Este documento trata sobre los derechos de los consumidores y la normativa de protección al consumidor en España. Explica los principales organismos e instituciones relacionados con el consumo, tanto a nivel nacional como autonómico. También describe los procedimientos para presentar reclamaciones, quejas y denuncias, así como las vías extrajudiciales para resolver conflictos de consumo, como la mediación y el arbitraje.
1. 1. El consumidor y sus derechos
2. Normativa en materia de consumo
3. Instituciones y organismos públicos
relacionados con el consumo
4. Cuando el consumidor ejerce sus derechos:
actuaciones y procedimientos
5. Resolución extrajudicial de conflictos:
la mediación y el arbitraje
6. Consumo sostenible y responsable
PRÁCTICA PROFESIONALPROFESIONAL
Demanda de reclamación
vamos a conocer...
¿QUIÉN ES EL CONSUMIDOR Y/O USUARIO?¿QUIÉN ES EL CONSUMIDOR Y/O USUARIO?
Ley General para la Defensa de los Consumidores y
Usuarios (R.D. 1/2007), dice:
ES EL DESTINATARIO FINALES EL DESTINATARIO FINAL
DE UN PRODUCTO (BIEN O SERVICIO)DE UN PRODUCTO (BIEN O SERVICIO)
QUE USA O CONSUMEQUE USA O CONSUME
CON FINES PRIVADOSCON FINES PRIVADOS
2. LOS DERECHOS BÁSICOS DE CONSUMIDORES Y USUARIOSLOS DERECHOS BÁSICOS DE CONSUMIDORES Y USUARIOS
R.D. 1/2007. Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios (LGDCUR.D. 1/2007. Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios (LGDCU
a) La protección contra los riesgos que puedan afectar su salud o seguridad.
b)b) La protección de sus legítimos intereses económicos y sociales; en particular,La protección de sus legítimos intereses económicos y sociales; en particular,
frente a la inclusión de cláusulas abusivas en los contratos.frente a la inclusión de cláusulas abusivas en los contratos.
c) La indemnización de los daños y la reparación de los perjuicios sufridos.
d)d) La información correcta sobre los diferentes bienes o servicios; la educación yLa información correcta sobre los diferentes bienes o servicios; la educación y
divulgación para facilitar el conocimiento sobre uso adecuado, consumo odivulgación para facilitar el conocimiento sobre uso adecuado, consumo o
disfrute.disfrute.
e) La audiencia en consulta, la participación en el procedimiento de elaboración
de las disposiciones generales que les afectan directamente y la
representación de sus intereses, a través de las asociaciones, agrupaciones,
federaciones o confederaciones de consumidores y usuarios legalmente
constituidas.
f) La protección de sus derechos mediante procedimientos eficaces, en especial
ante situaciones de inferioridad, subordinación e indefensión.
A) PRINCIPALES NORMAS ESTATALES
• RD 231/2008, Sistema Arbitral de Consumo.
• RDL 1/2007, texto refundido de la Ley General para la Defensa de los
Consumidores y Usuarios (LGDCU).
• 894/2005, sobre el Consejo de Consumidores y Usuarios.
• RD 1801/2003, sobre seguridad general de los productos.
• L. 47/2002, ordenación del comercio minorista y contratos a distancia.
• L. 34/2002, de servicios de la sociedad de la información y comercio
electrónico.
• RD 825/1990, sobre el derecho de representación, consulta y participación
de los consumidores y usuarios a través de sus asociaciones.
• RD 820/1990, que prohíbe fabricación y venta de productos de apariencia
engañosa que pongan en peligro la salud o la seguridad.
• RD 1468/1988. sobre etiquetado, presentación y publicidad de los
productos industriales destinados a la venta a los consumidores y
usuarios.
I. EN EL DERECHO ESPAÑOLI. EN EL DERECHO ESPAÑOL
3. B) NORMAS AUTONÓMICAS
Todas las Comunidades Autónomas han aprobado leyes que incorporan las
normas estatales a su legislación propia.
• Andalucía: L. 13/2003.
• Aragón: L. 16/2006.
• Asturias: L. 11/2002.
• Baleares: L. 1/1998.
