Este documento resume un reporte final sobre el análisis de la intervención y administración del Banco Nuevo Mundo por parte de la Superintendencia de Banca y Seguros entre 2000 y 2001. El reporte analiza documentación de la SBS, del banco, y presentaciones ante el Congreso, para concluir sobre las acciones e inacciones de las autoridades durante el proceso.
3. Banco Nuevo Mundo – Reporte Final, análisis y conclusiones
1. OBJETIVO DEL REPORTE FINAL
El 22 de agosto del 2001, Strike Value S.A. tomó la decisión de asesorar a los accionistas del Banco Nuevo
Mundo respecto a las acciones e inacciones adoptadas por la Superintendencia de Banca y Seguros, el
Ministerio de Economía y Finanzas, Corporación Financiera de Desarrollo, Comisión Especial para la
Reorganización Societaria CEPRE y otras dependencias del Estado que directa o indirectamente habían
participado en la toma de decisiones sobre el desarrollo empresarial y la operatividad del Banco Nuevo
Mundo a partir su inclusión al Régimen de Intervención el 5 de diciembre del 2000.
En consecuencia, Strike Value S.A. presenta en este Reporte Final el resultado del análisis y las
conclusiones de toda la documentación existente y que ha sido generada por los representantes del Banco
Nuevo Mundo, por la Superintendencia de Banca y Seguros, el MEF así como producto de las exposiciones
efectuadas por ambas partes ante la Comisión de Economía del Congreso de la República bajo la
Presidencia del Señor Congresista Jesús Alvarado Hidalgo, así como ante la Sub-Comisión de Trabajo
presidida por el Congresista Carlos Infantas Fernández que dicha Comisión decidió establecer el 25 de
septiembre del 2001 para investigar las irregularidades denunciadas por el proceso de Intervención del
banco, la administración exclusiva que de los activos del Banco Nuevo Mundo (BNM) ha efectuado por más
de 12 meses la Superintendencia de Banca y Seguros (SBS) y la Liquidación dispuesta por este organismo
supervisor, incluyendo la anulación del concurso público convocado por la misma SBS para seleccionar a la
empresa liquidadora del BNM.
2. INFORMACIÓN ANALIZADA
La información analizada fue proporcionada por la Superintendencia de Banca y Seguros, por los
representantes del Banco Nuevo Mundo, así como información disponible de público conocimiento sobre
este caso los que se presentan en el orden en que fueron emitidos:
1. Engagement Letter (carta mandato) emitida el 01.12.99 por el Banc of America Securities LLC y
aceptada por el Banco Nuevo Mundo para la estructuración y financiamiento de la adquisición del
Banco Financiero por parte del Banco Nuevo Mundo.
2. Informe de la Visita de Inspección ASIF “A”-028-VI/2000 de fecha 08.03.00, suscrito por el Intendente
de Instituciones Financieras “A”, Señor Jorge Mogrovejo Gonzáles, y por el respectivo Jefe de Visita,
Señor Eduardo Vivanco Jaime.
3. Oficio N° 4383-2000 de fecha 25.04.00, suscrito por el Señor Superintendente de Banca y Seguros,
Martín Naranjo Landerer, con el que informa al Presidente del Banco Nuevo Mundo sobre el resultado
de la Visita de Inspección efectuada por la Superintendencia de Banca y Seguros a dicho banco entre
el 17.01.00 y el 18.02.00 y acompaña el Informe de la Visita de Inspección ASIF “A”-028-VI/2000.
4. Informe de la Visita de Inspección DESF “A”-168-VI/2000 de fecha 22.11.00, suscrito por el Intendente
de Banca, Señor Jorge Mogrovejo Gonzáles, y por el respectivo Jefe de Visita, Señor Carlos Quiroz
Montalvo.
5. Oficio N° 12187-2000 de fecha 27.11.00, suscrito por el Señor Superintendente de Banca y Seguros,
Luis Cortavarría Checkley, con el que informa al Presidente del Banco Nuevo Mundo sobre el resultado
de la Visita de Inspección efectuada por la Superintendencia de Banca y Seguros a dicho banco entre
el 11.08.00 y el 13.10.00 y acompaña el Informe de la Visita de Inspección DESF “A”-168-VI/2000
6. Oficio N° 02349-2001/AR de fecha 03.04.01, suscr ito por el Presidente de la Comisión Especial de
Promoción para la Reorganización Societaria CEPRE, Aurelio Loret de Mola, informándole al
Superintendente de Banca y Seguros sobre las propuestas presentadas por el Banco Financiero para
adquirir el NBK Bank y de los bancos Sudamericano y Banco Interamericano de Finanzas para adquirir
el Banco Nuevo Mundo.
7. Oficio N° 02607-2001/AR de fecha 16.04.01, suscr ito por el Presidente de la Comisión Especial de
Promoción para la Reorganización Societaria CEPRE, Aurelio Loret de Mola, informándole al
Superintendente de Banca y Seguros sobre lo actuado por dicha Comisión respecto a los potenciales
bancos adquirientes, Interamericano de Finanzas y Financiero.
8. Oficio N° 5435-2001 suscrito por el Señor Superi ntendente de Banca y Seguros, Luis Cortavarría
Checkley de fecha 17.04.01, solicitándole al Presidente de la Comisión Especial de Promoción para la
Reorganización Societaria CEPRE que le remita el análisis de dicha Comisión a los planes presentados
por los bancos Interamericano de Finanzas y Financiero interesados en adquirir los bancos Nuevo
Mundo y NBK Bank, respectivamente, así como la opinión del BNP-Paribas sobre los motivos que
sustentan la viabilidad, sinergias y riesgos de dichas operaciones.
9. Oficio N° CF-02694-2001/AR de fecha 18.04.01, su scrito por el Presidente de la Comisión Especial de
Promoción para la Reorganización Societaria CEPRE, Aurelio Loret de Mola, con la que informa al
3 - 20
4. Banco Nuevo Mundo – Reporte Final, análisis y conclusiones
Señor Superintendente de Banca y Seguros sobre los potenciales costos que representaría para el
Estado Peruano de no concretarse las Reorganizaciones Societarias de los Bancos Nuevo Mundo y
NBK Bank y le adjunta los Ayuda Memoria N° AYM 12-2 001/AR y AYM 13. -2001/AR.
10. Cuantificación de Perjuicio Económico, documento de valorización técnica preparado en mayo 2001 por
Norandina S.A. y Mercados Consultora y Publicaciones S.A.
11. Carta Notarial de fecha 04.06.01 dirigida al Superintendente de Banca y Seguros por el Señor Andy
Altena Heinze, ex gerente general del NBK Bank con la que responsabiliza al Superintendente de
Banca y Seguros por la situación de intervención y administración de dicho banco.
12. Mensaje de correo electrónico fechado 17.07.01 donde constan las instrucciones escritas, sellos y
firmas de los Interventores de la Superintendencia de Banca y Seguros en el Banco Nuevo Mundo
ordenando al Contador General del citado banco, Señor Edgar Choque de la Cruz, para que proceda
contablemente a registrar con fecha valor 30.06.01, las pérdidas determinadas por la Superintendencia
de Banca y Seguros en el Banco Nuevo Mundo al 31.12.00.
13. Informe de fecha 24.08.01, presentado al 26° Ju zgado Civil por los señores Administradores Judiciales
nombrados por dicho Juzgado en el proceso seguido por Nuevo Mundo Holding S.A. contra la
Superintendencia de Banca y Seguros y el Ministerio de Economía y Finanzas.
14. Carta de fecha 23.09.01 dirigida al Señor Ministro de Economía y Finanzas, Pedro Pablo Kuczinsky, por
el Señor Presidente de Nuevo Mundo Holding S.A., con el que presenta oficialmente una propuesta de
solución, acompañando el respectivo informe técnico que sustenta dicha propuesta y cuado
comparativo de costos de las soluciones (BIF-SBS y BNM).
15. Presentación de los señores representantes de los bancos Nuevo Mundo y NBK Bank ante la Comisión
de Economía del Congreso sobre los casos Banco Nuevo Mundo y NBK Bank el 25.09.01
16. Propuesta de Solución a la problemática del Banco Nuevo Mundo planteada al Ministro de Economía y
Finanzas el 25.09.01 por los accionistas de este banco.
17. Presentación del Señor Superintendente de Banca y Seguros, Luis Cortavarría Checkley, ante la
Comisión de Economía del Congreso sobre los casos Banco Nuevo Mundo y NBK Bank de fecha
25.09.01.
18. Documento proporcionado por los representantes del Banco Nuevo Mundo a la Sub-Comisión de
Trabajo de la Comisión de Economía titulado “Comentarios a argumentos de la SBS expuestos ante la
Comisión de Economía del Congreso de la República”, integrado por un informe técnico y 20 anexos en
un total de 262 páginas, fechado 02.10.01.
19. Documento proporcionado por los representantes del Banco Nuevo Mundo a la Sub-Comisión de
Trabajo de la Comisión de Economía titulado “Comparativo de costos de soluciones (BIF-SBS e
iniciativa BNM) para el Estado Peruano y para los accionistas del BNM”, fechado 02.10.01.
20. Presentación de los señores representantes del Banco Nuevo Mundo ante la Sub-Comisión de Trabajo
de la Comisión de Economía del Congreso el 19.10.01.
21. Moción de Orden del Día de fecha 22.10.01 aprobada por el Congreso de la República con la que se
invita al Señor Ministro de Economía y Finanzas, Pedro Pablo Kuczinsky para que informe al Pleno
sobre el caso Banco Nuevo Mundo. El Señor Ministro no llegó a presentar su informe.
22. Presentación del Señor Superintendente de Banca y Seguros, Luis Cortavarría Checkley, ante la Sub-
Comisión de Trabajo de la Comisión de Economía del Congreso sobre los casos Banco Nuevo Mundo y
NBK Bank de fecha 30.10.01. (requerirla a la Comisión de Economía)
23. Oficios N° 17495-2001 y 17509-2001 de fecha 05. 11.01, suscritos por la Señora Superintendente
Adjunta de Banca, Socorro Heyzen Zegarra por el Señor Intendente de Banca, Jorge Mogrovejo
González, con los que solicitan a los señores Interventores de la Superintendencia de Banca y Seguros
en el NBK Bank y el Banco Nuevo Mundo que entreguen información y los diversos contratos
relacionados con la reorganización societaria de dichos bancos para atender la solicitud efectuada por
la Comisión de Economía del Congreso de la República con Oficio N° 316-2001-02/CE-CR de fecha
29.11.01.
24. Oficio N° 17581-2001 de fecha 07.11.01, suscrit o por la Señora Superintendente Adjunta de Banca,
Socorro Heyzen Zegarra, con el que solicita al Presidente de la Comisión Especial de Promoción para
la Reorganización Societaria CEPRE, Aurelio Loret de Mola, que proporcione a dicha Superintendencia
información y los diversos contratos relacionados con la reorganización societaria de los bancos Nuevo
Mundo y NBK Bank, entre otros el suscrito con el banco de inversión BNP-Paribas para atender la
solicitud efectuada por la Comisión de Economía del Congreso de la República con Oficio N° 316-2001-
02/CE-CR de fecha 29.11.01
25. Oficio N° 17822-2001 suscrito por el Señor Supe rintendente de Banca y Seguros, Luis Cortavarría
Checkley de fecha 06.11.01, con el que entrega información incompleta y absuelve parcialmente las
interrogantes de los señores congresistas integrantes de la Sub-Comisión de Trabajo de la Comisión de
Economía del Congreso de la República sobre los casos Banco Nuevo Mundo y NBK Bank.
