En cumplimiento a lo establecido en el Art-180 de la Constitución Cubana de 1940, el que subscribe, y el Consejo Asesor Jurídico (equivalente del Colegio Electoral), compuesto por juristas cubanos, miembros de los Colegios de Abogados Cubanos en el Exilio y miembros juristas del Poder Judicial del Gobierno Constitucional de la República de Cuba en el Exilio, revisan los expedientes de la TERNA…