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CONVOCATORIA DE AYUDAS ECONÓMICAS QUE OTORGA LA CONCEJALÍA DE EDUCACIÓN PARA LA ADQUISICIÓN DE LIBROS DE TEXTO PARA EL CURSO ACADÉMICO 2014-2015 
La Concejalía de Educación del Excmo. Ayuntamiento de San Agustín del Guadalix convoca, en régimen de concurrencia competitiva, ayudas para la adquisición de libros de texto para los alumnos del segundo ciclo de Educación Infantil, Educación Primaria, Educación Secundaria y Bachillerato empadronados en San Agustín del Guadalix, y matriculados en los centros públicos del municipio. 
BASES REGULADORAS 
BASE 1ª.- OBJETO Y CONDICIONES. 
Se convocan, en régimen de concurrencia competitiva, ayudas con una cuantía total de veinticuatro mil doscientos (24.200,00) euros. 
La cuantía de la ayuda será de máximo 100 euros por alumno para el segundo ciclo de educación infantil y primaria y 150 para secundaria y bachillerato. 
La concesión de estas ayudas por el Ayuntamiento será incompatible con cualquier otro tipo de subvención, ayudas, ingresos o recursos, para la misma finalidad, procedentes de cualquiera Administración o Entes Públicos, tanto nacionales, como de la Unión Europea o de Organismos Internacionales (excepto el préstamo de libros por parte de los centros educativos) 
No podrán adquirirse con estas ayudas materiales de oficina, de papelería o equipamiento de cualquier tipo. 
BASE 2ª.- IMPUTACIÓN PRESUPUESTARIA 
Los créditos presupuestarios máximos destinados a la presente convocatoria están contemplados en la aplicaciones presupuestarias que a continuación se especifican del Presupuesto Municipal para el ejercicio 2014, sin perjuicio de que se incrementen las cantidades señaladas previa modificación presupuestaria, no siendo necesario en éstos casos que se proceda a la modificación de las presente convocatoria: 
Aplicación presupuestaria 324-481.01, 24.200,00 euros 
BASE 3ª.- DESTINATARIOS Y REQUISITOS DE LOS BENEFICIARIOS 
Podrán solicitar las ayudas a que se refiere la presente convocatoria el padre, madre o tutor del beneficiario (interesado-solicitante) que esté empadronado en San Agustín del
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Guadalix y que esté cursando segundo ciclo de Educación Infantil, Educación Primaria, Educación Secundaria o Bachillerato en centros públicos del Municipio de San Agustín del Guadalix, debiendo aportar la documentación que se indica en la BASE 9. 
El/la solicitante de la ayuda deberá reunir, además de los criterios establecidos con carácter general en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, los siguientes requisitos: 
a) En el caso de unidad familiar formada por dos miembros, madre o padre o tutor legal e hijo, que el cómputo total de sus ingresos obtenidos durante el ejercicio 2013 no supere el 175% del Salario Mínimo Interprofesional vigente (SMI), para el ejercicio 2014. 
b) En el caso de unidad familiar que cuente con tres o más miembros, madre, padre o tutores legales y un hijo o más, el solicitante podrá ser beneficiario si los ingresos de dicha unidad familiar no superen el 175% del Salario Mínimo Interprofesional vigente (SMI), para el ejercicio 2014, incrementándose el cómputo un 25% más por cada menor o por cada discapacitado con un grado igual o superior al 33%. 
A efectos informativos, y según lo previsto en el RD 1046/2013, de 27 de diciembre de 2013, los importes de referencia serian los siguientes: 
SMI 2014: 9.034,20 euros anuales 
SMI 2014 X 175%: 15.809,85 euros anuales 
Al importe anterior (15.809,85 euros anuales) se añadirán 3.952,46 euros por cada menor o discapacitado con un grado igual o superior al 33%) 
c) Que el solicitante y todos los miembros de la unidad familiar mayores de 18 años se encuentren al corriente de pago de las obligaciones fiscales con el Ayuntamiento de San Agustín del Guadalix. 
d) Que el solicitante y todos los miembros de la unidad familiar mayores de 18 años se encuentren al corriente de sus obligaciones tributarias con la Hacienda Estatal, y con la Tesorería General de la Seguridad Social. 
BASE 4ª.- PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES 
Sin perjuicio de lo establecido en el artículo 38.4 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, las solicitudes se cumplimentarán en el modelo ANEXO a estas bases y se presentarán por duplicado, en el Registro Municipal del Ayuntamiento, Plaza de la Constitución 1, de 08,30 a 13,30 horas, de
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lunes a viernes. Deberán formularse por los interesados o personas que acrediten su representación por cualquier medio válido en derecho. El Registro Municipal fechará y sellará los dos ejemplares, devolviendo uno de ellos al solicitante. 
BASE 5ª.- PLAZO DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES. 
El plazo de presentación de solicitudes será del 3 al 16 de Octubre de 2014 (ambas fechas inclusive) 
BASE 6ª.- CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN 
Las ayudas a que se refiere la presente convocatoria se adjudicarán por orden inverso de magnitud de la renta de la unidad familiar del solicitante hasta agotar el presupuesto y siempre que cumplan las condiciones establecidas en la base 3ª. 
En caso de empate en la adjudicación se utilizará como criterio de prioridad para la concesión de la ayuda la existencia de algún miembro de la unidad familiar que esté afectado por un grado de minusvalía igual o superior al 33%, y en caso de resultar necesario, como siguiente criterio de prioridad para el desempate, la fecha de registro de la solicitud totalmente cumplimentada. Para los casos de empate no previstos anteriormente se utilizará el sorteo. 
