Este documento aprueba el reembolso de 180 soles al conductor Lucio Alvarado por la compra de una batería para el vehículo de la municipalidad después de que sufrió un desperfecto mecánico. Se determinó que había disponibilidad presupuestal para el reembolso según el informe de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto. Se instruye al Director General de Administración a realizar el pago.
COMUNICADO CNE-CAMPAÑA Y PROPAGANDA ELECTORAL 20240423.pdf
R.a. no.116 reembolso compra bateria
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“AÑO DE LA INTEGRACION NACIONAL Y EL RECONOCIMIENTO DE NUESTRA DIVERSIDAD”
RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 116 -2012-MPM-A.
Ayaviri, 16 de Marzo del 2012.
VISTO:
El Informe Nº 001-2012-CH-MPM-A, Informe Nº 0014-2012-DIVEMM-MPM-A, y demás actuados relacionados al
reembolso por compra de una batería para la unidad vehicular Camioneta Nissan Frontier de Placa de Rodaje PU-6854, y;
CONSIDERANDO:
Que, los gobiernos locales son entidades básicas de la organización territorial del estado y canales de participación
vecinal y promotores de desarrollo local, con autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia
estipulados en la Ley Orgánica de Municipalidades Ley No.27972, concordante con el artículo 194 de la Constitución Política del
Perú, modificado por la Ley de Reforma Constitucional Ley No.27680;
Que, mediante Informe Nº 001-2012-CH-MPM-A, el conductor de la Camioneta Nissan Frontier de Placa de Rodaje PU-
6854, solicita el reembolso de bien duradero, por la compra de una Batería Marca Capsa 11W por la suma de S/. 180.00 nuevos
soles, los mismos que fueron adquiridos de emergencia al sufrir un desperfecto mecánico la unidad vehicular precisado líneas
arriba, con ocasión de encontrarse en comisión de servicio a la Municipalidad Distrital de Orurillo, en la actividad del Rally vuelta
distrito de Orurillo de fecha 07.01.2012. Asimismo se tiene el Informe Nº 0014-2012-DIVEMM-MPM-A, atravez del cual el (e)
Jefe de División de Equipo Mecánico y Mantenimiento, da la conformidad de la adquisición del bien señalado líneas arriba;
Que, el Gerente Municipal en el Memorándum Nº 0143-2012-MPM-A/GM, dispone que el Director General de
Administración realice los trámites administrativos concernientes al pago por la adquisición del bien precisado en el
considerando precedente. Por lo que en ese orden de ideas con Memorándum Nº 0183-2012-DGA-MPM-A, de la Dirección
General de Administración se requiere al Director de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto la disponibilidad presupuestal
con la finalidad de realizar el reembolso por la compra por 01 Batería para el vehículo Camioneta Nissan Frontier de Placa de
Rodaje PU-6854 de propiedad de la Entidad;
Que, con el Informe Nº 061-2012-MPM-A/OPP, del Director de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto se señala
que de acuerdo a la Directiva Nº 005-2010-EF/76.01, Directiva para la Ejecución Presupuestaria Modificada por la Resolución
Directoral Nº 022-2011-EF/50.01, Capítulo III Fase de la Ejecución del Gasto Público, en el Sub Capítulo II Ejecución del Gasto
Público, Artículo 13º Etapa Preparatoria para la Ejecución de Gastos: Certificación de Créditos Presupuestarios; 13.1.- La
Certificación de créditos presupuestarios a que hace referencia los numerales 77.1 y 77.2 del artículo 77 de la Ley General,
constituye un acto de administración cuya finalidad es garantizar que se cuente con crédito presupuestario disponible y libre
de afectación para comprometer un gasto con cargo al presupuesto institucional autorizado para el año fiscal respectivo en
función del PCA (…) y en el numeral 13.4.- La certificación de crédito presupuestario resulta requisito indispensable cada vez que
se prevea realizar un gasto, contratar y/o adquirir un compromiso adjuntándose al respectivo expediente. En tal sentido la
Dirección de Planificación y Presupuesto OPINA que existe disponibilidad presupuestal para lo solicitado por el Sr. Wily M. Pari
Carlo hasta por la suma de S/. 180.00 Nuevos Soles, que serán canalizados por las unidades orgánicas pertinentes;
Por lo tanto, estando a las consideraciones expuestas y de conformidad a las facultades conferidas por los artículos 6 y
20 de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades; Ley No.27444 Ley de Procedimientos Administrativo General y con
visación de la Gerencia Municipal, Dirección General de Administración y la Oficina de Asesoría Jurídica:
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- APROBAR el reembolso por la suma de S/.180.00 nuevos soles, solicitado por el Sr. LUCIO
ALEXANDRE ALVARADO LOPE, conductor del vehículo Camioneta Nissan Frontier de Placa de Rodaje PU-6854 de propiedad de la
Municipalidad Provincial de Melgar, por la compra de 01 Bateria Capsa 11W, para la unidad vehicular señalado líneas arriba, el
mismo que ha de ser afectado conforme a lo precisado en el Informe Nº 061-2012-OPP/MPM-A, debiendo habilitarse a nombre
del Sr. LUCIO ALEXANDRE ALVARADO LOPE, identificado con D.N.I. Nº 41119668.
Artículo Segundo.- DISPONER que el Director General de Administración ordene el reembolso conforme se ha definido
en el artículo primero de la presente, debiendo realizar los procedimientos conforme indica la norma.
Artículo Tercero.- NOTIFIQUESE al interesado para los fines pertinentes.
REGISTRESE, COMUNIQUESE Y CUMPLASE.
LHH/A
WCH/SG
C.C.
DGA,
INT.
ARCH.