1. Estimada familia:
Con fecha 12 de septiembre se ha publicado en DOCM la Orden 31/07/2014 de la
Consejería de Educación, Cultura y Deportes, por la que se convocan subvenciones
para la adquisición de materiales curriculares para 1º y 2º de primaria en el curso
escolar 2014/2015.
La subvención se concederá en función de la renta per cápita del ejercicio
económico 2013 hasta agotar el crédito destinado, concediendo 60 euros por alumno.
El plazo para presentar las solici tudes es del 15 al 30 de septiembre ambos
incluidos. Las solicitudes no registradas hasta esa fecha, no podrán participar en la
convocatoria.
El único medio para presentar la solicitud es de forma telemática mediante PAPAS
2.0
Si no disponen de dichas credenciales tienen que llamar a la secretaria del centro
(Paqui-926387688) para notificarle de sus datos personales y DNI ó NIE en vigor y,
posteriormente, en su centro educativo, les sean entregadas el usuario y contraseña.
A continuación aparece un resumen del proceso a seguir, aunque si tienen alguna
duda llamen por teléfono a la secretaria y es conveniente que dejen una copia de su
renta, familia numerosa o minusvalía en su centro educativo para que sea revisado el
registro.
La solicitud se realizará por uno de los tutores, accediendo mediante su
acreditación, y el 2º tutor, solo tendrá que firmar con sus credenciales la solicitud.
Ambos tutores firmaran conjuntamente la solicitud al cumplimentarla o después
accediendo de manera individual. Si firma sólo un tutor, la solicitud quedará
presentada y registrada, pero el centro tendrá que pedir al otro tutor que firme la
solicitud en la plataforma Papás 2.0 lo cual deberá hacerse siempre dentro del plazo.
Una vez firmada por ambos tutores, su presentación ha concluido, quedando
registrada con un número que será utilizado en el proceso. Si la solicitud no está
firmada por ninguno de los tutores se encuentra en borrador y no está presentada
hasta que se firme, por lo que no será incluida hasta que esté firmada.
Marque autorizando para que el secretario del centro pueda presentarla, así
aparecerá en la secretaría virtual del centro, y podrá ayudarle. Terminado el plazo
de presentación, las que se encuentren en borrador no se considerarán presentadas
y por tanto no quedarán incluidas en la convocatoria.
- Los miembros de la unidad familiar son los que están viviendo juntos.
En el caso de divorcio o separación legal no se considerará miembro computable
al progenitor que con fecha 31 de diciembre de 2013 no conviva en la unidad familiar.
En este caso la solicitud será firmada sólo por el tutor solicitante que convive con el
2. alumno y marcará la casilla donde se indica que la solicitud será firmada por un solo
progenitor. El solicitante tiene que justificar dicha condición de divorciado o separado.
No se considera miembro computable, por lo que no lo tienen que incluir en la
solicitud, la nueva pareja de hecho ó cónyuge del padre o madre, que no es
tutor del alumno para el que se está solicitando la subvención.
En el caso de viudedad la solicitud será firmada por el tutor solicitante y marcará la
casilla donde se indica que será firmada por un solo progenitor, justificándolo.
- Deben: Marcar “SI” en las autorizaciones, para que la Administración realice
verificaciones de todos los datos. Y recordar que ambos tutores deben firmar la
solicitud, quedando registrada. Si autorizan el cruce de datos no es necesario
cumplimentar la renta per cápita. Aunque si la Agencia Estatal de Administración
Tributaria no dispone de la información de carácter tributaria necesaria para la
acreditación de la renta, o no pueda facilitarse, el solicitante deberá aportar
documentación justificativa de la renta de la unidad familiar correspondiente a 2013,
Ya que si marcan “NO” en autorizaciones, deberán presentar junto a la solicitud los
documentos exigidos (renta 2013). Además, si marca no, las familias en “renta per
cápita” tienen que incluir la renta calculada y el centro tiene que ratificar este dato
con la documentación. La renta familiar se calculará de la siguiente manera: Casilla 411+casilla
419-casilla 511. Se aplicarán las siguientes deducciones:
1º 1.500 euros por familia numerosa legalmente reconocida.
2º 2.000 euros por cada miembro afectado de discapacidad, entre el 33 y el 65 por ciento.
3º 6.000 euros por cada miembro afectado de discapacidad, igual o superior al 65 por ciento.
El resultado se dividirá entre el número de miembros para obtener la renta per cápita.
- En el supuesto de que el padre o madre, sean familia numerosa y/o dispongan de
dictamen de minusvalía y los documentos acreditativos no hayan sido expedidos en
Castilla-La Mancha, deben presentarlos junto con la solicitud como archivos anexos.
Si son de Castilla la Mancha no hay que presentarlo. Los códigos de los títulos de
familia numerosa expedidos por Castilla-La Mancha empiezan por 02, 13, 16, 19 ó 45.
- Si el alumno se encuentra en acogimiento, se debe informar al centro.
- Junto con la solicitud se deberá aportar la factura acreditativa del gasto, y el
Anexo declaración responsable de los tutores para la justificación de la subvención.
Ambos se escanearán y se adjuntarán a la solicitud como documentación anexa.
- Se debe entregar una copia al centro educativo del documento firmado por los
tutores y otra quedarse los padres.
- La solicitud, posteriormente, podrá ser visualizada en PAPAS 2.0 desde “Mis
trámites” -> “Mis solicitudes”.
3. -El estado de tramitación podrá ser consultado por los solicitantes a través de dicha
plataforma. Las resoluciones provisionales y definitivas se publicarán a través de
PAPAS 2.0 y el Portal de Educación. En caso de que el interesado haya presentado
más de una solicitud, será válida la que tenga fecha de registro de entrada posterior.
Reciban un cordial saludo de la secretaria del CRA: Paqui.