• Canarias: L. 3/2003.
• Cantabria: L. 1/2006.
• Castilla-La Mancha: L. 5/2006, del Instituto de Consumo, y L. 11/2005, del
Estatuto del consumidor.
• Castilla y León: L. 11/1998.
• Cataluña: L. 3/1993, del Estatuto del consumidor, y L. 1/1990, de disciplina
de mercado y defensa de los consumidores y usuarios.
• Comunidad Valenciana: L. 2/1987.
I. EN EL DERECHO ESPAÑOLI. EN EL DERECHO ESPAÑOL
B) NORMAS AUTONÓMICAS
Todas las Comunidades Autónomas han aprobado leyes que incorporan las
normas estatales a su legislación propia.
• Extremadura: Decreto 44/1995
• Galicia: L. 12/1984
• Madrid: L. 11/1998
• Navarra: L. 7/2006
Murcia: L. 4/1996, de 14 de junio
• País Vasco: L. 6/2003, de 22 de diciembre
I. EN EL DERECHO ESPAÑOLI. EN EL DERECHO ESPAÑOL
4. REGLAMENTOS COMUNITARIOS:
De aplicación directa, se integran en el conjunto de leyes de los Estados
de la UE.
Ejemplo:
“Reglamento (CE) nº. 132/2008 de la Comisión, de 14 de febrero de 2008, por el
que se establecen medidas respecto a las importaciones de productos de origen
animal destinados al consumo personal”
II. EN EL DERECHO DE LA UNIÓN EUROPEAII. EN EL DERECHO DE LA UNIÓN EUROPEA
DIRECTIVAS COMUNITARIAS:
Fijan una obligación de resultado a conseguir por cada uno de los Estados
miembros en un plazo máximo.
Ejemplo:
La propia LGDCU cumple con varias directivas comunitarias que las transpone
a nuestro ordenamiento jurídico.
II. EN EL DERECHO DE LA UNIÓN EUROPEAII. EN EL DERECHO DE LA UNIÓN EUROPEA
5. II. EN EL DERECHO DE LA UNIÓN EUROPEAII. EN EL DERECHO DE LA UNIÓN EUROPEA
La Constitución Española de 1978, en su artículo 51,
establece:
1) Los poderes públicos garantizarán la defensa de los
consumidores y usuarios, protegiendo, mediante
procedimientos eficaces, la seguridad, la salud y los
legítimos intereses económicos de los mismos.
2) Los poderes públicos promoverán la información y la
educación de los consumidores y usuarios, fomentarán
sus organizaciones y oirán a estas en las cuestiones
que puedan afectar a aquellos, en los términos que la
ley establezca.
¿QUIÉN VELA POR LOS DERECHOS DE CONSUMIDORES Y USUARIOS?¿QUIÉN VELA POR LOS DERECHOS DE CONSUMIDORES Y USUARIOS?
6. INSTITUCIONES NACIONALES EN MATERIA DE CONSUMOINSTITUCIONES NACIONALES EN MATERIA DE CONSUMO
A) DE ÁMBITO NACIONAL:
• Instituto Nacional de Consumo (INC)
• Junta Arbitral Nacional de Consumo
• Centro de Investigación y Control de la Calidad (CICC)
• Centro de Información y Documentación del Consumo (CIDOC)
• Consejo de Consumidores y Usuarios
• Defensor del Pueblo
• Órganos de defensa que actúan en sectores determinados
• Asociaciones de Consumidores y Usuarios
INSTITUCIONES NACIONALES EN MATERIA DE CONSUMOINSTITUCIONES NACIONALES EN MATERIA DE CONSUMO
B) DE ÁMBITO AUTONÓMICO O LOCAL
• Direcciones Generales de Consumo
• Delegaciones Territoriales de Consumo, o Servicios Provinciales de
Consumo
• Juntas Arbitrales de Consumo de ámbito autonómico, local o regional.