BASE 7ª.- COMPUTO TOTAL DE LOS INGRESOS DE LA UNIDAD FAMILIAR 
La renta de la unidad familiar (entendiéndose esta la formada por el padre, madre o tutores legales e hijos que convivan con la familia), a efectos de esta Convocatoria, se obtendrá por agregación de las rentas del ejercicio del año 2013 de todos sus miembros que obtengan ingresos de cualquier naturaleza. En todo caso, se excluirán los saldos negativos de ganancias y pérdidas patrimoniales correspondientes a ejercicios anteriores 
Si ninguno de los miembros de la unidad familiar genera ingresos con deducción de IRPF, la situación económica deberá acreditarse, de alguna de las siguientes formas: 
- Mediante informe de vida laboral positivo o negativo de la Seguridad Social acompañado del correspondiente certificado del empleador en el que se determinen los ingresos del trabajador. 
- Mediante documento expedido por los servicios sociales municipales, debidamente firmado y sellado, en el que conste la intervención de dichos servicios sociales y, si fuera posible, la cantidad estimada de ingresos anuales de que dispone la unidad familiar. 
En caso de no poder demostrar los ingresos generados durante el año 2013 de ninguna de las maneras indicadas anteriormente, el solicitante quedará excluido.
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BASE 8ª.- INSTRUCCIÓN DEL PROCEDIMIENTO 
El órgano instructor del procedimiento será la Concejalía de Educación del Ayuntamiento de San Agustín del Guadalix que procederá a la tramitación de las solicitudes presentadas en tiempo y forma conforme a los criterios establecidos en las presentes Bases. 
BASE 9ª.- DOCUMENTACIÓN 
Las solicitudes se ajustarán al modelo establecido y estarán a disposición de los interesados en el Registro Municipal del Ayuntamiento de San Agustín del Guadalix y en su página Web: www.sanagustindelguadalix.net 
La solicitud será firmada por el padre y madre o tutor o persona/s encargadas de la guarda y protección del alumno, excepto en los supuestos de separación o divorcio en los que podrá ser firmado únicamente por el progenitor que tenga la custodia del menor. 
Se adjuntará la siguiente documentación: 
- Fotocopia del D.N.I. del solicitante, si es mayor de 14 años, y de todos los miembros computables de la unidad familiar mayores de 14 años, que convivan en el mismo domicilio. 
- Fotocopia compulsada (en caso de no haberla presentado telemáticamente) de la declaración completa de la renta del año 2013 (de todos los miembros computables de la unidad familiar) con su justificante de presentación. En el caso de que el beneficiario no tenga obligación de presentar la declaración, deberá aportar certificado de imputaciones del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) correspondiente al año 2013. 
- Fotocopia del libro de familia completo o documentación oficial acreditativa de los miembros de la unidad familiar y sus fechas de nacimiento. Si los miembros de la unidad familiar que figuran no fueran los mismos que constan en la citada documentación, deberá justificarse mediante sentencia de separación o divorcio o convenio regulador donde conste la custodia del menor, certificado de defunción o cualquier otro documento o justificante que se estime pertinente como medio de prueba de su situación familiar. 
- En caso de que algún miembro de la unidad familiar tenga un grado de minusvalía, igual o superior al 33%, fotocopia compulsada del certificado de dicha discapacidad. 
- Justificante bancario del interesado-solicitante y titular de la cuenta, en la que se realizará el abono, con el número de cuenta (24 dígitos). 
En todo caso la documentación que se presente deberá estar en vigor en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.
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BASE 10ª.- RELACIONES PROVISIONALES DE ADMITIDOS Y EXCLUIDOS. SUBSANACIONES 
Finalizada la tramitación prevista en la base anterior, se elaborarán las listas provisionales de admitidos y excluidos, que se expondrán en los tablones de anuncios de los Centros Docentes del Municipio, en los del Ayuntamiento y en su página Web: www.sanagustindelguadalix.net el 28 de octubre de 2014. 
Figurar en el listado provisional de admitidos no supondrá necesariamente adquirir la condición de beneficiario de la convocatoria, condición que se obtendrá únicamente en aplicación de lo estipulado en la base 12ª. 
En las relaciones provisionales de excluidos figurará la causa de exclusión. 
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 71 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, los interesados dispondrán de un plazo de diez días hábiles a partir del siguiente al de inserción de las listas en los tablones de anuncios de los centros de educación públicos del Municipio, los del Ayuntamiento y en su página Web: www.sanagustindelguadalix.net, para subsanar los defectos observados mediante la aportación de la documentación que estimen oportuna en el registro municipal del Ayuntamiento, teniéndolos por desistidos de su petición si así no lo hicieren. 
BASE 11ª.- COMISIÓN DE VALORACIÓN 
La evaluación de las solicitudes presentadas, será efectuada por una Comisión creada al efecto integrada por el Concejal de Educación, los Directores de los centros públicos del Municipio y un trabajador del Ayuntamiento designado por la Concejalía de Educación que actuará como secretario con voz pero sin voto. 
BASE 12ª.- PROPUESTA DE RESOLUCIÓN DE LA CONVOCATORIA 
La concesión o denegación de estas ayudas se efectuará por la Concejalía de Educación previa propuesta de resolución presentada por la Comisión de Valoración. 
La resolución de la convocatoria expresará el nombre y apellidos de los alumnos beneficiarios y el importe de la ayuda. 
La resolución detallará, asimismo, las solicitudes de becas denegadas, en cuya relación figurará la causa que haya motivado la no obtención de la misma. 
