la Seguridad y Confidencialidad de datos personales a nivel general a) En relación con la Unión Europea? Teniendo en cuenta el estado de la técnica, los costes de aplicación, y la naturaleza, el alcance, el contexto y los fines del tratamiento, así como riesgos de probabilidad y gravedad variables para los derechos y libertades de las personas físicas, el responsable y el encargado del tratamiento aplicarán medidas técnicas y organizativas apropiadas para garantizar un nivel de seguridad adecuado al riesgo, que en su caso incluya, entre otros: a) la seudonimización y el cifrado de datos personales; b) la capacidad de garantizar la confidencialidad, integridad, disponibilidad y resiliencia permanentes de los sistemas y servicios de tratamiento; c) la capacidad de restaurar la disponibilidad y el acceso a los datos personales de forma rápida en caso de incidente físico o técnico; d) un proceso de verificación, evaluación y valoración regulares de la eficacia de las medidas técnicas y
  • 4. organizativas para garantizar la seguridad del tratamiento. b) En relación con Perú? La ley peruana de protección de datos distingue claramente lo que es la seguridad y lo que es la confidencialidad: Seguridad del Tratamiento de Datos Personales: para fines del tratamiento de datos personales, el titular del banco de datos personales de be adoptar medidas técnicas, organizativas y legales que garanticen su seguridad y eviten su alteración, pérdida, tratamiento o acceso no autorizado ... Queda prohibido el tratamiento de datos personales en bancos de datos que no reúnan los requisitos y las condiciones de seguridad a que se refiere este artículo. Confidencialidad de Datos Personales: el titular del banco de datos personales, el encargado y quienes intervengan en cualquier parte de su tratamiento están obligados a guardar confidencialidad respecto de los mismos y de sus antecedentes... c) En relación con Ecuador? El proyecto de ley ecuatoriano no regula la seguridad de manera específica. No regula la seudonimización, ni el cifrado, ni la aplicación de estándares de seguridad. Solo se menciona la seguridad y confidencialidad de manera superficial y general en algunos artículos. 6. Cómo se define a la Autoridad Responsable de la protección de datos personales a nivel general a) En relación con España? La Agencia de Protección de Datos es un ente de derecho público, con personalidad jurídica propia y plena capacidad pública y privada, que actúa con plena independencia de las Administraciones públicas en el ejercicio de sus funciones. Se regirá por lo dispuesto en la presente Ley y en un Estatuto propio, que será aprobado por el Gobierno. b) En relación con Ecuador? En nuestro país, el artículo 11 del proyecto de ley asigna la autoridad de protección de datos a la Dirección Nacional de Registro de Datos Públicos, órgano adscrito al Ministerio de Telecomunicaciones y Sociedad de la Información. 7. Cómo se define a la Transferencia de datos personales a Terceros países a nivel general a) En relación con la unión europea? Podrá realizarse una transferencia de datos personales a un tercer país u organización internacional cuando la Comisión haya decidido que el tercer país, un territorio o uno o varios sectores específicos de ese tercer país, o la organización internacional de que se trate garantizan
  • 5. un nivel de protección adecuado. Dicha transferencia no requerirá ninguna autorización específica. b) En relación con Argentina? “Es prohibida la transferencia de datos personales de cualquier tipo con países u organismos internacionales o supranacionales, que no proporcionen niveles de protección adecuados”. La regulación europea y la ley argentina coinciden en exigir un nivel adecuado de protección para la transferencia de datos a otros países. En este punto, la clave es entender lo que implica tener un nivel adecuado de protección. En la Unión Europea, la Comisión Europea decide qué países ofrecen un nivel adecuado de protección de acuerdo a su legislación interna, y a los acuerdos internacionales que haya suscrito en materia de protección de datos personales. c) En relación con Ecuador? “Prohibición: Se prohíbe la transferencia de datos personales de cualquier tipo a países u organismos internacionales que no proporcionen niveles de protección de datos, conforme con las normas de derecho internacional o regional en la materia”. Genere sus conclusiones personales en base al análisis planteado sobe la ley de protección de datos personales. La ley que se propone para la protección de datos personales en Ecuador se la necesita de forma urgente para proteger algunos derechos a la vida privada. Fue una iniciativa muy importante para el Ecuador la elaboración de dicho proyecto por parte de la Asamblea Nacional.