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 INTRODUCCION
1. Momento y documentos legislativos de España
2. Centros colaboradores de OPEA
3. Tipos de acciones
4. Documentos legislativos
5. Programa OPEA en la comunidad autónoma de Madrid
6. Programa OPEA en la comunidad autónoma de Castilla y León
7. Programa OPEA en la comunidad autónoma de Valencia.
8. Programa OPEA en la comunidad autónoma de la región de Murcia
9. Bibliografía
 Son entidades  que teniendo personalidad jurídica propia y careciendo de fines
lucrativos, colaboran con el Servicio Público de Empleo Estatal o con el Servicio
Público de Empleo Autonómico en la realización de acciones para facilitar a los
usuarios o usuarias las herramientas que hagan posible la búsqueda de empleo
por cuenta ajena o por cuenta propia.
 En marco de esta colaboración, se contemplan subvenciones públicas a las
entidades que realicen acciones de orientación profesional para el empleo y
asistencia para el autoempleo, dirigidas a mejorar las posibilidades de
ocupación de los demandantes de empleo inscritos en las oficinas de empleo
 Servicios de Orientación Profesional para el empleo: Aquellas que, mediante la
información, orientación, acompañamiento u otros procedimientos. faciliten la
mejora de la posición en el mercado de trabajo del demandante de empleo y la
búsqueda de empleo por cuenta ajena.
 Servicios de asistencia al Autoempleo: Aquellas que, mediante información,
motivación, asesoramiento u otros procedimientos, faciliten la detección y
dinamización de iniciativas de autoempleo en demandantes de empleo.

Los centros colaboradores desarrollan las acciones en un periodo de tiempo
limitado y renovable, según las especificaciones dadas en la Normativa. Así
como los requisitos y trámites necesarios para actuar como centro colaborador.
 Articulo 40.1 y 149-1.7 de La Constitución Española
 Orden del ministerio de trabajo y asuntos sociales del 20 de enero de 1998
siendo modificada el 10 de marzo de 1998 y por la orden del 4 de febrero del
2000
 Ley 56/2003 de empleo.
 En la orden TAS/816/2005.
 Toma recomendaciones de la Unión europea
 El programa de orientación al empleo y al autoempleo promovido por la
consejería de Educación y Empleo de la Comunidad de Madrid, cuyo objetivo es
el desarrollo de acciones de orientación para el empleo y el autoempleo para
desempleados. El programa tuvo una duración de seis meses, finalizando en
marzo de 2012. A través de este servicio, en la convocatoria de 2011 se
atendieron a 1.404 usuarios, 1.090 en orientación para el empleo y 314 en
autoempleo. Además se realizaron 13 jornadas de autoempleo (INMA) en la
sede de la Cámara a las que asistieron 147 emprendedores y en el IFE se
realizaron 20 seminarios sobre técnicas de búsqueda activa de empleo a los
que asistieron 240 personas.
 A través de este programa se insertaron laboralmente 80 personas: 55 usuarios
fueron contratados en empresas y 25 constituyeron su propia empresa.
 El Real Decreto 30/2000, de 14 de enero, traspasa a la Comunidad de Madrid,
las funciones y servicios que en materia de trabajo, empleo y formación
realizaba el Instituto Nacional de Empleo.
 Orden 7643/2004,de 28 de diciembre, de la Consejería de Empleo y Mujer
 Orden 4270/2010, de 14 de diciembre, convocan para el año 2011
subvenciones para la realización de acciones de orientación profesional para el
empleo y de asistencia para el autoempleo.
 Resolución de 21 de febrero de 2011, del Servicio Público de Empleo Estatal,
por la que se actualizan para el año 2011 las subvenciones, para la realización
de acciones de orientación profesional para el empleo y asistencia para el
autoempleo, a entidades colaboradoras sin ánimo de lucro.
 Orden 4034/2011, de 30 de septiembre, por la que se amplía el presupuesto
Objetivos:
 Conseguir la inserción de los usuarios dentro del mercado laboral por
medio del diseño de itinerarios profesionales y formativos.
 Desarrollar en los usuarios del servicio de competencias y recursos
validos para su búsqueda activa de empleo.
