2. MISION Y VISION
NUESTRA MISION
El Sistema Universitario UNIMINUTO
inspirado en el Evangelio, la espiritualidad
Feudista y la Obra Minuto de Dios, agrupa
Instituciones que comparten un modelo
universitario innovador, para:
Ofrecer Educación Superior de alta calidad,
de fácil acceso, integral y flexible.
Formar profesionales altamente
competentes, éticamente orientados y
líderes de procesos de transformación
social.
Construir un país justo, reconciliado,
fraternal y en paz.
3. NUESTRA VISION
El Sistema Universitario UNIMINUTO, en el 2012,
será reconocido en Colombia por:
Las vivencias espirituales y la presencia de Dios en
el ámbito universitario.
Su aporte al desarrollo del país a través de la
formación en Educación para el Desarrollo.
La alta calidad de sus programas académicos
estructurados por ciclos y competencias.
Su impacto en la cobertura originado en el número
de sus Sedes y la gran facilidad de acceso a sus
programas.
Sus amplias relaciones nacionales e
internacionales.
4. PERDIDA DE MATERIA
“Por fallas”
Artículo 62. Registro de asistencia: La asistencia es un medio para obtener un
adecuado rendimiento académico e interactuar con los compañeros. Por ello, es
facultativo de cada profesor controlar la asistencia de sus alumnos, dentro de los
parámetros establecidos en el artículo 65.El profesor que desee controlar la asistencia
lo informara así los estudiantes el primer día de clases, señalando la forma como se
realizara el procedimiento y su valoración académica.
Artículo 63. Inasistencia: Se entiende la inasistencia la ausencia de un estudiante a la
clase en la cual está matriculado o su llegada a la misma después de diez (10) minutos de
iniciada la clase. La falta de participación en los programas que se adelanten en la
modalidad Virtual o a Distancia tendrá los mismos efectos que la inasistencia, de
conformidad con los mecanismos que se creen para verificar la participación del
estudiante en las actividades programadas.
Artículo 64. Inasistencia colectiva: La inasistencia a clase de más del 90% de los
estudiantes que cursan una asignatura, sin justa causa, se considera como inasistencia
colectiva, y será sancionada con falla doble, sin perjuicio de las demás sanciones
disciplinarias y académicas a que hubiere lugar. En todo caso el Profesor debe informar
de inmediato al Decano de Facultad o Director del Centro Regional.
Artículo 65. Pérdida por inasistencia: La inasistencia mayor o igual al 15% de las clases
teóricas o prácticas dictadas, sin justa razón, es causal de pérdida de la asignatura.
Igualmente se pierde cuando se ha dejado de asistir al 25%, aún por causa justificada y
aceptada.