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DERECHO PRIVADO CIVIL Y
COMERCIAL
DERECHOS INDUSTRIALES
MODELOS Y DISEÑOS
INDUSTRIALES
Se considera modelo o diseño industrial las formas
o el aspecto incorporados o aplicados a un producto
industrial que le confieren carácter ornamental.
DERECHOS:
 El autor y sus sucesores legítimos poseen el
derecho de propiedad, explotación, transferencia
y registro. 1.
 Derecho a la acción reivindicatoria.
 El derecho a la exclusividad no podrá exceder a
la vigencia de la patente.
Todo aquel que haya infringido de buena o mala fe los derechos
reconocidos a favor de un modelo o diseño depositado estará
obligado a resarcir los daños y perjuicios que haya causado
al titular del registro y además a restituir los frutos, en caso de
mala fe.
OBLIGACIONES
:
Para gozar de los derechos reconocidos, el autor deberá
registrar el modelo o diseño de su creación en el Registro de
Modelos y Diseños Industriales.
El registro de un modelo o diseño industrial, así como las
prórrogas mencionadas en el artículo anterior y la
expedición de nuevos testimonios o certificados, pagarán las
tasas y aranceles que se determinen en la reglamentación
de este decreto.
Se presume que quien primero haya registrado un modelo
o diseño industrial es el autor del mismo, salvo prueba en
contrario.
SE ABSTIENE DE LOS
DERECHOS:
 Los modelos o diseños industriales que carezcan de una
configuración distinta y fisonomía propia y novedosa con
respecto a modelos o diseños industriales anteriores.
Cuando se trate de un mero cambio de colorido en modelos o
diseños ya conocidos.
 Los diseños o modelos industriales cuyos elementos estén
impuestos por la función que debe desempeñar el producto.
 Cuando sea contrario a la moral y a las buenas
costumbres.
COMENTARI
O:
1. Como se menciona, uno de los principales derechos es el
derecho a la propiedad sobre la idea o diseño. Así; para el
caso de que la persona trabajase en relación de
dependencia, regirá el mismo derecho; es decir tendrá la
propiedad intelectual.
Las empresas que estimulan a sus empleados, les otorgan,
como debe ser, regalías por ese diseño.
Esto es porque el empleado tiene el derecho sobre las
regalías que genera su diseño o producto, y porque además
generara incrementos en los dividendos de la empresa para
la que trabaja.
GRACIAS!!!

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Modelos y diseños industriales: derechos, obligaciones y excepciones

  • 1. DERECHO PRIVADO CIVIL Y COMERCIAL DERECHOS INDUSTRIALES
  • 2. MODELOS Y DISEÑOS INDUSTRIALES Se considera modelo o diseño industrial las formas o el aspecto incorporados o aplicados a un producto industrial que le confieren carácter ornamental.
  • 3. DERECHOS:  El autor y sus sucesores legítimos poseen el derecho de propiedad, explotación, transferencia y registro. 1.  Derecho a la acción reivindicatoria.  El derecho a la exclusividad no podrá exceder a la vigencia de la patente. Todo aquel que haya infringido de buena o mala fe los derechos reconocidos a favor de un modelo o diseño depositado estará obligado a resarcir los daños y perjuicios que haya causado al titular del registro y además a restituir los frutos, en caso de mala fe.
  • 4. OBLIGACIONES : Para gozar de los derechos reconocidos, el autor deberá registrar el modelo o diseño de su creación en el Registro de Modelos y Diseños Industriales. El registro de un modelo o diseño industrial, así como las prórrogas mencionadas en el artículo anterior y la expedición de nuevos testimonios o certificados, pagarán las tasas y aranceles que se determinen en la reglamentación de este decreto. Se presume que quien primero haya registrado un modelo o diseño industrial es el autor del mismo, salvo prueba en contrario.
  • 5. SE ABSTIENE DE LOS DERECHOS:  Los modelos o diseños industriales que carezcan de una configuración distinta y fisonomía propia y novedosa con respecto a modelos o diseños industriales anteriores. Cuando se trate de un mero cambio de colorido en modelos o diseños ya conocidos.  Los diseños o modelos industriales cuyos elementos estén impuestos por la función que debe desempeñar el producto.  Cuando sea contrario a la moral y a las buenas costumbres.
  • 6. COMENTARI O: 1. Como se menciona, uno de los principales derechos es el derecho a la propiedad sobre la idea o diseño. Así; para el caso de que la persona trabajase en relación de dependencia, regirá el mismo derecho; es decir tendrá la propiedad intelectual. Las empresas que estimulan a sus empleados, les otorgan, como debe ser, regalías por ese diseño. Esto es porque el empleado tiene el derecho sobre las regalías que genera su diseño o producto, y porque además generara incrementos en los dividendos de la empresa para la que trabaja.