• Oficinas Municipales de Información al Consumidor (OMIC)
• Tribunales Ordinarios
7. INSTITUCIONES NACIONALES EN MATERIA DE CONSUMOINSTITUCIONES NACIONALES EN MATERIA DE CONSUMO
INSTITUCIONES DE LA UNIÓN EUROPEA
• Centro Europeo de Ayuda al Consumidor, CEC (European
Consumer Centre in SPAIN)
• SOLVIT
• Servicio de Orientación de los Ciudadanos (SOC)
• Defensor del Pueblo Europeo
QUEJAQUEJA Malestar, desacuerdoMalestar, desacuerdo
RECLAMACIÓNRECLAMACIÓN
Sospecha de que se haSospecha de que se ha
actuado incorrectamenteactuado incorrectamente
DENUNCIADENUNCIA
Certeza de que se haCerteza de que se ha
vulnerado la legalidadvulnerado la legalidad
8. LAS RECLAMACIONESLAS RECLAMACIONES
La LGDCU establece que es obligatorio tenerlas enLa LGDCU establece que es obligatorio tenerlas en
los establecimientos abiertos al públicolos establecimientos abiertos al público
LAS HOJAS DE RECLAMACIONESLAS HOJAS DE RECLAMACIONES
En el modelo oficial, con tres copiasEn el modelo oficial, con tres copias
Se consiguen en las Direcciones Generales deSe consiguen en las Direcciones Generales de
Consumo de las Comunidades AutónomasConsumo de las Comunidades Autónomas
Cuando el consumidor las solicita, hay obligaciónCuando el consumidor las solicita, hay obligación
de entregárselasde entregárselas
LAS RECLAMACIONESLAS RECLAMACIONES
Datos del reclamanteDatos del reclamante
CONTENIDO DE UNA RECLAMACIÓNCONTENIDO DE UNA RECLAMACIÓN
Datos del reclamadoDatos del reclamado
Descripción de los hechosDescripción de los hechos
Fecha en que sucedieronFecha en que sucedieron
Lo que se reclamaLo que se reclama
Los documentos que se aportanLos documentos que se aportan
(opcional)(opcional)
9. TRAMITACIÓN DE LAS RECLAMACIONESTRAMITACIÓN DE LAS RECLAMACIONES
SiSi nono se resuelvese resuelve
1º)1º) Reclamación directa a la empresa o profesionalReclamación directa a la empresa o profesional
Pone en contacto a las partes para que lleguen a un acuerdoPone en contacto a las partes para que lleguen a un acuerdo
2º)2º) Acudir a una OMICAcudir a una OMIC
SiSi nono se produce el acuerdose produce el acuerdo
La OMIC propone acudir al arbitrajeLa OMIC propone acudir al arbitraje
SiSi se aceptase acepta el arbritrajeel arbritraje
LAUDO (Sentencia que cierra el caso)LAUDO (Sentencia que cierra el caso)
TRAMITACIÓN DE LAS DENUNCIASTRAMITACIÓN DE LAS DENUNCIAS
VÍAS DE TRAMITACIÓNVÍAS DE TRAMITACIÓN
A) A TRAVÉS DE LA ADMINISTRACIÓN DE CONSUMOA) A TRAVÉS DE LA ADMINISTRACIÓN DE CONSUMO
El consumidor acude a la Administración de Consumo.El consumidor acude a la Administración de Consumo.
•OMICOMIC
•Servicio Provincial de ConsumoServicio Provincial de Consumo
•Dirección General de Consumo, etcDirección General de Consumo, etc
Muchas tienen su origen en reclamaciones no resueltasMuchas tienen su origen en reclamaciones no resueltas
La Administración estudia el caso y admite (o no) a trámite la denunciaLa Administración estudia el caso y admite (o no) a trámite la denuncia
Si se comprueba la vulneración de la LeySi se comprueba la vulneración de la Ley
La Administración impondrá sanción al que incumplióLa Administración impondrá sanción al que incumplió
10. TRAMITACIÓN DE LAS DENUNCIASTRAMITACIÓN DE LAS DENUNCIAS
TRAMITACIÓN DE LAS DENUNCIASTRAMITACIÓN DE LAS DENUNCIAS
VÍAS DE TRAMITACIÓNVÍAS DE TRAMITACIÓN
B) A TRAVÉS DE LOS TRIBUNALES ORDINARIOS DE JUSTICIAB) A TRAVÉS DE LOS TRIBUNALES ORDINARIOS DE JUSTICIA
• En determinados casos, es la única vía posible, cuando se hanEn determinados casos, es la única vía posible, cuando se han
producido:producido:
•Delitos contra la salud.Delitos contra la salud.
