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UNIVERSIDAD NACIONAL DE CHIMBORAZOUNIVERSIDAD NACIONAL DE CHIMBORAZO
FACULTAD DE CIENCIAS POLITICAS YFACULTAD DE CIENCIAS POLITICAS Y
ADMINISTRATIVASADMINISTRATIVAS
CARRERA DE CONTABILIDAD Y AUDITORIACARRERA DE CONTABILIDAD Y AUDITORIA
DIRECCIÓN PROVINCIAL
Integrantes:
MARIUXI JASMIN SÁNCHEZ CISNEROS
YESSENIA ISABEL SALINAS MAITA
MARISELA RUTH ILLANES MUCUSHIGUA
CARLA PAMELA PANCHI HERRERA
MARÍA JEANETH GUANOQUIZA CHILIQUINGA
DIRECCIÓN PROVINCIAL
La Superintendencia de Compañías es el organismo
técnico, con autonomía administrativa y económica, que
vigila y controla la organización, actividades,
funcionamiento, disolución y liquidación de las compañías
y otras entidades en las circunstancias y condiciones
establecidas por la Ley.
Órgano de administración provincial
La Dirección Provincial tendrá por misión
principal la aplicación de las estrategias de
aseguramiento obligatorio, la recaudación
oportuna de las aportaciones de los
empleadores y asegurados, la calificación del
derecho a prestaciones de los afiliados
comprendidos en la circunscripción geográfica
de su competencia.
Director provincial
El Director Provincial
tiene a su cargo la
ejecución del
Presupuesto del
IESS, la contratación
de recursos
humanos y servicios
generales
Designación y requisitos
El Director Provincial es
funcionario de libre
nombramiento,
nombrado por el Director
General para un período
de cuatro años.
Circunscripción territorial
La Dirección Provincial
dependerá de la Coordinación
General de Territorio, estará a
cargo del Director Provincial,
dentro de la circunscripción
geográfica de su competencia
los empleadores y
asegurados y calificación del
derecho a prestaciones de los
afiliados y, tendrá a su cargo
las siguientes unidades y
dependencias de su
circunscripción territorial
División geográfica
Para establecer la división geográfica
y circunscripción territorial del IESS,
se consideran los principios de
desconcentración geográfica y
descentralización operativa,
señalados en la Ley de Seguridad
Social.
Nivel 1: Napo, Carchi, Bolívar,
Orellana, Pastaza, Morona
Santiago, Zamora Chinchipe y
Galápagos;
Nivel 2: Los Ríos, Esmeraldas,
Cotopaxi, Sucumbíos, Cañar,
Santo Domingo de los Tsáchilas
y Santa Elena;
Nivel 3: Cantón Quito,
Cantón Guayaquil y
Provincias
de El Oro y Chimborazo; y,
Nivel 4: Imbabura, Pichincha,
Tungurahua, Manabí,
Guayas, Azuay y Loja.
Atribuciones y deberes
e) Presentar al Director General los estados
financieros anuales de su jurisdicción, las
liquidaciones presupuestarias mensuales y los
informes periódicos de su gestión.
f) Formular la proforma presupuestaria anual de
ingresos y egresos de la Dirección Provincial, y
someterla a conocimiento del Director General
hasta el 30 de agosto
g) Ejercer por delegación las atribuciones que le
autorice el Director General.
h) Los demás que señale la reglamentación interna
del IESS.
a) Ejercer la representación legal, judicial y
extrajudicial, y la titularidad de la jurisdicción
coactiva del Instituto
b) Establecer sistemas y procesos de aplicación de
los programas de afiliación y recaudación de las
aportaciones y otros ingresos presupuestarios del
Instituto.
c) Autorizar actos, contratos, transferencias de
dominio, reformas presupuestarias, y toda operación
económica del Instituto sometida a su aprobación.
d) Administrar los recursos humanos y materiales,
los presupuestos de ingresos y egresos, las
disponibilidades de tesorería.