 Informar, asesorar y orientar de forma individual, de acuerdo a las
circunstancias particulares de cada persona, incrementando sus
posibilidades de inserción laboral.
Filosofía:
 Los Servicios Públicos de Empleo deben de proporcionar a la
persona demandante de empleo todas las herramientas e
instrumentos que le posibiliten una búsqueda autónoma de empleo,
para ello se lleva a cabo la realización de acciones de orientación
para el empleo y asistencia del empleo.
 Se trata de un programa subvencionado por la Comunidad de Madrid
a través de la Consejería de Empleo, Mujer e Inmigración.
 Podrán ser beneficiarios de las ayudas las entidades sin ánimo de
lucro que, teniendo su sede y ámbito de actuación dentro de la
Comunidad de Madrid, que realicen Acciones de Orientación para el
Empleo y Asistencia para el Autoempleo, según la Orden 7643/2004,
de 28 de diciembre, de la Consejería de Empleo y Mujer, y que
cumplan los requisitos establecidos en la Orden de 20 de enero de
1998
 Serán las entidades e instituciones que con personalidad jurídica propia y
careciendo de fines lucrativos, tengan su ámbito de actuación dentro de la
Comunidad de Madrid y realicen acciones de orientación profesional para el
empleo y asistencia para el autoempleo.
 Realiza dos tipos de acciones:
 Sesiones individuales se organizan en tutorías y en Asesoramiento de Proyectos
Empresariales (APE)
 Sesiones grupales consisten en la búsqueda activa de empleo (BAE),
Información y motivación al autoempleo (INMA) y el desarrollo de los aspectos
personales para la ocupación (DAPO).
 Los técnicos que han desarrollado el Programa han sido seleccionados a través
de la Dirección General de Empleo.
 Los perfiles profesionales corresponden a  Diplomados ó Licenciados con
experiencia en orientación académica, laboral y profesional, habilidades de
comunicación, recursos humanos, formación grupal y trabajo con grupos.
 En esta comunidad se atendieron a 36.563 usuarios, de los que 33.380
realizarán sesiones de tutorías y el resto de autoempleo.
 Fundamentos
 Real Decreto 1187/2001 de 2 Noviembre, se traspasan las competencias en
empleo, trabajo y formación a la Comunidad de Castilla y León
 Se crea el Servicio Público de Empleo de Castilla y León (ECYL) Ley 10 / 2003 de 8
de Abril
 Se crea la ley 38/ 2003 de Noviembre de subvenciones generales en toda España.
 Se crea la ley 5/ 2008 de septiembre, en la cual se dan las subvenciones a la
comunidad.
 En la resolución del 20 de Diciembre del 2010, sale una convocatoria de
subvenciones para realizar acciones OPEA 2011.
Objetivo:
 Promover acciones OPEA para mejorar las posibilidades del ocupación del
demandante de empleo.
 Los demandantes que acuden al Servicio Público de Empleo, deben de contar con
una planificación y una ejecución de actividades realizadas en su búsqueda de
empleo, ya sea por cuenta ajena o propia para una adecuada inserción laboral.
Filosofía:
 Los Servicios de Empleo deben de proporcionar a los usuarios las herramientas e
instrumentos para que de esta manera puedan hacer una búsqueda de empleo más
autónoma. La Consejería de Economía y Empleo deben de colaborar con las
entidades, para poder realizar las acciones de orientación para el empleo y
autoempleo.
 Las obtienen de los Presupuestos Generales del Estado de la cuota profesional, del
Fondo Social Europea, y de los fondos propios de las comunidades autónomas.
 Se obtiene una subvenciones de 670.161.00 y de 4.279.999.00
 Serán las entidades e instituciones que, con personalidad jurídica propia y
careciendo de fines lucrativos, tengan su ámbito de actuación dentro de la
Comunidad de Castilla y León y realicen acciones de orientación profesional para el
empleo y asistencia para el autoempleo en esta Comunidad Autónoma.
 Realiza dos tipos de acciones:
 La primera es, mediante información, orientación, acompañamiento u otros
procedimientos, facilitan la mejora de la posición en el mercado de trabajo de los
demandantes de empleo y la búsqueda por cuenta ajena.
