1. Comunidad Andina de Naciones
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1 Nestor Araujo Mamani
2. Sus miembros
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Permanentes
BOLIVIA
COLOMBIA
ECUADOR
PERÚ
Asociados
ARGENTINA
BRASIL
CHILE
PARAGUAY
URUGUAY
Observador: España
Ex miembros: Venezuela
3. Objetivos
1. Acelerar el crecimiento y la generación de empleo
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2. Facilitar la participación de los países miembros
en el proceso de integración regional (para
formar un mercado común latinoamericano)
3. Mejorar la posición de los países miembros en el
contexto económico internacional
4. Fortalecer la solidaridad subregional y reducir las
diferencias de desarrollo
5. Mejorar a largo plazo el nivel de vida de los
habitantes (www.comunidadandina.org/)
4. Algunos hitos históricos
• La Comunidad Andina se crea en 1969 con el Acuerdo de
Cartagena.
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• En 1973 Venezuela se une al Pacto Andino.
• En 1976, Augusto Pinochet determina que Chile se retire
del "Pacto Andino".
• En 1979, son creados, el Tribunal Andino de Justicia, el
Parlamento Andino y el Consejo Andino de Ministros de
Relaciones Exteriores.
• En 1983, entra en funcionamiento el Tribunal Andino de
Justicia.
• En 1991, se aprueban la política de cielos abiertos.
• En 1992, Perú suspende su membresía debido a su Política
de liberalización económica.
5. Algunos hitos históricos
• En 1993, comienza el funcionamiento de la "Zona Andina
de Libre Comercio" (Bolivia, Colombia, Ecuador y
Venezuela).
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• En 1994, se aprueba el Arancel Externo Común.
• En 2005, se incorporaron a países del Mercosur como
miembros asociados, medida recíproca
• En 2006, Venezuela anuncia el retiro de Venezuela de la
Comunidad Andina.
• En 2006, el Consejo Andino de Cancilleres, aprueba la
reincorporación de Chile a la CAN como miembro
asociado.
• En 2011, España es admitida como miembro observador
• En 2012, Bolivia es aceptada en el Mercosur, y se
determina un plazo para la "plena adhesión" en 4 años.
(www.comunidadandina.org/ y Casas 2007)
6. Sistema Andino de Integración
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Organizaciones intergubernamentales
• Consejo Presidencial,
• Consejo Andino de Ministros de
Relaciones Exteriores,
• Comisión de la Comunidad Andina.
7. Sistema Andino de Integración
Organizaciones intergubernamentales
• Consejo Presidencial,
• Consejo Andino de Ministros de Relaciones Exteriores,
• Comisión de la Comunidad Andina.
Organizaciones comunitarias
• Tribunal de Justicia,
• Parlamento Andino,
• Secretaría General,
• CAF, banco de desarrollo de América Latina,
• Fondo Latinoamericano de Reservas,
• Organismo Andino de Salud, (Convenio Hipólito Unanue)
• Convenio Simón Rodríguez, y Convenio Andrés Bello
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(Universidad Andina Simón Bolívar.)
8. Sistema Andino de Integración
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Instancias de participación de la
sociedad civil
• Consejo Consultivo Empresarial,
• Consejo Consultivo Laboral,
• Consejo Consultivo de Pueblos Indígenas,
• Mesa Andina para la Defensa de los
Derechos del Consumidor.
9. Valores Promovidos y Retos
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Valores Retos
• Mantenimiento de la
democracia
• Defensa de los derechos
humanos y búsqueda del
bienestar social
• Promover el libre transito
de personas
• Combatir el trafico de
drogas y de armas
• Reducir la brecha entre los
pobres y ricos
• Equilibrar el desarrollo
productivo de las naciones
miembro.
• Promover políticas de
adaptación al cambio
climático
10. TRIBUNAL DE JUSTICIA DE LA
COMUNIDAD ANDINA
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• Creado por el Tratado de Trujillo firmado
el 10 de marzo de 1996.
• Compuesto por cuatro magistrados
(designados para un período de seis años)
• El Presidente del TJ es elegido y en un
período de un año.
• Dos clases de sesiones: administrativas,
judiciales.
11. Competencias del TJCA
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• Acción de Nulidad
• Acción de Incumplimiento
• Interpretación prejudicial
• Interpretación prejudicial facultativa
• Interpretación prejudicial obligatoria
• Recurso por Omisión o Inactividad
• Acción Laboral
12. Un ejemplo concreto
Interpretación prejudicial
• Corresponde al Tribunal interpretar las normas que
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conforman el ordenamiento jurídico de la Comunidad
Andina, con el fin de asegurar su aplicación uniforme en el
territorio de los Países Miembros.