4 - 20
5. Banco Nuevo Mundo – Reporte Final, análisis y conclusiones
26. Oficio N° 606-2001-02/CE-CR de fecha 13.12.01, suscrito por el Presidente de la Comisión de
Economía del Congreso de la República, Señor Jesús Alvarado Hidalgo, con el que se solicita al
Superintendente de Banca y Seguros que cumpla con entregar la información sobre los casos Banco
Nuevo Mundo y NBK Bank que se le solicitó con Oficio N° 316-2001-02/CE-CR de fecha 29.11.01.
27. Resolución SBS N° 985-2001 del 14.12.01, suscri ta por el Superintendente de Banca y Seguros, Luis
Cortavarría Checkley, declarando la nulidad del Concurso Público para seleccionar la empresa que se
encargaría de la Liquidación del Banco Nuevo Mundo.
28. Resolución SBS N° 988-2001 del 17.12.01, suscri ta por el Superintendente de Banca y Seguros, Luis
Cortavarría Checkley, con el que se dispone la convocatoria para designar sociedades auditoras que
29. Estados Financieros mensuales del Banco Nuevo Mundo, del NBK Bank y del sistema bancario
nacional entre diciembre 1997 y septiembre 2001 proporcionados por la Superintendencia de Banca y
Seguros.
30. Legislación vigente aplicable a las funciones y responsabilidades de la Superintendencia de Banca y
Seguros, a los bancos materia de análisis, al sistema financiero nacional y, en lo que corresponda, a la
legislación que dispone y reglamenta los dispositivos.
31. Información de publico conocimiento sobre los casos Banco Nuevo Mundo y NBK Bank publicada a
trabes de medios de comunicación masiva.
3. ALCANCE
Este Informe contiene el resultado del Análisis objetivo de la información proporcionada y obtenida de las
presentaciones efectuadas por la Superintendencia de Banca y Seguros así como por los representantes
del Banco Nuevo Mundo ante la Comisión de Economía y la Sub-Comisión de Trabajo del Congreso de la
Repúblico, la evaluación de la consistencia de dicha información, las observaciones a las mismas y las
conclusiones a que se llega como resultado del Análisis.
4. ANALISIS Y CONSISTENCIA DE LA INFORMACION
1. En las presentaciones efectuadas por el Superintendente de Banca y Seguros ante la Comisión de
Economía del Congreso (25.09.01) se informó que “el Banco Nuevo Mundo enfrentó una corrida de
depósitos en nov-00, fundamentalmente del sector privado (pérdida de confianza del mercado”; como
también en la presentación efectuada por el mismo Superintendente ante la Sub-Comisión de Trabajo
del Congreso el 30.10.01 cuando se informó lo siguiente: “Entonces ¿qué pasa? De que los depósitos,
el Banco Nuevo Mundo enfrentó una corrida de depósitos fundamentalmente del sector privado, señor
Presidente. Si uno observa la evolución de depósitos entre agosto y noviembre, o diciembre de este
banco, las variaciones agregadas son del orden de 13, 15 millones de dólares, porque hubieron
depósitos, hubieron retiros, hubieron depósitos del sector público”. Sin embargo, de la información
analizada la Sub-Comisión de Trabajo ha podido determinar objetivamente que estas afirmaciones del
Superintendente de Banca y Seguros no son consistentes conforme a lo siguiente:
Según lo señalado en el punto B. Riesgos de Liquidez, página 4 del Informe de la Visita de Inspección
al Banco Nuevo Mundo DESF “A”-168-VI/2000 de fecha 22.11.00, suscrito por el Señor Intendente de
Banca, Jorge Mogrovejo González y por el respectivo Jefe de Visita, Señor Carlos Quiroz Montalvo, se
precisa literalmente lo siguiente: “El Banco presenta un altísimo riesgo de liquidez al haberse
presentado retiros de depósitos de montos significativos en los últimos meses, principalmente de
empresas públicas...”.
Adicionalmente, en la página 18 de dicho informe, ambos funcionarios de la Superintendencia de Banca
y Seguros se ratifican cuando mencionan literalmente: “al mes de octubre (2000) 30 empresas públicas
concentran el 21.7% del total de los depósitos del banco (Nuevo Mundo), habiendo disminuido
considerablemente en S/. 66 millones...”. Esta conclusión es ratificada con lo expuesto en la página 19
del mismo Informe de Visita de Inspección que textualmente indica así: “en octubre (2000) se
presentaron retiros de depósitos de las empresas públicas en moneda nacional y en moneda extranjera
fueron básicamente de particulares”.
Asimismo, del cuadro presentado en la página 18 de dicho Informe Oficial de Visita de Inspección al
Banco Nuevo Mundo, los inspectores de la Superintendencia de Banca y Seguros reportan que entre
septiembre y octubre del 2000, los depósitos estatales retirados del Banco Nuevo Mundo ascienden a
S/. 66,076 mil, que resulta ser el detonante de la posterior corrida de depósitos particulares que se
presentó en dicho banco a finales de noviembre 2000 y los 5 primeros días de diciembre cuando ocurre
su Intervención:
DEPOSITOS DEPOSITOS TOTAL % DEP. PUBLICOS/ % DEP. PRIV /
FECHA
EMPRESAS PARTICULARES DEPOSITOS DEP. TOTALES DEP. TOTALES
5 - 20
6. Banco Nuevo Mundo – Reporte Final, análisis y conclusiones
PUBLICAS
Dic-99 330,183 668,938 999,121 33.1 66.9
Ene-00 324,801 677,769 1,002,570 32.4 67.6
Feb-00 308,248 709,646 1,017,894 30.3 69.7
Mar-00 355,575 778,551 1,134,126 31.3 68.7
Abr-00 333,330 841,252 1,174,582 28.4 71.6
May-00 350,997 833,298 1,184,295 42.1 57.9
Jun-00 355,132 896,517 1,251,649 28.4 71.6
Jul-00 351,776 924,931 1,276,707 27.6 72.4
Ago-00 319,103 929,846 1,248,949 25.6 74.4
Sep-00 320,428 888,992 1,209,420 26.5 73.5
Oct-00 254,352 914305 1,168,657 21.8 78.2
Fuente: Informe DESF “A” –168-VI/2000 de la Superintendencia de Banca y Seguros
No se cuenta con información similar para el caso NBK Bank
2. Respecto a préstamos interbancarios, el Superintendente de Banca informó a la Comisión de
Economía el 25.09.01 que “el banco (Nuevo Mundo) venia perdiendo la confianza del mercado desde
ago-00. Más aun cuando recurrió a redescuentos del BCR hasta por US $70 millones en nov-00”.
Sobre el particular, se ha podido determinar que los Estados Financieros proporcionados por la
Superintendencia de Banca y Seguros sobre el Banco Nuevo Mundo para el periodo diciembre 1996 a
octubre 2000 el banco no registra cuentas por Prestamos Interbancarias Adeudadas. Por el contrario,
durante este periodo el banco mantiene una posición interbancaria acreedora. Recién al cierre del mes
de noviembre 2000, cuando se producen los retiros masivos de depósitos estatales y privados y a
cinco días de ser intervenido, el Banco Nuevo Mundo registra una posición deudora en Interbancarios
de US $850 mil.
Entre julio y noviembre 2000 todos los bancos del sistema financiero nacional pierden depósitos del
público producto de la elevada volatilidad generada por la crisis política que es de conocimiento público.
Ello se ratifica con lo expuesto por el Superintendente de Banca ante la Sub-Comisión del Congreso el
30.10.01: “Si bien es cierto el sistema en general perdió en el orden de 400 millones de dólares entre
julio y noviembre, lo que es importante indicar es que estos retiros del público se concentraron en
algunas instituciones”. El impacto de esta volatilidad en el caso del Banco Nuevo Mundo es inferior en
términos de pérdida relativa de depósitos a lo acontecido con el sistema bancario nacional como se
aprecia claramente en el cuadro precedente y el siguiente gráfico:
3. Ante la Comisión de Economía, el pasado 25.09.01 el Superintendente informó que: “BNM canjeó
EV OLUCION COM P ARATIV A DE DEP OS ITOS DEL P UBLICO EX P RES ADO
EN US $000 ENTRE EL S IS TEM A BANCA M ULTIP LE Y EL BNM
$12,800,000 $400,000
$12,700,000 $350,000
$12,600,000
$300,000
$12,500,000
$250,000
$12,400,000
Visita de Inspección SBS $200,000
$12,300,000 Ago 11 – Oct 13, 2000
$150,000
$12,200,000
$100,000
$12,100,000
$12,000,000 $50,000
$11,900,000 $0
SIST-U S$ BN M-U S$
Nota: No inc luy e Depósitos de Banc os
Fuente: Superintendenc ia de Banc a y Seguros
cartera crediticia deteriorada ascendente a US $33,7 millones por Bonos DS N° 099-99-EF (dic-99).
6 - 20
7. Banco Nuevo Mundo – Reporte Final, análisis y conclusiones
Operación que permitió liberar provisiones por US $12,7 millones. El 40% de la cartera transferida
provenía del Banco del País”. Sin embargo, se ha podido establecer lo siguiente:
• Los Programas de Canje de Cartera por Bonos del Tesoro Público fueron autorizados por el
Ministerio de Economía y Finanzas con opinión previa de la Superintendencia de Banca y Seguros
para las entidades del sistema financiero nacional que calificaban y que lograban aprobar
previamente ante la Superintendencia de Banca y Seguros un Plan de Desarrollo. El Banco Nuevo
Mundo y el NBK Bank se acogieron a estos programas previa calificación y autorización por arte de
la Superintendencia de Banca y Seguros.
• La aplicación de estos programas no se circunscribía al canje de los bonos por cartera crediticia de
primera, sino que, todo lo contrario, fueron implantados para apoyar a los bancos por el deterioro
de la condición económica y financiera de las empresas deudoras, lo que exigía mayores
provisiones para incobrabilidad que los bancos no podían hacer frente con sus propios recursos.
• Lo expuesto se ratifica en información proporcionada por la propia Superintendencia de Banca y
Seguros que textualmente informa sobre el particular lo siguiente: “Dado el deterioro de la calidad
de la cartera ocasionado por la situación económica del país y las mayores exigencias de
provisiones de acuerdo al cronograma establecido, entre julio y diciembre de 1999 se implementó el
segundo programa de transferencia temporal de cartera por Bonos del Tesoro (D.S. 099-99-EF).
Este programa permitía a las empresas reasignar las provisiones que se hubiesen constituido por la
cartera transferida para cubrir el riesgo del portafolio que permanecía en la institución, no pudiendo
revertirlas. Los bonos son no negociables y fueron entregados al fideicomiso en respaldo de la
cartera transferida, la cual podía ser de categorías normal, con problemas potenciales, deficiente
y/o dudosa. Las empresas están obligadas a recomprar anualmente a partir del año 2001 al menos
el 25% de la cartera transferida, pudiendo hacerlo de manera voluntaria desde el inicio del
programa”.
