Ente de Coordinación Operativa de Servicios en la Capital
R.a. no.031 directorio de beneficencia
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“AÑO DE LA INTEGRACION NACIONAL Y EL RECONOCIMIENTO DE NUESTRA DIVERSIDAD”
RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA N° 031-2012-MPM-A.
Ayaviri, 23 de Enero del 2012.
VISTOS:
La Resolución de Alcaldía Nº 102-2011-MPM-A, Memorándum Nº 024-2012-MPM-A/A, y;
CONSIDERANDO:
Que, las Municipalidades gozan de autonomía política, económica y administrativa, en los
asuntos de su competencia, conforme lo dispuesto en el artículo 194 de la Constitución Política del Perú,
modificado por la Ley de Reforma Constitucional No. 27680; concordado con el Artículo II del Título
Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades No. 27972;
Que, las Sociedades de Beneficencia Pública y Junta de Participación Social forman parte del
Sistema Nacional para la Población en Riesgo, creado por mandato de la Ley Nº 26918, y tienen como
finalidad la promoción, atención y apoyo a niños, adolescentes, jóvenes, mujeres, ancianos y, en general,
a toda persona en situación de riesgo, abandono o con problemas psíquicos, sociales o corporales que
menoscaben su desarrollo humano;
Que, mediante Resolución de Alcaldía Nº 102-2011-MPM-A, de fecha 02 de Marzo del 2011, se
designo a los miembros integrantes del Directorio de la Beneficencia Pública de la Provincia de Melgar,
sin embargo mediante Memorándum Nº 024-2012-MPM-A/A, el titular de la Entidad dispone se deje sin
efecto la acotada resolución y consecuentemente se notifique a cada uno de los interesados. Por lo que
siendo así es menester de proyectar el resolutivo correspondiente, conforme al ordenamiento jurídico;
Estando a lo establecido en el Art. 6, 20 de la Ley Orgánica de Municipalidades Ley Nº 27972; Ley
Nº 27444 – Ley de Procedimiento Administrativo General y con visación de Gerencia Municipal,
Dirección General de Administración y la Oficina de Asesoría Jurídica;
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- DEJAR sin efecto la Resolución de Alcaldía Nº 102-2011-MPM-A, de fecha 02
de marzo del 2011, mediante el cual se designo a los miembros del Directorio de la Beneficencia Pública
de la Provincia de Melgar.
Artículo Segundo.- NOTIFIQUESE a los miembros del Directorio de la Beneficencia Pública de la
Provincia de Melgar, para su cumplimiento, bajo responsabilidad.
REGISTRESE, COMUNIQUESE Y CUMPLASE.
LEHH/A
WCH/SG
C.C.
INT.
ARCH.