 La segunda, es mediante información, motivación, asesoramiento u otros
procedimientos, faciliten la detección y dinamización de iniciativas de autoempleo.
 Utilizan la tutoría Individualizada, búsqueda activa de empleo en grupo, desarrollo
de aspectos personales para la ocupación, taller de entrevista, información y
motivación para el autoempleo y el asesoramiento al proyecto empresarial
 Se hace a través de la Comisión Mixta de ECYL y las entidades colaboradoras.
 Existen cinco personas que hacen la valoración.
 Las entidades pueden proponer a los técnicos.
 Se valora la aptitud técnica para la correcta realización de estas acciones
 Al finalizar el Programa de Orientación laboral, en marzo de 2012, el número de
desempleados atendidos fueron aproximadamente 28145.
 El Real Decreto 468/2003, de 25 de abril, fue aprobado el traspaso a la Comunidad
Autónoma de la Región de Murcia de a manejar la gestión en el ámbito del trabajo,
el empleo y la formación, otorgada al SEF mediante el Decreto 40/2003, de 30 de
abril, y por medio de la Ley 9/2002, de 11 de noviembre, la cual creó el organismo.
 Fundamentos de derecho de acciones OPEA
 Este programa está incluido en el artículo 25.1.a) de la Ley 56/2003, de 16 de
diciembre, de Empleo. Las acciones están dirigidas a mejorar las posibilidades de
ocupación de las personas desempleadas inscritas en las Oficinas de Colocación de
la Región de Murcia, con especial atención a los colectivos de más difícil inserción.
Objetivos:
 Fomentar la realización de acciones y medidas de información, acompañamiento,
motivación y asesoramiento que, teniendo en cuenta las circunstancias personales y
profesionales de la persona beneficiaria, le permiten determinar sus capacidades e
intereses y gestionar su trayectoria individual de aprendizaje, la búsqueda de
empleo o la puesta en práctica de iniciativas empresariales, mediante la concesión
de subvenciones a las entidades.
Filosofía:
 Las actividades de información y orientación, además de facilitar el derecho y la
garantía de acceso en igualdad de oportunidades el mercado laboral, constituyen
una eficaz herramienta de integración e inserción en nuestra sociedad.
 El SEF debe dar subvenciones a entidades que realicen acciones de Orientación
Profesional para el Empleo y Asistencia para el Autoempleo, articuladas en
itinerarios de inserción ocupacional; con la finalidad de mejorar las posibilidades de
ocupación e integración de las personas desempleadas que presentan mayores
dificultades para su inserción laboral.
 Serán las entidades e instituciones que con personalidad jurídica propia y
careciendo de fines lucrativos, tengan su ámbito de actuación dentro de la
Comunidad Autónoma de la Región de Murcia realicen acciones de orientación
profesional para el empleo y asistencia para el autoempleo.
 Por cuenta ajena (Tutorías y Grupos), ofreciéndole información sobre formación y
empleo, colaborando en la planificación de su proyecto profesional, entrenándoles
en las habilidades de búsqueda de empleo y motivándoles a continuar y evitarles
una frustación.
 Por cuenta Propia (Autoempleo), para aquellos usuarios que desean montar una
empresa, se les ofrece el servicio de asesoramiento empresarial.
 Ser español o tener la nacionalidad de cualquier otro estado miembro de la unión
Europea.
 Ser mayor de 16 años y no exceder de los 65.
 Estar en posesión titulación universitaria.
 No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera
de las Administraciones
 Nivel alto de castellano.
 No hallarse inhabilitado.
 Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.  
 Reconocimiento por los servicios médicos municipales.
 Las personas discapacitadas habrán de acreditar tanto su condición de
discapacitado mediante la oportuna certificación expedida por el  IMSERSO, IMAS
(antiguo ISSORM) u organismo equivalente de las Comunidades Autónomas.
 Se atendieron un total de 1.958 usuarios, de los cuales 972 fueron hombres y 986
mujeres.
 ORDEN 64/2010, de 30 de diciembre, de la Consejería de Economía, Hacienda y
Empleo, regula la concesión de subvenciones públicas destinadas al fomento del
empleo protegido para personas con discapacidad.