La resolución y listados definitivos de beneficiarios, no beneficiarios y de excluidos se harán públicos en los tablones de anuncios de los Centros Docentes del Municipio, en los del Ayuntamiento y en la página Web del Ayuntamiento de San Agustín del Guadalix
Concejalía de Educación 
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www.sanagustindelguadalix.net, el 28 de noviembre de 2014 y contra la misma resolución, en el plazo de un mes, podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante la Concejalía de Educación. 
BASE 13ª.- EXCLUSIÓN DE LOS LISTADOS 
Cuando el solicitante tenga la condición de víctima de violencia de género y únicamente a los efectos de evitar que el nombre figure en los listados provisionales y definitivos, deberá indicarse expresamente en la solicitud. 
Esta situación se acreditará mediante orden de protección o cualquier otro de los medios previstos en el artículo 31 de la Ley 5/2005, de 20 de diciembre, Integral contra la Violencia de Género de la Comunidad de Madrid. 
BASE 14ª- ABONO Y JUSTIFICACIÓN. 
El abono se realizará mediante transferencia bancaria. 
Los beneficiarios acreditarán el destino de la subvención concedida, mediante la presentación de la siguiente documentación: 
Originales o fotocopias compulsadas de todos los gastos realizados. Los gastos se justificarán mediante facturas. 
Las facturas contendrán al menos los siguientes datos: Nº factura, fecha, nombre y NIF del proveedor, domicilio, nombre y NIF del cliente, concepto por el que se factura, IVA aplicado e importe total. Deberán estar fechadas hasta el 16 de octubre del año 2014 (fecha en que finaliza el plazo para presentar las solicitudes de las ayudas) y selladas. 
BASE 15ª.- RÉGIMEN JURÍDICO 
Las subvenciones se someterán a lo previsto en estas Bases y para lo no previsto se estará a lo dispuesto en la legislación de carácter general y en la normativa de régimen local. 
Supletoriamente se aplicarán las restantes normas de derecho administrativo y en su defecto las normas de derecho privado. 
En San Agustín del Guadalix, a 22 de agosto de 2014
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1 
A) DATOS DE ALUMNOS PARA LOS QUE SE SOLICITA LA BECA 
ALUMNO 1 
¿Padece discapacidad superior al 33%? 
SI NO 
Estudios que cursará en 2014/2015 
Curso Etapa 
Nombre del centro en el que cursará el curso 2014/2015 
Nombre del centro y estudios que cursó en 2013/2014 
Primer Apellido 
Segundo Apellido 
Nombre 
Fecha de nacimiento 
ALUMNO 2 
¿Padece discapacidad superior al 33%? 
SI NO 
Estudios que cursará en 2014/2015 
Curso Etapa 
Nombre del centro en el que cursará el curso 2014/2015 
Nombre del centro y estudios que cursó en 2013/2014 
Primer Apellido 
Segundo Apellido 
Nombre 
Fecha de nacimiento 
ALUMNO 3 
¿Padece discapacidad superior al 33%? 
SI NO 
Estudios que cursará en 2014/2015 
Curso Etapa 
Nombre del centro en el que cursará el curso 2014/2015 
Nombre del centro y estudios que cursó en 2013/2014 
Primer Apellido 
Segundo Apellido 
Nombre 
Fecha de nacimiento SOLICITUD BECAS DE LIBROS DE TEXTO 2014-2015 
ALUMNO 4 
¿Padece discapacidad superior al 33%? 
SI NO 
Estudios que cursará en 2014/2015 
Curso Etapa 
Nombre del centro en el que cursará el curso 2014/2015 
Nombre del centro y estudios que cursó en 2013/2014 
Primer Apellido 
Segundo Apellido 
Nombre 
Fecha de nacimiento
Concejalía de Educación 
2 
B) DATOS FAMILIARES 
Haber sido condenado mediante sentencia firme a la pena de pérdida de la posibilidad de obtener subvenciones o 
ayudas públicas. 
Haber solicitado la declaración de concurso, haber sido declarado insolvente en cualquier procedimiento, hallarse 
declarado en concurso, estar sujeto a intervención judicial o haber sido inhabilitado conforme a la Ley Concursal sin 
que haya concluido el periodo de inhabilitación fijado en la sentencia de calificación del concurso. 
Haber dado lugar, por causa de la que hubiera sido declarado culpable, a la resolución firme de cualquier contrato 
celebrado con la Administración. 
Estar incursa la persona física, los administradores de las sociedades o aquellos que ostenten la representación legal de 
otras personas jurídicas, en alguno de los supuestos de la Ley 12/1995, de 11 de mayo, de Incompatibilidades con los 
Miembros de Gobierno de la Nación y de los Altos Cargos de la Administración General del Estado, de la Ley 
53/1984, de 26 de diciembre, de Incompatibilidades del Personal al Servicio de las Administraciones públicas, o de 
tratarse de cualquiera de los cargos electivos regulados en la Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, de Régimen General 
Electoral, en los términos establecidos en la misma o en la normativa de la Comunidad Autónoma Canaria. 
Tener la residencia fiscal en un país o territorio calificado reglamentariamente como paraíso fiscal. 
Haber sido sancionado mediante resolución firme con la pérdida de la posibilidad de obtener subvenciones. 
No hallarse al corriente de las obligaciones tributarias o con la Seguridad Social. (la presente declaración responsable, 
se emite a los efectos del artículo 24 del Real Decreto 887/2006 de 21 de julio por el que se aprueba el Reglamento de 
la Ley 38/2003 de 17 de noviembre General de Subvenciones, y sustituye a las certificaciones administrativas positivas 
emitidas por los órganos competentes). 