• En la estación de preguntas que siguió a la presentación del Superintendente de Banca el 30.10.01,
ante la pregunta de uno de los señores congresistas refirió lo siguiente sobre los bonos DS-099 del
Banco Nuevo Mundo, que contradice radicalmente lo que expuso en su anterior presentación el
25.09.01: “Bueno, ese programa que, debo manifestarle que yo no he estado en esa época aquí en
el país, cuando estos programas fueron implementados, pero esos programas tenían varias
condiciones. Una, que el banco que entraba en el programa tenía que cumplir metas de
capitalización, impedimento de distribución de dividendos. Había una serie de condiciones, tenía
que presentar a la Superintendencia un programa de desarrollo del banco por los próximos 2 ó 3
años. Entonces, el programa ya, el Decreto Supremo que fue emitido dio una serie de condiciones
que tenían los bancos que cumplir para poder acceder a esto. Pero, nuevamente estos programas
fueron implementados por el Ejecutivo y no por la Superintendencia. Ahora, de otro lado, en el caso
del DS-099, es importante remarcar de que no había riesgo para el Estado, porque el Estado
recibía la cartera mala y entregaba un bono, pero con el compromiso de que ese bono iba a ser
retornado al Estado, a COFIDE en este caso. Entonces, ese bono no podía ser negociado.
Entonces, en el caso del 099 no hay ningún riesgo, no había riesgo para el Estado. Pero el
programa sí de bonos de liquidez del 114 que se emitió en el año 98, ese programa sí permitía que
los bonos se pudieran vender, pero esos bonos, esa cartera tenía que ser cartera que estuviera
clasificada de menor riesgo, estaba hasta deficiente; o sea, normal, crédito con problema potencial
(CPP), deficiente y tenía que ser cartera que contara con garantías, créditos con garantías,
garantías tangibles”.
4. En relación con el Programa de Bonos del DU-108-2000/EF el Superintendente de Banca y Seguros
expuso ante la Comisión de Economía el 25.09.01 y el 30.10.01, contestando específicamente las
preguntas de los señores congresistas relacionadas al repago por parte de los bancos adquirientes de
los Bonos del Tesoro Público emitidos al amparo del DU-108-2000, se informó en la primera ocasión
que “dichos bonos serán pagados con el fideicomiso que dispone el DU-108-2000-EF, previéndose en
tal sentido que de acuerdo a la prelación establecida en dicha norma primero se repaga al Tesoro
Público, luego al Fondo de Seguro de Depósitos y, si sobra se reparte a los accionistas del banco
adquirido”. En su segunda presentación se ratifico en lo expuesto anteriormente sobre el tema
indicando que: “Entonces, y de aquí de esta transferencia se hubiesen transferido alrededor de 120
millones de dólares a fideicomisos, de tal manera que de estos fideicomisos estos activos pudiesen ser
vendidos o transferidos o liquidados y los recursos del fideicomiso tienen dos o tres objetivos en
prelación, primero, el flujo que pudiese salir del fideicomiso se usa primero para pagar al Estado,
segundo, el fondo de seguro y tercero, a los accionistas si es que hubiese algún remanente. De tal
manera que en el caso que hubiera habido un castigo muy fuerte en la valorización, si es que al
7 - 20
8. Banco Nuevo Mundo – Reporte Final, análisis y conclusiones
venderse los activos esto se demuestra que efectivamente fue así, luego de pagarse al Estado y al
fondo de seguro se pudiera dar un remanente a los accionistas”.
Sobre el particular, se ha podido detectar que lo expuesto y reiterado por el Superintendente ante la
Comisión de Economía y la Sub-Comisión es inconsistente y contrario a la respuesta proporcionada por
escrito por el mismo Superintendente de Banca a la pregunta efectuada por los señores Congresistas y
que quedaron pendientes luego de la sesión del 30.10.01. Textualmente la pregunta y la respectiva
respuesta escrita del Superintendente enviada a la Comisión con su Oficio N° 17822-2001 del 06.11.01
fue la siguiente:
Pregunta: “Para que el Señor Superintendente precise si los Bonos y/o la Línea de Crédito del Fondo
de Seguro de Depósitos que se utiliza en el DU-108-2000/EF serán repagados al Estado Peruano por
las entidades beneficiarias de dichos instrumentos, en este caso el Banco Financiero, debiendo
especificarse las fuentes de pago identificadas para tal fin por dicha Superintendencia y qué recaudos
ha dispuesto ante dichos bancos adquirientes o requerimientos de garantías reales y colaterales se han
establecido con estos bancos adquirientes ante eventuales incumplimientos de pago”.
Respuesta del Superintendente de Banca: “De acuerdo al DU-108-2000-EF de fecha 28 de
noviembre del 2000 y su Reglamento emitidos ambos por el Gobierno de Transición, los activos 100%
provisionados y aquellos que no son considerados por el banco adquiriente, son transferidos a
patrimonios fideicometidos. Los fondos recuperados de estos patrimonios son destinados para pagar
primero al Estado, luego al Fondo de Seguros de Depósitos y si hubiera un remanente a los
accionistas. Debemos mencionar que el Programa diseñado por el DU-108-2000-EF no considera
pagos o garantías adicionales a los ya mencionados y no requiere que los fondos aportados por el
Estado y por el Fondo de Seguros de Depósitos sean totalmente recuperados.”
A pesar del posterior sometimiento de dicho banco al Régimen Especial Transitorio desde el 18.04.01 y
someterlo, entre otras cosas, a valorizaciones unilaterales de cartera y demás activos del banco con el
objeto de transferirlo al Banco Interamericano de Finanzas vía la emisión de bonos DU-108-2000 por
más de US $222.5 millones, al momento de dictaminar la Superintendencia de Banca y Seguros la
Liquidación del Banco Nuevo Mundo se ha determinado que entre el 05.12.00 y el 19.10.01, la cartera
crediticia de este banco ha logrado una importante recuperación que sobrepasa los US $ 143 millones
al 31.10.01, o como lo refiere el propio Superintendente de Banca en su oficio respuesta N° 17822-
2001: “desde el 06.12.00 hasta el 30.09.01, esto es después de 9 meses de Intervención, se ha
recuperado por concepto de cartera de créditos, aproximadamente la suma de S/. 62 millones y US
$116 millones, respectivamente, siendo la recuperación total de US $139.8 millones, habiendo sido el
promedio mensual de recuperación US $14 millones”.
Esta importante recuperación de cartera contradice inclusive lo expuesto por el Superintendente de
Banca y Seguros en sus exposiciones del 25.09.01 y del 30.10.01 en las que informó al Congreso que
era muy fuerte el deterioro de los activos del banco, en especial la cartera crediticia, por lo que se
habían tenido que ordenar mayores provisiones de cartera.
En consecuencia, respecto a la calidad de los activos del Banco Nuevo Mundo queda claramente
evidenciado que al momento de dictaminar la SBS su liquidación, el BNM tenía en caja (disponible)
más de US $115 millones para pagar a sus acreedores, situación inaudita en comparación a otras
liquidaciones de bancos que se han producido en el pasado en el sistema financiero nacional.
Más aún, contradiciendo diametralmente las opiniones vertidas por el Superintendente de Banca y la
opinión de los auditores externos Collas, Dongo-Soria y Asociados (Price Waterhouse Coopers) con
respecto al valor “deteriorado” de la cartera crediticia del Banco Nuevo Mundo, según estados
financieros oficiales publicados por la propia Superintendencia de Banca y Seguros, al 30 de
septiembre del 2001, el Banco Nuevo Mundo a pesar de no estar operativo ni invertir en publicidad y
peor aún, estando sometido en los últimos 12 meses a una administración ineficaz e irregular por parte
de la Superintendencia de Banca, ha obtenido Ingresos por US $29.1 millones en los primeros 9 meses
del año 2001, monto de ingresos que resulta muy superior al que han obtenido en el mismo periodo
bancos que operan con todas sus facultades (gerencia, publicidad, oficinas abiertas, sistemas, etc.),
entre los que se encuentra el propio Banco Interamericano de Finanzas BIF que sólo obtuvo US $24.4
millones en este periodo pero que pretendía adquirir con el patrocinio de la Superintendencia al Banco
Nuevo Mundo, el Banco Financiero que sólo tuvo ingresos por US $18.6 millones y una pérdida neta de
US $1.7 millones (y sin embargo la SBS le facilitó con muchas irregularidades la adquisición del NBK
Bank), del Banco de Comercio (US $25.3 millones), del BNP Andes (US $1.9 millones), el Standard
Chartered Bank (US $11.8 millones) y el BankBoston con US $27.5 millones
De lo expuesto se desprende claramente que el Superintendente de Banca y Seguros no ha efectuado
una labor preventiva de los riesgos a los que están expuestos los bancos a los que supervisa y, menos
8 - 20
9. Banco Nuevo Mundo – Reporte Final, análisis y conclusiones
aún, cuando están en peligro los recursos del Estado como es este Programa que prevé como fuente
de pago de los bonos la conformación de patrimonios fideicometidos con activos conformados
fundamentalmente por cartera crediticia 100% provisionada, cuya probabilidad de recuperación es nula
o inexistente.
5. Según información de la Superintendencia de Banca y Seguros, los estados financieros del Banco
Nuevo Mundo antes y después de su Intervención mostraron la siguiente situación patrimonial:
En millones de dólares
30.09.00 (1) 30.11.00 30.09.01
Activos $ 793.6 $745.1 $437.1
Pasivos $715.4 $672.8 $510.1
Patrimonio $78.2 $72.3 ($73.0)
(1) Informe de Inspección de la Superintendencia de Banca y Seguros
• El Patrimonio Efectivo del Banco Nuevo Mundo al 30.09.00 fue ajustado según el Informe de Visita
de Inspección de la SBS del 22.11.00 al equivalente de US $31.9 millones como consecuencia de
la rebaja por “perdidas” por Intereses en Suspenso (US $16.3 millones), no-aceptación del
“goodwill” por US $12.9 millones, déficit de provisiones (US $17.1 millones). Los activos y créditos
ponderados por riesgo en relación con el Patrimonio Efectivo (apalancamiento global) antes del
ajuste mencionado fue de 8.25, estableciendo la Ley N0. 26702 que este indicador no puede
exceder de 11.0. Con el patrimonio ajustado en el Informe de Visita de Inspección del 22.11.00,
cinco (5) días antes de la Intervención del Banco Nuevo Mundo, este indicador llega a 10.25.
• En septiembre del 2001, el balance del Banco Nuevo Mundo mostraba una caja disponible de US
$115.3 millones. La Intervención de la Superintendencia a este banco se inicio el 05.12.00. En el
Oficio 17822-2001 dirigido a la Comisión de Economía del Congreso, el Señor Superintendente de
Banca dijo: “desde el 06.12.00 hasta el 30.09.01, esto es después de 9 meses de Intervención, se
ha recuperado por concepto de cartera de créditos, aproximadamente la suma de S/. 62 millones y
US $116 millones, respectivamente, siendo la recuperación total de US $139.8 millones, habiendo
sido el promedio mensual de recuperación US $14 millones”.
6. Durante su exposición ante la Comisión de Economía el Superintendente manifestó que “BNM y Nuevo
Mundo Holding S.A. respondían a una estrategia de negocios no muy sana y que, en su particular punto
de vista, ello habría sido una de las causales del estrangulamiento de liquidez del BNM”.