 ORDEN 55/2010, de 29 de diciembre, de la Consejería de Economía, Hacienda y
Empleo, se amplia el plazo para los proyectos regulados en la Orden de 30 de
diciembre de 2009, para convocar subvenciones para la realización de planes
integrales de empleo para desempleados de difícil inserción laboral.
 ORDEN 60/2010, de 30 de diciembre, de la Consejería de Economía, Hacienda y
Empleo, se convocan las ayudas destinadas al fomento del empleo estable y otras
medidas para la creación de empleo para el ejercicio 2011.
 Ley 10/2011, de 27 de diciembre, de Presupuestos de la Generalitat para el
ejercicio 2012.
 ORDEN 54/2010, de 22 de diciembre, de la Consejería de Economía, Hacienda y
Empleo, por la que se regula y convoca la concesión de subvenciones de fomento
del empleo dirigido a emprendedores para el año 2011.
Objetivos:
 Perfeccionar las técnicas de búsqueda de empleo (currículo, carta de presentación,
entrevista de selección, pruebas psicotécnicas)
 Informar sobre el mercado de trabajo
 Colaborar en la planificación de la inserción laboral, definiendo objetivos
profesionales
 Facilitar recursos de información laboral
 Entrenar en habilidades de comunicación
 Motivar para que el individuo asuma el protagonismo en la gestión de su carrera
profesional
 Informar sobre la inserción laboral mediante el acceso al empleo por cuenta propia.
Filosofía:
 Ayudar a los individuos a reflexionar sobre sus ambiciones sus intereses y sus
competencias, facilitarles la comprensión del mercado laboral y los sistemas de
formación.
 
 El programa de acciones OPEA (Orientación Profesional para el empleo y Asistencia
para el Autoempleo) es un proyecto financiado por el Servicio Valenciano de Empleo
y Formación (SERVEF).
Serán las entidades e instituciones que carezcan de fines lucrativos, y que tengan
su ámbito de actuación dentro de la Comunidad Valenciana y realicen acciones de
orientación profesional para el empleo y asistencia para el autoempleo.
Se desarrollarán en tres centros adscritos al Servicio de Empleo y Proyectos
Emprendedores:
• Pie de la Cruz nº 5-bajo. 46001- Valencia. (1 técnico)
• José Zaragoza nº 23. 46017- Valencia. (3 técnicos).
• Hermanos Maristas nº 19. 46013- Valencia. (5 técnicos).
 Las acciones OPEA incluyen dos líneas de actuación: orientación para el empleo
(búsqueda de empleo) y autoempleo (empleo por cuenta propia). Dentro de cada
una de estas líneas existen actividades individuales y grupales:
A.- ORIENTACIÓN PROFESIONAL PARA EL EMPLEO
 Entrevistas individuales (Tutorías individualizadas)
 Acciones grupales de orientación :
 Taller de entrevista Grupo de búsqueda activa de empleo
 Desarrollo de aspectos personales para la ocupación
 Otros recursos de apoyo a la inserción (pruebas psicotécnicas…)
B. -AUTOEMPLEO
 Información y Motivación para el Autoempleo
 Asesoramiento de proyectos empresariales
 Ser español o nacional de los estados miembros de la Unión Europea.
 Tener cumplidos 18 años de edad, y no exceder de aquella en que falten menos de
10 años para la jubilación forzosa por edad.
 Estar en posesión del título de:
 Licenciatura preferentemente en Psicología, Pedagogía o Psicopedagogía para
Técnico de Orientación Laboral
 Licenciatura en Derecho, Económicas, Empresariales, ADE y/o Diplomatura en
Relaciones Laborales Técnico de Orientación Laboral para impartir Autoempleo
 No padecer enfermedad o defecto físico que imposibilite el desempeño de las
funciones.
 No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio al Estado o a
la Administración Autónoma o Local, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de las
funciones públicas.
 
 Boletín Oficial de Castilla y León Núm. 44 Pág. 15561 Viernes, 2 de marzo de 2012
 Ayuntamiento de Valencia. Empleo y proyectos emprendedores.
 www.sepe.es/LegislativaWeb/
 Portal de empleo de la Comunidad de Madrid.
 Ayuntamiento de Murcia
 Ayuntamiento de Madrid.
