1. REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA EDUCACIÓN UNIVERSITARIA
INSTITUTO UNIVERSITARIO DE TECNOLOGÍA DEL ESTADO BOLÍVAR
PROGRAMA NACIONAL DE FORMACIÓN EN INFORMÁTICA
FORMACIÓN CRITICA III
SECCIÓN VIII-INF-1M
Ley de Firmas Digitales
INTEGRANTES:
LUIS MATA C.I. 21.578.041
JULIAN CERMEÑO C.I. 21.262.725.
2. Una firma digital es un
mecanismo criptográfico que
permite al receptor de un mensaje
firmado digitalmente determinar la
entidad originadora de dicho
mensaje (autenticación de origen
y no repudio), y confirmar que el
mensaje no ha sido alterado desde
que fue firmado por el originador
(integridad)
La firma digital se aplica en aquellas áreas donde es importante poder
verificar la autenticidad y la integridad de ciertos datos, por ejemplo
documentos electrónicos o software, ya que proporciona una herramienta
para detectar la falsificación y la manipulación del contenido
3.
4. Firmar Solicitudes que puedan ser
enviadas o recibidas de internet
Envío de mensajes con cualquier
contenido, y con la seguridad de que
solo el receptor del mismo podrá leer
Realización de pagos a través de
cuentas bancarias por internet
Compras por internet con tarjeta de
crédito, con la seguridad de la misma
no podrá ser utilizado por terceros
Envío de
oficios, notificaciones, citaciones, por
parte de órganos judiciales
5. Garantiza con el uso La información no La información
de la criptografía puede ser alterada perdura en el
asimétrica que la cuando la misma es tiempo, característic
información no sea almacenada, cabe a del medio de
modificada, destacar que la almacenamiento
permitiendo que le firma no altera la
mensaje sea información sino que
recibido completo detecta si fue
alterada o no
6. -Permite certificar el
reconocimiento, conformidad sobre
alguna actividad de forma electrónica.
Ventajas -La información es mas fácil de manejar.
-Agiliza la certificación de cumplimiento
de actividades a distancia.
Firma
Digital
-Puede ser utilizada por otros con
facilidad a menos que exista un código
Desventajas o sello sobre ella que la valide como
real.
7. Uso de la firma digital perteneciente a otra persona..
Creación de una firma digital atribuyéndola a un nombre falso, como medio
comisivo de una posterior estafa.
Alteración de un mensaje conociendo la clave privada del destinatario.
El marco legislativo que otorga validez jurídica al documento digital
firmado digitalmente, debe penalizar las falsificaciones de las firmas
digitales.
8. Manejado ante llaves
privadas
Procesos para la
activación de firma
digital
Aprobación por el
firmante
Documento enviado a
la red de forma
protegida.
Revisión del
documento
Entrega del
documento de forma
electrónica
9. - La ley debe ser general para permitir su uso en diferentes sectores en que el sistema de firma digital tuviese
cabida, como es el caso de la privacidad, seguridad en el comercio electrónico y pruebas judiciales.
- Debe determinar los requisitos que deberá contener el sistema usado para firmar digitalmente un
documento.
- Debe establecer obligaciones para los usuarios, sobre todo relacionadas al secreto de la clave privada.
- Control de las autoridades certificantes, tanto en su capacitación técnica como lo referente a los
procedimientos que utilicen para el manejo de las claves privadas y públicas.
- Establecer un marco penal adecuado en lo que respecta a las acciones delictivas relacionadas con el uso de
firmas digitales.
10. Se describe poco a poco los entes organizativos que empleen firmas digitales
y manejen datos de manera electrónica se aplica conforme a la protección
de la seguridad vía internet, esto se refiere a la validación de dicha firma con
algún tipo de clave, y a sea de un sello ó un número que haga de esa firma
verdadera. Tal es el caso es importante destacar que las firmas digitales son
las firmas electrónicas avanzadas.