Interpretación prejudicial facultativa
• Los jueces nacionales que conozcan de un proceso en el que
deba aplicarse o se controvierta alguna de las normas que
conforman el ordenamiento jurídico de la Comunidad
Andina, podrán solicitar, directamente y mediante simple
oficio, la interpretación del Tribunal acerca de dichas
normas, siempre que la sentencia sea susceptible de
recursos en derecho interno. Si llegare la oportunidad de
dictar sentencia sin que hubiere recibido la interpretación
del Tribunal, el juez deberá decidir el proceso.
13. Un ejemplo concreto
Interpretación prejudicial obligatoria
• De oficio o a petición de parte, el juez nacional que
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conozca de un proceso en el cual la sentencia fuera de
única o última instancia, que no fuere susceptible de
recursos en derecho interno, en el que deba aplicarse o
se controvierta alguna de las normas que conforman el
ordenamiento jurídico de la Comunidad Andina, deberá
suspender el procedimiento y solicitar directamente y
mediante simple oficio, la interpretación del Tribunal.
• En los casos de consulta obligatoria, el proceso interno
quedará suspendido hasta tanto se reciba la
interpretación prejudicial solicitada.
14. Jurisprudencia del TJCA sobre PI
El acuerdo sobre Aspectos de los Derechos de Propiedad Intelectual relacionados con el Comercio
(ADPIC) protegía a los miembros de las presiones de EEUU y la OMPI para respetar los derechos
intelectuales de Empresas Comerciales. Ello permitió un incremento de producción de
medicamentos genéricos en la región
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Decisión No. Visión general del contenido
Fechas de
vigencia
Decisión 24
Establece una amplia regulación y restricciones en la protección de PI para
inversionistas extranjeros.
1970-1991
Decisión 85 Concede una mínima protección en marcas y patentes. 1974 - 1991
Decisión 291
Reduce la regulación y la restricción de licencias en propiedad intelectual
para inversionistas extranjeros
1991 - a la fecha
Decisión 311
Modesta ampliación de la protección en marcas y patentes (incluyendo
algunas farmacéuticas)
1991-1992
Decisión 313
Confirió la misma protección que la Decisión 311, con corta duración de los
periodos.
1992-1994
Decisión 344 Generó mayor concordancia de la normativa PI con el acuerdo OMC/ADPIC 1994-2000
Decisión 406
Tiene un efecto similar al de la Decisión 344, con procedimientos y
mecanismos de aplicación más detallados
2000- a la fecha
Decisión 632
Interpretó una disposición sobre protección de datos de prueba en la Decisión
406
2005 - a la fecha
Decisión 609 Modificó diez disposiciones específicas sobre marcas y patentes en la Decisión
406.
2000 - a la fecha.
15. Definiciones jurídicas sobre
Propiedad Intelectual (PI)
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• Decisión 344 de la Comisión del Acuerdo
de Cartagena (TJCA)
• Artículo 1.- Los Países Miembros
otorgarán patentes para las
invenciones sean de productos o de
procedimientos en todos los campos de la
tecnología, siempre que sean nuevas,
tengan nivel inventivo y sean
susceptibles de aplicación industrial.
16. TJCA y PI
• TJCA determino que era inaplicable un acuerdo
bilateral entre Ecuador y los Estados Unidos,
para protección de patente a las empresas
farmacéuticas.
• TJCA provocó la revocatoria de las decisiones
de la agencia ecuatoriana y peruana que
concedieron patentes de segundo uso.
• TJCA encontró violatorio DS colombiano de
protección de datos de prueba ante
los organismos nacionales de salud, al solicitar
comercialización de nuevos medicamentos
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17. TJCA y PI
• EL TJCA promovió que en lugar de
regular las patentes farmacéuticas,
los gobiernos andinos adoptaran una
protección gradual, adoptando la
doctrina conocida como “novedad
absoluta”
• Omisión implícita a las patentes
«pipeline» que son de
reconocimiento tácito.
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18. Decisiones sobre PI: El caso
Ecuatoriano
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• Ecuador, mediante DS determinaba que era facultad del
país conceder patentes de usos comercial «pipeline»
• El TJCA determino que las normas nacionales deben
concatenare al Sistema Andino para su «fortalecimiento»
• El TJCA sentencio que Ecuador “mediante el
establecimiento de un régimen excepcional...concediendo
ventajas para patentar en su propio país. De manera que
fue desleal bajo el régimen común aplicado en los demás
países andinos.”
19. El TJCA y las patentes
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• “El principio del “pipeline” no se encuentra
contemplado dentro de la legislación andina
y es contrario al de “novedad absoluta”
• Las Decisiones 344 y 486 rechazaron
categóricamente las patentes de segundo
uso
Laurence R. (2009 ) Islands of effective international adjudication: constructing an
intellectual property rule of law in the Andean Community, American Journal of
International Law, Vol. 103, 1
20. Patentes de segundo uso
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Países que no las reconocen Países que las reconocen
Ecuador El Salvador
Colombia Guatemala
Venezuela Honduras
Perú México
Bolivia Paraguay
Argentina (en algunos casos)
Chile (en algunos casos)
Panamá (en algunos casos)
Uruguay (en algunos casos)