 Ayuntamiento de Valencia
 Legislaciones de Madrid, Murcia, Valencia y Castilla y León.
 Boletín Oficial del Estado” de 23 de enero de 1998

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Boletín 91
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Programa OPEA: Centros colaboradores y acciones de orientación laboral

  • 1.
  • 3. 1. Momento y documentos legislativos de España 2. Centros colaboradores de OPEA 3. Tipos de acciones 4. Documentos legislativos 5. Programa OPEA en la comunidad autónoma de Madrid 6. Programa OPEA en la comunidad autónoma de Castilla y León 7. Programa OPEA en la comunidad autónoma de Valencia. 8. Programa OPEA en la comunidad autónoma de la región de Murcia 9. Bibliografía
  • 4.  Son entidades  que teniendo personalidad jurídica propia y careciendo de fines lucrativos, colaboran con el Servicio Público de Empleo Estatal o con el Servicio Público de Empleo Autonómico en la realización de acciones para facilitar a los usuarios o usuarias las herramientas que hagan posible la búsqueda de empleo por cuenta ajena o por cuenta propia.  En marco de esta colaboración, se contemplan subvenciones públicas a las entidades que realicen acciones de orientación profesional para el empleo y asistencia para el autoempleo, dirigidas a mejorar las posibilidades de ocupación de los demandantes de empleo inscritos en las oficinas de empleo
  • 5.  Servicios de Orientación Profesional para el empleo: Aquellas que, mediante la información, orientación, acompañamiento u otros procedimientos. faciliten la mejora de la posición en el mercado de trabajo del demandante de empleo y la búsqueda de empleo por cuenta ajena.  Servicios de asistencia al Autoempleo: Aquellas que, mediante información, motivación, asesoramiento u otros procedimientos, faciliten la detección y dinamización de iniciativas de autoempleo en demandantes de empleo.  Los centros colaboradores desarrollan las acciones en un periodo de tiempo limitado y renovable, según las especificaciones dadas en la Normativa. Así como los requisitos y trámites necesarios para actuar como centro colaborador.
  • 6.  Articulo 40.1 y 149-1.7 de La Constitución Española  Orden del ministerio de trabajo y asuntos sociales del 20 de enero de 1998 siendo modificada el 10 de marzo de 1998 y por la orden del 4 de febrero del 2000  Ley 56/2003 de empleo.  En la orden TAS/816/2005.  Toma recomendaciones de la Unión europea
  • 7.  El programa de orientación al empleo y al autoempleo promovido por la consejería de Educación y Empleo de la Comunidad de Madrid, cuyo objetivo es el desarrollo de acciones de orientación para el empleo y el autoempleo para desempleados. El programa tuvo una duración de seis meses, finalizando en marzo de 2012. A través de este servicio, en la convocatoria de 2011 se atendieron a 1.404 usuarios, 1.090 en orientación para el empleo y 314 en autoempleo. Además se realizaron 13 jornadas de autoempleo (INMA) en la sede de la Cámara a las que asistieron 147 emprendedores y en el IFE se realizaron 20 seminarios sobre técnicas de búsqueda activa de empleo a los que asistieron 240 personas.  A través de este programa se insertaron laboralmente 80 personas: 55 usuarios fueron contratados en empresas y 25 constituyeron su propia empresa.
  • 8.  El Real Decreto 30/2000, de 14 de enero, traspasa a la Comunidad de Madrid, las funciones y servicios que en materia de trabajo, empleo y formación realizaba el Instituto Nacional de Empleo.  Orden 7643/2004,de 28 de diciembre, de la Consejería de Empleo y Mujer  Orden 4270/2010, de 14 de diciembre, convocan para el año 2011 subvenciones para la realización de acciones de orientación profesional para el empleo y de asistencia para el autoempleo.  Resolución de 21 de febrero de 2011, del Servicio Público de Empleo Estatal, por la que se actualizan para el año 2011 las subvenciones, para la realización de acciones de orientación profesional para el empleo y asistencia para el autoempleo, a entidades colaboradoras sin ánimo de lucro.  Orden 4034/2011, de 30 de septiembre, por la que se amplía el presupuesto
  • 9. Objetivos:  Conseguir la inserción de los usuarios dentro del mercado laboral por medio del diseño de itinerarios profesionales y formativos.  Desarrollar en los usuarios del servicio de competencias y recursos validos para su búsqueda activa de empleo.  Informar, asesorar y orientar de forma individual, de acuerdo a las circunstancias particulares de cada persona, incrementando sus posibilidades de inserción laboral. Filosofía:  Los Servicios Públicos de Empleo deben de proporcionar a la persona demandante de empleo todas las herramientas e instrumentos que le posibiliten una búsqueda autónoma de empleo, para ello se lleva a cabo la realización de acciones de orientación para el empleo y asistencia del empleo.
