1. Boletín Informativo “La Voz Parlamentaria” N° 003
18 de noviembre de 2013
PROFORMA PRESUPUESTARIA DESTINA MÁS RECURSOS AL SECTOR SOCIAL
El presupuesto del próximo año que asciende a 34300
millones USD, tiene como principal fuente de
financiamiento los impuestos, y los ingresos
petroleros proyectados en un precio promedio de USD
86,4 por cada barril, costo mayor a los USD 79,3 de
este año.
Esta cifra representa un 6 % más que el presupuesto
inicial aprobado en el 2013 de $ 32.366,8 millones.
Supuestos macroeconómicos
El presupuesto 2014, apunta al fortalecimiento
en salud, educación, vivienda, inversión
productiva,
gobiernos
autónomos
descentralizados, entre otros, concretándose los
objetivos del Plan Nacional del Buen Vivir
2013-2017 a través de la gestión desempeñada
por las diferentes entidades que conforman el
sector público.
Los Gobiernos Autónomos Descentralizados tendrán una incremento de $ 2.755 millones (del
presupuesto 2013) a $ 2.977 millones. La tabla 3 refleja las preasignaciones alos gobiernos autónomos
desentralizados.
2. Boletín Informativo “La Voz Parlamentaria” N° 003
18 de noviembre de 2013
Preasignaciones Gobiernos Autónomos Descentralizados
En el art. art. 192 del Cootad
señala, que en virtud de las
competencias
constitucionales, el monto
total a transferir se distribuirá
entre
los
gobiernos
autónomos descentralizados
en la siguiente proporción:
veintisiete por ciento (27%)
para
los
consejos
provinciales; sesenta y siete
por ciento (67%) para los
municipios y distritos metropolitanos; y, seis por ciento (6%) para las juntas parroquiales.
El total de estos recursos se distribuirá conforme a tamaño y densidad de la población; necesidades
básicas insatisfechas jerarquizadas y consideradas en relación con la población residente en el territorio
de cada uno de los gobiernos autónomos descentralizados; logros en el mejoramiento de los niveles de
vida; esfuerzo fiscal y administrativo; y, cumplimiento de metas del Plan Nacional de Desarrollo y del
plan de desarrollo del gobierno autónomo descentralizado.
Conforme el art. 191 el objetivo de las transferencias es garantizar una provisión equitativa de bienes y
servicios públicos, relacionados con las competencias exclusivas de cada nivel de gobierno autónomo
descentralizado, a todos los ciudadanos y ciudadanas del país, independientemente del lugar de su
residencia, para lograr equidad territorial.
De acuerdo con el artículo 192.- Monto total a transferir.- Los gobiernos autónomos descentralizados
participarán del veintiuno por ciento (21%) de ingresos permanentes y del diez por ciento (10%) de los
no permanentes del presupuesto general del Estado.
El Ejecutivo presentó el 6 de noviembre el presupuesto fiscal para el próximo año, en atención al
artículo 295 de la Constitución que prevé que “la Función Ejecutiva presentará a la Asamblea Nacional
la proforma presupuestaria anual y la programación presupuestaria cuatrianual, los primeros noventa
días de su gestión y, en los años siguientes, sesenta días antes del inicio del año fiscal respectivo.
… la Asamblea Nacional observará y aprobará en los treinta días siguientes y en un solo debate, la
proforma anual y la programación cuatrianual.
La misma disposición aclara que si transcurrido este plazo la Asamblea no se pronuncia, entrarán en
vigencia la proforma y la programación elaboradas por la Función Ejecutiva
3. Boletín Informativo “La Voz Parlamentaria” N° 003
18 de noviembre de 2013
Presupuesto Consolidado Por Grupos.
Mientras tanto, el Programa Anual
de Inversiones del 2014 asciende a
$ 7.262,96 millones con inversión
para Ministerio de Transporte y
Obras Públicas de $ 1.284.49
millones;
Ministerio
de
Electricidad y Energía Renovable
de $ 1.136.46 millones; Ministerio
de Salud Pública de $ 763.30
millones;
y
Ministerio
de
Educación de $ 697.15 millones,
entre otros.
Hasta que se apruebe el
presupuesto del año venidero el
Presidente de la República, aplicará el presupuesto anterior. Cualquier aumento de gastos durante la
ejecución presupuestaria deberá ser aprobado por la Asamblea Nacional, dentro del límite establecido
por la Ley.
Procedimiento de los asambleístas para aprobar la proforma presupuestaria 2014: Ley Orgánica
de la Función Legislativa.
Al momento conforme el artículo 103 de la Ley Orgánica de la Función Legislativa la disposición legal
prevé que la proforma presupuestaria es revisada por la Comisión correspondiente, la cual en un plazo
de diez días debe presentar y poner a consideración del pleno un informe que debe ser observado y
aprobado con la mayoría absoluta de sus miembros en un solo debate en 30 días, si transcurrido este
plazo la Asamblea no se pronuncia, la proforma entrarán en vigencia conforme la programación
elaboradas por la Función Ejecutiva.
Acceder a los link para descargar información de la Proforma Presupuestaria 2014
Presupuesto 2014
http://documentacion.asambleanacional.gob.ec/alfresco/d/d/workspace/SpacesStore/e4335743-529e-4adf-beda-4f2b9ce1be31/Pres
upuesto-2014.pdf
Programación cuatrianual
http://documentacion.asambleanacional.gob.ec/alfresco/d/d/workspace/SpacesStore/b9366560-5922-4d47-87d8-e7f22e289d72/Pro
gramacion-cuatrianual.pdf