La Dirección Provincial tendrá las
siguientes funciones y responsabilidades
a) Coordinar, facilitar y supervisar la gestión de las
prestaciones y servicios que el IESS ofrece a sus
afiliados, derechohabientes, jubilados, pensionistas
y beneficiarios en general;
b) Formular y ejecutar la planificación territorial
de las acciones de afiliación, entrega prestacional,
ampliación de cobertura, control contributivo y
recuperación de cartera;
c) Preparar y ejecutar los planes operativos
anuales, derivados de la planificación estratégica
respecto de las dependencias a su cargo y bajo los
lineamientos y directrices de las dependencias de
nivel central
d) Instrumentar y supervisar la gestión jurídica en
su circunscripción territorial
e) Instrumentar y supervisar la operación del sistema de gestión
documental de acuerdo a la normativa vigente
f) Ejecutar las acciones que le correspondan en su calidad de
juez de coactiva en su circunscripción territorial
g) Administrar y controlar los sistemas y procesos de aplicación
de los programas de afiliación y recaudación de las aportaciones
h) Custodiar el archivo de los registros y claves de acceso de
empleadores y afiliados a los sistemas del IESS
i) Supervisar la ejecución de los procesos administrativos de
afiliación al régimen del seguro social obligatorio y voluntario,
registro de la historia laboral del afiliado
Causales de destitución
• Representar judicial y extrajudicialmente al
Instituto.
• Ejercer la jurisdicción coactiva de que se halla
investido el IESS para el cobro de aportes y
contribuciones, fondos de reserva, intereses,
• Ejecutar y hacer cumplir las resoluciones del
Consejo Directivo.
• Designar a los directores provinciales de cada una
de las circunscripciones territoriales del Instituto.
• Nombrar, promover, sancionar y remover al personal del
Instituto, de conformidad con las leyes y reglamentos sobre
la materia;
• Formular la proforma presupuestaria anual del Instituto y
someterla a los trámites de ley previos a su aprobación por
el Consejo Directivo.
• Mantener informado al Consejo Directivo de la marcha del
Instituto y de la situación actual de cada una de las
administradoras de seguros.
LA COMISIÓN PROVINCIAL DE PRESTACIONES Y
CONTROVERSIAS
Jurisdicción administrativa Integración
a) Las reclamaciones y quejas de los
asegurados o sus derechos habientes en
materia de denegación de prestaciones en
dinero
b. Las reclamaciones y quejas de los
empleadores en materia de sus derechos y
obligaciones. La Comisión dictaminará sobre
los demás asuntos que le fueren consultados
La Comisión Provincial de Prestaciones
y Controversias se integrará con tres
doctores en jurisprudencia o abogados de
reconocida solvencia y diez (10) años de
experiencia profesional, que
desempeñarán sus funciones a tiempo
completo y pasarán a ser funcionarios
del IESS
La Comisión tendrá las siguientes
funciones y responsabilidades
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  • 1. UNIVERSIDAD NACIONAL DE CHIMBORAZOUNIVERSIDAD NACIONAL DE CHIMBORAZO FACULTAD DE CIENCIAS POLITICAS YFACULTAD DE CIENCIAS POLITICAS Y ADMINISTRATIVASADMINISTRATIVAS CARRERA DE CONTABILIDAD Y AUDITORIACARRERA DE CONTABILIDAD Y AUDITORIA DIRECCIÓN PROVINCIAL Integrantes: MARIUXI JASMIN SÁNCHEZ CISNEROS YESSENIA ISABEL SALINAS MAITA MARISELA RUTH ILLANES MUCUSHIGUA CARLA PAMELA PANCHI HERRERA MARÍA JEANETH GUANOQUIZA CHILIQUINGA
  • 3. La Superintendencia de Compañías es el organismo técnico, con autonomía administrativa y económica, que vigila y controla la organización, actividades, funcionamiento, disolución y liquidación de las compañías y otras entidades en las circunstancias y condiciones establecidas por la Ley. Órgano de administración provincial La Dirección Provincial tendrá por misión principal la aplicación de las estrategias de aseguramiento obligatorio, la recaudación oportuna de las aportaciones de los empleadores y asegurados, la calificación del derecho a prestaciones de los afiliados comprendidos en la circunscripción geográfica de su competencia.
  • 5. El Director Provincial tiene a su cargo la ejecución del Presupuesto del IESS, la contratación de recursos humanos y servicios generales Designación y requisitos El Director Provincial es funcionario de libre nombramiento, nombrado por el Director General para un período de cuatro años.
  • 6. Circunscripción territorial La Dirección Provincial dependerá de la Coordinación General de Territorio, estará a cargo del Director Provincial, dentro de la circunscripción geográfica de su competencia los empleadores y asegurados y calificación del derecho a prestaciones de los afiliados y, tendrá a su cargo las siguientes unidades y dependencias de su circunscripción territorial
  • 7. División geográfica Para establecer la división geográfica y circunscripción territorial del IESS, se consideran los principios de desconcentración geográfica y descentralización operativa, señalados en la Ley de Seguridad Social.