  • 10.  Se trata de un programa subvencionado por la Comunidad de Madrid a través de la Consejería de Empleo, Mujer e Inmigración.  Podrán ser beneficiarios de las ayudas las entidades sin ánimo de lucro que, teniendo su sede y ámbito de actuación dentro de la Comunidad de Madrid, que realicen Acciones de Orientación para el Empleo y Asistencia para el Autoempleo, según la Orden 7643/2004, de 28 de diciembre, de la Consejería de Empleo y Mujer, y que cumplan los requisitos establecidos en la Orden de 20 de enero de 1998
  • 11.  Serán las entidades e instituciones que con personalidad jurídica propia y careciendo de fines lucrativos, tengan su ámbito de actuación dentro de la Comunidad de Madrid y realicen acciones de orientación profesional para el empleo y asistencia para el autoempleo.
  • 12.  Realiza dos tipos de acciones:  Sesiones individuales se organizan en tutorías y en Asesoramiento de Proyectos Empresariales (APE)  Sesiones grupales consisten en la búsqueda activa de empleo (BAE), Información y motivación al autoempleo (INMA) y el desarrollo de los aspectos personales para la ocupación (DAPO).
  • 13.  Los técnicos que han desarrollado el Programa han sido seleccionados a través de la Dirección General de Empleo.  Los perfiles profesionales corresponden a  Diplomados ó Licenciados con experiencia en orientación académica, laboral y profesional, habilidades de comunicación, recursos humanos, formación grupal y trabajo con grupos.
  • 14.  En esta comunidad se atendieron a 36.563 usuarios, de los que 33.380 realizarán sesiones de tutorías y el resto de autoempleo.
  • 15.  Fundamentos  Real Decreto 1187/2001 de 2 Noviembre, se traspasan las competencias en empleo, trabajo y formación a la Comunidad de Castilla y León  Se crea el Servicio Público de Empleo de Castilla y León (ECYL) Ley 10 / 2003 de 8 de Abril  Se crea la ley 38/ 2003 de Noviembre de subvenciones generales en toda España.  Se crea la ley 5/ 2008 de septiembre, en la cual se dan las subvenciones a la comunidad.  En la resolución del 20 de Diciembre del 2010, sale una convocatoria de subvenciones para realizar acciones OPEA 2011.
  • 16. Objetivo:  Promover acciones OPEA para mejorar las posibilidades del ocupación del demandante de empleo.  Los demandantes que acuden al Servicio Público de Empleo, deben de contar con una planificación y una ejecución de actividades realizadas en su búsqueda de empleo, ya sea por cuenta ajena o propia para una adecuada inserción laboral. Filosofía:  Los Servicios de Empleo deben de proporcionar a los usuarios las herramientas e instrumentos para que de esta manera puedan hacer una búsqueda de empleo más autónoma. La Consejería de Economía y Empleo deben de colaborar con las entidades, para poder realizar las acciones de orientación para el empleo y autoempleo.
  • 17.  Las obtienen de los Presupuestos Generales del Estado de la cuota profesional, del Fondo Social Europea, y de los fondos propios de las comunidades autónomas.  Se obtiene una subvenciones de 670.161.00 y de 4.279.999.00
  • 18.  Serán las entidades e instituciones que, con personalidad jurídica propia y careciendo de fines lucrativos, tengan su ámbito de actuación dentro de la Comunidad de Castilla y León y realicen acciones de orientación profesional para el empleo y asistencia para el autoempleo en esta Comunidad Autónoma.