•Lesiones.Lesiones.
•Muerte.Muerte.
• Se sigue el procedimiento judicial.Se sigue el procedimiento judicial.
• La obligación (para el demandante) de disponer de abogado yLa obligación (para el demandante) de disponer de abogado y
procurador, depende de la cuantía de lo reclamado (hasta 900 € no sonprocurador, depende de la cuantía de lo reclamado (hasta 900 € no son
necesarios).necesarios).
• El tipo de procedimiento (ordinario o abreviado) depende de:El tipo de procedimiento (ordinario o abreviado) depende de:
•Cuantía de lo reclamado.Cuantía de lo reclamado.
•Si la demanda es individual o colectiva.Si la demanda es individual o colectiva.
11. TRAMITACIÓN DE LAS DENUNCIASTRAMITACIÓN DE LAS DENUNCIAS
¿CÓMO RESOLVER LOS CONFLICTOS DE CONSUMO SIN ACUDIR A LOS¿CÓMO RESOLVER LOS CONFLICTOS DE CONSUMO SIN ACUDIR A LOS
TRIBUNALES DE JUSTICIA?TRIBUNALES DE JUSTICIA?
SISTEMA EXTRAJUDICIALSISTEMA EXTRAJUDICIAL
MEDIACIÓNMEDIACIÓN ARBITRAJEARBITRAJE
12. ¿CÓMO RESOLVER LOS CONFLICTOS DE CONSUMO SIN ACUDIR A LOS¿CÓMO RESOLVER LOS CONFLICTOS DE CONSUMO SIN ACUDIR A LOS
TRIBUNALES DE JUSTICIA?TRIBUNALES DE JUSTICIA?
MEDIACIÓNMEDIACIÓN
•A través de las OMICA través de las OMIC
•Ponen en contacto a las partesPonen en contacto a las partes
•Les citan (llamamiento) a un acto de conciliaciónLes citan (llamamiento) a un acto de conciliación
Si SE lleva a cabo,Si SE lleva a cabo,
y HAY acuerdoy HAY acuerdo
RESOLUCIÓN y CIERRE del casoRESOLUCIÓN y CIERRE del caso
Si NO se lleva aSi NO se lleva a
cabo, o NO haycabo, o NO hay
acuerdoacuerdo
•al ARBITRAJEal ARBITRAJE
•a los Tribunales Ordinariosa los Tribunales Ordinarios
TRIBUNALES ORDINARIOS Y SISTEMA DE ARBITRAJE
SON EXCLUYENTES,
SI SE ELIGE UNO SE CIERRA LA VÍA AL OTRO
EL SAC SISTEMA ARBITRAL DE CONSUMOEL SAC SISTEMA ARBITRAL DE CONSUMO
¿QUÉ ES?¿QUÉ ES?
SISTEMA EXTRAJUDICIAL PARA RESOLVER CONFLICTOSSISTEMA EXTRAJUDICIAL PARA RESOLVER CONFLICTOS
ENTRE LOS CONSUMIDORES/USUARIOS Y LOS EMPRESARIOS OENTRE LOS CONSUMIDORES/USUARIOS Y LOS EMPRESARIOS O
PROFESIONALES.PROFESIONALES.
TIENE CARÁCTER VINCULANTE Y EJECUTIVO PARA AMBAS PARTES,TIENE CARÁCTER VINCULANTE Y EJECUTIVO PARA AMBAS PARTES,
QUE SE SOMETEN VOLUNTARIAMENTE A UN ÓRGANO ARBITRAL,QUE SE SOMETEN VOLUNTARIAMENTE A UN ÓRGANO ARBITRAL,
CON GARANTÍAS DE IMPARCIALIDAD, INDEPENDENCIA YCON GARANTÍAS DE IMPARCIALIDAD, INDEPENDENCIA Y
CONFIDENCIALIDADCONFIDENCIALIDAD
13. EL SAC SISTEMA ARBITRAL DE CONSUMOEL SAC SISTEMA ARBITRAL DE CONSUMO
¿QUÉ ES?¿QUÉ ES?