No hallarse al corriente de pago de obligaciones por reintegro de subvenciones anteriormente concedidas o no haber 
justificado debidamente las mismas, en ambos casos, según resolución del órgano municipal competente. 
¿Percibe la familia la renta mínima de inserción (RMI) o está intervenida por los servicios sociales municipales? S I NO 
MIEMBROS DE LA UNIDAD FAMILIAR DISTINTOS DE LOS ALUMNOS DEL EPÍGRAFE A 
Tipo de vía Nombre de la vía Número Escalera Piso Letra 
Municipio Código Postal Teléfono Móvil Otro teléfono de interés 
DOMICILIO FAMILIAR Y TELÉFONO DE CONTACTO 
Padre/madre 
Hijo/a* 
Ascendiente 
padres 
--/--/---- 
Hijo/a* 
--/--/---- 
Hijo/a* 
Nombre 
* Se indicarán los datos de los hijos menores de 25 años, miembros de la unidad familiar, que no figuren entre los alumnos 
para los que se solicita la ayuda en este centro, así como los mayores de 25 años discapacitados. 
Hijo/a* 
Cónyuge o 
análogo 
--/--/---- 
--/--/---- 
DNI o NIE Apellidos Discapacidad 
33% SI/NO 
Fecha 
nacimiento 
Ascendiente 
padres 
SEÑALAR CON UNA X AQUELLAS CIRCUNSTANCIAS QUE CONCURRAN EN EL SOLICITANTE
Concejalía de Educación 
3 
No haber presentado la justificación de otras subvenciones concedidas por este Ayuntamiento en la fecha de presentación de solicitudes. 
No hallarse al corriente de las obligaciones tributarias con la Hacienda Municipal. 
Declaro, bajo mi responsabilidad que la subvención recibida ha sido invertida de forma íntegra en el objeto para el que se concedió, además, declaro que para la financiación del gasto justificado no se han solicitado o recibido otras ayudas o subvenciones de cualesquiera administraciones públicas o entidades públicas o privadas, así como que se ha cumplido con todos los requisitos recogidos en las BASES de Subvención y que son ciertos los datos incluidos en esta justificación. 
C) DOCUMENTACIÓN 
NOTA: Cada solicitante presentará la documentación necesaria según su caso, una vez aplicadas las bases de esta convocatoria. 
A firmar por todos los miembros computables de la familia que obtengan ingresos 
Los abajo firmantes declaran bajo su responsabilidad que aceptan las bases de la convocatoria, que cumplen los requisitos exigidos por la misma, que se encuentran al corriente de sus obligaciones tributarias y de Seguridad Social y que son ciertos todos los datos que constan en esta solicitud. 
Expresan igualmente su compromiso de informar a la Concejalía de Educación del Ayuntamiento de San Agustín del Guadalix de cualquier otra ayuda pública o privada para la misma finalidad. 
En____________________________________________________________________, a____________de_______________________2014 
SOLICITANTE CONYUGE ASCENDIENTES PADRES OTROS HIJOS OTROS HIJOS (padre, madre, tutor) (en su caso) (en su caso) (en su caso) (en su caso) 
(firma) (firma) (firma) (firma) (firma) 
Nº DNI o NIE del solicitante 
SEÑALAR CON UNA X LA DOCUMENTACIÓN QUE PRESENTA Y AÑADIR A LA LISTA AQUELLOS QUE EN ELLA NO APAREZCAN 
Fotocopia compulsada de documento acreditativo de de la unidad familiar y sus fechas de nacimiento. 
Sentencia de separación o divorcio o convenio regulador donde conste la custodia del menor. 
Fotocopia del DNI de todos los miembros de la unidad familiar mayores de 14 años que convivan en el mismo domicilio o menores si son los titulares de la cuenta bancaria a la que se realizará la transferencia bancaria. 
Certificado de defunción. 
Informe de los Servicios Sociales 
Justificante bancario del titular y nº de cuenta (24 dígitos) 
Fotocopia del libro de familia completo 
Informe de la vida laboral del año 2013 positivo o negativo de la Seguridad Social acompañado del correspondiente certificado del empleador. (En caso de no presentar la declaración de la renta) 
En caso de que algún miembro de la unidad familiar tenga un grado de minusvalía, igual o superior al 33%, fotocopia compulsada del certificado de dicha discapacidad. 
Fotocopia compulsada (si no ha sido presentada telemáticamente) de la declaración completa de la renta del año, con su justificante de presentación, 2013 o Fotocopia compulsada del certificado negativo de Hacienda del año 2013 (Todos los miembros computables de la unidad familiar).
Concejalía de Educación 
4 
D) JUSTIFICACIÓN 
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14 
15 
16 
17 
18 
NOTA: Las facturas contendrán al menos los siguientes datos: Número de factura, fecha, nombre y NIF del proveedor, domicilio, nombre y NIF del cliente, concepto por el que se factura, IVA aplicado e importe total. Deberán estar fechadas antes del 16 de octubre del año 2014 y selladas. 
ORIGINALES O FOTOCOPIAS COMPULSADAS DE LOS SIGUIENTES GASTOS REALIZADOS: 
PROTECCIÓN DE DATOS 
Los datos personales recogidos serán incorporados y tratados en el fichero “GESTIÓN ECONÓMICA Y CONTABLE”. Dicho fichero está inscrito en el Registro de Ficheros de Datos Personales de la Agencia de Protección de Datos de la Comunidad de Madrid (www.madrid.org/apdcm) y el órgano responsable es la Concejalía de Hacienda del Ayuntamiento de San Agustín del Guadalix, donde el interesado podrá ejercer los derechos de acceso, rectificación y cancelación, todo el cual se informa en cumplimiento del artículo 5 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal.