  • 19.  Realiza dos tipos de acciones:  La primera es, mediante información, orientación, acompañamiento u otros procedimientos, facilitan la mejora de la posición en el mercado de trabajo de los demandantes de empleo y la búsqueda por cuenta ajena.  La segunda, es mediante información, motivación, asesoramiento u otros procedimientos, faciliten la detección y dinamización de iniciativas de autoempleo.  Utilizan la tutoría Individualizada, búsqueda activa de empleo en grupo, desarrollo de aspectos personales para la ocupación, taller de entrevista, información y motivación para el autoempleo y el asesoramiento al proyecto empresarial
  • 20.  Se hace a través de la Comisión Mixta de ECYL y las entidades colaboradoras.  Existen cinco personas que hacen la valoración.  Las entidades pueden proponer a los técnicos.  Se valora la aptitud técnica para la correcta realización de estas acciones
  • 21.  Al finalizar el Programa de Orientación laboral, en marzo de 2012, el número de desempleados atendidos fueron aproximadamente 28145.
  • 22.  El Real Decreto 468/2003, de 25 de abril, fue aprobado el traspaso a la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia de a manejar la gestión en el ámbito del trabajo, el empleo y la formación, otorgada al SEF mediante el Decreto 40/2003, de 30 de abril, y por medio de la Ley 9/2002, de 11 de noviembre, la cual creó el organismo.  Fundamentos de derecho de acciones OPEA  Este programa está incluido en el artículo 25.1.a) de la Ley 56/2003, de 16 de diciembre, de Empleo. Las acciones están dirigidas a mejorar las posibilidades de ocupación de las personas desempleadas inscritas en las Oficinas de Colocación de la Región de Murcia, con especial atención a los colectivos de más difícil inserción.
  • 23. Objetivos:  Fomentar la realización de acciones y medidas de información, acompañamiento, motivación y asesoramiento que, teniendo en cuenta las circunstancias personales y profesionales de la persona beneficiaria, le permiten determinar sus capacidades e intereses y gestionar su trayectoria individual de aprendizaje, la búsqueda de empleo o la puesta en práctica de iniciativas empresariales, mediante la concesión de subvenciones a las entidades. Filosofía:  Las actividades de información y orientación, además de facilitar el derecho y la garantía de acceso en igualdad de oportunidades el mercado laboral, constituyen una eficaz herramienta de integración e inserción en nuestra sociedad.
  • 24.  El SEF debe dar subvenciones a entidades que realicen acciones de Orientación Profesional para el Empleo y Asistencia para el Autoempleo, articuladas en itinerarios de inserción ocupacional; con la finalidad de mejorar las posibilidades de ocupación e integración de las personas desempleadas que presentan mayores dificultades para su inserción laboral.
  • 25.  Serán las entidades e instituciones que con personalidad jurídica propia y careciendo de fines lucrativos, tengan su ámbito de actuación dentro de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia realicen acciones de orientación profesional para el empleo y asistencia para el autoempleo.
  • 26.  Por cuenta ajena (Tutorías y Grupos), ofreciéndole información sobre formación y empleo, colaborando en la planificación de su proyecto profesional, entrenándoles en las habilidades de búsqueda de empleo y motivándoles a continuar y evitarles una frustación.  Por cuenta Propia (Autoempleo), para aquellos usuarios que desean montar una empresa, se les ofrece el servicio de asesoramiento empresarial.
  • 27.  Ser español o tener la nacionalidad de cualquier otro estado miembro de la unión Europea.  Ser mayor de 16 años y no exceder de los 65.  Estar en posesión titulación universitaria.  No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones  Nivel alto de castellano.  No hallarse inhabilitado.  Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.    Reconocimiento por los servicios médicos municipales.  Las personas discapacitadas habrán de acreditar tanto su condición de discapacitado mediante la oportuna certificación expedida por el  IMSERSO, IMAS (antiguo ISSORM) u organismo equivalente de las Comunidades Autónomas.
  • 28.  Se atendieron un total de 1.958 usuarios, de los cuales 972 fueron hombres y 986 mujeres.