  • 8. Nivel 1: Napo, Carchi, Bolívar, Orellana, Pastaza, Morona Santiago, Zamora Chinchipe y Galápagos; Nivel 2: Los Ríos, Esmeraldas, Cotopaxi, Sucumbíos, Cañar, Santo Domingo de los Tsáchilas y Santa Elena; Nivel 3: Cantón Quito, Cantón Guayaquil y Provincias de El Oro y Chimborazo; y, Nivel 4: Imbabura, Pichincha, Tungurahua, Manabí, Guayas, Azuay y Loja.
  • 10. e) Presentar al Director General los estados financieros anuales de su jurisdicción, las liquidaciones presupuestarias mensuales y los informes periódicos de su gestión. f) Formular la proforma presupuestaria anual de ingresos y egresos de la Dirección Provincial, y someterla a conocimiento del Director General hasta el 30 de agosto g) Ejercer por delegación las atribuciones que le autorice el Director General. h) Los demás que señale la reglamentación interna del IESS. a) Ejercer la representación legal, judicial y extrajudicial, y la titularidad de la jurisdicción coactiva del Instituto b) Establecer sistemas y procesos de aplicación de los programas de afiliación y recaudación de las aportaciones y otros ingresos presupuestarios del Instituto. c) Autorizar actos, contratos, transferencias de dominio, reformas presupuestarias, y toda operación económica del Instituto sometida a su aprobación. d) Administrar los recursos humanos y materiales, los presupuestos de ingresos y egresos, las disponibilidades de tesorería.
  • 11. La Dirección Provincial tendrá las siguientes funciones y responsabilidades
  • 12. a) Coordinar, facilitar y supervisar la gestión de las prestaciones y servicios que el IESS ofrece a sus afiliados, derechohabientes, jubilados, pensionistas y beneficiarios en general; b) Formular y ejecutar la planificación territorial de las acciones de afiliación, entrega prestacional, ampliación de cobertura, control contributivo y recuperación de cartera; c) Preparar y ejecutar los planes operativos anuales, derivados de la planificación estratégica respecto de las dependencias a su cargo y bajo los lineamientos y directrices de las dependencias de nivel central d) Instrumentar y supervisar la gestión jurídica en su circunscripción territorial e) Instrumentar y supervisar la operación del sistema de gestión documental de acuerdo a la normativa vigente f) Ejecutar las acciones que le correspondan en su calidad de juez de coactiva en su circunscripción territorial g) Administrar y controlar los sistemas y procesos de aplicación de los programas de afiliación y recaudación de las aportaciones h) Custodiar el archivo de los registros y claves de acceso de empleadores y afiliados a los sistemas del IESS i) Supervisar la ejecución de los procesos administrativos de afiliación al régimen del seguro social obligatorio y voluntario, registro de la historia laboral del afiliado
  • 13. Causales de destitución • Representar judicial y extrajudicialmente al Instituto. • Ejercer la jurisdicción coactiva de que se halla investido el IESS para el cobro de aportes y contribuciones, fondos de reserva, intereses, • Ejecutar y hacer cumplir las resoluciones del Consejo Directivo. • Designar a los directores provinciales de cada una de las circunscripciones territoriales del Instituto. • Nombrar, promover, sancionar y remover al personal del Instituto, de conformidad con las leyes y reglamentos sobre la materia; • Formular la proforma presupuestaria anual del Instituto y someterla a los trámites de ley previos a su aprobación por el Consejo Directivo. • Mantener informado al Consejo Directivo de la marcha del Instituto y de la situación actual de cada una de las administradoras de seguros.
  • 14. LA COMISIÓN PROVINCIAL DE PRESTACIONES Y CONTROVERSIAS Jurisdicción administrativa Integración a) Las reclamaciones y quejas de los asegurados o sus derechos habientes en materia de denegación de prestaciones en dinero b. Las reclamaciones y quejas de los empleadores en materia de sus derechos y obligaciones. La Comisión dictaminará sobre los demás asuntos que le fueren consultados La Comisión Provincial de Prestaciones y Controversias se integrará con tres doctores en jurisprudencia o abogados de reconocida solvencia y diez (10) años de experiencia profesional, que desempeñarán sus funciones a tiempo completo y pasarán a ser funcionarios del IESS
  • 15. La Comisión tendrá las siguientes funciones y responsabilidades