LOS EMPRESARIOS Y PROFESIONALESLOS EMPRESARIOS Y PROFESIONALES
Pueden adherirse,Pueden adherirse,
voluntariamente, al SACvoluntariamente, al SAC
Les facilitarán un distintivo que lesLes facilitarán un distintivo que les
acredita como empresasacredita como empresas
adheridasadheridas
A) PARA AMBAS PARTES:A) PARA AMBAS PARTES:
•Rapidez.Rapidez.
•Economía. Es un servicio gratuito.Economía. Es un servicio gratuito.
•Voluntariedad.Voluntariedad.
•Eficacia.Eficacia.
•Las resoluciones arbitrales (laudos, son de obligadoLas resoluciones arbitrales (laudos, son de obligado
cumplimiento para las partes).cumplimiento para las partes).
•Facilidad, carece de formalidades especialesFacilidad, carece de formalidades especiales
VENTAJAS DEL S.A.CVENTAJAS DEL S.A.C
14. B) PARA EL EMPRESARIO O PROFESIONAL, ADEMÁS:B) PARA EL EMPRESARIO O PROFESIONAL, ADEMÁS:
• Una fuente de información.Una fuente de información.
• Publicidad gratuita a través de las guías de empresasPublicidad gratuita a través de las guías de empresas
adheridas al SAC, y eso esadheridas al SAC, y eso es
• Mejora la imagen corporativaMejora la imagen corporativa
• Aumenta la confianza de los consumidores.Aumenta la confianza de los consumidores.
VENTAJAS DEL S.A.CVENTAJAS DEL S.A.C
ÓRGANOS ARBITRALES DEL SISTEMA:ÓRGANOS ARBITRALES DEL SISTEMA:
•Las Juntas Arbitrales de Consumo.Las Juntas Arbitrales de Consumo.
•El Tribunal Arbitral o Colegio Arbitral.El Tribunal Arbitral o Colegio Arbitral.
• Representación de las dos partes.Representación de las dos partes.
• Persona neutral, ajena a las partes.Persona neutral, ajena a las partes.
VENTAJAS DEL S.A.CVENTAJAS DEL S.A.C
15. ¿CÓMO ACTÚA EL S.A.C?¿CÓMO ACTÚA EL S.A.C?
Una de las partes hace una solicitud de arbitraje, a través deUna de las partes hace una solicitud de arbitraje, a través de
la OMIC u otro órgano de consumo:la OMIC u otro órgano de consumo:
•Datos del reclamanteDatos del reclamante
•Datos del reclamadoDatos del reclamado
•Hechos y fecha en que se produjeronHechos y fecha en que se produjeron
•Pruebas que se aportanPruebas que se aportan
•Lo que se reclamaLo que se reclama
•Declaración, expresa y clara, de que no se ha acudido aDeclaración, expresa y clara, de que no se ha acudido a
los tribunales ordinarios para resolver el casolos tribunales ordinarios para resolver el caso
¿CÓMO ACTÚA EL S.A.C?¿CÓMO ACTÚA EL S.A.C?
La Junta Arbitral competente en el caso, lo admite aLa Junta Arbitral competente en el caso, lo admite a
trámitetrámite
Se designa el colegio arbitralSe designa el colegio arbitral
Se cita a las partes a unaSe cita a las partes a una “vista oral”“vista oral”
Previo a la vista, las partes tienen la posibilidad de llegarPrevio a la vista, las partes tienen la posibilidad de llegar
a un acuerdoa un acuerdo
se dicta LAUDO CONCILIATORIOse dicta LAUDO CONCILIATORIO
16. ¿CÓMO ACTÚA EL S.A.C?¿CÓMO ACTÚA EL S.A.C?