Se ha podido determinar que, según se reporta en la página 37 (Transacciones Efectuadas con Partes
Vinculadas y Empresas Relacionadas) del informe de auditoría del Banco Nuevo Mundo al 31.12.00
suscrito por Collas, Dongo-Soria y Asociados (Price Waterhouse Coopers), “los préstamos y otros
créditos contingentes (otorgados a empresas vinculadas a los accionistas del BNM) totalizan US $21.3
millones, incluyendo US $20.2 millones de préstamos directos (US $16.5 millones y US $15.1 millones,
respectivamente, al 31.12.99), que representan el 4.4% del total de la cartera de préstamos directos
(3.3% en 1999)”. El monto de préstamos otorgados a las empresas vinculadas con los accionistas del
Banco Nuevo Mundo a dicha fecha es significativamente menor a lo que permite la Ley 26702, sus
ampliatorias y modificatorias.
7. Se ha podido determinar que la Superintendencia ha manejado diferentes cifras para explicar el
impacto de la Liquidación del Banco Nuevo Mundo, a saber:
a. La valorización efectuada por las empresas auditoras que valorizaron contablemente el Banco
Nuevo Mundo y determinaron un valor negativo de US $222.5 millones, que es el monto que el
Estado tenía que aportar en bonos por US $167.889 millones y US $54.628 millones de la línea
FSD al Banco Interamericano de Finanzas para que el Banco Nuevo Mundo le sea transferido.
b. El Ayuda Memoria AYM 00012-2001/AR del 18.04.01, adjunto al Oficio CF-02694-2001/AR que
dirige el Presidente de la Comisión Especial de Promoción para la Reorganización Societaria
CEPRE, que a la letra dice: “La opción de Liquidación del BNM arrojaría una pérdida directa para la
economía no menor a US $281 MM, de los cuales US $91 MM corresponderían al sector público
mientras que US $196 MM son absorbidas por el sector privado. A estos costos habría que añadirle
las pérdidas indirectas y el costo social”.
c. Al momento de decretar la liquidación del Banco Nuevo Mundo el 19.10.01, la Superintendencia de
Banca y Seguros, informó oficialmente que de acuerdo a las valorizaciones que había efectuado la
firma Medina, Saldívar y Asociados (Arthur Andersen) y revisadas por Collas, Dongo-Soria y
Asociados (Price Waterhouse Coopers), al 30.04.01 el Banco Nuevo Mundo tenía un valor negativo
de US $222.517 millones. Más aún, en su oficio respuesta N° 17822-2001 ante la Sub-Comisión del
Congreso, el Superintendente informa que: “Dicho desbalance patrimonial estaba compuesto por el
déficit patrimonial ascendente a US $96.6 millones más los US $120 millones en Activos Netos que
de acuerdo al Reglamento del Programa se hubiesen transferido al fideicomiso señalado en el
9 - 20
10. Banco Nuevo Mundo – Reporte Final, análisis y conclusiones
Reglamento del DU-108-2000 a fin de generar recursos para el repago de los aportes hechos por el
Estado y el FSD”.
8. Es totalmente objetable la valorización del Banco Nuevo Mundo dispuesta por la Superintendencia de
Banca en el marco del Régimen Especial Transitorio al que sometió a dicho banco según Resolución
SBS N° 284-2001 del 18.04.2001, para aplicarle el p rograma de reorganización societaria dispuesta en
el DU-108-2000/EF y sus modificatorias, por los siguientes argumentos:
a. Porque la valorización que dispuso la Superintendencia de Banca sea efectuada al Banco Nuevo
Mundo se circunscribía a una simple valorización contable, que partía de una base de cálculo
totalmente errónea e inválida como son los estados financieros del Banco Nuevo Mundo al
31.12.00, preparados por dicha Superintendencia o bajo su administración, sobre el que se han
detectado contundentes observaciones técnicas y legales mencionadas en los puntos anteriores y
que inhabilitan dichos estados financieros para cualquier gestión/ propósito y, con mayor razón
aún, para efectuar sobre dicha base la valorización contable que ordenó la Superintendencia sea
efectuada al BNM.
b. Porque asimismo no es aceptable desde el punto de vista técnico y legal la serie de impericias
realizadas por los interventores de la Superintendencia de Banca en el Banco Nuevo Mundo
durante sus doce (12) meses de gestión exclusiva, que han generado una impresionante pérdida
en los estados financieros del Banco Nuevo Mundo desde el 05.12.00 hasta la fecha, cuya
trascendencia impactaría sin lugar a dudas de manera determinante en la valorización contable
dispuesta por la SBS sobre el Banco Nuevo Mundo.
c. Porque en sus presentaciones ante la Comisión de Economía y esta Sub-Comisión los señores
congresistas le demostraron al Superintendente de Banca y Seguros que para proteger al Estado
Peruano, a los depositantes y ex accionistas, en lugar de efectuarse en el BNM la mencionada
valorización contable debía efectuarse una valorización económica del negocio, tal y conforme se
aplica con rigor en los mercados internacionales cuando se trata de fusiones y/o adquisiciones de
bancos, pues, entre otros factores, son de crucial importancia y de considerable valor en el
desarrollo de cualquier entidad bancaria los activos intangibles conocidos en el caso de la industria
bancaria como valor de marca, penetración de mercado, cartera de clientes, software y procesos
operativos crediticios y administrativos, know-how, puntos de venta (agencias y sucursales),
relaciones y líneas de crédito otorgadas por banqueros del exterior, base de clientes depositantes,
crediticios e inversionistas, productos y servicios, etc. En resumen, con la simple valorización
contable dispuesta por la Superintendencia de Banca, en el caso del Banco Nuevo Mundo
quedaron fuera de cálculo para la respectiva valorización estos conceptos cuyo desarrollo significan
para el Banco Nuevo Mundo o cualquier institución bancaria en el mundo una considerable
inversión efectuada a lo largo de los años
d. Por las inconsistencias técnicas y legales del modelo que se pretendía aplicar con el DU-108-2000-
EF como por la carencia de valor agregado tanto para el sistema financiero nacional como para
solucionar la problemática que la apresurada decisión de intervención había generado entre los
depositantes, acreedores, inversionistas, trabajadores y accionistas del Banco Nuevo Mundo.
e. Porque los accionistas del Banco Nuevo Mundo fueron relevados de manera arbitraria de sus
legítimos derechos que como propietarios les correspondía en dicho proceso.
f. Porque la selección de las sociedades de auditoría para la valorización contable del Banco Nuevo
Mundo es asimismo objetable por los siguientes argumentos:
1. Porque la Superintendencia de Banca y Seguros, al amparo de las normas dictadas para
reorganización societaria, definió que la valorización del banco a ser adquirido (en este caso el
Banco Nuevo Mundo) y su consiguiente revisión debía ser efectuado por sociedades de
auditoría de prestigio internacional que dicha Superintendencia seleccionó, pero sin la
participación de los accionistas del Banco Nuevo Mundo en un irrenunciable derecho que les
corresponde y que ampara la Constitución Política del Perú, siendo de facto reemplazados para
tales fines por la propia Superintendencia de Banca y Seguros.
1. Porque a pesar de la insistencia de los representantes del Banco Nuevo Mundo, hasta la fecha
la Superintendencia de Banca no proporciona a la Sub-Comisión del Congreso sobre las
razones o criterios así como los mecanismos de selección aplicados para que sean dos
sociedades de auditoría peruanas con licencia internacional (Medina, Zaldívar y Asociados y
Collas, Dongo-Soria y Asociadas, respectivamente, que utilizan en el país las licencias de
Arthur Andersen y PriceWaterhouse Coopers) las que han efectuado las valorizaciones y
subsiguientes revisiones de valorizaciones del Banco Nuevo Mundo.
2. Porque tampoco la Superintendencia informó sobre las razones técnicas o criterios por las que
ambas sociedades de auditoría seleccionadas para valorizar y/o revisar la valorización del
Banco Nuevo Mundo también efectuaban similar labor pero con roles cambiados en el caso de
la reorganización societaria del NBK Bank - Banco Financiero y Banco Latino - Interbank,
restándole dicha alternancia de responsabilidades la necesaria transparencia y base ética a las
10 - 20
11. Banco Nuevo Mundo – Reporte Final, análisis y conclusiones
labores técnicas de valorización a desarrollar (en un caso valorizador y en el otro revisor de la
valorización efectuada por la otra sociedad de auditoría seleccionada por la Superintendencia
de Banca y Seguros), generándose inclusive un evidente conflicto de intereses que ninguna
autoridad en el mundo convalidaría, como sí ha ocurrido en este caso con la Superintendencia
de Banca y Seguros, reiteramos por razones que aún no se explican a esta Sub-Comisión.
3. Porque en razón de los montos involucrados por la respectiva contratación de estas sociedades
de auditoría y la trascendencia de sus dictámenes de valorización para el Estado Peruano en el
modelo que se pretendía aplicar, tampoco la Superintendencia de Banca y Seguros informó a
esta Sub-Comisión si la valorización del BNM o la respectiva revisión de valorización a ser
efectuada por las mencionadas sociedades de auditoría locales contará con la necesaria
ratificación de opinión emitida por las empresas internacionales de las que dichas sociedades
de auditoría locales usufructúan licencia en el Perú.
4. Porque hasta la fecha la Superintendencia de Banca y Seguros no proporciona a esta Sub-
Comisión copia de los siguientes contratos o convenios de cualquier naturaleza suscritos con
intervención o bajo conocimiento de la Superintendencia de Banca y Seguros:
∗ Los que han gobernado e instrumentado los pretendidos procesos de Reorganización
Societaria, ya sea total o parcial, de los bancos Interamericano de Finanzas (BIF) y Banco
Nuevo Mundo (BNM).
∗ Los proyectos de contrato que permitirían la pretendida ejecución de los procesos de
Reorganización Societaria, sean total o parciales, por haberse acogido las entidades bancarias
mencionadas en el punto anterior al DU-108-2000/EF y ello involucre la emisión de bonos por
parte del Tesoro Público y/o el uso de la Línea de Crédito del Fondo de Seguro de Depósitos
que detalla el citado dispositivo legal y sus normas modificatorias.
∗ Los contratos suscritos con el banco de inversión BNP-Paribas para la venta o reorganización
societaria de Banco Nuevo Mundo y el BIF.
∗ Los contratos para la valorización y revisión de valorización del BNM suscritos con las
sociedades de auditoría participantes y los reportes preliminares o finales que a la fecha
hubiesen emitido dichas sociedades de auditoria
∗ La correspondencia oficial cursada entre la SBS y la CEPRE constituida para la venta del BNM.
