2. Cibercrimen lo podríamos dividir
en dos palabras: Ciber y Crimen.
Según el diccionario de la Real
Academia Española de la lengua,
• Ciber se define como: “Significa
cibernético, Ciberespacio,
cibernauta.” Su origen es la
palabra griega kibernao, que
significa pilotar una nave.”; y,
Crimen se define como: Delito
grave, acción indebida o
reprensible, acción o cosa que
perjudica a alguien o algo.
El cibercrimen conocidos en el Perú como
delitos informáticos se presenta en el Perú y
en todo el mundo ya que la tecnología avanza
cada día más y mas y es por ello que en el
DEFINICIÓN Perú se refleja a través de la legislación
penal.
3. ¿CÓMO ES QUE OBTIENEN
INGRESOS ESTOS SUJETOS Y
ORGANIZACIONES?
Las formas se han diversificado y sofisticado, desde
las clásicas "redes de bots", donde mediante un
gusano que se replica fácilmente a los contactos del
usuario, se infectan miles de computadores que
luego pueden seguir las órdenes del cibercriminal,
que desde ahí envía publicidad basura (conocida
como spam) a millones de máquinas en todo el
mundo; hasta el sofisticado "Phishing", que intenta
imitar a la perfección las páginas de los bancos, para
que las personas ingresen sus datos y así el hacker
pueda tomar control de sus cuentas y dinero.
4. TECNICA LEGISLATIVA EN EL
PERU
Ley 27309. Incorpora al C.P. los delitos informáticos. Se
incorporó en el Código Penal en el Tirulo V, capitulo X, el cual
contiene tres artículos.
207-A: En donde se refiere a la interferencia, acceso o copia
ilícita contenida de base de datos (hackers).
207-B: La alteración, daño o destrucción de base de datos
(cracker).
207-C: Circunstancias cualificantes agravante.
Nuestra legislación ha incorporado como Delitos informáticos
dentro de los Delitos contra el patrimonio.
5. DIFERENCIA DE DELITOS
Aquéllos realizados con el auxilio o
utilizando la capacidad de los
sistemas informáticos para garantizar
su anonimato o impunidad territorial,
pero que pueden tener tipos penales
específicos en algunas legislaciones
DELITOS
COMPUTACIONALES
DELITOS Conductas delictuales tradicionales con tipos
INFORMATICOS encuadrados en nuestro Código Penal que se
utiliza los medios informáticos como medio de
comisión por ejemplo: realizar una estafa, robo
o hurto, por medio de la utilización de una
computadora conectada a una red bancaria, ya
que en estos casos se tutela los bienes
jurídicos tradicionales como ser el patrimonio.