Si no hay acuerdoSi no hay acuerdo
Las partes tienen la oportunidad de exponer y defenderLas partes tienen la oportunidad de exponer y defender
sus argumentossus argumentos
se celebra la vista oralse celebra la vista oral
El órgano arbitral se reúne y dicta LAUDO ARBITRALEl órgano arbitral se reúne y dicta LAUDO ARBITRAL
Todos los laudos son vinculantes y de obligadoTodos los laudos son vinculantes y de obligado
cumplimiento para las partescumplimiento para las partes
Si una de las partes incumple el laudo, la otra puedeSi una de las partes incumple el laudo, la otra puede
acudir a los tribunales ordinarios de justicia para pediracudir a los tribunales ordinarios de justicia para pedir
que se haga cumplir la sentencia arbitral o laudoque se haga cumplir la sentencia arbitral o laudo
EL CONSUMO RESPONSABLE Y SOSTENIBLEEL CONSUMO RESPONSABLE Y SOSTENIBLE
CONSUMIDORCONSUMIDOR
CONSUME, GASTA RECURSOSCONSUME, GASTA RECURSOS
MUCHOS DE ELLOS ESCASOSMUCHOS DE ELLOS ESCASOS
EL CONSUMO INCONTROLADO,EL CONSUMO INCONTROLADO,
COMPULSIVO, INNECESARIOCOMPULSIVO, INNECESARIO
CONSUMISMO CONTRIBUYE A:CONSUMISMO CONTRIBUYE A:
DETERIORO MEDIOAMBIENTALDETERIORO MEDIOAMBIENTAL CAMBIO CLIMÁTICOCAMBIO CLIMÁTICO
17. FRENTE AL CONSUMISMO, ¿QUÉ SE PUEDE HACER?FRENTE AL CONSUMISMO, ¿QUÉ SE PUEDE HACER?
DESARROLLAR UN CONSUMO SOSTENIBLE Y RESPONSABLEDESARROLLAR UN CONSUMO SOSTENIBLE Y RESPONSABLE
QUE AYUDARÁ A CONSEGUIR UN DESARROLLO SOSTENIBLEQUE AYUDARÁ A CONSEGUIR UN DESARROLLO SOSTENIBLE
FORMA DE PRODUCCIÓN Y CONSUMOFORMA DE PRODUCCIÓN Y CONSUMO
CAPAZ DE:CAPAZ DE:
«SATISFACER LAS NECESIDADES DE LAS«SATISFACER LAS NECESIDADES DE LAS
GENERACIONES PRESENTESGENERACIONES PRESENTES
SIN COMPROMETER LA CAPACIDADSIN COMPROMETER LA CAPACIDAD
DE LAS GENERACIONES FUTURASDE LAS GENERACIONES FUTURAS
PARA SATISFACER LAS SUYAS».PARA SATISFACER LAS SUYAS».
(Comisión Mundial de las Naciones Unidas,(Comisión Mundial de las Naciones Unidas,
sobre el Medioambiente y el Desarrollo)sobre el Medioambiente y el Desarrollo)
¿EN QUÉ ÁMBITOS ACTÚA EL DESARROLLO SOSTENIBLE?¿EN QUÉ ÁMBITOS ACTÚA EL DESARROLLO SOSTENIBLE?
EN EL TERRENO ECONÓMICO:EN EL TERRENO ECONÓMICO:
• La FAO estima que 1.500 millones de personas sufrenLa FAO estima que 1.500 millones de personas sufren
hambre y desnutrición.hambre y desnutrición.
• El 20 % de la población mundial consume el 75 % deEl 20 % de la población mundial consume el 75 % de
los bienes naturales de la Tierra.los bienes naturales de la Tierra.
• El 25 % restante de los recursos se reparte entre el 80El 25 % restante de los recursos se reparte entre el 80
% de los habitantes del planeta.% de los habitantes del planeta.
• Es imprescindible acabar con estas diferencias.Es imprescindible acabar con estas diferencias.
18. ¿EN QUÉ ÁMBITOS ACTÚA EL DESARROLLO SOSTENIBLE?¿EN QUÉ ÁMBITOS ACTÚA EL DESARROLLO SOSTENIBLE?