9. Producida la Intervención del Banco Nuevo Mundo el 05.12.00, la Superintendencia de Banca y
Seguros alteró la situación patrimonial del banco convirtiendo un patrimonio neto por el equivalente de
US $72.3 millones al 30.11.00 en uno negativo de US $23.3 millones al 31.12.00, según el siguiente
cuadro expuesto por el Superintendente de Banca ante la Comisión de Economía el 25.09.01, para lo
cual aplicó criterios contables establecidos por las normas internacionales de contabilidad que el Perú
está obligado a aplicar, pero no vigentes a esa fecha. :
US$
PATRIMONIO NETO AL 30.11.00 72,280
AJUSTES EN EL BALANCE AL 05.12.00 -25,650
Déficit Prov. cartera - Visita de Inspección -12,301
Provisiones por Colocaciones -6,935
Amortización de Diferidos y otros -6,414
AJUSTES EN BALANCE DEL 05.12.00 AL 31.12.00 -38,312
Provisiones por Colocaciones (Incluye el DS 099-99) -18,418
Amortización del GOODWILL -10,094
Otras provisiones y regularizaciones -9,800
AUDITORES EXTERNOS -31,687
PATRIMONIO AL 31.12.00 -23,302
Nota: Este Patrimonio negativo no incluye valorización del DU 108
En los cargos, gastos y provisiones expuestas genéricamente por el Superintendente ante la Comisión
de Economía del Congreso el 25.09.01 se observan conceptos no aplicables para registrarse en el
ejercicio 2000 sino recién a partir de enero 1, 2001, según lo expresan las NIC --Normas
Internacionales de Contabilidad-- 36 (estimación del valor recuperable de activos deteriorados) y 38
(reconocimiento de activos intangibles), así como la 39 (reconocimiento y medición de instrumentos
financieros) y 40 (inversiones inmobiliarias), cuya aplicación aún está pendiente según lo dispuesto por
la Superintendencia de Banca y Seguros. Esta explicación está expuesta en el Informe de Auditoría
(páginas 9 y 10) al 31.12.00 del Banco Nuevo Mundo.
11 - 20
12. Banco Nuevo Mundo – Reporte Final, análisis y conclusiones
Asimismo, el Crédito Mercantil (goodwill) indicado de US $10.1 millones, correspondía al mayor valor
pagado por la adquisición del BANPAIS en comparación al valor de sus activos y pasivos. Este Crédito
Mercantil (goodwill) fue oportunamente aprobado por la Superintendencia de Banca y Seguros (Circular
SBS 7409-99 y 715-99) y a partir del año 2000 se inició su periodo de amortización en cinco años. Más
aún, este Crédito Mercantil cumplía con lo requerido en la NIC 38 para ser calificado como un activo
intangible que generaría beneficios futuros y su costo fue técnicamente determinado. Este valor de
goodwill se debe mantener según criterios económicos aún con el banco sometido a régimen de
Intervención o Liquidación porque es resultado de cuentas por cobrar cuya parte incobrable fue
provisionada y castigada previamente según la citada circular.
10. Los auditores externos Collas, Dongo-Soria y Asociados no presentaron balances consolidados al
31.12.99 ni al 31.12.00. Tampoco emitió informe sobre Nuevo Mundo Holding S.A., empresa propietaria
del 99.9991% de las acciones del Banco Nuevo Mundo y que era reportada trimestralmente para
efectos de Supervisión Consolidada de este conglomerado financiero conforme lo dispone la legislación
vigente. Por lo indicado en el punto anterior y conforme lo dispone el ordenamiento legal en el Perú
sobre auditoría externa de las entidades del sistema financiero nacional, los accionistas del Banco
Nuevo Mundo no han tomado conocimiento oficial hasta la fecha del informe de auditoría externa
mencionado por la Superintendencia de Banca y Seguros en los considerandos de su resolución de
liquidación del Banco Nuevo Mundo; por lo tanto, debe considerarse como no sustentada legal y
procesalmente la supuesta pérdida de S/. 328 875 366.91 (trescientos veintiocho millones ochocientos
setenta y cinco mil trescientos sesenta y seis y 91/100 Nuevos Soles) que oficializa la Superintendencia
de Banca y Seguros en la resolución de liquidación del BNM.
11. La supuesta pérdida de S/. 328 875 366.91 (trescientos veintiocho millones ochocientos setenta y cinco
mil trescientos sesenta y seis y 91/100 Nuevos Soles) que la Superintendencia de Banca y Seguros ha
determinado en los estados financieros del Banco Nuevo Mundo al 31.12.00, es objetable por los
siguientes argumentos:
g. Que, según el quinto considerando de la Resolución SBS N° 509-2001 del 28.06.01, sobre la base
del Informe N° DESF “A”-054-OT-2001 (del cual nunca tuvieron conocimiento ni acceso los
accionistas del Banco Nuevo Mundo), la SBS determinó que al 31 de diciembre del 2000 las
pérdidas del Banco Nuevo Mundo ascendieron a S/. 328 875 366.91 (trescientos veintiocho
millones ochocientos setenta y cinco mil trescientos sesenta y seis y 91/100 Nuevos Soles), cifra
que por extraña coincidencia era igual al patrimonio neto del Banco Nuevo Mundo a dicha fecha.
h. Que, como consecuencia de la presentación en audiencia pública del Superintendente de Banca y
Seguros el pasado 25.09.01 ante la Comisión de Economía del Congreso de la República los
accionistas del Banco Nuevo Mundo recién pudieron apreciar a través de la filmina N° 13 de dicha
presentación, de los conceptos genéricos por cargos, provisiones y gastos, aplicados por la SBS en
los estados financieros del BNM al 31.12.00 expresados en dólares americanos.
i. Que, por la fecha de publicación de la Resolución SBS N° 501-2001 (28.06.01) y del Informe N°
DESF “A”-054-OT-2001, los cargos, gastos y provisiones dispuestas por la Superintendencia de
Banca en los estados financieros del Banco Nuevo Mundo fueron efectuados con fecha posterior al
cierre del ejercicio fiscal 2000 usando para tal fin el procedimiento contable denominado “registro
con fecha valor” o registro contable retroactivo, lo cual es contrario al ordenamiento contable y las
prácticas de auditoría aceptadas y aplicadas en el país, como también lo dispone el Artículo 109°
de la Constitución Política del Perú.
j. Que, ratificando lo mencionado en el punto precedente, el 17.06.01, el Contador General del Banco
Nuevo Mundo, Señor Edgar Choque de la Cruz, fue instruido por los Interventores de la SBS para
que proceda contablemente a registrar con fecha valor 30.06.01, las pérdidas determinadas por la
Superintendencia de Banca y Seguros en el Banco Nuevo Mundo al 31.12.00, según consta en
mensaje vía correo electrónico de fecha julio 17, 2001, sobre el que, el citado Contador General,
obtuvo previamente al irregular registro contable retroactivo las instrucciones escritas, firmadas y
selladas de los Interventores de la Superintendencia de Banca en dicho mensaje
k. Que, del análisis que hemos efectuado a los cargos, gastos y provisiones expuestos genéricamente
por el Superintendente ante la Comisión de Economía del Congreso, observamos que también
estos conceptos no eran aplicables para registrarse en el ejercicio 2000 sino recién a partir de
enero 1, 2001, sobre todo la aplicación de las NIC --Normas Internacionales de Contabilidad-- 36
(estimación del valor recuperable de activos deteriorados) y 38 (reconocimiento de activos
intangibles), así como la 39 (reconocimiento y medición de instrumentos financieros) y 40
(inversiones inmobiliarias), cuya aplicación aún está pendiente según lo dispuesto por:
5. El Consejo Normativo de Contabilidad en diciembre del 2000
6. La propia Superintendencia de Banca y Seguros, que en su Resolución 895-98 y sus
modificatorias (Manual de Contabilidad para las Empresas del Sistema Financiero), dispone
que la aplicación integral de las NIC se efectuará a partir de enero 1, 2001.
12 - 20
13. Banco Nuevo Mundo – Reporte Final, análisis y conclusiones
l. Que, asimismo con este cuestionado e irregular procedimiento de registro contable retroactivo, la
SBS ha generado una importante e impredecible contingencia tributaria al Banco Nuevo Mundo,
pues, de acuerdo a legislación tributaria en vigencia, la SUNAT no reconocerá como gasto
deducible del impuesto a la renta por el ejercicio fiscal 2000 los cargos, gastos y provisiones
dispuestos retroactivamente por la SBS en los estados financieros del BNM por US $83.3 millones
12. Por las razones expuestas en los puntos precedentes la Superintendencia de Banca y Seguros con el
caso Banco Nuevo Mundo ha generado una cuantiosa contingencia para el Estado Peruano pues los
accionistas de Nuevo Mundo Holding S.A., a su vez propietaria del 99.9999 % de las acciones del
Banco Nuevo Mundo interpusieron ante el Juzgado respectivo una demanda en la vía Procedimental de
Conocimiento contra el Ministerio de Economía y Finanzas y la Superintendencia de Banca y Seguros,
cuya pretensión principal es la Nulidad de los Actos Societarios y de Administración practicados por los
Interventores del Banco Nuevo Mundo desde su intervención ocurrida el 05.12.00 hasta la fecha y que
se materializan, entre otras, por el registro contable retroactivo de los conceptos mencionados en los
puntos precedentes, por las erradas políticas crediticias, operacionales y administrativas dispuestas por
los Interventores de la Superintendencia de Banca en el Banco Nuevo Mundo en dicho periodo y que se
sustenta entre otros por el Informe de los Administradores Judiciales del 26° Juzgado Civil de fecha
24.08.01, acciones que han generado una cuantiosa pérdida en los estados financieros del Banco
Nuevo Mundo, por lo que dichos accionistas demandaron asimismo que se suspendan los efectos del
Balance General al 31.12.00, elaborado por los actuales Interventores de la Superintendencia; y, como
pretensión accesoria, solicitaron en dicha demanda una Indemnización no menor de US $
280´000,000.00 (Doscientos Ochenta Millones y 00/100 Dólares Americanos) por los daños y perjuicios
que les han causado por el Ejercicio Abusivo del Derecho por parte de las emplazadas por el
incumplimiento de sus obligaciones contenidas en la Constitución Política del Estado, la Ley Orgánica
del Ministerio de Economía y Finanzas y Ley N° 2670 2, Ley General del Sistema Financiero, del
Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros.
13. La Superintendencia en su Oficio 17822-2001 contestó de manera evasiva la siguiente pregunta de los
señores congresistas: “Habida cuenta de los montos involucrados y la trascendencia que las
valorizaciones revestían para el Estado Peruano, que el Señor Superintendente proporcione la
respectiva ratificación de opinión otorgada por las empresas internacionales de las cuales usufructúan
licencia las sociedades de auditoría peruanas que han efectuado las valorizaciones o revisiones de
valorizaciones, según sea el caso, para los procesos de Reorganización Societaria, ya sea total o
parcial, de los bancos Banco Nuevo Mundo (BNM), Latino y NBK Bank, respectivamente”. Las
siguientes precisiones respecto de la inquietud de los Congresistas son importantes tener en
consideración:
a. La intención de los Congresistas no es confirmar si las empresas auditoras peruanas Collas,
Dongo-Soria y Asociadas o Medina, Zaldívar y Asociados son o no empresas miembro o
representan a Arthur Andersen o a Price Waterhouse Coopers.
b. Lo que la Representación Nacional requiere es saber si esa Superintendencia tomó la previsión de
requerir a las sociedades de auditoría peruanas que las oficinas principales de las cuales son
miembro dichas empresas ratifiquen la opinión profesional que han efectuado las empresas
auditoras peruanas sobre el BNM y el NBK Bank.
c. Este requerimiento se sustenta en la trascendencia que significa para el Estado Peruano el adoptar
decisiones de importancia crucial para el sistema financiero nacional y para el propio destino de dos
bancos múltiples involucrados, los informes que dichas empresas auditoras debían efectuar en
cada caso. En adición, considerando los montos de los honorarios que dicha Superintendencia ha
acordado se paguen con cargo a los ingresos de los bancos Nuevo Mundo y NBK Bank, justifican
con suficiencia que las empresas internacionales de las cuales son miembro dichas empresas
auditoras peruanas den una opinión internacional ratificando o no la opinión de sus representadas
en Perú.
d. Es importante tener presente que de acuerdo a nuestro ordenamiento legal es completamente
diferente el grado de responsabilidad que implica la emisión de un dictamen efectuado por la
sucursal de una empresa auditora transnacional en comparación a similar dictamen emitido por una
empresa representante para el Perú; lo que no se ha tenido en cuenta aquí.
