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“AÑO DE LA INTEGRACION NACIONAL Y EL RECONOCIMIENTO DE NUESTRA DIVERSIDAD”
RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA N° 196 -2012-MPM-A.
Ayaviri, 07 de Mayo del 2012.
VISTO:
La solicitud bajo el Registro Nº 2458, Memorándum Nº 0348-2012-G.A.G.-MPM, Informe Nº0151-2012-GPPR/MPM-A, y;
CONSIDERANDO:
Que, los gobiernos locales son entidades básicas de la organización territorial del estado y canales de participación vecinal y
promotores de desarrollo local, con autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia estipulados en la Ley Orgánica
de Municipalidades Ley No.27972, concordante con el artículo 194 de la Constitución Política del Perú, modificado por la Ley de Reforma
Constitucional Ley No.27680;
Que, a través de la solicitud con registro administrativo Nº 2458 de fecha 03 de abril del presente año, la Presidenta de la Asociación
de Vdas y Huérfanos Afectados por la Violencia Familiar Política de Ayaviri 1980-2000, solicita apoyo económico con la finalidad de participar de
la Gran Movilización Nacional a realizarse en la ciudad de Lima el día 17 de Abril del presente año, con la finalidad de solicitar la modificación del
D.S. Nº 051-2011-PCM,Ley Nº 28592, Fondo Nacional de Reparaciones, Plan Nacional de Exhumaciones, reapertura de la Oficina RUV, entre
otros puntos.
Que, con el Memorándum Nº 0348-2012-G.A.G.-MPM, de la Gerencia de Administración General, se solicita a la Gerencia de
Planificación, Presupuesto y Racionalización la disponibilidad presupuestal con la finalidad de concretar el apoyo solicitado por la Sra. Luzmila
Hirpanocca Ramos en su calidad de Presidenta de la Asociación de Vdas y Huérfanos Afectados por la Violencia Familiar Política de Ayaviri 1980-
2000, por un monto de S/.400.00 nuevos soles.
Que, se desprende del Informe No. 0151-2012-GPPR/MPM-A de fecha 03.05.2012, del Gerente de Planificación, Presupuesto y
Racionalización quien refiere que de acuerdo a la Directiva Nº 005-2010-EF/76.01, Directiva para la Ejecución Presupuestaria Modificada por la
Resolución Directoral Nº 022-2011-EF/50.01, Capítulo III Fase de la Ejecución del Gasto Público, en el Sub Capítulo II Ejecución del Gasto Público,
Artículo 13º Etapa Preparatoria para la Ejecución de Gastos: Certificación de Créditos Presupuestarios; 13.1.- La Certificación de créditos
presupuestarios a que hace referencia los numerales 77.1 y 77.2 del artículo 77 de la Ley General, constituye un acto de administración cuya
finalidad es garantizar que se cuente con crédito presupuestario disponible y libre de afectación para comprometer un gasto con cargo al
presupuesto institucional autorizado para el año fiscal respectivo en función del PCA (…) y en el numeral 13.4.- La certificación de crédito
presupuestario resulta requisito indispensable cada vez que se prevea realizar un gasto, contratar y/o adquirir un compromiso adjuntándose al
respectivo expediente. En tal sentido la Gerencia de Planificación, Presupuesto y Racionalización opina que SI existe la disponibilidad
presupuestal para el apoyo solicitado por la Sra. Luzmila Hispanocca Ramos, Presidenta de la Asociación de Vdas y Huérfanos Afectados por la
Violencia Familiar Política de Ayaviri 1980-2000 hasta por la suma de S/.317.00 nuevos soles, según el documento de la referencia, el mismo que
será afectado a la Fuente de Financiamiento: Recursos Directamente Recaudados; Meta Apoyos Comunales, para una vez emitido el resolutivo se
prosiga con el trámite administrativo pertinente.
Que, el artículo 60 numeral 2 de la Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto- Ley Nº 28411, prescribe: En el caso de los
Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales las subvenciones se sujetan estrictamente a sus recurso directamente recaudados, debiendo ser
aprobado mediante el Acuerdo respectivo, previo Informe favorable de la Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces de la entidad;
Por lo tanto, estando a las consideraciones expuestas y de conformidad a las facultades conferidas por los artículos 6 y 20 de la Ley Nº
27972 - Ley Orgánica de Municipalidades; Ley No.27444 Ley de Procedimientos Administrativo General y con visación de la Gerencia Municipal,
Dirección General de Administración y la Dirección de Asesoría Jurídica:
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- APROBAR el apoyo económico, solicitado por la Sra. Sra. Luzmila Hirpanocca Ramos en su calidad de Presidenta de
la Asociación de Vdas y Huérfanos Afectados por la Violencia Familiar Política de Ayaviri 1980-2000, para participar de la Gran Movilización
Nacional a realizarse en la ciudad de Lima el día 17 de Abril del presente año, con la finalidad de solicitar la modificación del D.S. Nº 051-2011-
PCM,Ley Nº 28592, Fondo Nacional de Reparaciones, Plan Nacional de Exhumaciones, reapertura de la Oficina RUV.
Artículo Segundo.- ASIGNAR la suma de S/.317.00 Nuevos Soles para el apoyo señalado en el primer artículo de la presente
resolución, para cuyo efecto deberá habilitarse dicha cantidad a la Sra. LUZMILA HIRPANOCCA RAMOS, identificada con D.N.I Nº 02297360.,
debiendo afectarse conforme a lo precisado en el Informe Nº 0151-2012-GPPR/MPM-A, de fecha 03 de mayo del 2012, para cuyo efecto la
beneficiaria deberá sustentar los gastos motivo de asignación con comprobantes de pago debidamente autorizados por la SUNAT.
Artículo tercero.- ENCARGUESE a la Gerencia de Administración General para la ejecución de la presente resolución conforme a sus
atribuciones. Se emite la presente en vía de regularización.
REGISTRESE, COMUNIQUESE Y CUMPLASE.
LHH/A
WCH/SG
C.C.
GAG
INT.
ARCH.