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  • 1. Concejalía de Educación 1 CONVOCATORIA DE AYUDAS ECONÓMICAS QUE OTORGA LA CONCEJALÍA DE EDUCACIÓN PARA LA ADQUISICIÓN DE LIBROS DE TEXTO PARA EL CURSO ACADÉMICO 2014-2015 La Concejalía de Educación del Excmo. Ayuntamiento de San Agustín del Guadalix convoca, en régimen de concurrencia competitiva, ayudas para la adquisición de libros de texto para los alumnos del segundo ciclo de Educación Infantil, Educación Primaria, Educación Secundaria y Bachillerato empadronados en San Agustín del Guadalix, y matriculados en los centros públicos del municipio. BASES REGULADORAS BASE 1ª.- OBJETO Y CONDICIONES. Se convocan, en régimen de concurrencia competitiva, ayudas con una cuantía total de veinticuatro mil doscientos (24.200,00) euros. La cuantía de la ayuda será de máximo 100 euros por alumno para el segundo ciclo de educación infantil y primaria y 150 para secundaria y bachillerato. La concesión de estas ayudas por el Ayuntamiento será incompatible con cualquier otro tipo de subvención, ayudas, ingresos o recursos, para la misma finalidad, procedentes de cualquiera Administración o Entes Públicos, tanto nacionales, como de la Unión Europea o de Organismos Internacionales (excepto el préstamo de libros por parte de los centros educativos) No podrán adquirirse con estas ayudas materiales de oficina, de papelería o equipamiento de cualquier tipo. BASE 2ª.- IMPUTACIÓN PRESUPUESTARIA Los créditos presupuestarios máximos destinados a la presente convocatoria están contemplados en la aplicaciones presupuestarias que a continuación se especifican del Presupuesto Municipal para el ejercicio 2014, sin perjuicio de que se incrementen las cantidades señaladas previa modificación presupuestaria, no siendo necesario en éstos casos que se proceda a la modificación de las presente convocatoria: Aplicación presupuestaria 324-481.01, 24.200,00 euros BASE 3ª.- DESTINATARIOS Y REQUISITOS DE LOS BENEFICIARIOS Podrán solicitar las ayudas a que se refiere la presente convocatoria el padre, madre o tutor del beneficiario (interesado-solicitante) que esté empadronado en San Agustín del
  • 2. Concejalía de Educación 2 Guadalix y que esté cursando segundo ciclo de Educación Infantil, Educación Primaria, Educación Secundaria o Bachillerato en centros públicos del Municipio de San Agustín del Guadalix, debiendo aportar la documentación que se indica en la BASE 9. El/la solicitante de la ayuda deberá reunir, además de los criterios establecidos con carácter general en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, los siguientes requisitos: a) En el caso de unidad familiar formada por dos miembros, madre o padre o tutor legal e hijo, que el cómputo total de sus ingresos obtenidos durante el ejercicio 2013 no supere el 175% del Salario Mínimo Interprofesional vigente (SMI), para el ejercicio 2014. b) En el caso de unidad familiar que cuente con tres o más miembros, madre, padre o tutores legales y un hijo o más, el solicitante podrá ser beneficiario si los ingresos de dicha unidad familiar no superen el 175% del Salario Mínimo Interprofesional vigente (SMI), para el ejercicio 2014, incrementándose el cómputo un 25% más por cada menor o por cada discapacitado con un grado igual o superior al 33%. A efectos informativos, y según lo previsto en el RD 1046/2013, de 27 de diciembre de 2013, los importes de referencia serian los siguientes: SMI 2014: 9.034,20 euros anuales SMI 2014 X 175%: 15.809,85 euros anuales Al importe anterior (15.809,85 euros anuales) se añadirán 3.952,46 euros por cada menor o discapacitado con un grado igual o superior al 33%) c) Que el solicitante y todos los miembros de la unidad familiar mayores de 18 años se encuentren al corriente de pago de las obligaciones fiscales con el Ayuntamiento de San Agustín del Guadalix. d) Que el solicitante y todos los miembros de la unidad familiar mayores de 18 años se encuentren al corriente de sus obligaciones tributarias con la Hacienda Estatal, y con la Tesorería General de la Seguridad Social. BASE 4ª.- PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES Sin perjuicio de lo establecido en el artículo 38.4 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, las solicitudes se cumplimentarán en el modelo ANEXO a estas bases y se presentarán por duplicado, en el Registro Municipal del Ayuntamiento, Plaza de la Constitución 1, de 08,30 a 13,30 horas, de
  • 3. Concejalía de Educación 3 lunes a viernes. Deberán formularse por los interesados o personas que acrediten su representación por cualquier medio válido en derecho. El Registro Municipal fechará y sellará los dos ejemplares, devolviendo uno de ellos al solicitante. BASE 5ª.- PLAZO DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES. El plazo de presentación de solicitudes será del 3 al 16 de Octubre de 2014 (ambas fechas inclusive) BASE 6ª.- CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN Las ayudas a que se refiere la presente convocatoria se adjudicarán por orden inverso de magnitud de la renta de la unidad familiar del solicitante hasta agotar el presupuesto y siempre que cumplan las condiciones establecidas en la base 3ª. En caso de empate en la adjudicación se utilizará como criterio de prioridad para la concesión de la ayuda la existencia de algún miembro de la unidad familiar que esté afectado por un grado de minusvalía igual o superior al 33%, y en caso de resultar necesario, como siguiente criterio de prioridad para el desempate, la fecha de registro de la solicitud totalmente cumplimentada. Para los casos de empate no previstos anteriormente se utilizará el sorteo. BASE 7ª.- COMPUTO TOTAL DE LOS INGRESOS DE LA UNIDAD FAMILIAR La renta de la unidad familiar (entendiéndose esta la formada por el padre, madre o tutores legales e hijos que convivan con la familia), a efectos de esta Convocatoria, se obtendrá por agregación de las rentas del ejercicio del año 2013 de todos sus miembros que obtengan ingresos de cualquier naturaleza. En todo caso, se excluirán los saldos negativos de ganancias y pérdidas patrimoniales correspondientes a ejercicios anteriores Si ninguno de los miembros de la unidad familiar genera ingresos con deducción de IRPF, la situación económica deberá acreditarse, de alguna de las siguientes formas: - Mediante informe de vida laboral positivo o negativo de la Seguridad Social acompañado del correspondiente certificado del empleador en el que se determinen los ingresos del trabajador. - Mediante documento expedido por los servicios sociales municipales, debidamente firmado y sellado, en el que conste la intervención de dichos servicios sociales y, si fuera posible, la cantidad estimada de ingresos anuales de que dispone la unidad familiar. En caso de no poder demostrar los ingresos generados durante el año 2013 de ninguna de las maneras indicadas anteriormente, el solicitante quedará excluido.