En todo caso, existe la certificación de ser empresa miembro de Andersen Worlwide Organization que
ha proporcionado la empresa auditora peruana Medina, Zaldívar y Asociados con carta fechada
noviembre 8, 2001. De la lectura de dicha certificación, se aprecia que es un documento que ya caducó
o que requiere ser actualizado pues la vigencia de certificación de la Notaria Pública Christine M.
Mueller del Estado de Illinois, EEUU, expiró el 13 de agosto del 2001.
Asimismo, es importante que la SBS explique al Congreso las razones técnicas por las que esa
Superintendencia considera que es suficiente para los fines de cautelar los recursos de Estado que
13 - 20
14. Banco Nuevo Mundo – Reporte Final, análisis y conclusiones
dichas empresas auditoras peruanas sea representante para el Perú y, si dicha representación implica
la validación explícita y el endose de su opinión a todos los dictámenes que suscriba la empresa
Medina, Zaldívar y Asociados; y en su caso, para la otra empresa auditora peruana, Collas, Dongo-
Soria y Asociados
14. En el caso del Banco Nuevo Mundo el informe de auditoría externa fue suscrito por la sociedad de
auditoría Collas, Dongo-Soria y Asociados S.C. (PriceWaterhouse Coopers) con fecha 05.03.01. El
reglamento sobre auditorías externas dice que el límite máximo es “último día hábil de febrero del año
siguiente al del ejercicio auditado”. En la revisión de las normas de la Superintendencia de Banca sobre
procedimientos de auditoría externa no se ha encontrado un régimen de excepción para los bancos en
liquidación (Resolución N° 1042-99 del 27.11.99.
15. Los representantes del Nuevo Mundo Holding S.A. y del NBK Bank han manifestado en su
presentación ante la Comisión de Economía del Congreso que la Superintendencia de Banca y Seguros
no les proporcionó información oficial contable, financiera, crediticia, operacional ni administrativa del
Banco Nuevo Mundo desde la fecha de su intervención el 05.12.00.
16. La falta de transparencia en todo el caso Banco Nuevo Mundo ha sido reclamada no sólo por los
accionistas del Banco Nuevo Mundo sino también por una asociación de depositantes y ahorristas del
Banco Nuevo Mundo y por muchos acreedores, lo cual contradice lo que el Superintendente manifestó
en su presentación ante la Sub-Comisión el 30.10.01: “La Constitución nos otorga la responsabilidad de
velar por la estabilidad del sistema financiero y proteger los intereses de los ahorristas. Entonces,
dentro de ese objetivo, señor Presidente, nuestra labor como supervisores siempre es mirando el tema
de supervisión desde el lado del depositante, de los acreedores también, porque definitivamente, los
depositantes y acreedores no tienen toda la información que podrían tener para poder hacer el
discernimiento completo de sus decisiones financieras, particularmente, en el caso de los depositantes
chicos”.
17. Conforme a la documentación que ha proporcionado la Superintendencia de Banca y Seguros, el Banco
Nuevo Mundo desde 1998 le proporcionaba trimestralmente a la SBS información de su conglomerado
financiero, entre los que destaca los estados financieros de Nuevo Mundo Holding S.A., poseedor del
99.9991% de las acciones del Banco Nuevo Mundo. Esta información proporcionada por el Banco
Nuevo Mundo cumplía con lo estipulado en el Artículo 15° de la Resolución SBS N° 446-2000 del
28.06.01, Reglamento para la Supervisión Consolidada de los Conglomerados Financieros y Mixtos,
aprobada originalmente mediante la Resolución SBS Nº 002-98 del 02.01.98
Sin embargo, por razones que no pueden ser evidenciadas ni sustentadas, hasta la fecha la
Superintendencia de Banca y Seguros no ha podido demostrar el porqué no efectuó la supervisión
consolidada oportuna y técnica de este conglomerado financiero conforme lo exige el numeral 13 del
artículo 132º de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la
Superintendencia de Banca y Seguros, Ley Nº 26702, modificada mediante las Leyes Nº 27008 y
27102 y la Resolución SBS N° 446-2000 del 28.06.01, Reglamento para la Supervisión Consolidada de
los Conglomerados Financieros y Mixtos. Asimismo, esta exigencia esta dispuesta en el artículo 138º
de la Ley General, que señala los criterios generales que rigen la supervisión consolidada de los
conglomerados financieros y mixtos, constituyéndola en un mecanismo complementario e
imprescindible de la supervisión de las empresas de los sistemas financiero y de seguros y, a su vez,
establece la aplicación de los diferentes coeficientes, requerimientos y límites de que trata la
mencionada Ley General de manera consolidada.
De haberse efectuado a plenitud el cumplimiento de esta responsabilidad de supervisión consolidada
de este conglomerado financiero por parte de la Superintendencia de Banca y Seguros, los ahorristas y
depositantes del Banco Nuevo Mundo, sus acreedores y el propio Estado Peruano no se hubieran
impactado negativamente con la trascendencia del caso Banco Nuevo Mundo ni el costo que esta
negligencia va a representar para todos los involucrados.
Por lo tanto, quedan asimismo sin sustento las acusaciones de captación ilegal que el Superintendente
de Banca y Seguros ha expuesto en sus presentaciones ante el Congreso, toda vez que dicha
Superintendencia contaba en su poder trimestralmente con toda la información necesaria requerida por
Ley y que el propio Banco Nuevo Mundo le proporcionaba de manera consolidada e individual como
para intervenir oportunamente. Debe tenerse presente asimismo sobre este particular que la propia Ley
General N° 26702 ya preveía la ocurrencia de estas situaciones en el sistema financiero nacional, por lo
que los legisladores establecieron en dicha norma la necesidad de implantar y reglamentar la
supervisión consolidada de los conglomerados financieros o mixtos constituyendo ello una forma real y
técnica de atenuar riesgos para el ahorrista, los acreedores y el Estado Peruano, que lastimosamente -
14 - 20
15. Banco Nuevo Mundo – Reporte Final, análisis y conclusiones
en este caso- no se pudo evitar a pesar de estar previsto en la legislación pues la Superintendencia
incumplió su responsabilidad
18. De la información presentada por los representantes del Banco Nuevo Mundo se desprende que los
accionistas han planteado una demanda contra el Ministerio de Economía y Finanzas y la
Superintendencia de Banca y Seguros de indemnización por daños y perjuicios por US $280 millones,
según valorización realizada por las empresas Norandina S.A. y Mercados Consultora y Publicaciones
S.A.
19. Hasta le fecha de este informe la Superintendencia de Banca y Seguros no proporciona a la Comisión
de Economía copias de los contratos que hubiesen firmado los representantes de la Superintendencia
de Banca y Seguros con el Banco Interamericano de Finanzas (BIF) y Banco Financiero para procesos
de Reorganización Societaria de los bancos Banco Nuevo Mundo (BNM) y NBK Bank; así como
tampoco ha proporcionado los contratos suscritos con el banco de inversión BNP-Paribas para la venta
o reorganización societaria del Banco Nuevo Mundo (BNM) y NBK Bank. Según los representantes del
Banco Nuevo Mundo estos contratos y la información complementaria demostrarían la viabilidad del
banco y el manejo no transparente por parte de la Superintendencia de Banca y Seguros de todo el
proceso iniciado con la Intervención del Banco Nuevo Mundo.
Tampoco la Superintendencia de Banca y Seguros ha proporcionado a la Comisión de Economía los
contratos de valorización de los bancos Nuevo Mundo y NBK Bank suscritos con las sociedades de
auditoría externa ni los reportes preliminares o finales que a la fecha han emitido dichas empresas
valorizadoras.
20. Ha sido preocupación de los representantes del Banco Nuevo Mundo sobre la posible transferencia de
la base de clientes y los programas fuente por parte de la Superintendencia al Banco Interamericano de
Finanzas BIF durante la evaluación de la compra. Según lo expuesto por la Superintendencia de Banca
y Seguros en su Oficio N° 17822-2001 del 06.11.01, dicha entidad proporcionó sólo cartuchos que
contenían “back ups” de la producción del día 11.07.00, lo que al parecer no sería suficiente para
realizar el completo “due dilligence”. Este aspecto merecería mayor investigación.
21. La valorización del Banco Nuevo Mundo dispuesta por la Superintendencia de Banca en el marco del
Régimen Especial Transitorio al que sometió a dicho banco según Resolución SBS N° 284-2001 del
18.04.2001, para aplicarle el programa de reorganización societaria dispuesta en el DU-108-2000/EF
fue contable y no empleando criterios económicos los mismos que indudablemente habrían permitido
incluir en dicha valorización los activos intangibles del Banco Nuevo Mundo
22. Conforme a la documentación que ha alcanzado la propia Superintendencia de Banca y Seguros, el
Banco Nuevo Mundo desde 1998 le proporcionaba trimestralmente a la Superintendencia de Banca y
Seguros información de su conglomerado financiero, entre los que destaca los estados financieros de
Nuevo Mundo Holding S.A., poseedor del 99.9991% de las acciones del Banco Nuevo Mundo. Esta
información proporcionada por el Banco Nuevo Mundo cumplía con lo estipulado en el Artículo 15° de la
Resolución SBS N° 446-2000 del 28.06.01, Reglamento para la Supervisión Consolidada de los
Conglomerados Financieros y Mixtos, aprobada originalmente mediante la Resolución SBS Nº 002-98
del 02.01.98
23. En su presentación del 25.09.01 el Superintendente de Banca y Seguros afirmó que el Banco Nuevo
Mundo “recibió ayuda por US $15.7 millones de Nuevo Mundo Holding S.A., captados de manera ilegal.
Sin embargo, la Superintendencia no ha podido demostrar la ilegalidad de la captación de dichos
fondos.
24. La Superintendencia de Banca y Seguros tomó conocimiento que el Banco Nuevo Mundo realizaba
gestiones y negociaciones tendientes a la adquisición del Banco Financiero, entidad que finalmente
terminó adquiriendo el NBK Bank. Para llevar adelante esta transacción y su financiamiento el Banco
Nuevo Mundo había contratado con el Banc of America Secuties LLC la estructuración de la
transacción y su respectivo financiamiento, según consta en “engagement letter” de fecha 01.12.99
suscrita entre ambas partes y que se complementa asimismo con la “Evaluación Preliminar de la
Fusión de dos Entidades Bancarias” mandada elaborar para esta transacción con el Grupo Apoyo
Consultoría. Sobre el particular el Superintendente ha expuesto ante el Congreso lo siguiente: “Debo
manifestar, señor Presidente, para guardar equidad con la cronología, a principios de octubre, el Banco
Nuevo Mundo había solicitado adquirir a otra institución financiera. Frente a esta situación, nosotros le
manifestamos, nosotros no nos negamos a la transacción, lo que nosotros manifestamos fue de que
antes de conversar esta transacción en mayor detalle, era necesario que se hicieran aumentos de
15 - 20
16. Banco Nuevo Mundo – Reporte Final, análisis y conclusiones
capital en el Banco, porque nosotros veníamos observando que el Banco estaba perdiendo depósitos
de manera importante, esto es a principios del mes de noviembre”.