EN EL TERRENO SOCIALEN EL TERRENO SOCIAL
• El desarrollo solo produce progreso si atiende a lasEl desarrollo solo produce progreso si atiende a las
necesidades de la comunidad y ayuda a mejorar lanecesidades de la comunidad y ayuda a mejorar la
calidad de vida de todas las personas.calidad de vida de todas las personas.
¿EN QUÉ ÁMBITOS ACTÚA EL DESARROLLO SOSTENIBLE?¿EN QUÉ ÁMBITOS ACTÚA EL DESARROLLO SOSTENIBLE?
EN EL TERRENO MEDIOAMBIENTAL:EN EL TERRENO MEDIOAMBIENTAL:
• Producción, consumo, generación de residuos yProducción, consumo, generación de residuos y
deterioro medioambiental van muy unidos.deterioro medioambiental van muy unidos.
19. • Generar riqueza con productos que contribuyan aGenerar riqueza con productos que contribuyan a
mejorar la calidad de vida.mejorar la calidad de vida.
• Investigar para mejorar los procesos productivos noInvestigar para mejorar los procesos productivos no
agresivos para el planeta.agresivos para el planeta.
• Hacer un buen uso de los recursos naturales.Hacer un buen uso de los recursos naturales.
• Preocuparse por el consumo energético y de agua, laPreocuparse por el consumo energético y de agua, la
calidad del aire, etc.calidad del aire, etc.
• Contribuir a reducir los impactos ambientales.Contribuir a reducir los impactos ambientales.
• Eliminar procesos innecesariosEliminar procesos innecesarios ..
• Reducir residuos, envases, embalajes, etc.Reducir residuos, envases, embalajes, etc.
• Promover y participar en campañas e iniciativasPromover y participar en campañas e iniciativas
sobre reciclaje.sobre reciclaje.
• Incorporar sistemas de gestión ambientalIncorporar sistemas de gestión ambiental
(Normas ISO 14001).(Normas ISO 14001).
• Optar por la sostenibilidad de los procesos que noOptar por la sostenibilidad de los procesos que no
pongan en peligro la forma de vida de laspongan en peligro la forma de vida de las
generaciones futuras.generaciones futuras.
• Incorporar a su filosofía empresarial códigos deIncorporar a su filosofía empresarial códigos de
conducta que recojan compromisos éticos, sociales yconducta que recojan compromisos éticos, sociales y
medioambientales.medioambientales.
20. ¿QUÉ PODEMOS HACER, CADA UNO DE NOSOTROS, PARA COLABORAR EN EL¿QUÉ PODEMOS HACER, CADA UNO DE NOSOTROS, PARA COLABORAR EN EL
DESARROLLO SOSTENIBLE?DESARROLLO SOSTENIBLE?
REALIZAR UN CONSUMO SOSTENIBLEREALIZAR UN CONSUMO SOSTENIBLE
•• Ser conscientes de las implicaciones que tiene elSer conscientes de las implicaciones que tiene el
consumo.consumo.
•• Tener presente que consumiendo más no somos másTener presente que consumiendo más no somos más
felices.felices.
•• Ser libres al elegir lo que queremos comprar; que noSer libres al elegir lo que queremos comprar; que no
nos arrastren las modas.nos arrastren las modas.
•• Elegir productos de varios usos. Huir del «usar yElegir productos de varios usos. Huir del «usar y
tirar».tirar».
•• Evitar envases y embalajes innecesarios.Evitar envases y embalajes innecesarios.
21. ¿QUÉ PODEMOS HACER, CADA UNO DE NOSOTROS, PARA COLABORAR EN EL¿QUÉ PODEMOS HACER, CADA UNO DE NOSOTROS, PARA COLABORAR EN EL
DESARROLLO SOSTENIBLE?DESARROLLO SOSTENIBLE?
REALIZAR UN CONSUMO SOSTENIBLEREALIZAR UN CONSUMO SOSTENIBLE
•• Elegir productos cuyo proceso de fabricación no seaElegir productos cuyo proceso de fabricación no sea
agresivo con el planeta.agresivo con el planeta.
•• Rechazar los que requieren el consumo de muchosRechazar los que requieren el consumo de muchos
recursos naturales.recursos naturales.