  • 29.  ORDEN 64/2010, de 30 de diciembre, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, regula la concesión de subvenciones públicas destinadas al fomento del empleo protegido para personas con discapacidad.  ORDEN 55/2010, de 29 de diciembre, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, se amplia el plazo para los proyectos regulados en la Orden de 30 de diciembre de 2009, para convocar subvenciones para la realización de planes integrales de empleo para desempleados de difícil inserción laboral.  ORDEN 60/2010, de 30 de diciembre, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, se convocan las ayudas destinadas al fomento del empleo estable y otras medidas para la creación de empleo para el ejercicio 2011.  Ley 10/2011, de 27 de diciembre, de Presupuestos de la Generalitat para el ejercicio 2012.  ORDEN 54/2010, de 22 de diciembre, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se regula y convoca la concesión de subvenciones de fomento del empleo dirigido a emprendedores para el año 2011.
  • 30. Objetivos:  Perfeccionar las técnicas de búsqueda de empleo (currículo, carta de presentación, entrevista de selección, pruebas psicotécnicas)  Informar sobre el mercado de trabajo  Colaborar en la planificación de la inserción laboral, definiendo objetivos profesionales  Facilitar recursos de información laboral  Entrenar en habilidades de comunicación  Motivar para que el individuo asuma el protagonismo en la gestión de su carrera profesional  Informar sobre la inserción laboral mediante el acceso al empleo por cuenta propia. Filosofía:  Ayudar a los individuos a reflexionar sobre sus ambiciones sus intereses y sus competencias, facilitarles la comprensión del mercado laboral y los sistemas de formación.
  • 31.    El programa de acciones OPEA (Orientación Profesional para el empleo y Asistencia para el Autoempleo) es un proyecto financiado por el Servicio Valenciano de Empleo y Formación (SERVEF).
  • 32. Serán las entidades e instituciones que carezcan de fines lucrativos, y que tengan su ámbito de actuación dentro de la Comunidad Valenciana y realicen acciones de orientación profesional para el empleo y asistencia para el autoempleo. Se desarrollarán en tres centros adscritos al Servicio de Empleo y Proyectos Emprendedores: • Pie de la Cruz nº 5-bajo. 46001- Valencia. (1 técnico) • José Zaragoza nº 23. 46017- Valencia. (3 técnicos). • Hermanos Maristas nº 19. 46013- Valencia. (5 técnicos).
  • 33.  Las acciones OPEA incluyen dos líneas de actuación: orientación para el empleo (búsqueda de empleo) y autoempleo (empleo por cuenta propia). Dentro de cada una de estas líneas existen actividades individuales y grupales: A.- ORIENTACIÓN PROFESIONAL PARA EL EMPLEO  Entrevistas individuales (Tutorías individualizadas)  Acciones grupales de orientación :  Taller de entrevista Grupo de búsqueda activa de empleo  Desarrollo de aspectos personales para la ocupación  Otros recursos de apoyo a la inserción (pruebas psicotécnicas…) B. -AUTOEMPLEO  Información y Motivación para el Autoempleo  Asesoramiento de proyectos empresariales
  • 34.  Ser español o nacional de los estados miembros de la Unión Europea.  Tener cumplidos 18 años de edad, y no exceder de aquella en que falten menos de 10 años para la jubilación forzosa por edad.  Estar en posesión del título de:  Licenciatura preferentemente en Psicología, Pedagogía o Psicopedagogía para Técnico de Orientación Laboral  Licenciatura en Derecho, Económicas, Empresariales, ADE y/o Diplomatura en Relaciones Laborales Técnico de Orientación Laboral para impartir Autoempleo  No padecer enfermedad o defecto físico que imposibilite el desempeño de las funciones.  No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio al Estado o a la Administración Autónoma o Local, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de las funciones públicas.  
  • 35.  Boletín Oficial de Castilla y León Núm. 44 Pág. 15561 Viernes, 2 de marzo de 2012  Ayuntamiento de Valencia. Empleo y proyectos emprendedores.  www.sepe.es/LegislativaWeb/  Portal de empleo de la Comunidad de Madrid.  Ayuntamiento de Murcia  Ayuntamiento de Madrid.  Ayuntamiento de Valencia  Legislaciones de Madrid, Murcia, Valencia y Castilla y León.  Boletín Oficial del Estado” de 23 de enero de 1998