25. Ante las preguntas de los señores Congresistas, el Superintendente de Banca y Seguros no ha podido
evidenciar las oportunidades en las que apareció en medios de comunicación entre octubre y
noviembre del 2000 –como fue su comportamiento en otros casos--para evitar el creciente retiro de
depósitos particulares en los bancos Nuevo Mundo y NBK producto de los fuertes y sostenidos retiros
de depósitos estatales iniciados en octubre 2000 en ambos bancos, así como por declaraciones
públicas de algunos funcionarios de la Superintendencia de Banca y Seguros, como es el caso evidente
del Señor Intendente Harvey Leveau, quien efectuó declaraciones públicas sobre un supuesto déficit
patrimonial de US $50 millones en el NBK Bank, según lo denuncia el Señor Andy Altena, ex gerente
general del NBK Bank, en la página 4 de su carta notarial dirigida al Superintendente de Banca y
Seguros el 04.06.01.
Sin embargo, manifestó que la Superintendencia de Banca y Seguros: ””ha interpuesto demandas
penales por el delito de pánico financiero, 4 referidas al NBK Bank y 2 referidas al Banco Nuevo Mundo,
entre otros.
26. En su presentación ante la Comisión de Economía el 25.09.01, el Superintendente de Banca informó
que “ante la aguda crisis de liquidez que afrontaba el Banco Nuevo Mundo y considerando el déficit
encontrado en visita, la SBS le requiere al banco un aumento de capital de por lo menos US $20
millones”. En su presentación del 30.10.01 ante la Sub-Comisión del Congreso, el Superintendente
textualmente informó lo siguiente: “Ahora, nosotros requerimos hacer un aumento el capital en su
momento a la administración del Banco y es un requerimiento que se hizo de manera verbal.” El
Superintendente no demostró que esta exigencia hubiera sido efectuada por escrito.
27. Los accionistas del Banco Nuevo Mundo con carta fechada 25.09.01 presentaron al Ministro de
Economía una Propuesta de Solución, la misma que fue acompañada de un informe técnico elaborado
por Strike Value S.A. Según la presentación efectuada por los representantes del Banco Nuevo Mundo
no recibieron comunicación alguna o invitación para sostener reuniones de discusión con relación a su
propuesta de parte del Ministro de Economía y Finanzas ni de algún otro funcionario del Ministerio.
28. Sobre los pagos efectuados por los Interventores de la SBS a entidades bancarias del exterior y los
montos pagados a éstas, entre el 05.12.00 y el 30.09.01, en el Oficio respuesta, la Superintendencia de
Banca y Seguros manifiesta que durante la administración exclusiva que viene efectuando al BNM,
entre el 05.12.00 y el 30.09.01, ha dispuesto la cancelación de US $13.004 mil a bancos del exterior.
Precisa asimismo la Superintendencia de Banca y Seguros que dichos pagos han sido efectuados por
tratarse de operaciones en las cuales el BNM ha operado como agente y/o intermediario de una
operación de comercio exterior y que, por lo tanto, no resultan obligaciones directamente imputables al
BNM. En consecuencia, según esa Superintendencia dichos pagos a bancos del exterior se habrían
efectuado bajo estricta observancia de la prelación que exige la legislación vigente.
De ser ello cierto lo cual deberá evidenciarse, deberá precisar la Superintendencia porqué dichas
operaciones --en las que según la Superintendencia el BNM actúa como agente y/o intermediario—
están contabilizadas en la cuenta “Adeudados a bancos del Exterior (Adeudos y Obligaciones
Financieras)”. En tal sentido, es importante destacar que según lo dispone la misma Superintendencia
en su Manual de Contabilidad, las operaciones en las que los bancos operan como agentes o
intermediarios y no han emitido garantía alguna a favor de bancos financiadores del exterior y/o no han
asumido obligación indirecta por dichas operaciones, deberán contabilizarse en cuentas contingentes o
de orden, según la trascendencia y naturaleza de dichas operaciones de comisión mercantil.
5. CONCLUSIONES
Por lo expuesto en este documento y con el sustento de la información que obra en nuestro poder y los
análisis y demás aspectos técnicos que se han cubierto como corresponde, esta Subcomisión de Trabajo
ha llegado a las siguientes conclusiones y recomendaciones:
29. Ha quedado demostrado por la lectura del Informe de Visita de Inspección DESF “A”-168-VI/2000 de
fecha 22.11.00, suscrito por el Intendente de Banca, Señor Jorge Mogrovejo Gonzáles, y por el
respectivo Jefe de Visita, Señor Carlos Quiroz Montalvo, que fueron los retiros de depósitos estatales
por más de S/. 66 millones ocurridos entre septiembre y octubre del 2000 los que generan el posterior
retiro de depósitos particulares en noviembre del 2000; siendo en consecuencia esta la razón principal
por la que se produce la situación de iliquidez que lleva a la posterior Intervención del Banco Nuevo
16 - 20
17. Banco Nuevo Mundo – Reporte Final, análisis y conclusiones
Mundo. Ha quedado entonces demostrado que el problema no ha sido un problema estructural o
patrimonial previo a la Intervención
30. En sus presentaciones del 25.09.01 y 30.10.01 el Señor Superintendente de Banca ha malformado a
esta Comisión respecto al pago o recuperación de los Bonos DU-108-2000, pues producto de la
información que envió con su Oficio 17822-2001 del 06.12.01, comunicó oficialmente por escrito que no
es necesario que los bancos adquirientes beneficiarios de los Bonos DU-108-2000-EF repaguen o
devuelvan el importe de dichos bonos, lo cual conlleva a validar una pérdida millonaria para el Estado
(aproximadamente US $187.707 millones por la reorganización societaria del Banco Latino y US
$201.276 por la que se ha estructurado para NBK Bank y Banco Financiero).
31. El Señor Superintendente de Banca no ha podido sustentar ante la Sub-Comisión del Congreso ni
evidenciar las razones por las que no apareció en medios de comunicación entre octubre y noviembre
del 2000 para evitar que se generara en el Banco Nuevo Mundo el pánico financiero que finalmente fue
la principal causal de su Intervención. Sin embargo, ha sido evidente que el Señor Superintendente ha
optado por un comportamiento diferente cuando de por medio han estado involucradas otras entidades
del sistema financiero.
32. A pesar que es evidente que la decisión de Intervención del Banco Nuevo Mundo responde a una
causal objetiva prevista en la Ley N° 26702, es tam bién cierto que la Superintendencia de Banca y
Seguros actuó con precipitación para adoptar esta decisión, no sólo por la elevada volatilidad que
caracterizó al sistema financiero nacional producto de la crisis política que se registró en el país desde
mediados y hasta el final del año 2000 que incidió en una pérdida total de depósitos en el sistema
financiero nacional de US $400 millones a ese entonces, sino también porque de acuerdo a las
disposiciones legales existentes en ese momento sobre el manejo de agregados monetarios, la
Superintendencia podía patrocinar y coordinar la utilización de créditos de ordenamiento monetario para
ayudar al Banco Nuevo Mundo a superar la crisis coyuntural de liquidez que lo afectaba, o propiciar que
el Banco Central de Reserva apoye para que dicho banco pueda acceder al redescuento de US $15
millones que solicitaba basado en una cartera fundamentalmente integrada por créditos leasing, así
como también porque el Banco Nuevo Mundo había utilizado sólo 6 días de redescuentos de los 90 que
le es permitido por Ley cada semestre.
33. El Informe de los Administradores Judiciales nombrados por el 26° Juzgado Civil de Lima reporta, e ntre
otros temas de gestión bancaria y administrativa, que los Interventores de la Superintendencia de
Banca y Seguros están afectando el valor económico y el proceso de recuperación de activos del
Banco Nuevo Mundo por la aplicación de erradas políticas crediticias, operacionales y administrativas.
34. Desde el 05.12.00 hasta el 30.09.01 el Banco Nuevo Mundo ha logrado una recuperación de cartera de
US $139.8 millones, con un ritmo promedio mensual de recuperación de US $14 millones. Asimismo, al
30.09.01, el Banco Nuevo Mundo ha obtenido ingresos superiores (US $29 millones) a varios bancos
operativos del sistema, entre ellos el Banco Interamericano de Finanzas que pretendió adquirirlo.
35. La Sub-Comisión de Trabajo ha demostrado que, durante todo el proceso del caso Banco Nuevo
Mundo, la Superintendencia ha carecido de falta de transparencia para con los accionistas del banco,
sus depositantes, acreedores e inclusive esta Comisión, incurriendo con todos los involucrados en falta
de voluntad para la entrega de información, o entrega extemporánea o parcial de esta e inclusive
cuando antepone infundadas razones para no entregar información como es el caso de los contratos
suscritos con las valorizadoras, con el BNP-Paribas, con el CEPRE, etc., o inclusive cuando se le pidió
que proporcione el CAMEL del Banco Nuevo Mundo para los meses de julio a noviembre del 2000,
oportunidad en la que manifestó el Superintendente que no podía atender este requerimiento pues este
documento técnico constituía secreto de Estado.
36. La simple valorización contable dispuesta por el Superintendente de Banca y Seguros es objetable
técnicamente por el nivel de cifras oficializadas por la Superintendencia (US $222.5 millones), así como
por las que adelantó el CEPRE (US $281 millones), como también por haberse efectuada dicha
valorización sobre una base irreal como son los asientos contables retroactivos o con fecha valor al
05.12.00 y 31.12.00 dispuestos con el fin de generar pérdidas por el íntegro de su patrimonio neto (US
$72.3 millones) en los estados financieros del Banco Nuevo Mundo por conceptos que no son
procedentes legal ni contablemente (aplicación adelantada de NICs que recién son válidas y vigentes
desde el 01.01.01.
37. La aplicación de estos conceptos contables inusuales e improcedentes y el proceder discrecional y
discriminatorio de la Superintendencia de Banca y Seguros en el caso Banco Nuevo Mundo han
generado para el Estado Peruano una contingencia de varias decenas de millones de dólares e
17 - 20
18. Banco Nuevo Mundo – Reporte Final, análisis y conclusiones
inclusive afectan el repago de las imposiciones de los depositantes, pues al ordenar la
Superintendencia que se efectúen cargos retroactivos y sin validez, obligando inclusive al Contador
General del Banco a efectuarlos, se ha generado para el Banco Nuevo Mundo una contingencia
tributaria muy importante por los reparos que va a efectuar la SUNAT respecto a la procedencia de
estos cargos.
