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INFORME DE PRENSA


                      Beneficios a los empleados judiciales
Se otorgó pago por título, adicional por presentismo y adicional por “estado judicial”




El Superior Tribunal de Justicia mediante Acuerdo 582 de la fecha, acordó con el
gremio SIJUPU, importantes beneficios para los empleados judiciales. Se destacó el
reconocimiento y pago de título, un adicional por presentismo y en reemplazo del
adicional por permanencia en el cargo, otro que se denominará Estado Judicial.
El adicional por presentismo incluye a todo el personal comprendido en el Estatuto del
Empleado Judicial y será equivalente a un 10% de la sumatoria del sueldo básico y la
compensación jerárquica. Para la liquidación de este se tendrá en cuenta la asistencia
perfecta. Una falta por cualquier concepto justificada o no, implica la pérdida del 25%,
2 faltas el 50% y la tercera implica la pérdida total del mismo.
En relación al pago de Adicional por Título, se liquidará de la siguiente manera:
CLASE A: Título Universitario igual o mayor a cuatro años el 25 % del sueldo básico
de revista. CLASE B: Título Universitario igual 2 o 3 años a fin con la tarea
desempeñada en el Poder Judicial el 10% del sueldo básico de revista.
Finalmente, se creó el “Adicional por Estado Judicial” en reemplazo del “Adicional por
permanencia en el cargo” equivalente al 10% de la sumatoria del sueldo básico y la
compensación jerárquica. Este adicional no se perderá por cambio de categoría.
La vigencia de estos adicionales será a partir del 1 de septiembre del cte. año.


Informe Nº 402                                      San Luis, 1 de septiembre de 2010.-

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  • 1. INFORME DE PRENSA Beneficios a los empleados judiciales Se otorgó pago por título, adicional por presentismo y adicional por “estado judicial” El Superior Tribunal de Justicia mediante Acuerdo 582 de la fecha, acordó con el gremio SIJUPU, importantes beneficios para los empleados judiciales. Se destacó el reconocimiento y pago de título, un adicional por presentismo y en reemplazo del adicional por permanencia en el cargo, otro que se denominará Estado Judicial. El adicional por presentismo incluye a todo el personal comprendido en el Estatuto del Empleado Judicial y será equivalente a un 10% de la sumatoria del sueldo básico y la compensación jerárquica. Para la liquidación de este se tendrá en cuenta la asistencia perfecta. Una falta por cualquier concepto justificada o no, implica la pérdida del 25%, 2 faltas el 50% y la tercera implica la pérdida total del mismo. En relación al pago de Adicional por Título, se liquidará de la siguiente manera: CLASE A: Título Universitario igual o mayor a cuatro años el 25 % del sueldo básico de revista. CLASE B: Título Universitario igual 2 o 3 años a fin con la tarea desempeñada en el Poder Judicial el 10% del sueldo básico de revista. Finalmente, se creó el “Adicional por Estado Judicial” en reemplazo del “Adicional por permanencia en el cargo” equivalente al 10% de la sumatoria del sueldo básico y la compensación jerárquica. Este adicional no se perderá por cambio de categoría. La vigencia de estos adicionales será a partir del 1 de septiembre del cte. año. Informe Nº 402 San Luis, 1 de septiembre de 2010.-