  • 4. Concejalía de Educación 4 BASE 8ª.- INSTRUCCIÓN DEL PROCEDIMIENTO El órgano instructor del procedimiento será la Concejalía de Educación del Ayuntamiento de San Agustín del Guadalix que procederá a la tramitación de las solicitudes presentadas en tiempo y forma conforme a los criterios establecidos en las presentes Bases. BASE 9ª.- DOCUMENTACIÓN Las solicitudes se ajustarán al modelo establecido y estarán a disposición de los interesados en el Registro Municipal del Ayuntamiento de San Agustín del Guadalix y en su página Web: www.sanagustindelguadalix.net La solicitud será firmada por el padre y madre o tutor o persona/s encargadas de la guarda y protección del alumno, excepto en los supuestos de separación o divorcio en los que podrá ser firmado únicamente por el progenitor que tenga la custodia del menor. Se adjuntará la siguiente documentación: - Fotocopia del D.N.I. del solicitante, si es mayor de 14 años, y de todos los miembros computables de la unidad familiar mayores de 14 años, que convivan en el mismo domicilio. - Fotocopia compulsada (en caso de no haberla presentado telemáticamente) de la declaración completa de la renta del año 2013 (de todos los miembros computables de la unidad familiar) con su justificante de presentación. En el caso de que el beneficiario no tenga obligación de presentar la declaración, deberá aportar certificado de imputaciones del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) correspondiente al año 2013. - Fotocopia del libro de familia completo o documentación oficial acreditativa de los miembros de la unidad familiar y sus fechas de nacimiento. Si los miembros de la unidad familiar que figuran no fueran los mismos que constan en la citada documentación, deberá justificarse mediante sentencia de separación o divorcio o convenio regulador donde conste la custodia del menor, certificado de defunción o cualquier otro documento o justificante que se estime pertinente como medio de prueba de su situación familiar. - En caso de que algún miembro de la unidad familiar tenga un grado de minusvalía, igual o superior al 33%, fotocopia compulsada del certificado de dicha discapacidad. - Justificante bancario del interesado-solicitante y titular de la cuenta, en la que se realizará el abono, con el número de cuenta (24 dígitos). En todo caso la documentación que se presente deberá estar en vigor en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.
  • 5. Concejalía de Educación 5 BASE 10ª.- RELACIONES PROVISIONALES DE ADMITIDOS Y EXCLUIDOS. SUBSANACIONES Finalizada la tramitación prevista en la base anterior, se elaborarán las listas provisionales de admitidos y excluidos, que se expondrán en los tablones de anuncios de los Centros Docentes del Municipio, en los del Ayuntamiento y en su página Web: www.sanagustindelguadalix.net el 28 de octubre de 2014. Figurar en el listado provisional de admitidos no supondrá necesariamente adquirir la condición de beneficiario de la convocatoria, condición que se obtendrá únicamente en aplicación de lo estipulado en la base 12ª. En las relaciones provisionales de excluidos figurará la causa de exclusión. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 71 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, los interesados dispondrán de un plazo de diez días hábiles a partir del siguiente al de inserción de las listas en los tablones de anuncios de los centros de educación públicos del Municipio, los del Ayuntamiento y en su página Web: www.sanagustindelguadalix.net, para subsanar los defectos observados mediante la aportación de la documentación que estimen oportuna en el registro municipal del Ayuntamiento, teniéndolos por desistidos de su petición si así no lo hicieren. BASE 11ª.- COMISIÓN DE VALORACIÓN La evaluación de las solicitudes presentadas, será efectuada por una Comisión creada al efecto integrada por el Concejal de Educación, los Directores de los centros públicos del Municipio y un trabajador del Ayuntamiento designado por la Concejalía de Educación que actuará como secretario con voz pero sin voto. BASE 12ª.- PROPUESTA DE RESOLUCIÓN DE LA CONVOCATORIA La concesión o denegación de estas ayudas se efectuará por la Concejalía de Educación previa propuesta de resolución presentada por la Comisión de Valoración. La resolución de la convocatoria expresará el nombre y apellidos de los alumnos beneficiarios y el importe de la ayuda. La resolución detallará, asimismo, las solicitudes de becas denegadas, en cuya relación figurará la causa que haya motivado la no obtención de la misma. La resolución y listados definitivos de beneficiarios, no beneficiarios y de excluidos se harán públicos en los tablones de anuncios de los Centros Docentes del Municipio, en los del Ayuntamiento y en la página Web del Ayuntamiento de San Agustín del Guadalix