•• Sustituir productos contaminantes por otrosSustituir productos contaminantes por otros
biodegradables (en limpieza, higiene, etc.).biodegradables (en limpieza, higiene, etc.).
•• Elegir productos que generen pocos residuos.Elegir productos que generen pocos residuos.
•• Los residuos que se generan deben reciclarse.Los residuos que se generan deben reciclarse.
•• Hacer uso de los servicios de recogida selectiva.Hacer uso de los servicios de recogida selectiva.
¿QUÉ PODEMOS HACER, CADA UNO DE NOSOTROS, PARA COLABORAR EN EL¿QUÉ PODEMOS HACER, CADA UNO DE NOSOTROS, PARA COLABORAR EN EL
DESARROLLO SOSTENIBLE?DESARROLLO SOSTENIBLE?
REALIZAR UN CONSUMO SOSTENIBLEREALIZAR UN CONSUMO SOSTENIBLE
•• Valorar y elegir empresas fabricantes que tenganValorar y elegir empresas fabricantes que tengan
certificado de calidad medioambiental (EMAS o ISO).certificado de calidad medioambiental (EMAS o ISO).
•• Dar prioridad a productos de las empresas queDar prioridad a productos de las empresas que
contribuyen al bienestar social:contribuyen al bienestar social:
• Que dan trabajo a discapacitados,Que dan trabajo a discapacitados,
• A personas en riesgo de exclusión social,A personas en riesgo de exclusión social,
• No utilizan mano de obra infantil,No utilizan mano de obra infantil,
• Fijan condiciones laborales dignas y salariosFijan condiciones laborales dignas y salarios
justos, etc.justos, etc.
22. ¿QUÉ PODEMOS HACER, CADA UNO DE NOSOTROS, PARA COLABORAR EN EL¿QUÉ PODEMOS HACER, CADA UNO DE NOSOTROS, PARA COLABORAR EN EL
DESARROLLO SOSTENIBLE?DESARROLLO SOSTENIBLE?
REALIZAR UN CONSUMO SOSTENIBLEREALIZAR UN CONSUMO SOSTENIBLE
•• Practicar el consumo solidario.Practicar el consumo solidario.
•• Preferir los productos procedentes de lasPreferir los productos procedentes de las
organizaciones de Comercio Justo.organizaciones de Comercio Justo.
REDUCIR
LAS CINCO ERRES DEL CONSUMO RESPONSABLELAS CINCO ERRES DEL CONSUMO RESPONSABLE
RESPONSABILIZARSE
REUTILIZAR
RECICLAR
RECLAMAR
Comprar solo lo necesario;Comprar solo lo necesario;
elegir productos duraderos.elegir productos duraderos.
Tener en cuenta la calidad, el precioTener en cuenta la calidad, el precio
y el impacto social yy el impacto social y
medioambiental.medioambiental.
No tirar algo que puedaNo tirar algo que pueda
tener otros usos.tener otros usos.
Separar los residuos para recuperarSeparar los residuos para recuperar
y reciclar.y reciclar.
Informarse, insistir, seguir campañasInformarse, insistir, seguir campañas
en defensa de sus derechos comoen defensa de sus derechos como
consumidor y como habitante deconsumidor y como habitante de
este planetaeste planeta
R
R
R
R
R
23. EL PRODUCTO ECOLÓGICOEL PRODUCTO ECOLÓGICO
TIENE MENOR IMPACTO EN EL MEDIO AMBIENTE DURANTETIENE MENOR IMPACTO EN EL MEDIO AMBIENTE DURANTE
TODO SU CICLO DE VIDA; CUMPLE LA MISMA O MEJORTODO SU CICLO DE VIDA; CUMPLE LA MISMA O MEJOR
FUNCIÓN QUE OTRO NO ECOLÓGICO Y APORTAFUNCIÓN QUE OTRO NO ECOLÓGICO Y APORTA
TANTA O MÁS SATISFACCIÓN AL USUARIOTANTA O MÁS SATISFACCIÓN AL USUARIO
NOS OLVIDES QUE:NOS OLVIDES QUE:
EL MEJOR DE LOS
RESIDUOS
ES
EL QUE NO SE GENERA