38. La Superintendencia de Banca y Seguros ha incurrido en negligencia al no cumplir con su
responsabilidad de supervisión consolidada de conglomerados financieros, como era el caso Banco
Nuevo Mundo y Nuevo Mundo Holding, conforme lo dispone la legislación vigente y en particular la
Resolución SBS N° 446-2000 del 28.06.01, Reglamento para la Supervisión Consolidada de los
Conglomerados Financieros y Mixtos, aprobada originalmente mediante la Resolución SBS Nº 002-98
del 02.01.98. De acuerdo a la información evaluada, el Banco Nuevo Mundo cumplió oportunamente
desde 1998 con la entrega de toda la información requerida por el Artículo 15° del citado reglamento
para que la Superintendencia proceda a cumplir con sus fines. Es importante destacar que, de haber
cumplido la Superintendencia con esta responsabilidad de supervisión consolidada, no se habrían
impactado negativamente ni los accionistas, depositantes, acreedores ni el propio Estado Peruano con
el caso Banco Nuevo Mundo.
39. La transferencia del NBK Bank al Banco Financiero fue realizada sin una evaluación comprobada de la
pérdida real que afecta al Estado por la entrega de US $201 millones en bonos por aplicación del DU-
108-2000.
6. INFORME EMITIDO POR LOS ADMINISTRADORES JUDICIALES SOBRE
LA GESTION DE LA SBS EN DICHO BANCO INTERVENIDO
El 24 de agosto del 2001, los tres Curadores Administradores Judiciales nombrados por el Vigésimo Sexto
Juzgado Civil de Lima y en representación del Poder Judicial presentaron el informe sobre su gestión en el
Banco Nuevo Mundo (BNM o banco, de ahora en adelante) por el periodo comprendido entre el 21 de julio y
el 6 de agosto del 2001.
Este informe reviste singular importancia no sólo por el hecho histórico de ser la primera Administración
Judicial que se realiza a la gestión que efectúa la Superintendencia de Banca y Seguros (SBS de ahora en
adelante) en un banco intervenido y sometido a Régimen Especial Transitorio en el país, sino también por
las serias observaciones que han denunciado los Curadores Administradores Judiciales sobre la gestión
irregular que viene desarrollando en dicho banco desde hace más de siete (7) meses la Superintendecia de
Banca y Seguros.
En tal sentido, los Administradores Judiciales concluyen que el resultado de la gestión de la SBS en el BNM
durante estos primeros siete (7) meses que ellos revisaron fue completamente negativo, pues con las
políticas financieras, crediticias y operacionales que están adoptando los Interventores de la SBS se está
afectando el proceso de recuperación de la cartera crediticia, se retrasa sobremanera la devolución de
depósitos a los ahorristas, no se cumple oportunamente con los acreedores, se favorece con depósitos a
una institución bancaria de menor magnitud que el BNM y que es parte interesada en adquirirlo (BIF), y
finalmente se deteriora de manera acelerada el valor del BNM con lo que se perjudica la inversión de sus
accionistas.
Enseguida resaltamos las observaciones más importantes y se comentan sus implicancias económico-
financieras para la recuperación de los créditos, la administración de los costos y gastos y su consiguiente
impacto en el valor del banco. En todo caso, se adjunta el citado informa para que pueda ser leído en su
integridad y así se forme el lector de este documento un juicio independiente.
a. Observaciones sobre aspectos administrativos
a. La situación laboral del Gerente General del BNM, señor Armando Hopkings Larrea, que
continuaba en funciones inclusive durante la original Intervención del banco y su posterior
sometimiento a Régimen Especial Transitorio.
b. No obstante tener suspendidas sus operaciones, el banco continúa sufragando la misma planilla,
que demanda un gasto mensual de aproximadamente US $900 mil y que impide incrementar la
caja que se necesita para devolver depósitos y pagar a los acreedores del BNM. En opinión de los
Administradores Judiciales este gasto mensual debió reducirse tras la intervención a US $400 mil/
mes si los Interventores de la SBS hubiesen solicitado la suspensión temporal de relaciones
laborales por una evidente causa objetiva.
c. Al no haber dispuesto los Interventores de la SBS una adecuada política de reducción de costos y
gastos, entre ellos el cierre de oficinas no-operativas, el BNM está sufragando un innecesario gasto
de US $200 mil/ mes.
18 - 20
19. Banco Nuevo Mundo – Reporte Final, análisis y conclusiones
d. No ubicaron ni consta en el registro de contratos del BNM el convenio celebrado con los auditores
externos Collas Dongo Soria y Asociados S.C., firma miembro de Price Waterhouse Coopers, que
auditó el balance del banco a diciembre del 2000 y que ha sido designada por la CEPRE del Banco
del Nuevo Mundo para revisar la valorización del banco que efectuaría la firma Arthur Anderson.
b. Observaciones Aspectos Contables
a. Respecto a la Pérdida Neta del ejercicio 2000 en el BNM, se observa el registro de cargos por
provisiones y gastos por S/. 200 millones, determinados meses después del cierre del ejercicio
2000 pero que los Interventores de la SBS han obligado a contabilizar con fecha valor 31-
diciembre-2000
b. Los ajustes contables que han dispuesto los Interventores de la SBS el 17 de julio del 2001
(Resolución SBS 509-2001, publicada el 13-julio-2001) en los estados financiero del BNM a
diciembre 2000, son contrarios a prácticas contables y de auditoría porque el ejercicio contable y
económico-financiero del Banco del Nuevo Mundo por el ejercicio 2000 ya al 17-julio-2001 estaba
cerrado y dichos estados financieros fueron oportunamente presentados a la SUNAT conforme a
Ley.
c. La contabilización retroactiva de la pérdida en los estados financieros del BNM dispuesta por la
SBS en su Resolución 509-2001, es asimismo inadmisible desde el punto de vista legal porque el
ordenamiento jurídico del Perú no admite la retroactividad de una norma, que como se sabe son
obligatorias desde el día siguiente a su publicación oficial en el diario El Peruano.
d. La calificación de la cartera crediticia del BNM dispuesta por los Interventores para contabilizar
provisiones el 17-julio-2001 por S/. 151 millones (US $43.5 millones) con efecto retroactivo al 31-
diciembre-2000, se efectuó sobre la base de la clasificación de los deudores al 31-marzo-2001.
Como se sabe y según está dispuesto inclusive por la normatividad que sobre el particular ha
emitido la SBS, los requerimientos de provisiones se efectúan evaluando criterios en las
condiciones económicas del momento de la clasificación (en este caso, debió efectuarse con las
condiciones que imperaban en diciembre del 2000 y no las de marzo-2001), la capacidad de pago
del deudor en tal oportunidad y el valor de realización de las garantías establecidas al momento de
la clasificación (diciembre 2000).
c. Gestión Financiera
a. Se aclaró que, contrariamente a lo que se desprendía de una información de la SBS y que había
generado una preocupante reacción de los representantes de los ahorristas del BNM, se comprobó
que los US $82.91 millones estaban depositados en diferentes bancos del sistema financiero
nacional.
b. Demostrándose la calidad de la cartera crediticia del BNM, en la fecha de corte final de la gestión
de los Administradores Judiciales (6-agosto-2001), dichos saldos en caja habían aumentado a US
$87.3 millones (5% de crecimiento).
c. Al 23-julio-2001, el 43% de los fondos disponibles del BNM han sido depositados por los
Interventores de la SBS en el Banco Interamericano de Finanzas (BIF de ahora en adelante), lo
cual ha generado una innecesaria y peligrosa concentración de depósitos en dicho banco dada la
diferencia de tamaño entre ambos bancos y por la calificación que ostenta el BIF.
d. Según estadística de la SBS a julio 2001, el BNM se convierte en el principal depositante del BIF
(20% del total de depósitos) pues desde mayo 2001 se observa un sistemático incremento de los
depósitos del BNM en el BIF según lo han dispuesto los Interventores SBS.
e. Ante la observación efectuada, el BIF se negó a regularizar esta situación según consta en el
Anexo 5 del Informe de los Administradores Judiciales.
d. Determinación de Tasas Activas y Pasivas
a. Dada la suspensión de operaciones a la que está afecto el BNM, resulta inadecuado que los
Interventores de la SBS mantengan la política de retribuir a los depositantes con tasas más altas
que el sistema financiero nacional e incluso más altas que las que le pagan al BNM por sus fondos
excedentes.
b. La aplicación de dicha política por parte de la SBS en el BNM viene originando desde hace más de
siete (7) meses una pérdida permanente en el margen (spread) financiero.
c. Las tasas activas aplicadas por la SBS en el BNM tampoco son adecuadas a la situación que hoy
atraviesa esta entidad pues impiden una mayor recuperación de la cartera crediticia, incrementa el
nivel de vencidos, desmejora la calidad de la cartera, incrementa las provisiones y desalienta las
negociaciones en curso. Las tasas anuales vencidas y moratorias en Soles son del 180% pa y en
Dólares del 38% pa, muy por encima del sistema financiero nacional.
e. Gestión crediticia
19 - 20
20. Banco Nuevo Mundo – Reporte Final, análisis y conclusiones
a. Desde marzo 2001, se aprecia una reducción del ritmo de recuperación de los créditos y de los
indicadores crediticios del BNM por no adecuar oportunamente la SBS las prácticas de negociación
con los deudores, por establecer duplicidad de controles operativos, por demoras en la toma de
decisiones y escasa delegación de funciones
b. Los controles relacionados con el otorgamiento, refinanciación, evaluación y clasificación de la
cartera crediticia establecidos durante el régimen de intervención no ha sido óptima.
c. Al 23-julio-2001, ciento once (111) operaciones crediticias aprobadas por US $19 millones estaban
pendientes de desembolso desde hace más de 47 días promedio.
d. A pesar del deterioro de la cartera de colocaciones, los Administradores Judiciales consideran que
en el BNM existe un potencial generador de ingresos, si la SBS aplicara una correcta política de
saneamiento crediticio, que se produciría de negociarse con los deudores de manera eficiente, lo
cual conllevaría a devengar intereses en suspenso que bordean los S/. 200 millones y liberar
provisiones que son del orden de los S/. 383 millones.
e. En adición a encontrarse ocho (8) pagarés no protestados por más de 120 días por US $1.4
millones y S/. 4.8 millones, faltante de una letra en garantía por US $222 mil y 83 letras vencidas 1-
marzo-2001 por US $18.5 mil, los Administradores Judiciales encontraron un pagaré no-protestado
por US $200 mil del Gerente General restituido por la SBS, señor Armando Hopkins Larrea,
vencido desde el 31-marzo-2001.
f. Estados Financieros del BNM
a. El Estado de Pérdidas y Ganancias al 31-julio-2001 refleja los siete (7) meses de gestión de la
SBS, resultando este negativo con una Pérdida Neta de S/. 140.3 mil (US $41.3 mil) y el Capital
Social y Reservas del BNM han sido disminuidas a cero (0)
b. Según los Administradores Judiciales, en el BNM la SBS aplicó en los siete (7) meses de su gestión
medidas inadecuadas, creando un elevado nivel de provisiones y la inactividad para reestructurar la
cartera de créditos del BNM.
c. Los Interventores de la Superintendencia han generado a finales de junio 2001 un cuantioso cargo
de más de S/. 320 millones en los estados financieros del BNM al 31.12.00 aplicando el criterio
contable de “registro de asiento contable retroactivo” o también denominado: “registro de asiento
contable con fecha valor” que es reñido con prácticas contables sanas y usuales en el mercado.
(Bnm-FinalReport)
20 - 20