  • 6. Concejalía de Educación 6 www.sanagustindelguadalix.net, el 28 de noviembre de 2014 y contra la misma resolución, en el plazo de un mes, podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante la Concejalía de Educación. BASE 13ª.- EXCLUSIÓN DE LOS LISTADOS Cuando el solicitante tenga la condición de víctima de violencia de género y únicamente a los efectos de evitar que el nombre figure en los listados provisionales y definitivos, deberá indicarse expresamente en la solicitud. Esta situación se acreditará mediante orden de protección o cualquier otro de los medios previstos en el artículo 31 de la Ley 5/2005, de 20 de diciembre, Integral contra la Violencia de Género de la Comunidad de Madrid. BASE 14ª- ABONO Y JUSTIFICACIÓN. El abono se realizará mediante transferencia bancaria. Los beneficiarios acreditarán el destino de la subvención concedida, mediante la presentación de la siguiente documentación: Originales o fotocopias compulsadas de todos los gastos realizados. Los gastos se justificarán mediante facturas. Las facturas contendrán al menos los siguientes datos: Nº factura, fecha, nombre y NIF del proveedor, domicilio, nombre y NIF del cliente, concepto por el que se factura, IVA aplicado e importe total. Deberán estar fechadas hasta el 16 de octubre del año 2014 (fecha en que finaliza el plazo para presentar las solicitudes de las ayudas) y selladas. BASE 15ª.- RÉGIMEN JURÍDICO Las subvenciones se someterán a lo previsto en estas Bases y para lo no previsto se estará a lo dispuesto en la legislación de carácter general y en la normativa de régimen local. Supletoriamente se aplicarán las restantes normas de derecho administrativo y en su defecto las normas de derecho privado. En San Agustín del Guadalix, a 22 de agosto de 2014
  • 7. Concejalía de Educación 1 A) DATOS DE ALUMNOS PARA LOS QUE SE SOLICITA LA BECA ALUMNO 1 ¿Padece discapacidad superior al 33%? SI NO Estudios que cursará en 2014/2015 Curso Etapa Nombre del centro en el que cursará el curso 2014/2015 Nombre del centro y estudios que cursó en 2013/2014 Primer Apellido Segundo Apellido Nombre Fecha de nacimiento ALUMNO 2 ¿Padece discapacidad superior al 33%? SI NO Estudios que cursará en 2014/2015 Curso Etapa Nombre del centro en el que cursará el curso 2014/2015 Nombre del centro y estudios que cursó en 2013/2014 Primer Apellido Segundo Apellido Nombre Fecha de nacimiento ALUMNO 3 ¿Padece discapacidad superior al 33%? SI NO Estudios que cursará en 2014/2015 Curso Etapa Nombre del centro en el que cursará el curso 2014/2015 Nombre del centro y estudios que cursó en 2013/2014 Primer Apellido Segundo Apellido Nombre Fecha de nacimiento SOLICITUD BECAS DE LIBROS DE TEXTO 2014-2015 ALUMNO 4 ¿Padece discapacidad superior al 33%? SI NO Estudios que cursará en 2014/2015 Curso Etapa Nombre del centro en el que cursará el curso 2014/2015 Nombre del centro y estudios que cursó en 2013/2014 Primer Apellido Segundo Apellido Nombre Fecha de nacimiento
  • 8. Concejalía de Educación 2 B) DATOS FAMILIARES Haber sido condenado mediante sentencia firme a la pena de pérdida de la posibilidad de obtener subvenciones o ayudas públicas. Haber solicitado la declaración de concurso, haber sido declarado insolvente en cualquier procedimiento, hallarse declarado en concurso, estar sujeto a intervención judicial o haber sido inhabilitado conforme a la Ley Concursal sin que haya concluido el periodo de inhabilitación fijado en la sentencia de calificación del concurso. Haber dado lugar, por causa de la que hubiera sido declarado culpable, a la resolución firme de cualquier contrato celebrado con la Administración. Estar incursa la persona física, los administradores de las sociedades o aquellos que ostenten la representación legal de otras personas jurídicas, en alguno de los supuestos de la Ley 12/1995, de 11 de mayo, de Incompatibilidades con los Miembros de Gobierno de la Nación y de los Altos Cargos de la Administración General del Estado, de la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de Incompatibilidades del Personal al Servicio de las Administraciones públicas, o de tratarse de cualquiera de los cargos electivos regulados en la Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, de Régimen General Electoral, en los términos establecidos en la misma o en la normativa de la Comunidad Autónoma Canaria. Tener la residencia fiscal en un país o territorio calificado reglamentariamente como paraíso fiscal. Haber sido sancionado mediante resolución firme con la pérdida de la posibilidad de obtener subvenciones. No hallarse al corriente de las obligaciones tributarias o con la Seguridad Social. (la presente declaración responsable, se emite a los efectos del artículo 24 del Real Decreto 887/2006 de 21 de julio por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003 de 17 de noviembre General de Subvenciones, y sustituye a las certificaciones administrativas positivas emitidas por los órganos competentes). No hallarse al corriente de pago de obligaciones por reintegro de subvenciones anteriormente concedidas o no haber justificado debidamente las mismas, en ambos casos, según resolución del órgano municipal competente. ¿Percibe la familia la renta mínima de inserción (RMI) o está intervenida por los servicios sociales municipales? S I NO MIEMBROS DE LA UNIDAD FAMILIAR DISTINTOS DE LOS ALUMNOS DEL EPÍGRAFE A Tipo de vía Nombre de la vía Número Escalera Piso Letra Municipio Código Postal Teléfono Móvil Otro teléfono de interés DOMICILIO FAMILIAR Y TELÉFONO DE CONTACTO Padre/madre Hijo/a* Ascendiente padres --/--/---- Hijo/a* --/--/---- Hijo/a* Nombre * Se indicarán los datos de los hijos menores de 25 años, miembros de la unidad familiar, que no figuren entre los alumnos para los que se solicita la ayuda en este centro, así como los mayores de 25 años discapacitados. Hijo/a* Cónyuge o análogo --/--/---- --/--/---- DNI o NIE Apellidos Discapacidad 33% SI/NO Fecha nacimiento Ascendiente padres SEÑALAR CON UNA X AQUELLAS CIRCUNSTANCIAS QUE CONCURRAN EN EL SOLICITANTE
  • 9. Concejalía de Educación 3 No haber presentado la justificación de otras subvenciones concedidas por este Ayuntamiento en la fecha de presentación de solicitudes. No hallarse al corriente de las obligaciones tributarias con la Hacienda Municipal. Declaro, bajo mi responsabilidad que la subvención recibida ha sido invertida de forma íntegra en el objeto para el que se concedió, además, declaro que para la financiación del gasto justificado no se han solicitado o recibido otras ayudas o subvenciones de cualesquiera administraciones públicas o entidades públicas o privadas, así como que se ha cumplido con todos los requisitos recogidos en las BASES de Subvención y que son ciertos los datos incluidos en esta justificación. C) DOCUMENTACIÓN NOTA: Cada solicitante presentará la documentación necesaria según su caso, una vez aplicadas las bases de esta convocatoria. A firmar por todos los miembros computables de la familia que obtengan ingresos Los abajo firmantes declaran bajo su responsabilidad que aceptan las bases de la convocatoria, que cumplen los requisitos exigidos por la misma, que se encuentran al corriente de sus obligaciones tributarias y de Seguridad Social y que son ciertos todos los datos que constan en esta solicitud. Expresan igualmente su compromiso de informar a la Concejalía de Educación del Ayuntamiento de San Agustín del Guadalix de cualquier otra ayuda pública o privada para la misma finalidad. En____________________________________________________________________, a____________de_______________________2014 SOLICITANTE CONYUGE ASCENDIENTES PADRES OTROS HIJOS OTROS HIJOS (padre, madre, tutor) (en su caso) (en su caso) (en su caso) (en su caso) (firma) (firma) (firma) (firma) (firma) Nº DNI o NIE del solicitante SEÑALAR CON UNA X LA DOCUMENTACIÓN QUE PRESENTA Y AÑADIR A LA LISTA AQUELLOS QUE EN ELLA NO APAREZCAN Fotocopia compulsada de documento acreditativo de de la unidad familiar y sus fechas de nacimiento. Sentencia de separación o divorcio o convenio regulador donde conste la custodia del menor. Fotocopia del DNI de todos los miembros de la unidad familiar mayores de 14 años que convivan en el mismo domicilio o menores si son los titulares de la cuenta bancaria a la que se realizará la transferencia bancaria. Certificado de defunción. Informe de los Servicios Sociales Justificante bancario del titular y nº de cuenta (24 dígitos) Fotocopia del libro de familia completo Informe de la vida laboral del año 2013 positivo o negativo de la Seguridad Social acompañado del correspondiente certificado del empleador. (En caso de no presentar la declaración de la renta) En caso de que algún miembro de la unidad familiar tenga un grado de minusvalía, igual o superior al 33%, fotocopia compulsada del certificado de dicha discapacidad. Fotocopia compulsada (si no ha sido presentada telemáticamente) de la declaración completa de la renta del año, con su justificante de presentación, 2013 o Fotocopia compulsada del certificado negativo de Hacienda del año 2013 (Todos los miembros computables de la unidad familiar).
  • 10. Concejalía de Educación 4 D) JUSTIFICACIÓN 1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 13 14 15 16 17 18 NOTA: Las facturas contendrán al menos los siguientes datos: Número de factura, fecha, nombre y NIF del proveedor, domicilio, nombre y NIF del cliente, concepto por el que se factura, IVA aplicado e importe total. Deberán estar fechadas antes del 16 de octubre del año 2014 y selladas. ORIGINALES O FOTOCOPIAS COMPULSADAS DE LOS SIGUIENTES GASTOS REALIZADOS: PROTECCIÓN DE DATOS Los datos personales recogidos serán incorporados y tratados en el fichero “GESTIÓN ECONÓMICA Y CONTABLE”. Dicho fichero está inscrito en el Registro de Ficheros de Datos Personales de la Agencia de Protección de Datos de la Comunidad de Madrid (www.madrid.org/apdcm) y el órgano responsable es la Concejalía de Hacienda del Ayuntamiento de San Agustín del Guadalix, donde el interesado podrá ejercer los derechos de acceso, rectificación y cancelación, todo el cual se informa en cumplimiento del artículo 5 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal.